La Taberna del Puerto

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auryn 08-03-2009 18:41

bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Acudo de nuevo a LTP, ese pozo de sabiduría.

¿Un español residente puede ser propietario y usuario de un barco con bandera inglesa si navega por el extranjero?

Dicho de otra manera ¿un español puede ser propietario de un barco sin necesidad de abanderarlo en España?, asumiento que no va a navegar por aguas territoriales españolas.

De ser así ¿como quedaría el tema de nacionalida distinta del "territorio nacional" entendiendo por tal el barco?

Espero ansioso vuestro sabios consejos. Gracias

Salud y buena mar:brindis::brindis::brindis:

LP706 08-03-2009 21:03

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Hola Auryn:

Yo creo que si el propietario es Español y residente en España, tendría que matricular el barco en España.

Ahora bien, si el barco nunca va a estar en España, es posible que la Administración Española ni se entere de la existencia del barco.
Si no lo va a matricular en España, debería informarse si la legislación Inglesa le permite mantener la Bandera y de las normas que se apliquen en las zonas por donde va a navegar el barco.

Saludos.

ironia 08-03-2009 21:11

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Si es bandera inglesa, tienes 6 meses para abanderarlo en España, y esto es obligatorio si tu residencia es en España y vas a navegar por aguas españolas.
Otra cosa es que si no vas a navegar por estas aguas mas de seis meses seguidos, no tienes obligatoriedad de abanderarlo en España, pero para seguir con la bandera inglesa necesitas un domicilio en England, por lo que te recomiendo Gibraltar, que no necesita cambio de bandera y solo necesitas estar atracado allí a la hora del cambio de papeles, en unos días tendrás en cambio hecho por una gestoría del peñon y barato.
:pirata:

LORDRAKE 08-03-2009 23:18

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
El barco ahora que pabellon tiene? Un residente español puede tener un barco bandera UK si no navega por España... por ejemplo navegas en Portugal. No te recominedo Giraltar ya que no es territorio euro, si mas adelante decides vender el barco a alguien zona euro tendrias que pagarlo. Si entras en aguas españolas, te paran y pueden demostrar que el barco es tuyo estas listo.
Puedes constituir una sociedad Ldt, puedes hacerla nominal tu no apareces...si te paran puedes llevar un documento de autorizacion de traslado o así.. en fin te la juegas en España...
Fuera no, nadie puede entender lo que pasa aquí.
Suerte
LORDRAKE:velero:

Jangada 09-03-2009 01:44

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Un barco que no se halle en España utilizará el pabellón del país donde se halle y estará sometido a la legislación de aquel país.
Si aquél país lo permite, claro que puede pilotarlo y utilizarlo un residente español, manteniéndolo allí amarrado, varado o lo que prefiera, sea del espacio europeo o en Honolulú.
Todos los medios de transporte están sujetos a la legislación del país donde se halle matriculado o abanderado el medio de transporte en cuestión.

:brindis::brindis:

manolouk 09-03-2009 09:39

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
para poder tener un barco registrado en Uk tienes que ser residente en Uk.

Pleasure Craft under 24 metres can be registered under Part III of the UK Ship Register. The craft must be owned by an eligible individual who is ordinarily resident in the UK for 185 days of the year

auryn 10-03-2009 13:41

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Muchas gracias a todos, como siempre habeis sido de gran ayuda.

Salud y buena mar:brindis::brindis::brindis:

Butxeta 10-03-2009 21:10

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Cita:

Originalmente publicado por auryn (Mensaje 511983)
Muchas gracias a todos, como siempre habeis sido de gran ayuda.

Salud y buena mar:brindis::brindis::brindis:

Se agradecería que nos cuentes las conclusiones a las que llegues.


Gracias.

Juanma 12-03-2009 15:45

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Hola Auryn:

para el caso que expones una buena opción es el pabellón Belga, el menos restrictivo de la UE y que es posible obtener para cualquier ciudadano de la comunidad europea, sea o no residente en Bélgica. El coste varía según la edad del barco y si este es nuevo o de segunda mano. Para una barco nuevo el problema es que el iva allí es del 21% (más o menos), y el coste de la matrícula unos 2000 euros. Pero si el barco es de ocasión y con el iva pagado es el coste es mínimo y los trámites en principio muy sencillos. Eso sí, siempre partiendo de que no apareces por nuestras costas porque aquí te pillan y te hacen abanderar (y sobre todo pagar los impuestos) hasta de los calzoncillos... Mírate este enlace (en francés):

http://www.pavillon-belge.com/

De todas forma habría que informarse de si ha habido cambios legislativos en Bélgica en estos últimos tiempos o todo sigue igual que hace unos años.

Un abrazo

Juanma

sorpresa 12-03-2009 16:31

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Desde luego de haber sabido esto me hubiera ahorrado quebraderos de cabeza, y porobablemente dinero, cuando cambie mi barco de bandera alemana a española. Como sigan apretando con las homologaciones , ITBs y demás me voy a hacer hijo adoptivo belga, y si no se puede navegar en España pués lo haré en el Algarve.

Por otra parte no me parece seria esta unión europea, unos tanto (nosotros) y otros tan poco (los belgas). Si he entendido bien (mi frances es básico) ni revisíones, ni tanque KK, ni ITBs , ni radio con GPS homologada-instalada por timador autorizado, ni ná de ná.:calavera:

Creo que me voy a dar a la bebida:borracho:, una ronda para todos.:brindis:

Juanma 12-03-2009 19:48

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Sorpresa, estamos tan vapuleados administrativamente en España que no concebimos otras formas de hacer las cosas. De todas formas hay cosas que poco a poco se van unificando. Creo que dentro de dos años, por ejemplo en Francia, ya será obligatorio el tanque KK...

Te diré más, ya que en Bélgica no es obligatorio ningún titulo de navegación, con pabellón belga te puedes recorrer el mundo sin necesidad de ser Capitán de Yate, pues si tu barco tiene pabellón belga este es el que marca las condiciones para navegarlo... (por supuesto no discuto aquí la conveniencia de tener los conocimientos necesarios para una singladura de ese calibre)

La página oficial del gobierno belga es:

http://www.mobilit.fgov.be/fr/index.htm

Haz click en EAU y ahí tienes toda la información (te puedes ayudar del traductor de google para leerlo en español)

Eso sí, de nuevo, ni oler las costas españolas... Es una buena idea, por ejemplo, para quien quiera navegar fuera de las aguas territoriales españolas legalmente y sin Zonas 1 (casi imposibles de cumplir en nuestro pais para el común de los mortales) ni otras historias, eso sí responsabilizándose el patrón de lo que hace y del equipamiento necesario de seguridad que él considere para el barco (más allá de unos mínimos establecidos por las normas belgas)

SAlud

:brindis:

Paco El Negro 12-03-2009 22:16

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
La legislación española obliga a los de su nacionalidad a abanderar el barco en España, y no dice si el barco está aquí o allí.
La razón es una obviedad, es cuestión de impuestos. Te obligan a tributar aquí.
Si no lo quieres abanderar, pues es como ponerlo en lista 6ª sin chartear, te las tienes que tentar con el fisco, porque te van a seguir.
Saludos

Las :brindis: que no falten ¿eh?

Juanma 13-03-2009 11:40

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Cita:

Originalmente publicado por Paco El Negro (Mensaje 514116)
La legislación española obliga a los de su nacionalidad a abanderar el barco en España, y no dice si el barco está aquí o allí.
La razón es una obviedad, es cuestión de impuestos. Te obligan a tributar aquí.
Si no lo quieres abanderar, pues es como ponerlo en lista 6ª sin chartear, te las tienes que tentar con el fisco, porque te van a seguir.
Saludos

Las :brindis: que no falten ¿eh?

Te equivocas:

Ley 38/1992, Disposición adicional primera:

"Deberán matricularse en España los medios de transporte, nuevos o usados, a que se refiere la presente Ley, cuando se adquieran por personas, entidades o titulares de establecimientos con domicilio o residencia fiscal en dicho territorio para circular o ser utilizados en el mismo".

Así que si no navegas por España no hay ningún problema para tener bandera belga. Ese es el presupuesto del que partía. Si navegas por España pues no hay más remedio que abanderarlo aquí.

Salud

:brindis:

Vint-i-set 13-03-2009 11:49

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Si quieres matricular el barco en el Reino Unido y navegar por aguas españolas, el primer paso es éste. A partir de ahí, hay otros igual de complicados (o más).

:brindis:

Juanma 14-03-2009 12:18

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Cita:

Originalmente publicado por Vint-i-set (Mensaje 514476)
Si quieres matricular el barco en el Reino Unido y navegar por aguas españolas, el primer paso es éste. A partir de ahí, hay otros igual de complicados (o más).

:brindis:


Sí, es un poco radical, pero bueno :)

A mi lo que me parece interesante es la posibilidad de abanderar fuera de España en el caso de trasmundistas o globotroters, o más sencillamente de navegantes "no territoriales", es decir, de gente que vaya a navegar por otros lugares, lejanos o cercanos, que no sean España, ya que la legislación española prácticamente imposibilita que alguien pueda armar un barco en zona 1 acorde a la ley con tantas exigencias, homologaciones, autorizaciones, inspecciones, sellitos, revisiones, y ocurrencias que sólo se les ocurren a nuestros queridos administradores...

:brindis:

Vint-i-set 14-03-2009 12:51

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Cita:

Originalmente publicado por Juanma (Mensaje 515290)
Sí, es un poco radical, pero bueno :)

A mi lo que me parece interesante es la posibilidad de abanderar fuera de España en el caso de trasmundistas o globotroters, o más sencillamente de navegantes "no territoriales", es decir, de gente que vaya a navegar por otros lugares, lejanos o cercanos, que no sean España, ya que la legislación española prácticamente imposibilita que alguien pueda armar un barco en zona 1 acorde a la ley con tantas exigencias, homologaciones, autorizaciones, inspecciones, sellitos, revisiones, y ocurrencias que sólo se les ocurren a nuestros queridos administradores...

:brindis:

Es que yo soy un poco radical...:D

Si es para lo que dices (navegar por allí sin entrar en aguas territoriales) la mejor solución es la que tú mismo apuntas: bandera belga.

Seguramente habrá otras igual de sencillas (por ejemplo, la holandesa, alemana, etc.) pero -al menos en mi caso- por el idioma resulta más sencilla ésta (dado que la británica requiere residencia).

:brindis:

Paco El Negro 14-03-2009 16:01

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Cita:

Originalmente publicado por Juanma (Mensaje 514472)
Te equivocas:

Ley 38/1992, Disposición adicional primera:

"Deberán matricularse en España los medios de transporte, nuevos o usados, a que se refiere la presente Ley, cuando se adquieran por personas, entidades o titulares de establecimientos con domicilio o residencia fiscal en dicho territorio para circular o ser utilizados en el mismo".

Así que si no navegas por España no hay ningún problema para tener bandera belga. Ese es el presupuesto del que partía. Si navegas por España pues no hay más remedio que abanderarlo aquí.

Salud

:brindis:

No me equivoco querido amigo, mi barco que lucía pabellón británico lo tuve que abanderar y hacerlo desde Portugal antes de venir a España simplemente para poder registrarlo. O eso o lo registraba en British y le pagaba los impuestos a her majestic, y yo preferí a los Borbones.
Total... lo se siempre.
De todos modos ¿qué haces si no?¿no navegas por nuestras costas con lo bonita que es esta península y lo bien que se está en ella?¿acaso no es lo mejor del mundo?
Otra :brindis:
Salud

Invitado 14-03-2009 16:07

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
No, no es lo mejor del mundo. Ese es el tópico para "tragar" por todo lo que nos pasa.

Hay que viajar más. Cada rincón del planeta, cada cala de Sudamérica, de la India, de Escocia, de Africa, ....y así hasta el infinito, tiene su momento y su magia.

Estoy hasta los cojones, de que en base a qué como en España no se vive en ningún lugar, me traten como un privilegiado y, de paso, como un ciudadno que no DEBE quejarse.

Muchos tendríamos que volver a ver la película "Un franco, 14 pesetas" de Carlos Iglesias, para comenzar a reflexionar y dejar de mirarnos el ombligo.

PIK 14-03-2009 16:37

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Cita:

Originalmente publicado por TINGIS (Mensaje 515356)
No, no es lo mejor del mundo. Ese es el tópico para "tragar" por todo lo que nos pasa.

Hay que viajar más. Cada rincón del planeta, cada cala de Sudamérica, de la India, de Escocia, de Africa, ....y así hasta el infinito, tiene su momento y su magia.

Estoy hasta los cojones, de que en base a qué como en España no se vive en ningún lugar, me traten como un privilegiado y, de paso, como un ciudadno que no DEBE quejarse.

Muchos tendríamos que volver a ver la película "Un franco, 14 pesetas" de Carlos Iglesias, para comenzar a reflexionar y dejar de mirarnos el ombligo.

:sip::sip::sip: Se la he recomendado a mucha gente. La memoria es muy débil.....
Y respecto a la mejor del mundo, tienes mucha razón, se ha utilizado este tópico a menudo. Tendría que conocer TODO el mundo para poder opinar. Lo único que sí puedo decir es que si siguen así nuestros preocupados dirigentes pronto será el mejor país del mundo para NO navegar.
:brindis::brindis:

Paco El Negro 14-03-2009 16:41

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Cita:

Originalmente publicado por PIK (Mensaje 515363)
:sip::sip::sip: Se la he recomendado a mucha gente. La memoria es muy débil.....
Y respecto a la mejor del mundo, tienes mucha razón, se ha utilizado este tópico a menudo. Tendría que conocer TODO el mundo para poder opinar. Lo único que sí puedo decir es que si siguen así nuestros preocupados dirigentes pronto será el mejor país del mundo para NO navegar.
:brindis::brindis:

Ahi llevas la razón. También al anterior cofrade decirle que el que me parezca lo mejor no hace desdén de nada ni de nadie. Mejor aclaro las cosas que no quiero que nadie se sienta ofendido.

Lo del abanderamiento es una tragadera salvo que tengas una sociedad de esas que nadie sabe bien donde coh..es tiene sus barcos. EVIDENTE.

PERO TAMBIEN ME GUSTA DEFENDER LO NUESTRO CARAMBA.:brindis:

bidea 15-03-2009 21:30

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Cita:

Originalmente publicado por manolouk (Mensaje 510847)
para poder tener un barco registrado en Uk tienes que ser residente en Uk.

Pleasure Craft under 24 metres can be registered under Part III of the UK Ship Register. The craft must be owned by an eligible individual who is ordinarily resident in the UK for 185 days of the year

disculpen mi inocencia, pero... decir que vives en el barco, de bandera UK y por tanto territorio UK, no vale???

vamos que siendo europeos, con tanto euro, europarlamento y demás oxtiax que nos cuestan un huevo, no entiendo por qué no puedes vivir tranquilamente en tu barco sin hacer mal a nadie...

Juanma 15-03-2009 23:48

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Cita:

Originalmente publicado por bidea (Mensaje 515972)
disculpen mi inocencia, pero... decir que vives en el barco, de bandera UK y por tanto territorio UK, no vale???

vamos que siendo europeos, con tanto euro, europarlamento y demás oxtiax que nos cuestan un huevo, no entiendo por qué no puedes vivir tranquilamente en tu barco sin hacer mal a nadie...

Pues no vale porque la legislación española te obliga a abanderar tu barco aquí si eres residente en España y navegas en sus aguas territoriales. No hay vuelta de hoja.

hulk 15-03-2009 23:51

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Os pongo este post de otro hilo que viene al pelo Me Habeis tocado la fibra sensible, resulta que ante la actirud de la "todapoderosa admistracion española" cada vez mas restrictiva y por que no decirlo cada vez mas chulesca tenemos que ser condescendientes, pasivos y sumisos, en definitiva borregos, pero lo malo no es solo esto es que ademas hay que aguantar a los miles de funcionarios incompetentes( se puede decir esto o se considera insulto)que bajo la premisa de hacer su trabajo no dejan de extralimitarse en dicho trabajo rayando a veces la ilegalidad, para de esta forma asegurarse "la poltrona" .
Se dice que los españoles buscamos la forma de evitar pagar al estado? Pues si, porque es el propio estado el que utiliza sus ilimitados recursos para ROBAR al españolito y como muestra "el impuesto de matriculacion" ilegal en Europa, o el negocio de las homologaciones de los equipos, para hacer ganar dinero a los amiguetes o los mil y un tramites con sus respectivas tasas y peritaciones. Ante todo esto tenemos que aguantar que ciertos estomagos agradecidos nos digan que: es que practicamente somos unos chorizos por no dejarnos avasallar por leyes absurdas e injustas.
No estoy diciendo que salgamos a la mar de forma anarquica y sin seguridad, pero si cumpliendo un reglamento razonable.
Hay un dicho que resume perfectamente la actitud de la administracion española "si no quieres arroz toma tres tazas", asi que si puedo evitar que me roben lo hare.
O se nos ha olvidado que en Europa hay libre circulacion de personas y cosas, quien es el primero que no cumple la ley.
Sinceramente esto empieza a dar miedo.El otro dia lei en un periodico que estamos llegando a ser una DEMOCRACIA TOTALITARIA y si no al tiempo que nos pediran salvoconducto para ir de un sitio a otro. Tomaros lo que querais para pasar el rollo.:brindis::gracias:

bidea 16-03-2009 09:33

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
:cid5:ole ole y ole señor hulk, me imagino que con el cabreo te habrás puesto verde y habrás echo saltar los botones de tu camisa:sip:

bueno, respecto a mi anterior post me comentais que "si resides" en España has de poner bandera de los que ganaron la guerra, pero mi pregunta es, si resides en tu barco y este tiene bandera extranjera... en principio no debería haber ningun problema , ¿no? (hablo desde la más completa ignorancia sobre temas administrativos, asi que corrijanme si me equivoco)

me imagino que sería necesario alguún tramite para que el pais en cuestion acredite tu residencia en su "territorio". Tengo entendido que paises más civilizados como francia no ponen demasiadas pegas a que fijes tu residencia en un barco (almenos para los franceses). Este podría ser un camino, no?

Juanma 16-03-2009 17:26

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Cita:

Originalmente publicado por bidea (Mensaje 516182)
:cid5:ole ole y ole señor hulk, me imagino que con el cabreo te habrás puesto verde y habrás echo saltar los botones de tu camisa:sip:

bueno, respecto a mi anterior post me comentais que "si resides" en España has de poner bandera de los que ganaron la guerra, pero mi pregunta es, si resides en tu barco y este tiene bandera extranjera... en principio no debería haber ningun problema , ¿no? (hablo desde la más completa ignorancia sobre temas administrativos, asi que corrijanme si me equivoco)

me imagino que sería necesario alguún tramite para que el pais en cuestion acredite tu residencia en su "territorio". Tengo entendido que paises más civilizados como francia no ponen demasiadas pegas a que fijes tu residencia en un barco (almenos para los franceses). Este podría ser un camino, no?

Tu lugar de residencia no depende de la bandera que enarbole tu barco, sino de tu domicilio fiscal. Un barco inglés está sometido a las leyes nauticas inglesas (en lo que a armamento de seguridad se refiere, inspecciones, titulaciones, etc.) pero también a normas del pais de visita (periodos de permanencia, distancias de respeto en una playa, velocidad máxima en la proximidad de la costa, etc.) Un velero extranjero tiene un límite temporal de permanencia en las aguas territoriales españolas, unos 180 dias al año máximo. Si sobrepasas ese periodo la legislación española te obliga a abanderarlo en España o a abandonar su territorio.

:brindis:

Jadarvi 16-03-2009 18:08

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Cita:

Originalmente publicado por manolouk (Mensaje 510847)
para poder tener un barco registrado en Uk tienes que ser residente en Uk.

Pleasure Craft under 24 metres can be registered under Part III of the UK Ship Register. The craft must be owned by an eligible individual who is ordinarily resident in the UK for 185 days of the year


Queridos cofrades... dentro del concepto "eligible individual who is ordinarily resident in the UK" se incluyen tanto las personas físicas como las jurídicas, es decir, las compañías.

El problema surge en que el hecho imponible que implica el abanderamiento no es la propiedad sino que el barco esté destinado a ser utilizado por "persona física o jurídica residente o con establecimiento permanente en España"... y en sentencias del Supremo se ha llegado a considerar como establecimiento permanente una casa en España que estaba a nombre de una compañía británica porque desde ella se habían negociado algunos contratos de alquiler del barco en cuestión... así que hilan muy fino, claro que en ese caso estamos hablando de un "juguete" cuyo impuesto de matriculación era casi de un millón de lereles... con lo que los chicos de Hacienda se lucieron en sus argumentaciones...

Es decir, si tienes el barco a nombre de una compañía británica, belga, francesa o lo que quieras, el problema está en que te vinculen con ella como propietario de la misma... es decir, en que te pillen... y que te pillen si metes el barco en aguas españolas es no sólo posible sino cada día más probable. Por eso es importante no figurar como accionista ni directivo de la sociedad en registro ni documento alguno .. de modo que si estás usando el barco sea porque "te lo han dejado", "estás haciendo un transporte", "lo has alquilado" o cualquier cosa por el estilo . De hecho, siempre queda el recurso de tener el típico encargo de transporte, o autorización de uso del barco por unos días, o un contrato de alquiler por una o dos semanas, etc... pero el riesgo de pillada existe.

Sin embargo, si no vas a navegar por España... no hay problema para tener una bandera extranjera simplemente porque a nadie le va a importar si el barco tiene o no bandera española o si está despachado para zona 1, 2, 3, 4 .. o la que sea... y probablemente tampoco es que les importe mucho si eres PER, PNB, CY, PY o Almirante de recreo ... en este caso, lo que sí recomendaría es que el barco tenga pagado el IVA en un país de la UE a fin de que, cuando se regrese a España, si uno quiere abanderar el barco aquí, no tener que pagar IVA además del impuesto de matriculación.

En fin, perdonad el ladrillo y :brindis::brindis::brindis: salud!!!!

mencheta 26-03-2009 13:55

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Cita:

Originalmente publicado por Juanma (Mensaje 514472)
Te equivocas:

Ley 38/1992, Disposición adicional primera:

"Deberán matricularse en España los medios de transporte, nuevos o usados, a que se refiere la presente Ley, cuando se adquieran por personas, entidades o titulares de establecimientos con domicilio o residencia fiscal en dicho territorio para circular o ser utilizados en el mismo".

Así que si no navegas por España no hay ningún problema para tener bandera belga. Ese es el presupuesto del que partía. Si navegas por España pues no hay más remedio que abanderarlo aquí.

Salud

:brindis:

Eso quiere decir que no puedes ni "pisar" España cn tu barco? ó quiza si, durante un tiempo?

Jadarvi 26-03-2009 15:57

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Teóricamente, un barco con bandera extrajera puede estar en Espaá hasta 182 días al año, y si pasa de ahí está obligado a matricularse en España... sin embargo, nuestro litoral está lleno de barcos amarrados casi todo el año y que llevan mucho tiempo sin abandonar las aguas españolas.. y no pasa nada.

El problema viene en cuanto se aplica el concepto de ser utilizado por residente en España o por entidad con establecimiento permanente en este país. En ese caso, debe de iniciarse el procedimiento de matriculación en un plazo no superior a un mes desde la entrada del barco en aguas españolas... ojo, que han llegado a forzar a alguien a abanderar porque se habían negociado contratos de charter desde la casa que el propietario del barco, no residente en España, tenía en nuestro país.. el argumento fue que al hacerse negocios desde esa casa, se consideraba que la empresa propietaria del barco tenía establecimiento permanente en nuestro territorio.

Moraleja, que no te pillen los chicos de Hacienda!!!!

:brindis::brindis::brindis: salud!!!!

wolfman 26-03-2009 17:23

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Cita:

Originalmente publicado por Jadarvi (Mensaje 516627)
... en este caso, lo que sí recomendaría es que el barco tenga pagado el IVA en un país de la UE a fin de que, cuando se regrese a España, si uno quiere abanderar el barco aquí, no tener que pagar IVA además del impuesto de matriculación.

Aprovechando la explicación.....Sí compro un barco de bandera Norteamericana con más de 25 años que nunca ha pagado el IVA en España. ¿Qué porcentaje y sobre que importe sería menester pagar para abanderarlo aquí?

Gracias anticipadas.

Tupac A. 26-03-2009 17:24

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Cita:

Originalmente publicado por Jadarvi (Mensaje 524653)
Teóricamente, un barco con bandera extrajera puede estar en Espaá hasta 182 días al año, y si pasa de ahí está obligado a matricularse en España... sin embargo, nuestro litoral está lleno de barcos amarrados casi todo el año y que llevan mucho tiempo sin abandonar las aguas españolas.. y no pasa nada.

:brindis::brindis::brindis: salud!!!!


Estas seguro de eso? Por lo que estoy mirando, el barco puede estar indefinidamente si el dueño no es residente. El problema viene si el barco esta mas de seis meses "con el bicho dentro", porque entonces este se convierte en residente, y de ahi nace la obligacion de matricular.

Al menos eso es lo que yo he entendido siguiendo estos hilos de la taberna. Pero, please, dime si estoy equivocado.

:brindis:

Jangada 26-03-2009 17:59

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Sobre este tema continuan habiendo dudas, lo que no es de extrañar.
Se trata la cuestión de si un ciudadano extranjero, comunitario o extracomunitario, propietario de una embarcaión de recreo, puede tener puerto base en España y si necesita abanderarla.

Respuesta: Puede optar por dejar su bandera o bien puede abanderar la embarcación en España y no liquidar el impuesto de matrícula, acogiéndose al sistema de matrícula turística.

¿y si es una empresa? Si es una empresa que opera conforme a la legislación española y tiene residencia fiscal en España, debe abanderar si utiliza la embarcación en España (opera através de una SL) Si lo hace a través de un EP (establecimiento Permanente) que a diferencia de una SL no adquiere personalidad jurídica en España, puede mantener su bandera de origen. En cuanto a la liquidación del impuesto de matrícula, en ambos casos y si la embarcación se destina al alquiler, podría acogerse a la exención por esa actividad (siempre que tenga menos de 15 m.)

OJO! Puede un ciudadano español residente, utilizar en aguas nacionales, una embarcación de su propiedad, matriculada y abanderada en otro país comunitario o extracomunitario:
NOOOOOO. Un CIUDADANO ESPAÑOL NO PUEDE UTILIZAR ESTA EMBARCACIÓN EN AGUAS NACIONALES SIN HABER PAGADO EL IMPUESTO DE MATRÍCULA. Sin embargo :sip:, un español y NO residente en España puede disfrutar de su barco en nuestro país sin pagar dicho impuesto, arbolando bandera española, a través del sistema de matríula turística.

Siempre el facor determinante es la residencia. Si el barco está en aguas españolas y es usado por un residente español (no hablamos de nacionalidades, hablamos de residencia), se dan los factores determinantes de incidencia del impuesto sobre el sujeto pasivo (como suelen decir:cunao:) osease, a apoquinar!

Así, y como ejemplo, un ciudadano británico, residente en su país, habitando aquí menos de 183 días y por consiguiente, no adquirindo la residencia fiscal según la ley del IRPF, tiene su barquito en aguas españolas sin pagar impuestos o abanderar nada. Si quiere puede optar por abanderar y acogerse a la exención, luciendo en su popa la enseña roja y gualda. :sip:

A lo largo del hilo muchas afirmaciones ya se han realizado, apenas trato de resumir y aclarar un poco, sin saber si lo consigo.:o

:brindis::brindis:

auryn 26-03-2009 18:45

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Lo dicho, un pozo de sabiduría, si hago algo os mantendré informados, muchas gracias a todos.

Salud y buena mar:brindis::brindis::brindis:

aldebaran431 26-03-2009 20:14

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Cita:

Originalmente publicado por wolfman (Mensaje 524711)
Aprovechando la explicación.....Sí compro un barco de bandera Norteamericana con más de 25 años que nunca ha pagado el IVA en España. ¿Qué porcentaje y sobre que importe sería menester pagar para abanderarlo aquí?

Gracias anticipadas.

Un barco USA, tenga la edad que tenga, para importarlo en España debe pagar el IVA como arancel de importación y luego para matricularlo el famoso impuesto de matriculación.

wolfman 27-03-2009 10:40

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Cita:

Originalmente publicado por aldebaran431 (Mensaje 524877)
Un barco USA, tenga la edad que tenga, para importarlo en España debe pagar el IVA como arancel de importación y luego para matricularlo el famoso impuesto de matriculación.

Entendido, supongo que estaremos hablando del 16%.
Peeeeero:
¿Del valor que figura en el contrato de compra-venta?
¿Del valor que aparezca en alguna tabla de hacienda?
En caso de esta última opción, ¿hay algún lugar donde poder consultar la mencionada tabla?

Gracias de nuevo.

mencheta 27-03-2009 13:01

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
yo creo que de la tabla de Hacienda. si no existe en hacienda ese modelo, me imagino que lo valorarán por otros conceptos como eslora, material del casco, antigüedad, etc. es decir, seguramente por menos de lo que tu has pagado.

illuka 30-03-2009 00:56

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Contaré un caso que conozco por haber navegado en ese barco unas 8000 millas, aunque no era el propietario.
Compras una sociedad en Panamá (las hay constituidas y te las venden por 1000$ algunos despachos de abogados de allí)
Vendes el barco a esa sociedad (o lo compras a su nombre) y lo abanderas en Panamá lo que te cuesta otros 1000$
En los papeles de barco no aparece ni tu nombre ni la dirección de la sociedad que figura como "dirección privada"
Y navegas lo que te de la gana sin ITB ni zonas de navegación, ni IVAS ni matriculación ni gaitas Made In Spain
El seguro del barco, en una compañía Española, permitía la navegación por una gran parte del mundo sin ningún problema.
En España puedes estar 6 meses + prorroga de 6 meses + prorroga de 6 meses sin problemas. Luego tienes que salir a aguas internacionales para no incurrir en impuestos, lo que te obliga a ir a Marruecos o a cualquier otro puerto fuera de España con justificantes (hay quien dice que el hecho de ir a Ibiza -y justificarlo- desde la Península ya valdría porque has navegado por aguas internacionales) y vuelves a tener otros 18 meses de estancia en España.
En Gibraltar creo que es parecido pero no lo conozco.
Esto, por ejemplo, vale para cruzar el charco con seguro en regla sin tener que meterte en pagar BLU homologada o Inmarsat, valiendo con el Iridium o una BLU de precio aceptable, además de todas las otras gaitas de zona 1

Relampago 30-03-2009 01:31

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Cita:

Originalmente publicado por bidea (Mensaje 516182)
:cid5:ole ole y ole señor hulk, me imagino que con el cabreo te habrás puesto verde y habrás echo saltar los botones de tu camisa:sip:

bueno, respecto a mi anterior post me comentais que "si resides" en España has de poner bandera de los que ganaron la guerra, pero mi pregunta es, si resides en tu barco y este tiene bandera extranjera... en principio no debería haber ningun problema , ¿no? (hablo desde la más completa ignorancia sobre temas administrativos, asi que corrijanme si me equivoco)

me imagino que sería necesario alguún tramite para que el pais en cuestion acredite tu residencia en su "territorio". Tengo entendido que paises más civilizados como francia no ponen demasiadas pegas a que fijes tu residencia en un barco (almenos para los franceses). Este podría ser un camino, no?

Si el barco donde vives está en aguas españolas (12 millas), resides en España, sea cual sea su bandera.

La bandera (de España) no la inventaron en el 36, es del siglo XVIII, así que dejémonos de guerras y ¡a navegar! que es lo nuestro.

montañes 30-03-2009 03:20

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Cita:

Originalmente publicado por bidea (Mensaje 516182)
:cid5:ole ole y ole señor hulk, me imagino que con el cabreo te habrás puesto verde y habrás echo saltar los botones de tu camisa:sip:

bueno, respecto a mi anterior post me comentais que "si resides" en España has de poner bandera de los que ganaron la guerra, pero mi pregunta es, si resides en tu barco y este tiene bandera extranjera... en principio no debería haber ningun problema , ¿no? (hablo desde la más completa ignorancia sobre temas administrativos, asi que corrijanme si me equivoco)

me imagino que sería necesario alguún tramite para que el pais en cuestion acredite tu residencia en su "territorio". Tengo entendido que paises más civilizados como francia no ponen demasiadas pegas a que fijes tu residencia en un barco (almenos para los franceses). Este podría ser un camino, no?


La primera guerra que se ganó con esa bandera, fue contra Inglaterra en 1763, y nos quedamos con la Louisiana francesa, aunque perdieramos Pensacola y Sacramento, que se recuperó en 1777, tras ayudar a ganar a los americanos su guerra de Independencia, recuperando en 1783 las dos Floridas y Menorca, en poder de los ingleses. Supongo que te refieres a esa guerra, ¿no?.
Si en Francia deciden tener su residencia en un barco amarrado en un puerto en territorio nacional francés, son tan civilizados que permiten que residas en el territorio de tu país. Vaya. Cuanto hemos de aprender de Francia.

mencheta 17-01-2010 20:09

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
Buenas tarde a todos y espero qu os haya sentado bien la comida del domingo.
Unos cafés para todos y un chupito de ron.

Aunque sea un poco repetitivo, el tema de abanderamiento me sigue teniendo en ascuas.

El caso es que me interesa un barco francés de muy buen precio, que me quiero traer para España. Os cuento: Barco de 13 metros, Iva pagado, pero del año 80 (osea, sin marcado CE).
Aparte de lo largo de los trámites, lo que me más me importa, si alguien lo puede calcular, es una aproximación de COSTE FINAL DE TAL ABANDERAMIENTO. ¿alguien se atreve a aventurar una cifra?
Venga... hagan apuestas, señores...
Gracias

wijker 25-09-2010 01:39

Re: bandera inglesa(abanderamiento?)
 
esto suena bien....me gustaria saber mas porke yo tambien tengo un barco con bandera inglesa por arreglar...me interesaria ponerme en kontakto kon alguien ke me aklare un poko komo podria llegar a navear con el ...tengo poko dinero....velero 8 metros ..tinker boat.


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