La Taberna del Puerto

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-   -   Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=33689)

JON 08-04-2009 01:11

Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
1 Archivo(s) adjunto(s)
Buenas noches, amigos.

Vista la comprensible confusión reinante en relación con la interpretación del Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de las embarcaciones de recreo, me he permitido, tras una pausada y detenida lectura del mismo, extractar aquello que les afecta en aras de aclarar en la medida de lo posible si no todas, sí algunas de las dudas mas frecuentes.

Pienso que en muchos casos tendemos a asumir como aplicables a nuestros barcos partes de la normativa que está prevista exclusivamente para otros de mayor envergadura (sirva como ejemplo el tema de las fuentes de energía), lo que nos crea un lógico desánimo y la consabida mala leche.

Por lo dicho, he confeccionado el documento adjunto que espero sea de vuestro interés.

Agradecería a Inspectorate le echara un detenido vistazo para detectar cualquier error u omisión importante en la que haya podido incurrir.

Sin mas, un saludo.

Jon. :brindis:

Kiro 08-04-2009 01:57

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
:gracias::cid5::gracias::pirata:
Concreto, conciso, claro!!!
Muchas gracias

m30 08-04-2009 02:12

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
unas rondas para todos :brindis::brindis:, estamos seguros de que en zona 4 hay que llevar radiobaliza :nosabo::nosabo:.

yo me paso a 5 :cagoento::cagoento:

Aunlargo 08-04-2009 02:17

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Jon:

Quita la radiobaliza de la zona 4 (última página)

Joer, que susto me habías dado.:eek:

Ah, y mil gracias por el esfuerzo.

Artículo 59. Zona de navegación 4.
Las embarcaciones autorizadas a navegar por la zona 4
deben ir provistas, como mínimo, de una instalación
radioeléctrica de VHF apta para utilizar las técnicas de llamada
selectiva digital a partir del 1 de enero de 2009.

genoves 08-04-2009 06:14

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Cita:

Originalmente publicado por JON (Mensaje 534819)
Buenas noches, amigos.

Vista la comprensible confusión reinante en relación con la interpretación del Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de las embarcaciones de recreo, me he permitido, tras una pausada y detenida lectura del mismo, extractar aquello que les afecta en aras de aclarar en la medida de lo posible si no todas, sí algunas de las dudas mas frecuentes.

Pienso que en muchos casos tendemos a asumir como aplicables a nuestros barcos partes de la normativa que está prevista exclusivamente para otros de mayor envergadura (sirva como ejemplo el tema de las fuentes de energía), lo que nos crea un lógico desánimo y la consabida mala leche.

Por lo dicho, he confeccionado el documento adjunto que espero sea de vuestro interés.

Agradecería a Inspectorate le echara un detenido vistazo para detectar cualquier error u omisión importante en la que haya podido incurrir.

Sin mas, un saludo.

Jon. :brindis:

¿Cuál es el equipamiento mínimo del que deberá estar provista una embarcación de recreo autorizada a realizar navegaciones por la ZONA 4? (Artículo 59 - pág 37930)

Una instalación radioeléctrica de VHF apta para utilizar las técnicas de llamada selectiva digital.

:nop:
Una radiobaliza de 406 Mhz, de activación automática y manual.
:nop:

JON 08-04-2009 16:25

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Cita:

Originalmente publicado por m30 (Mensaje 534837)
unas rondas para todos :brindis::brindis:, estamos seguros de que en zona 4 hay que llevar radiobaliza :nosabo::nosabo:.

yo me paso a 5 :cagoento::cagoento:

Siento el error (cosas del copy paste).

Ya esta corregido. De eso se trata, de que echeis un vistazo para corregir las posibles columpiadas.

Gracias por vuestros comentarios y un saludo.

Jon.

EL PEREZ 09-04-2009 10:22

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Gracias por el trabajo
:pirata::brindis::velero::brindis::pirata:

al_barco 09-04-2009 10:29

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Me temo que falta la zona 6 y en tal caso no creo que necesite el LEB para llevar una portátil. Cada dia estoy más confuso :nosabo::nosabo::nosabo:

Jadarvi 09-04-2009 14:07

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Buen trabajo, claro y conciso, muchas gracias por pegarte el curro ... según lo que escribes, entiendo que los VHF no necesitan ser de categoría SOLAS, o sí?


:brindis::brindis::brindis: a tu salud!!!!!!!

Trisquel 09-04-2009 15:58

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
vaya susto que me he dado con lo de la baliza en zona 4 :cagoento: aunque a lo mejor no tardamos tanto en tener que ponerla.
unas birras a mi cuenta y gracias por el curro que te has dado.
:brindis::brindis::borracho::brindis::brindis:

artur23 09-04-2009 16:20

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Gracias por el extracto. Habrá sido todo "un curro" :sip::cid5:

NABEL 09-04-2009 16:49

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Buen trabajo :cid5:, y como veo que estas puesto, pues te planteo una duda que tengo, yo tengo mi :velero: en zona 5 , llevo vhf fija, como ya comente en otro post, solicite por internet a la DGMM la LEB y el MMSI, los cuales ya tengo, pero no tengo certificado de instalación, el cual supongo ya no necesito, o si :nosabo:.

Saludos y :brindis:

Jesús 10-04-2009 00:39

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Copas a tod@s y doble ración a Jon por el trabajo realizado. :brindis::brindis:

Pero me surje una duda en lo que respecta al tiempo de respuesta a la solicitud de una estación de radio en un barco.
Eso de que si no hay respuesta, la instalación está desestimada, me parece que "choca" con un determinado artículo de la Ley de procedimiento administrativo, que indica -más o menos-, que siempre te han de responder y si no lo hacen, el "silencio administrativo", es considerado positivamente, obteniendo así lo solicitado.
Vamos, que si no te responden, tienes lo solicitado.

Actos presuntos, creo que se denomina esa actitud. Y por la cual has de pedir un certificado para demostrar que lo has obtenido.

Espero que algún colega con más "tablas" que, éste mero aficionado, nos ilumine administrativamente.

Más saludos y copas. :borracho::borracho:

titulofalso 10-04-2009 01:12

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Cita:

Originalmente publicado por JON (Mensaje 535162)
Siento el error (cosas del copy paste).

Ya esta corregido. De eso se trata, de que echeis un vistazo para corregir las posibles columpiadas.

Gracias por vuestros comentarios y un saludo.

Jon.

Hola, la verdad eres un crack Jon,:cid5::cid5:,te lo curraste bien,sigue así :D:D :brindis: :adoracion:,:gracias:

titulofalso 10-04-2009 01:17

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Cita:

Originalmente publicado por Jesús (Mensaje 536047)
Copas a tod@s y doble ración a Jon por el trabajo realizado. :brindis::brindis:

Pero me surje una duda en lo que respecta al tiempo de respuesta a la solicitud de una estación de radio en un barco.
Eso de que si no hay respuesta, la instalación está desestimada, me parece que "choca" con un determinado artículo de la Ley de procedimiento administrativo, que indica -más o menos-, que siempre te han de responder y si no lo hacen, el "silencio administrativo", es considerado positivamente, obteniendo así lo solicitado.
Vamos, que si no te responden, tienes lo solicitado.

Actos presuntos, creo que se denomina esa actitud. Y por la cual has de pedir un certificado para demostrar que lo has obtenido.

Espero que algún colega con más "tablas" que, éste mero aficionado, nos ilumine administrativamente.

Más saludos y copas. :borracho::borracho:

Hola,así es si en un plazo determinado no contestan,queda concedido,solo hay que ir con resguardo de comprobacion de solicitud,y tienen que dartelo:sip::D,chao. Copas pa tos:borracho::brindis::borracho::brindis::borracho : chao

JON 10-04-2009 12:57

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Cita:

Originalmente publicado por al_barco (Mensaje 535668)
Me temo que falta la zona 6 y en tal caso no creo que necesite el LEB para llevar una portátil. Cada dia estoy más confuso :nosabo::nosabo::nosabo:

Me he limitado a transcribir lo que pone en el Reglamento, intentando (y digo "intentando") hacer abstracción de lo que no nos afecta.

En la Sección 2ª del Capítulo IV (artículos 56 a 60), se describe el "equipamiento radioeléctrico para embarcaciones dedicasas a la náutica de recreo" y menciona las zonas 1 (art.56), 2 (art.57), 3 (art.58), 4 (art.59) y 5 (art.60). En al art. 61 hace referencia a las "Embarcaciones dedicadas a regatas náuticas", que no he incluido en el documento.

Un saludo.

Jon.

JON 10-04-2009 13:03

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Cita:

Originalmente publicado por Trisquel (Mensaje 535790)
vaya susto que me he dado con lo de la baliza en zona 4 :cagoento: aunque a lo mejor no tardamos tanto en tener que ponerla.
unas birras a mi cuenta y gracias por el curro que te has dado.
:brindis::brindis::borracho::brindis::brindis:


Ja, ja, ja. Fué un lapsus al "copiar y pegar" pero....todo se andará. Ya verás (espero equivocarme).

Jon.

JON 10-04-2009 13:07

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Cita:

Originalmente publicado por Jadarvi (Mensaje 535755)
Buen trabajo, claro y conciso, muchas gracias por pegarte el curro ... según lo que escribes, entiendo que los VHF no necesitan ser de categoría SOLAS, o sí?


:brindis::brindis::brindis: a tu salud!!!!!!!

Jardavi, no me atrevo a interpretar ya que eso (las interpretaciones personales del tipo "yo creo que...") son las que en mi opinión crean mas confusión.

Lo reflejado en el documento pretende ser únicamente un extracto del tocho. ¿Que se ha podido escapar algo?...quizá. No prentende ser una Biblia de referencia.

Gracias y un saludo.

Jon.

JON 10-04-2009 13:16

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Cita:

Originalmente publicado por NABEL (Mensaje 535802)
Buen trabajo :cid5:, y como veo que estas puesto, pues te planteo una duda que tengo, yo tengo mi :velero: en zona 5 , llevo vhf fija, como ya comente en otro post, solicite por internet a la DGMM la LEB y el MMSI, los cuales ya tengo, pero no tengo certificado de instalación, el cual supongo ya no necesito, o si :nosabo:.

Saludos y :brindis:

Te puedo asegurar que en absoluto estoy mas "puesto" que lo que seguramente estarás tu. Quizá me lo haya podido leer con un poco mas de detenimiento para sonsacar lo importante para nosotros.

Respecto al mismo, y en cada caso, puedo tener mi opinión que, al no ser mas que una interpretación mas, puede estar equivocada por lo que no la expongo aquí para no crear mas confusión.

Jon.

(P.D.: Perdonar tantas intervenciones pero NO SÉ cómo incluir y contestar varias citas en un unico post.)

JON 10-04-2009 13:21

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Cita:

Originalmente publicado por Jesús (Mensaje 536047)
Copas a tod@s y doble ración a Jon por el trabajo realizado. :brindis::brindis:

Pero me surje una duda en lo que respecta al tiempo de respuesta a la solicitud de una estación de radio en un barco.
Eso de que si no hay respuesta, la instalación está desestimada, me parece que "choca" con un determinado artículo de la Ley de procedimiento administrativo, que indica -más o menos-, que siempre te han de responder y si no lo hacen, el "silencio administrativo", es considerado positivamente, obteniendo así lo solicitado.
Vamos, que si no te responden, tienes lo solicitado.

Actos presuntos, creo que se denomina esa actitud. Y por la cual has de pedir un certificado para demostrar que lo has obtenido.

Espero que algún colega con más "tablas" que, éste mero aficionado, nos ilumine administrativamente.

Más saludos y copas. :borracho::borracho:

Se refiere exprésamente al MMSI. A mí también me extrañó, pero es lo que pone en el Reglamento.

Por si me había "colado" lo he vuelto a leer (BOE nº 261 - Pág. 37910 - Artículo 5 - 2). Dice textualmente lo reflejado en el documento.

Jon.

JON 10-04-2009 13:27

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Cita:

Originalmente publicado por titulofalso (Mensaje 536062)
Hola,así es si en un plazo determinado no contestan,queda concedido,solo hay que ir con resguardo de comprobacion de solicitud,y tienen que dartelo:sip::D,chao. Copas pa tos:borracho::brindis::borracho::brindis::borracho : chao

Cuando en el Reglamento se refieren al plazo de UN MES para resolver por parte de la DGMM, se refieren a la solicitud del MMSI (no a la LEB) y lo que dice textualmente es: "Se entenderá desestimada la solicitud, si en dicho plazo no se ha dictado y notificado la resolución".

Jon.

JON 10-04-2009 13:34

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Esta es mi sexta intervención seguida. LO SIENTO.

Ya he comentado en alguna de las anteriores que es debido a que NO SÉ responder "citando" a varios en el mismo post. (se agradecería que alguien me dijera cómo se hace).

Por otra parte, deciros que el haber confeccionado el documento en cuestión NO PRESUPONE en absoluto un mayor conocimiento del tema que el que podeis tener cualquiera de vosotros. Símplemente me he leído el Reglamento con un "fosforito" en la mano subrayando lo que nos afecta.

Por lo dicho, no me siento capacitado para hacer "interpretaciones públicas" sobre su contenido. Cada cuál que saque sus propias conclusiones.

Perdonad que no haya "agradecido" a todos, pero me ha desaparecido el botón "agradecer".

Un saludo y mi "agradecimiento colectivo".

Jon.

Jadarvi 10-04-2009 19:05

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Cita:

Originalmente publicado por JON (Mensaje 536233)
Jardavi, no me atrevo a interpretar ya que eso (las interpretaciones personales del tipo "yo creo que...") son las que en mi opinión crean mas confusión.

Lo reflejado en el documento pretende ser únicamente un extracto del tocho. ¿Que se ha podido escapar algo?...quizá. No prentende ser una Biblia de referencia.

Gracias y un saludo.

Jon.


Gracias a tí por tu explicación, la verdad es que ese requisito se está aplicando a los walkies para zona 5, pero hay capitanías que lo exigen y otras que no. Por eso te preguntaba, por si tú lo tenías claro, yo pienso que no es necesario... pero lo importante no es lo que yo piense, sino el criterio que aplique la Administración.

:brindis::brindis::brindis: salud!!!!

vertijean 10-04-2009 19:41

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
ojala la administracion tendria tu sentido comun !:adoracion::adoracion:

pipe 10-04-2009 19:47

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Cita:

Originalmente publicado por Aunlargo (Mensaje 534839)
Jon:

Quita la radiobaliza de la zona 4 (última página)

Joer, que susto me habías dado.:eek:

Ah, y mil gracias por el esfuerzo.

Artículo 59. Zona de navegación 4.
Las embarcaciones autorizadas a navegar por la zona 4
deben ir provistas, como mínimo, de una instalación
radioeléctrica de VHF apta para utilizar las técnicas de llamada
selectiva digital a partir del 1 de enero de 2009.




:brindis:

que susto y me estaba yo pasando las zonas de navegacion por el ...........................
:brindis:

Inspectorate 12-04-2009 20:04

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Muy buen trabajo, JON.
En un vistazo rápido no parece que te hayas dejado nada. En cualquier caso, si encuentrp un rato libre, leeré tu resumen con más detenimiento.
Un apunte rápido que he captado: Mencionaría explícitamente que a las embarcaciones de recreo también les resulta de aplicación la totalidad del Capítulo 1 (Régimen General)
Saludos

JON 13-04-2009 11:48

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Cita:

Originalmente publicado por Inspectorate (Mensaje 537442)
Muy buen trabajo, JON.
En un vistazo rápido no parece que te hayas dejado nada. En cualquier caso, si encuentrp un rato libre, leeré tu resumen con más detenimiento.
Un apunte rápido que he captado: Mencionaría explícitamente que a las embarcaciones de recreo también les resulta de aplicación la totalidad del Capítulo 1 (Régimen General)
Saludos


Inspectorate, agradezco sinceramente tus esperados comentarios :sip: que, junto con los de otros cofrades, han de permitir optimizar el documento que nos ocupa.

Respecto a la mención explícita del Capítulo 1 (Régimen General) comentarte lo siguiente:

El enfoque que he pretendido dar al texto (no sé si acertadamente o no) no ha sido el de hacer referencia a qué capítulos afectan, y en qué medida, a la náutica de recreo sino, de ellos, sonsacar aquello que, por ser objeto de continuas consultas en el foro, he considerado pudiera ser de nuestro interés abstrayendo las generalidades.

Por lo dicho, de cada Capítulo (y por ende del 1º) he tomado “lo concreto”. Del 1º, por ejemplo y entre otros, lo tratado en el capítulo 5º, 7º, 12º, 19º, etc.

He obviado por el contrario, la mención a otros muchos apartados de dicho Capítulo 1º que por ser muy generales (Objeto, Ámbito de aplicación, Definiciones, Zonas marítimas españolas, etc), por estar dirigidos a otros tipos de buques (Registros radioeléctricos, etc) o por normalizar asuntos que no nos competen directamente a los usuarios de la náutica de recreo (Proveedores de servicios de instalación, Proyecto de construcción y reformas, Activación de terminales de Inmarsat, Aprobación de equipos radioeléctricos, etc) pudieran impedir el objetivo buscado: claridad y concreción.

Aclarada la filosofía del asunto, vuelvo a reclamar tanto tu atención como la del resto para detectar tanto errores como carencias tendentes a mejorar el contenido del escrito, aunque con el tiempo (ley de vida) acabe éste perdido en las profundidades del foro.

Gracias de nuevo :gracias: y un saludo.

Jon. :brindis:

dunic 13-04-2009 12:31

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
A la vista de otro hilo me gustaria que Inpectorate nos aclarase :

Zona 2 Equipo bidirecccional de VHF o t4anspondedor de radar
-pregunta : cualquiera homologado o necesariamente el "amarillo", porque de la lectura de :
Artículo 57. Zona de navegación 2.
1. Las embarcaciones autorizadas a realizar navegaciones
por la zona 2 deben ir provistas del siguiente equipamiento
radioeléctrico mínimo:
a) Una instalación radioeléctrica de VHF.
b) Una radiobaliza de 406 MHz, de activación automática
y manual.
2. La instalación de VHF deberá ser apta para utilizar
las técnicas de llamada selectiva digital a partir del 1 de
enero de 2008, o transcurridos tres meses desde la
entrada en vigor de este reglamento, si se trata de embarcaciones
que se exploten con fines lucrativos (de la lista
sexta).
3. A partir del 1 de enero de 2008, estas embarcaciones
deberán disponer, además, de un equipo portátil bidireccional
de VHF
o un respondedor de radar de 9 GHz.


no queda nasda claro, y parece ser que unas capitanias lo exigen y en otras no
:gracias:

Inspectorate 13-04-2009 17:06

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Cita:

Originalmente publicado por dunic (Mensaje 537852)
A la vista de otro hilo me gustaria que Inpectorate nos aclarase :

Zona 2 Equipo bidirecccional de VHF o t4anspondedor de radar
-pregunta : cualquiera homologado o necesariamente el "amarillo", porque de la lectura de :
Artículo 57. Zona de navegación 2.
1. Las embarcaciones autorizadas a realizar navegaciones
por la zona 2 deben ir provistas del siguiente equipamiento
radioeléctrico mínimo:
a) Una instalación radioeléctrica de VHF.
b) Una radiobaliza de 406 MHz, de activación automática
y manual.
2. La instalación de VHF deberá ser apta para utilizar
las técnicas de llamada selectiva digital a partir del 1 de
enero de 2008, o transcurridos tres meses desde la
entrada en vigor de este reglamento, si se trata de embarcaciones
que se exploten con fines lucrativos (de la lista
sexta).
3. A partir del 1 de enero de 2008, estas embarcaciones
deberán disponer, además, de un equipo portátil bidireccional
de VHF o un respondedor de radar de 9 GHz.

no queda nasda claro, y parece ser que unas capitanias lo exigen y en otras no
:gracias:

El artículo 52, que también resulta aplicable a las embarcaciones de recreo, dice entre otras cosas:

Cita:

Artículo 52. Reglas de funcionamiento de equipos e instalaciones radioeléctricas.

3. Todos los equipos radioeléctricos, antenas y restantes elementos que formen parte de ellos y que, obligatoriamente deban instalarse en un buque al que se aplique este capítulo, cumplirán los siguientes requisitos:
  1. Los equipos de radiocomunicaciones y dispositivos de salvamento obligatorios en los buques de recreo de las zonas de navegación 1 y 2, en los buques de carga y de servicios de puerto de la clase T, en todos los buques de pesca de litoral, altura y gran altura, y en todos los buques de pasaje, deberán cumplir los requisitos exigidos por el Real Decreto 809/1999, de 14 de mayo, y disponer del marcado de conformidad reproducido en su anexo C.
  2. Los demás equipos (radares, ecosondas, receptores NAVTEX, radiobalizas manuales o personales, GPS, y otros equipos de radionavegación) que se instalen en los buques, deben disponer del número de registro expedido de acuerdo con los requisitos indicados en el artículo 16.2.
4. Los equipos radioeléctricos que se instalen en los buques no citados en el apartado 3.a deben disponer del número de registro de la Dirección General de la Marina Mercante, expedido de acuerdo con los requisitos del ar-tículo 16. Esto no es de aplicación para la radiobaliza automática de 406 MHz y el respondedor radar, que en cualquier caso deberán cumplir los requisitos del Real Decreto 809/1999, de 14 de mayo. Los equipos de VHF de LSD podrán ser de clase D.
En lo relativo al equipo de VHF, el Director General de la Marina Mercante circuló por las Capitanías Marítimas una resolución según la cual, contrariamente a lo establecido por el reglamento (creo que está recurrida en lo contencioso) eximía a las embarcaciones de recreo de la zona 2 de la obligatoriedad de que el equipo de VHF cumpliera las prescripciones del RD 809/1999).

Por lo que respecta al SART, como equipo radioeléctrico de salvamento obligatorio para la zona 2, y en ausencia de una resolución similar a la dictada para el equipo VHF, deberá ser "de los amarillos".

:brindis:

askarretxe 13-04-2009 18:22

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
sres. contertulios:

¿ qué posibilidades tenemos de instalar en nuestras embarcaciones, al igual que "toda la flota pesquera profesional" los populares secráfonos por ej. de la casa sailor, los más comunes, que dan mucho juego e impiden que nadie escuche lo que estás comunicando.
su popular y particular gua, gua, guaaaaaaaaaaaa............, que tanto incordia y a su vez impide que el resto pueda comunicar en esa frecuencia.
me imagino, que como todos los llevan instalados y pasan revisiones radio todos los años es por que su montaje está permitido y por tal también posible en las embarcaciones de recreo...

¡ YO QUIERO UNO ¡

PICÓN 13-04-2009 21:02

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
:brindis:
JON: Indicas que: los equipos VHF -LSD para zona 3, 4 y 5, podrán ser de clase D. ¿Qué caracteriza a esta clase?
:brindis:

JON 14-04-2009 18:40

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Cita:

Originalmente publicado por PICÓN (Mensaje 538170)
:brindis:
JON: Indicas que: los equipos VHF -LSD para zona 3, 4 y 5, podrán ser de clase D. ¿Qué caracteriza a esta clase?
:brindis:

Mira en este enlace:

http://www.clubelcano.com/documentacion/radio1.pdf

Un saludo.

Jon.

PICÓN 14-04-2009 19:42

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Saludos
:gracias: Jon: por curiosidad: esa clasificación ¿donde está establecida?porque parece que no en el Reglamento.
Además: da la impresión de que no es obligatorio para 3,4 y 5, que se conecte un gps o antena gps al VHF, ya que puede ingresarse la posición manualmente, ¿no?
:brindis:

titulofalso 14-04-2009 21:09

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Cita:

Originalmente publicado por JON (Mensaje 536251)
Cuando en el Reglamento se refieren al plazo de UN MES para resolver por parte de la DGMM, se refieren a la solicitud del MMSI (no a la LEB) y lo que dice textualmente es: "Se entenderá desestimada la solicitud, si en dicho plazo no se ha dictado y notificado la resolución".

Jon.

Es verdad Jon:sorry:,en lo de la solicitud del MMSI,y solo pone de manifiesto y resalta la prepotencia institucional de la Direccion General de la Marina Mercante,pero en cualquier otro organismo o solicitud,es al contrario,si no te justifican el porque se te niega,se da por aceptado y solo tienes que llevar justificante y reclamarlo,por ejemplo una solicitud de licencia de pesca,:sip:,talogo

titulofalso 14-04-2009 21:19

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Cita:

Originalmente publicado por askarretxe (Mensaje 538056)
sres. contertulios:

¿ qué posibilidades tenemos de instalar en nuestras embarcaciones, al igual que "toda la flota pesquera profesional" los populares secráfonos por ej. de la casa sailor, los más comunes, que dan mucho juego e impiden que nadie escuche lo que estás comunicando.
su popular y particular gua, gua, guaaaaaaaaaaaa............, que tanto incordia y a su vez impide que el resto pueda comunicar en esa frecuencia.
me imagino, que como todos los llevan instalados y pasan revisiones radio todos los años es por que su montaje está permitido y por tal también posible en las embarcaciones de recreo...

¡ YO QUIERO UNO ¡

Hola askarretxe,créo que los escaner de barrido de frecuencia,para interceptar las escuchas estan prohibidos y penado su uso,nunca su propiedad,o sea que a menos que te pillen interceptando llamadas,no es delito. Creo que los secrafonos no son legales tampoco,aunque los utilizamos en todos los barcos,y si no lo estan deberian estarlo,porque la escucha continuada en los canales de socorro, VHFcanal 16 y en onda media 2182,son de obligado cumplimiento,no todos los aparatos antiguos son duales y mientras estoy con el secra,en fin,que no me entero de ná,y ya pueden necesitar ayuda que ná,talogo

JON 14-04-2009 23:55

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Cita:

Originalmente publicado por PICÓN (Mensaje 539094)
Saludos
:gracias: Jon: por curiosidad: esa clasificación ¿donde está establecida?porque parece que no en el Reglamento.
Además: da la impresión de que no es obligatorio para 3,4 y 5, que se conecte un gps o antena gps al VHF, ya que puede ingresarse la posición manualmente, ¿no?
:brindis:

Picón, no soy docto en la materia. Me he limitado a extraer información del Reglamento. Si Inspectorate te lee, seguro que te da una respuesta satisfactoria.

En cuanto al tema del GPS, lee lo siguiente (segundo párrafo):

¿Qué requisitos deben cumplir los equipos de radiocomunicaciones instalados en los buques?.

Todos los equipos de radiocomunicaciones que se instalen en los buques españoles y utilicen las técnicas de LSD deben ser capaces de transmitir automáticamente la situación con el alerta de socorro. (Artículo 27– punto 3º - pág 37921).

La citada información se obtendrá de un receptor de navegación (GPS) interno o externo, a fin de que pueda incluirse de manera automática en el alerta de socorro inicial. (Artículo 27– punto 3º - pág 37921).

Toda instalación llevará el distintivo de llamada y el número de identificación del servicio móvil marítimo (MMSI). (Artículo 27– punto 6º - pág 37921).

No obstante lo anterior, contéstate tu mismo a esta pregunta: ¿Por ahorrarte 100€ (es lo que viene a costar una antena-activa) te ibas a plantear semejante labor (introducción manual de datos) en un momento de urgencia?

Un saludo.

Jon.

askarretxe 15-04-2009 00:28

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
muy buenas titulofalso y cñía.:

los scaners no están prohibidos, como no podía ser menos ya que cualquier equipo tiene esta función en una u otra medida o amplitud adoptada.
lo que la reglamentación decimonónica que padecemos determina es que no se puede divulgar el contenido de lo escuchado...

saludos.

PICÓN 15-04-2009 07:35

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Cita:

Originalmente publicado por JON (Mensaje 539358)
Picón, no soy docto en la materia. Me he limitado a extraer información del Reglamento. Si Inspectorate te lee, seguro que te da una respuesta satisfactoria.

En cuanto al tema del GPS, lee lo siguiente (segundo párrafo):

¿Qué requisitos deben cumplir los equipos de radiocomunicaciones instalados en los buques?.

Todos los equipos de radiocomunicaciones que se instalen en los buques españoles y utilicen las técnicas de LSD deben ser capaces de transmitir automáticamente la situación con el alerta de socorro. (Artículo 27– punto 3º - pág 37921).

La citada información se obtendrá de un receptor de navegación (GPS) interno o externo, a fin de que pueda incluirse de manera automática en el alerta de socorro inicial. (Artículo 27– punto 3º - pág 37921).

Toda instalación llevará el distintivo de llamada y el número de identificación del servicio móvil marítimo (MMSI). (Artículo 27– punto 6º - pág 37921).

No obstante lo anterior, contéstate tu mismo a esta pregunta: ¿Por ahorrarte 100€ (es lo que viene a costar una antena-activa) te ibas a plantear semejante labor (introducción manual de datos) en un momento de urgencia?

Un saludo.

Jon.

Está claro: mi "impresión" era errónea: es obligatorio.
:gracias: Jon
PD: no era por el ahorro (llevo un Garmin 72 conectado al VHF y funciona, claro que funciona....pero el Garmin72 no está homologado, así que...: bueno, era por eso la pregunta, por si podía quitarme el engorro de tener que cambiar de GPS por el asunto de su homologación, no por su servicio)
:brindis:

Yofloto 15-04-2009 07:41

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Buenos días.
No sé por qué no puedo abrir el documento.
Me quedo con las gana de ver lo realtivo a la zona 5.
Saludos.

trabañarru 15-04-2009 08:30

Re: Reglamento de radiocomunicaciones: Extracto
 
Cita:

Originalmente publicado por titulofalso (Mensaje 539175)
Hola askarretxe,créo que los escaner de barrido de frecuencia,para interceptar las escuchas estan prohibidos y penado su uso,nunca su propiedad,o sea que a menos que te pillen interceptando llamadas,no es delito. Creo que los secrafonos no son legales tampoco,aunque los utilizamos en todos los barcos,y si no lo estan deberian estarlo,porque la escucha continuada en los canales de socorro, VHFcanal 16 y en onda media 2182,son de obligado cumplimiento,no todos los aparatos antiguos son duales y mientras estoy con el secra,en fin,que no me entero de ná,y ya pueden necesitar ayuda que ná,talogo

Como dices..:nosabo:, que los secrafonos:cagoento: no son legales?????:meparto::meparto:,
desde cuando????.
Y los escaners tampoco:nosabo:????
De lo que se entera uno :cunao:..............


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