La Taberna del Puerto

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-   -   Alquilar un lista 7ª (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=46648)

SanYago 27-12-2009 13:40

Alquilar un lista 7ª
 
Buenos dias a todos los cofrades de buena voluntad, como hace tiempo que no me pasaba por aqui, creo menester invitar a unas rondas generosas de un buen ron:brindis::brindis:

A lo que iba, mi pregunta es la siguiente. Estoy pensando en comprarme un barco de segunda mano y dedicarlo al alquiler sin patrón.

¿es posible teniéndolo en lista 7ª?

Saludos y buen viento

NEFTA 27-12-2009 16:19

Re: Alquilar un lista 7ª
 
En Galicia no lo se, pero aqui tendrias muchos problemas, la actividad no se puede llevar a cabo en 7ª, se ha hablado muy mucho de esta actividad en hilos antiguos, si te pillan hay que asumir...
SALUT:brindis::brindis:

Mofeta 27-12-2009 16:39

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Esto es lo que dice el REAL DECRETO 544/2007, de 27 de abril, por el
que se regula el abanderamiento y matriculación
de las embarcaciones de recreo en la Lista
séptima del Registro de matrícula de buques


Artículo 2.
Definiciones.

A efectos de lo previsto en este real decreto se entenderá
por:
a) «Embarcación de recreo» (en adelante «embarcación
»): embarcación civil de cualquier tipo, con independencia
de su medio de propulsión, cuyo casco tenga una
eslora comprendida entre 2,5 y 24 metros y esté destinada
a la realización de actividades de recreo u ocio sin
ánimo de lucro o para la pesca no profesional.

Parece que no cabe la explotación empresarial de la embaración y la inscripción en la Lista 7ª.
Lo siento compañero :brindis:

biziberri 27-12-2009 19:13

Re: Alquilar un lista 7ª
 
hola cofrade
es muy simple no puedes...
capitania no te diria nada, es hacienda
ya que estas en una actividad economica no declarada....
es como alquilar un piso, o habitacion en negro....

otra cosa es que cambies la lista, a 6ª, cumples con lo que te pidan
y sin problemas, con la particularidad que ya tiene pagados los impuestos
con lo que no tengo claro, lo de ue no podrias tu llevar el barco
es un extremo interesante de saber.
cuidaros

matira 27-12-2009 19:28

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Por poder, si puedes, pero estarías incumpliendo la ley y te arriesgarías a que te sancionaran, en cuanto que alguien, que se dedique a eso y esté legal te denunciara.

Tatatoa 27-12-2009 20:00

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Si el barco en lista 6ª tiene los impuestos pagados, o tiene más de 4 años desde la fecha de matriculación definitiva, puedes llevarlo para tu uso y disfrute y de tus amigos, eso si, sin cobrar nada, ya que supongo que no tienes el titulo de patrón profesional.

En caso de que seas patrón profesional, si que puedes llevarlo tu mismo y alquilarlo con tus servicios incluidos.

En lista 7ª, como ya te han dicho, no se puede alquilar ni efectuar actividad alguna con carácter lucartivo.
:brindis:

SanYago 27-12-2009 20:01

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Es decir, tendría que pasarlo a la 6º. A ver si me podeis ayudar. Entiendo que tendría que crear una empresa lo cual no seria problema, soy autónomo y aqui las preguntas.

1.- ¿cuanto mas me costaria tenerlo en la 6ª?
2.- Teniendo los impuestos pagados, ¿lo podría utilizar yo? se entiende sin estar haciendo charter

Un ronda por cuenta de la casa:brindis:

Tatatoa 27-12-2009 20:31

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Cita:

Originalmente publicado por Tatatoa (Mensaje 727409)
Si el barco en lista 6ª tiene los impuestos pagados, o tiene más de 4 años desde la fecha de matriculación definitiva, puedes llevarlo para tu uso y disfrute y de tus amigos, eso si, sin cobrar nada, ya que supongo que no tienes el titulo de patrón profesional.

En caso de que seas patrón profesional, si que puedes llevarlo tu mismo y alquilarlo con tus servicios incluidos.

En lista 7ª, como ya te han dicho, no se puede alquilar ni efectuar actividad alguna con carácter lucartivo.
:brindis:

lo repito
te tendrías que dar de alta en el epigrafe de IAE de "alquiler de embarcaciones", y logicamente cumplir con las obligaciones fiscales que lleva.

Pasar el barco de lista 7ª a 6ª es fácil, solicitud a la Capitania Maritima, cumplimentando los requisitos que exigen (es fácil) y no es caro más si lo realizas tu mismo y que puedes hacerlo con un poco de información y una par de viajes a las oficinas y hablar con los funcionarios.
:brindis:

SanYago 27-12-2009 21:15

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Muchas gracias, me pondré a hacer números.Lo que intento es rentabilizar la inversión, utilizarlo para alquiler sin patrón y cuando no esté alquilado utilizarlo yo.

:brindis:

Bohemia 27-12-2009 21:25

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Que va , eso de usarlo tú o tu familia, .... ! olvidalo, lo siento, entonces todo el mundo haría exactamente lo mismo: lo meten el lista 6 y luego lo usan como lista 7.


Si quieres rentabilizar la compra del barco, compartirlo es algo más suavecito...., con un socio o varios, o con gente que quiera navegar ocasionalmente... Pero que NO estés tú a bordo? le dejarías tu barco a cualquiera? madremía... más vale que algún cura te lo bendiga.

SanYago 27-12-2009 21:50

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Pero tenia entendido que si el barco esta en la 7ª (luego con los impuestos pagados) y lo pasas a la 6ª, si puedes llevarlo tu.

¿no es así?

Tatatoa 28-12-2009 00:22

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Si el barco en lista 6ª tiene los impuestos pagados, o tiene más de 4 años desde la fecha de matriculación definitiva, puedes llevarlo para tu uso y disfrute y de tus amigos, eso si, sin cobrar nada, ya que supongo que no tienes el titulo de patrón profesional.
:brindis:

PeibolHook 04-01-2010 22:50

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Estimados cofrades, el lío de la lista 6ª es de órdago.
1. Es de uso lucrativo exclusivo.
2. El barco no se puede emplear por personas vinculadas con la propiedad.
3. No se puede alquilar a la misma persona, si te buscas a otro, por periodo superior de tres meses al año.
4. Deben coincidir los alquileres con el amarre en puertos que no sean la base o con la participación en regatas.
5. Hacienda va directamente a buscar a las empresas que no tienen mas de dos barcos o que presentan pérdidas en el balance anual.
6. No está permitido el uso particular en ningún caso fuera de la actividad, de acuerdo con la ley del IRPF

No sé si se puede alquilar un barco en lista 7ª, aunque supongo que sí, al igual que alquilas una casa, una habitación o prestas una máquina, es una consulta que se debería hacerse a la AEAT, pero en cualquier caso el uso no exclusivo dedicado al alquiler, caso de usarlo tú en ocasiones, te impediría deducirte los gastos de la embarcación.

Beber para olvidar, invito YO
:borracho::borracho::borracho:

PD: lo de los 4 años es para la exención de algunos impuestos, no te hablita a usarlo como particular, a no ser que lo pases a lista 7.

VagaMundo 04-01-2010 23:47

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Cita:

Originalmente publicado por PeibolHook (Mensaje 732532)
Estimados cofrades, el lío de la lista 6ª es de órdago.
1. Es de uso lucrativo exclusivo.
2. El barco no se puede emplear por personas vinculadas con la propiedad.
3. No se puede alquilar a la misma persona, si te buscas a otro, por periodo superior de tres meses al año.
4. Deben coincidir los alquileres con el amarre en puertos que no sean la base o con la participación en regatas.
5. Hacienda va directamente a buscar a las empresas que no tienen mas de dos barcos o que presentan pérdidas en el balance anual.
6. No está permitido el uso particular en ningún caso fuera de la actividad, de acuerdo con la ley del IRPF

No sé si se puede alquilar un barco en lista 7ª, aunque supongo que sí, al igual que alquilas una casa, una habitación o prestas una máquina, es una consulta que se debería hacerse a la AEAT, pero en cualquier caso el uso no exclusivo dedicado al alquiler, caso de usarlo tú en ocasiones, te impediría deducirte los gastos de la embarcación.

Beber para olvidar, invito YO
:borracho::borracho::borracho:

PD: lo de los 4 años es para la exención de algunos impuestos, no te hablita a usarlo como particular, a no ser que lo pases a lista 7.

Lo que dice aqui el compañero es bastante cierto. El "cuento" de que si pagas el Impuesto Especial Sobre Determinados Medios de Transporte (IESDMT, antes conocido vulgarmente como impuesto de lujo), que preescribe a los 4 años, entonces lo puedes usar particularmente ES FALSO. Lo que pasa es que una vez pagado o prescrito ese suculento 12% del valor del barco, a la AEAT ya no le atrae una cutre multa por hacer uso particular de un vehículo comercial de alquiler sin patrón, y entonces no suele perseguir a los barcos de lista 6ª de más de 4 años. Simplemente, si los intercepta rutinariamente y los pilla pues o les da el "toque" o directamente los sanciona. No me preguntes el valor de la sanción porque lo desconozco, pero se que es variable en función de los agravantes de las circustancias.
Por ahí hay algunas gestorías náuticas que les dicen a sus clientes defraudadores que si pagan el IESDMT de su flamante nueva embarcación no tendrán problema en ponerla en lista 6ª y desgravarse los gastos, no pagar el IVA de la compra a la vez que la pueden usar para disfrute personal...
Como podéis imaginar eso no va con la filosofía tributaria, asi que es MENTIRA.

Feliz 2010!!

SanYago 04-01-2010 23:53

Re: Alquilar un lista 7ª
 
:confused:Que follon, joeeee, aver si me pueden decir algo en la AEAT, pero me parece que que quedarán :nosabo:

Lo que has dicho:borracho::borracho::borracho:

Quim 04-01-2010 23:53

Re: Alquilar un lista 7ª
 
En mi opinion todo lo explicado por el cofrade TATATOA es cierto y correcto, no hay nada mas que añadir a lo que el ha explicado con total claridad.

saludos.

Juanitu 05-01-2010 00:00

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Al "hilo" de esto:
Considere todo el que haya pensado en esta opción que EL SEGURO NO CUBRE ya que en el contrato del seguro añade siempre que "los datos declarados por el contratante se dan por ciertos de buena fe bajo su palabra". Sin embargo al alquilarlo ya incumplimos el contrato del seguro y NO SE HARÍA CARGO DE NADA en cuanto tengas una reclamación de cualquier tipo.

Consulta hilos sobre "barcos compartidos" y "gastos compartidos".
Aaaaaaaadiós.

jonri 05-01-2010 01:29

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Una cosa que no se menciona es que un barco en lista 6ª paga mas de seguro, y ademas la ITB la tiene que pasar cada 2,5 años.
Un saludo

mordaza 05-01-2010 10:28

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Barco en 7ª kista no:nop:

paco tattoo 05-01-2010 19:49

Re: Alquilar un lista 7ª
 
hola San Yago. ahora mismo en estos dias me cojes haciendo el cambio de lista 7ª a lista 6º y mi consejo es que no se ocurra alquilar en 7ª, que en negro es muy bonito todo que venga sin tener que pagar, pero estamos hablando de barcos en un medio inestable y ten en cuenta que a la gente que vas a subir a tu barco, no sera especialmente marinera, ni estara muy puesta en la posibilidad de los accidentes a los que se pueden esponer, un resbalon en cubierta dandose un mal golpe, una caida al agua por un golpe de mar, si es pescando se pueden clavar un ansuelo etc. etc.
En fin, un tema que te puede costar mas el collar que el perro, si lo piensas alquilar pasalo a 6º y teniendo los impuestos pagados has lo que me han dicho a mi tanto capitania como mi gestor cuando des de alta en hacienda la actividad, has constar que el barco lo vas a usar tambien para disfrute personal, y me han dicho que no hay mas problema, al tener los impuestos pagados.

SanYago 05-01-2010 20:06

Re: Alquilar un lista 7ª
 
MUchas gracias Paco, me has aclarado bastante.

Te invito a unas rondas:brindis::brindis:

Es Talaier 05-01-2010 20:27

Re: Alquilar un lista 7ª
 
-Un lista 7ª charter NO
-Un lista 6ª disfrutarlo tú cn menos de 4 años NO, con más si, pero ilegal.
-Un lista 6ª con más de cuatro años y cobrando sin ser profesional MULTA DE 12000 PAVOS, lo se por experiencia de un amigo.
-Un lista 6ª te va a costar el doble de mantenimiento, pues cada 2 años ITB y revisiones de equipamiento de seguridad.
-OJO CON EL SEGURO, si te ocurre algo cobrando en 6ª sin título profesional, no tendrás suficiente vida para pagar el meollo en que te vas a meter.

Yo he ido como patrón varios años y he tenido que hacer unas pirulas increibles por si las moscas, no tenía nigúna necesidad, simplemente la de navegar en barcos grandes, te aseguro que no vale la pena pasar el CAGANCHO cuando ves a aduanas por la proa, ahora ya no lo hago MAMA, por si hay alguno de estos OJO AVIZOR :D.

tam 05-01-2010 20:41

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Un lista 6ª disfrutarlo tú cn menos de 4 años NO, con más si, pero ilegal. ???? :nosabo:

Será igual ?

:brindis:

SanYago 05-01-2010 22:02

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Cita:

Originalmente publicado por Es Talaier (Mensaje 733205)
-Un lista 7ª charter NO
-Un lista 6ª disfrutarlo tú cn menos de 4 años NO, con más si, pero ilegal.
-Un lista 6ª con más de cuatro años y cobrando sin ser profesional MULTA DE 12000 PAVOS, lo se por experiencia de un amigo.
-Un lista 6ª te va a costar el doble de mantenimiento, pues cada 2 años ITB y revisiones de equipamiento de seguridad.
-OJO CON EL SEGURO, si te ocurre algo cobrando en 6ª sin título profesional, no tendrás suficiente vida para pagar el meollo en que te vas a meter.

Yo he ido como patrón varios años y he tenido que hacer unas pirulas increibles por si las moscas, no tenía nigúna necesidad, simplemente la de navegar en barcos grandes, te aseguro que no vale la pena pasar el CAGANCHO cuando ves a aduanas por la proa, ahora ya no lo hago MAMA, por si hay alguno de estos OJO AVIZOR :D.

LO voy a alquilar sin patrón, respecto a disfrutarlo ya me enteraré bien

Que follón:borracho:

Es Talaier 05-01-2010 22:26

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Eso ya es otra cosa.
En que zona lo alquilas?

Albornes 05-01-2010 22:42

Re: Alquilar un lista 7ª
 
El cofrade Es Talaier sabe bien de lo que habla, te explico; existió y existe un plan de inspección, que está siendo muy agresivo, de comprobación de no pagar el Impuesto de Matriculación, que persigue que se cumplan todos los requisitos para considerar que la embarcación se dedica exclusivamente a la actividad de alquiler, y no a uso privativo, de forma que se están iniciando actuaciones inspectoras a toda aquella persona física o jurídica que sea propietario de una o dos embarcaciones y que estén matriculadas en lista 6º, la embarcación se tiene que destinar exclusivamente a ser alquilada (lista 6ª), por lo que se excluye el uso privativo o particular de la misma. Es decir, ni siquiera podríamos disfrutar de nuestra embarcación durante breves períodos de tiempo mientras la tengamos en lista 6ª, deberías hacerle un contrato a alguna persona conocida y tu ir de patrón SIN COBRAR, respecto a alquilarla cuando pase a 7ª, yo lo veo una tremenda locura. Los tripulantes que alquilen el barco con patrón (no profesional) en el caso de ocurrir algún percance va a ser a este al que le pidan cuentas, en tanto en cuanto el percance casi siempre se va a traducir en algún traumatismo, accidente a bordo, etc. si el caso es grave, o te ASALTA aduanas en medio del mar, el susto puede ser tremebundo, y algúnos se pueden ir por la pata abajo, es a lo que se refiere el cofrade y AMIGO antes mencionado. En Denia se han precintado varias embarcaciones por distintos motivos derivados del IVA y por este mismo.





Cita:

Originalmente publicado por tam (Mensaje 733220)
Un lista 6ª disfrutarlo tú cn menos de 4 años NO, con más si, pero ilegal. ???? :nosabo:

Será igual ?

:brindis:


SanYago 05-01-2010 22:55

Re: Alquilar un lista 7ª
 
En Galicia, concretamente labase estaria en laria de Vigo, tengo una plaza de 12x4 y si me salen los números, compro el barco

Es Talaier 05-01-2010 23:19

Re: Alquilar un lista 7ª
 
!!! HOMBRE AMIGO ¡¡¡¡ Vaya tela, ¿eh...?
El otro día estuve en Denia con mi Sra. Esposa y fuí a tu barco, os queria invitar a una llandeta en el Tresmall, espero vieras la nota, como desde que eres lo que eres ya no me ajuntas... Te envío un MP y te llamo. Vete a la cama que van a venir los Reyes y te vas a enterar de todo....:eek::eek::calavera::eek:.




Cita:

Originalmente publicado por Albornes (Mensaje 733305)
El cofrade Es Talaier sabe bien de lo que habla, te explico; existió y existe un plan de inspección, que está siendo muy agresivo, de comprobación de no pagar el Impuesto de Matriculación, que persigue que se cumplan todos los requisitos para considerar que la embarcación se dedica exclusivamente a la actividad de alquiler, y no a uso privativo, de forma que se están iniciando actuaciones inspectoras a toda aquella persona física o jurídica que sea propietario de una o dos embarcaciones y que estén matriculadas en lista 6º, la embarcación se tiene que destinar exclusivamente a ser alquilada (lista 6ª), por lo que se excluye el uso privativo o particular de la misma. Es decir, ni siquiera podríamos disfrutar de nuestra embarcación durante breves períodos de tiempo mientras la tengamos en lista 6ª, deberías hacerle un contrato a alguna persona conocida y tu ir de patrón SIN COBRAR, respecto a alquilarla cuando pase a 7ª, yo lo veo una tremenda locura. Los tripulantes que alquilen el barco con patrón (no profesional) en el caso de ocurrir algún percance va a ser a este al que le pidan cuentas, en tanto en cuanto el percance casi siempre se va a traducir en algún traumatismo, accidente a bordo, etc. si el caso es grave, o te ASALTA aduanas en medio del mar, el susto puede ser tremebundo, y algúnos se pueden ir por la pata abajo, es a lo que se refiere el cofrade y AMIGO antes mencionado. En Denia se han precintado varias embarcaciones por distintos motivos derivados del IVA y por este mismo.


Es Talaier 05-01-2010 23:22

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Ok. No he navegado allí nunca, me queda muy lejos, pero si algún día pienso subir, me quedo tu referencia. Suerte.



Cita:

Originalmente publicado por SanYago (Mensaje 733317)
En Galicia, concretamente labase estaria en laria de Vigo, tengo una plaza de 12x4 y si me salen los números, compro el barco


Albornes 05-01-2010 23:25

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Ahora te llamo.:pirata::pirata:

desy 06-01-2010 10:09

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Yo creo que no tiene nada que ver y si se puede por lo siguiente:

El cofrade Mofeta nos expone el real decreto donde dice lo que es una embarcacion de recreo, pues muy bien y yo pregunto ¿Es que la lista 6ª no cumple y deja de ser embarcacion de recreo?.
Evidentemente no y por lo tanto cumple perfectamente con la definicion de embarcacion de recreo , sigo ¿Es que una casa subencionada por el gobierno para uso de primera necesidad no se alquila?

En fin creo que mientras se declaren los alquileres y se paguen los IVAS correspondientes y los ingresos pertinentes Hacienda no debe de decir nada, y mientras en la embarcacion este todo en regla, y quien lo gobierne tenga su titulación en regla ni Fomento Ni la autoridad(guardia civil) tampoco puede decir nada

Esta es mi opinión despues de consultarla con mi asesor fiscal, no deja de ser una opinión se deberia quizas verificar en otros estamentos


Un saluda y unas rondas para todos:nosabo:

Es Talaier 07-01-2010 20:36

Re: Alquilar un lista 7ª
 
El problema es que una embaracion destinada a otro uso que no sea el recreativo o el deportivo Y ES EL DEL ANIMO DE LUCRO, no se considera embarcación de recreo, por mucho que fomento ponga lo que ponga, el problema lo tendreis con hacienda, NO SE PUEDE HACER UN USO PRIVATIVO DE UNA EMBARCACIUON EN LISTA 6ª incluso las agencias de charter NO PUEDEN ALQUILARLA POR LARGOS PERIODOS AL MISMO CLIENTE.

Actuaciones inspectoras de Hacienda presumen que, a pesar de que una embarcación esté matriculada en lista 6ª, no se destina exclusivamente al alquiler y por lo tanto se produce un uso privativo de la misma cuando:

- La compañía posee únicamente una o dos embarcaciones matriculadas en lista 6ª.
- Los contratos de seguros suscritos excluyen (o no incluyen) el alquiler de la embarcación.
- Existen cargos contables por estancia en puertos –otros que el puerto base- en fechas distintas a aquellas en que se prueba que la embarcación estuvo alquilada.
- Existen contratos de alquiler a una misma persona por períodos superiores a los admitidos (tres meses).
- Existen contratos de alquiler a personas vinculadas a la empresa propietaria, sus empleados o asociados yfamiliares.
- Los beneficios económicos de la actividad de charter son insuficientes para justificarla.

tam 07-01-2010 20:58

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Hola , entoces , si tu eres el propietario de un velero en lista 6ª , y tienes título profesional , y eres autónomo , ¿ no puedes trabajar con el ? ¿ te tienes que montar una flota y contratar a personal y tu en casa ?
Gracias y saludos.
Esto de la legislación si que es complicaooooooooo :nosabo:

ri635 07-01-2010 21:41

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Veamos no nos confundamos, que aquí hay mucho tema mezclado.

Un lista 7 no se puede alquilar, tiene que estar en sexta.

El paso de septima a sexta conlleva pasar una ITB, y encima pasar unas inspecciones intermendias. Los equipos de radio y salvamento tienen algunas pequeñas modificaciones entre una y otra lista en algunas zonas.

El RD544/07 solo es para los de lista septima, nada que ver ni aplicable a los sexta, curiosamente olvidados (tal vez intencionandemente para no exigirles más) por la DGMM.

Un lista sexta es solo de uso exclusivo para alquiler cuando se tenga la excención del impuesto de matriculación los primeros cinco años. (Algo muy perseguido por la G.C. y la Agencia tributaria).

Otra cosa, es el empresario (o autónomo), que compra un barco a nombre de la empresa (o suyo en el caso de autónomo) y se desgrava el IVA o todos los gastos no sólo del barco, sino de su mantenimiento; para luego hacer un uso privado.

Comprar algo para alquilar, desgravar todos sus gatos e impuestos y luego hacer un uso privado si es delito

Pasarse de listo, es delito.

Si has pagado TODOS tus impuestos. No desgravas o deduces cosas de las que no tienes rendimiento (o de tiempos de uso privado), y haces un uso privado parcial, entonces puedes estar en sexta sin problema.

He dicho.

Es Talaier 10-01-2010 00:37

Re: Alquilar un lista 7ª
 
A ver, se esta barajando la posibilidad de DISFRUTAR DE UN BARCO EN 6ª en un uso que no sea profesional. No de explotarlo. Si tienes un barco en 6ª eres autónomo y profesional, puedes explotarlo pero alquilandoselo a otros y alquilando además tus servicios como patron, NO te puedes alquilar el barco a ti mismo, rizando el rizo, lo podrías alquilar durante un máximo de 3 meses a tu nombre, pero ojo con el seguro si pasa algo. El que lo tenga en 6ª y no sea profesional, lo puede aquilar a otros, pero no puede alquilar sus servicios como patrón y tampoco puede al igual que el profesional disfrutar su barco, si pillan a uno u otro, les van a meter caña, el que lo hagan o no....


Cita:

Originalmente publicado por tam (Mensaje 734641)
Hola , entoces , si tu eres el propietario de un velero en lista 6ª , y tienes título profesional , y eres autónomo , ¿ no puedes trabajar con el ? ¿ te tienes que montar una flota y contratar a personal y tu en casa ?
Gracias y saludos.
Esto de la legislación si que es complicaooooooooo :nosabo:


VagaMundo 10-01-2010 13:45

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Cita:

Originalmente publicado por Es Talaier (Mensaje 736195)
A ver, se esta barajando la posibilidad de DISFRUTAR DE UN BARCO EN 6ª en un uso que no sea profesional. No de explotarlo. Si tienes un barco en 6ª eres autónomo y profesional, puedes explotarlo pero alquilandoselo a otros y alquilando además tus servicios como patron, NO te puedes alquilar el barco a ti mismo, rizando el rizo, lo podrías alquilar durante un máximo de 3 meses a tu nombre, pero ojo con el seguro si pasa algo. El que lo tenga en 6ª y no sea profesional, lo puede aquilar a otros, pero no puede alquilar sus servicios como patrón y tampoco puede al igual que el profesional disfrutar su barco, si pillan a uno u otro, les van a meter caña, el que lo hagan o no....

Solo quiero poner un pequeño matiz al amigo Es Talaier:
La ley determina que un lista 6ª no puede ser disfrutado a título particular por las personas vinculadas a la empresa ni siquiera por sus familiares hasta 2º de cosanguineidad (sin importar si son o no patrones profesionales).
Pero lo que no esta escrito en la ley es que una vez pagado el Impuesto Especial para Determinados Medios de Transporte (popularmente llamado impuesto de matriculación) o extinguida la exnción de ese impuesto, ya no les interesa esforzarse en perseguir a los lista 6ª por una infracción que solo les va a dar una simple sanción en vez de recuperar con recargos el sustancioso impuesto (un 12% del valor de compra del barco!).
Se lo que digo por es mi caso, lo he sufrido, y me lo han corroborado en confianza. Pero ojo! sigue siendo una infracción, no nos engañemos.
Saludos!
Ahora bien

tam 10-01-2010 14:49

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Hola , o yo no me aclaro o soy muy lento , vamos que si eres patrón profesional , autónomo , tienes un velero en lista 6 ª y ¿ no vas a ir nunca legal ?
Lo puedes chartear contigo .
Imaginemos que el negocio con las crisis no va viento en popa ........
No puedes usarlo tu los fines de semana que no se alquile con tus amigos o familia ?
Siempre que lo muevas tienes que estar alquilado ? :nosabo:
Ya se hacen complicadas las leyes :cagoento::borracho:

:brindis::brindis::brindis:

Es Talaier 10-01-2010 18:49

Re: Alquilar un lista 7ª
 
EXACTO. Eso es lo legal.
Al amigo Vagamundo, ese matiz es bueno y no tan pequeño, pero al caso que me refiero, que creoque es e meollo del tema, es que si tienes un 6ª y eres patrón profesional, no lo puedes disfrutar, ya lo disfrutas bastante cuando lo alquilas, el contrato a nombr de otros y tu (patron) un contrato de alquiler de servicios profesioales. Si no eres profesional, lo puedes alquilar a terceros MUY terceros, pero tu no puedes hacer de patrón cobrando, si cobras y te pllan, te la cargas y n lo puedes disfrutar, salvo que como tu dices, pagues y hayan transcrrido, creo 5 laargos años.
Si, esto es un lio o como dicen en mi pueblo UNFERLAMA. Solo semos Europeos para lo peor, pagar y no recibir.




Cita:

Originalmente publicado por tam (Mensaje 736499)
Hola , o yo no me aclaro o soy muy lento , vamos que si eres patrón profesional , autónomo , tienes un velero en lista 6 ª y ¿ no vas a ir nunca legal ?
Lo puedes chartear contigo .
Imaginemos que el negocio con las crisis no va viento en popa ........
No puedes usarlo tu los fines de semana que no se alquile con tus amigos o familia ?
Siempre que lo muevas tienes que estar alquilado ? :nosabo:
Ya se hacen complicadas las leyes :cagoento::borracho:

:brindis::brindis::brindis:


Nador 10-01-2010 20:39

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Os imaginais el "marrón" que supondria un percance con alguno de los pasajeros, una simple fractura de dedo de pie, por ejemplo, y que tenga mala leche, denuncia y...
1º) No eres empresa
2º) Eres lista 7ª
3º) Hacienda te empluma
4º) El seguro se desentiende
5º) Recibes una bonita carta del juzgado de lo penal
Mejor dejate de inventos en estas costas

BARDAYU 10-01-2010 20:58

Re: Alquilar un lista 7ª
 
Y los lista 7ª o 6ª que regatean con patocinador? :nosabo:

No creo que un patrocinador ponga la pasta sin factura de por medio.

Si estás en 6ª mal, tendría que patronear un profesional de la M. Mercante.

Si estás en 7ª tambien mal, porque al facturar y desgravar gastos del barco debería estar en 6ª.

Tenemos una normativa de imposible cumplimiento, a ver si se pone un poco de cordura de una vez en esto de la navegación de recreo.

Saludos


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