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Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Parece que habrá cambios en materia de regulación de la pesca deportiva en breve. Seguidamente transcribo la nota de prensa del Consejo de Ministros de hoy (11.03.2011):
REGULADA LA PESCA MARÍTIMA DE RECREO EN AGUAS EXTERIORES ESPAÑOLAS
El Real Decreto define la práctica de la pesca marítima de recreo en aguas exteriores españolas como una actividad pesquera no comercial con fines recreativos de ocio. En consecuencia, se prohíbe la venta o transacción de las capturas obtenidas. Asimismo, se establece que sólo podrán capturarse aquellas especies de peces y cefalópodos que aparecen expresamente en uno de los anexos del Real Decreto. Licencia Según el texto, esta actividad recreativa podrá realizarse desde tierra, desde embarcación y en el ámbito submarino. Para su ejercicio en cualquiera de estas modalidades se deberá estar en posesión de una licencia expedida por las Comunidades Autónomas. Además, en el caso de dirigirse a especies sometidas a una especial consideración habrá que solicitar una autorización específica de la Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura de la Secretaría General del Mar, del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. Registro de Embarcaciones Por otra parte, el Real Decreto establece un registro de embarcaciones de pesca marítima de recreo en aguas exteriores, que estará a cargo en la Dirección General de Ordenación Pesquera de la Secretaría General del Mar. Este registro se nutrirá de embarcaciones que consten en los registros de barcos recreativos de las Comunidades Autónomas con licencia en vigor para el ejercicio de la actividad de pesca recreativa. A partir de la entrada en vigor de este Real Decreto las Comunidades Autónomas del litoral que dispongan de este registro deberán remitirlo a la Secretaria General del Mar en el plazo de un año. Las Comunidades que no dispongan del mismo deberán crearlo en el plazo también de un año. En estas circunstancias y previa petición de la Comunidad Autónoma este plazo podrá ser prorrogado otro año. Con este Real Decreto el Gobierno pretende regular y controlar una actividad, la pesca marítima de recreo en aguas exteriores españolas, que tiene cada día mayor peso en el ámbito marino y, en consecuencia, en el volumen de extracción de los recursos pesqueros. Y, por si os aclara algo más, la del Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino: El Gobierno regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores españolas ante el creciente desarrollo de esta actividad Se prohíbe la venta o transacción de la captura obtenida y sólo podrán capturarse las especies de peces y cefalópodos incluidas en el Real Decreto. Se deberá estar en posesión de una licencia expedida por las Comunidades Autónomas. En caso de dirigirse a una serie de especies sometidas a una especial consideración, habrá que pedir una autorización específica de la Secretaría General del Mar. El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores. Esta normativa responde al creciente desarrollo de esta actividad, impulsado por el turismo. El Real Decreto define la práctica de la pesca marítima de recreo en aguas exteriores españolas como una actividad pesquera no comercial con fines recreativos de ocio. En consecuencia, se prohíbe la venta o transacción de las capturas obtenidas. Asimismo, se establece que sólo podrán capturarse aquellas especies de peces y cefalópodos que aparecen expresamente en uno de los anexos del Real Decreto. Según el texto, esta actividad recreativa podrá realizarse desde tierra, desde embarcación y en el ámbito submarino. Para su ejercicio, en cualquiera de estas modalidades, se deberá estar en posesión de una licencia expedida por las Comunidades Autónomas. Además, en el caso de dirigirse a especies sometidas a una especial consideración habrá que solicitar una autorización específica de la Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura de la Secretaría General del Mar del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. Por otra parte, el Real Decreto establece un registro de embarcaciones de pesca marítima de recreo en aguas exteriores, que estará a cargo en la Dirección General de Ordenación Pesquera de la SGM. Este registro se nutrirá de embarcaciones que consten en los registros de barcos recreativos de las Comunidades Autónomas con licencia en vigor para el ejercicio de la actividad de pesca recreativa. A partir de la entrada en vigor de este Real Decreto, las CCAA del litoral que dispongan de este registro deberán remitirlo a la Secretaria General del Mar en el plazo de un año. Las CCAA que no dispongan del mismo, deberán crearlo en el plazo también de un año. En estas circunstancias y previa petición de la Comunidad Autónoma este plazo podrá ser prorrogado otro año. Con este Real Decreto, el Gobierno pretende regular y controlar una actividad, la pesca marítima de recreo en aguas exteriores españolas, que tiene cada día mayor peso en el ámbito marino y, en consecuencia, en el volumen de extracción de los recursos pesqueros. 11 de marzo de 2011 En unos días saldrá en el BOE. Unas :brindis::brindis: |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
PEPOTE, no veo la diferencia con lo que hoy tenemos...para pescar desde embarcacion Licencia de pesca de la comunidad...y para las especies del tipo Merluza, Atun, Pez Espada etc, autorizacion especifica de la Direccion Gral de Recursos Pesqueros...es lo que tenemos hoy...
Y la prohibicion expresa de comercializar lo capturado y el limite de capturas por licencia y embarcacion...no veo ninguna diferencia...donde has leido esto???... :sorry::sorry::sorry: |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
:nosabo: :nosabo: :nosabo: A mi lo que no me queda claro después de leer detenidamente el texto, es si se puede vender la pesca. :meparto::meparto::meparto: :brindis::brindis: |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Cita:
Por avanzaros noticias, tan sólo he transcrito la nota de prensa sobre ese Real Decreto aprobado en el consejo de ministros del viernes. El alcance de la nueva regulación no se podrá saber hasta que se publique en el BOE supongo que en los próximos días. Saludos y unas :brindis::brindis::brindis:. |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Hola a todos, yo la novedad que veo en el tema de la licencia de pesca, es la creación del registro de barcos dedicados a la pesca de recreo:
"Por otra parte, el Real Decreto establece un registro de embarcaciones de pesca marítima de recreo en aguas exteriores, que estará a cargo en la Dirección General de Ordenación Pesquera de la SGM. Este registro se nutrirá de embarcaciones que consten en los registros de barcos recreativos de las Comunidades Autónomas con licencia en vigor para el ejercicio de la actividad de pesca recreativa." Licencia de pesca tengo, pero el barco no :nop:. Un saludo y una ronda, para ahogar las penas.:brindis::brindis::brindis:. teteluis |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Por lo poco publicado, como ya dice otro cofrade la novedad que veo es lo del registro del barco a nivel estatal para pesca en aguas exteriores.
Este registro en el País Vasco ya era obligatorio para pescar en aguas interiores (es gratuito) y lo que veo es que la comunidad autónoma se encargará de registrarlo a nivel estatal. A parte está registrarlo como ya es obligatorio actualmente para pesca de túnidos, merluzas y otros grandes pelágicos (también es gratuito) Un saludo |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Yo lo que veo es la posibilidad de que se instituya la licencia por embarcacion de ambito nacional (en lugaro ademas de la individual) lo que me parece ventajoso...y la posibilidad de que con los prismaticos la benemerita pueda saber si estas autorizado o no a pescar...que tampoco me parece mal...y no se y eso me preocupa mas, el que regulen de forma unica la pesca de las especies...y digo que me preocupa mas porque normalmente ante la duda siempre implementan la mas restrictiva de las aplicables...
:brindis: |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
:cagoento::cagoento: Una vez registrado, tranquilo ya veras como aparte de la licencia de pesca personal, otra tasa mas pero para el barco y seguro que de acuerdo con el numero de tripulantes despachados :cagoento::cagoento:
Ya sabeis que segun los profesionales los que esquilman solo son los deportivos :burlon: |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Hola a todos, por lo que parece nos va a caer otra tasa y mas papeleo por si ya teníamos poco. Ya sabemos que los pescadores deportivos no pueden comercializar las capturas, pero que por lo menos nos ofrezcan alguna contrapartida. Por ejemplo, si nos permiten la pesca del langostino de Vinaróz o la gamba de Denia, pagaría la tasa encantado:D.
Un saludo y una ronda :brindis::brindis::brindis:. teteluis |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Que cosas tienes...si eso es lo primero que se les ha caido del papel...se acabaron las capturas de calamar y cefalopodos (pulpo) y por supuesto el marisqueo...
Puedes sacar entre los protegidos y los no permitidos, o fuera de cupo...medusas y con cuidado. que como sean fragatas .puede Portugal demandarnos a la CEE... Y que no nos prohiban beber y fumar en el barco... :santo::santo::santo: |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Cita:
Si echo la caña 4 veces al año, ¿la mia es una embarcación dedicada a la pesca deportiva? :brindis: |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Cita:
Yo tengo un velero y pesco de forma esporádica, pero registré el barco, así como también lo he registrado para pesca de túnidos, que también es gratuito. Un saludo |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Aqui en Canarias, en las reservas marinas es donde además de tener tu
licencia de pesca personal tambien tienes que sacar una para el barco. Por ejemplo, en el Archipielago Chinijo, que es la mayor reserva marina de Europa, te dan para barcos de recreo 15 licencias desde el mes de Noviembre hasta el mas de Abril y 30 licencias desde Mayo hasta Octubre. Saludos.:brindis::brindis:. |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Cita:
SE PROHIBE LA VENTA Y TRANSACCION DE LA CAPTURA OBTENIDA. |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
¿ Ha salido ya publicado en el B.O.E. el Real Decreto ?
:brindis: |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Cita:
Eggggggqu eso de la transacción de la captura obtenida como que no lo entiendo. Vamos, que escriben las leyes que no hay quien comprenda nada. :nop: :nop: :nop: :meparto::meparto::meparto: |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Todavia no ha salido nada publicado en el BOE, seguimos a la espera.
:cagoento::cagoento::cagoento: |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Pero esto clarifica mucho las posturas ...
El Real Decreto de pesca de recreo regulará a 40.000 embarcaciones de Baleares EFE Actualizado 30-01-2008 19:22 CET Palma.- El secretario general de Pesca Marítima, Juan Carlos Martín Fragueiro, ha presentado hoy en Palma el proyecto de Real Decreto del Ministerio de Agricultura y Pesca para regular la pesca de recreo que creará un registro nacional de embarcaciones, que sólo en Baleares afectará a entre 40.000 y 45.000 barcos. http://www.soitu.es/soitu/imagenes/2...a_normal_0.jpg (EFE) El secretario general de Pesca Marítima, Juan Carlos Martín Fragueiro (i) conversa con el presidente de la Confederación Española de Pesca Marítima de Recreo Responsable, Esteve Graupera, momentos antes de dar comienzo la presentación en Palma de Mallorca del proyecto de Real Decreto que regulará la pesca marítima de recreo. Martín Fragueiro ha destacado que la norma modifica y amplia la regulación de un sector que ha crecido "notablemente" en los últimos años hasta convertirse en "una de las principales actividades de ocio" y que incide sobre los recursos pesqueros. El objetivo del Real Decreto es "avalar una pesca responsable y sostenible" que proteja los recursos pesqueros existentes, según ha resumido el secretario de Pesca Marítima. El Ministerio de Agricultura y Pesca ha encargado un estudio previo del impacto del decreto que ha determinado la existencia de entre 80.000 y 85.000 embarcaciones de recreo en el caladero Mediterráneo, el de mayor relevancia, y de 40.000 en Canarias, a falta de establecer el volumen de las zonas del Cantábrico y Noroeste, y el Golfo de Cádiz. El Real Decreto entrará en vigor en un plazo de "dos a tres meses", según el secretario de Pesca, y entre las principales novedades establece la inscripción en el registro de embarcaciones de pesca marítima de recreo "como requisito indispensable para el ejercicio de esta actividad", una obligatoriedad que en Baleares ya está en vigor. El sistema autonómico de licencias por embarcación lleva un año en funcionamiento en las Islas y ya cuenta con más de un millar de embarcaciones inscritas que no tendrán que duplicar la tramitación, ya que según ha explicado la directora general de Pesca, Patricia Arbona, "la administración autonómica" se hará cargo de la gestión para que sean incluidas en el censo nacional. "Los propietarios de embarcaciones que no la hayan tramitado hasta el momento, porque los ocupantes ya disponían de licencia personal de pesca recreativa, sí tendrán que obtenerla", según ha añadido Arbona. El registro nacional distinguirá cuatro zonas de gestión diferenciadas, Mediterráneo, Canarias, Cantábrico y Noroeste y Golfo de Cádiz, que establecerán en cada caso "el límite máximo de capturas por embarcación y el tipo de artes de pesca autorizadas", según ha explicado Martín Fragueiro. El Real Decreto también establecerá un control preciso de las capturas, con obligación por parte de los pescadores recreativos de realizar una declaración mensual, incluso en el caso de que se haya producido "una pesca cero", según ha puntualizado el secretario de Pesca Marítima, y que se podrá efectuar a través de sistemas telemáticos. El proyecto de Real Decreto regula asimismo los concursos de pesca, con la prohibición específica de introducir las capturas en los circuitos comerciales, con la salvedad de permitir que una parte sea destinada a beneficencia. Martín Fragueiro ha resaltado que la nueva norma promoverá la denominada "pesca sin muerte", es decir captura y posterior suelta de los ejemplares, para las especies de protección diferenciada y en especial para el atún rojo. El Real Decreto regula también la pesca con caña desde litoral y la pesca submarina, aunque en el caso de Baleares la norma no introduce novedades sobre la legislación autonómica vigente. P'a abernos matao!!!!...este no ha pescao en su p... vida!!!...espero que lo hayan modificado en estos tres años... :cagoento: |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Sachi, paradójicamente, "antes no pasaba ésto".
Parece un chiste, pero es la cruda realidad, cada vez estamos más controlados, un cerdo en una dehesa vive con menos control que nosotros con una caña en la mano. Anda Mandarimanda, explícame lo de la transsacción de la captura obtenida, que no sé que quiere decir. En fin, que no hay copas. |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
El Real Decreto también establecerá un control preciso de las capturas, con obligación por parte de los pescadores recreativos de realizar una declaración mensual, incluso en el caso de que se haya producido "una pesca cero", según ha puntualizado el secretario de Pesca Marítima, y que se podrá efectuar a través de sistemas telemáticos.
Estos políticos no saben que los pescadores somos mentirosos, y cuando nos preguntan siempre decimos lo mismo... poca cosa, hoy na de na, estaba el mar mu malo... :nop::nop: |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Cita:
Ya ne veo a los abueletes en sus chalupas con elportatil en alto buscando cobertura para comunicar al Sr. Ministro que ha cojido dos mojarritas de 50 gr. Si es que inventan cada cosa los inútiles éstos.En vez de gobernar se dedican al sexo (a dar por culo por decirlo claro, vamos). |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
surrealista total
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Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Cita:
P. ¿donde estas? R. pues debajo del sol. :burlon: P. si, ya ¿pero a mucha agua? R. si, mas de que te puedes beber. :meparto: Manifiestamente descriptiva, la ubicación, lo siguiente que se oye, sin ninguna duda, es un vete a tomar por el cu………………………… :D ¿ y quieren que algun dia digamos de verdad lo que pescamos? .... ¡¡ Anda ya !! Ni puñetera idea de lo que es la pesca, tienen estos politicos, pero de la madera de que estamos hechos los pescadores....menos. :brindis: |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Cita:
A partir de esto...primero el PER, la documentacion del barco, de la radio, de la estacion de radio, revision de extintores (anual), bengalitas..y si ademas pescas dos licencias (con distintas caducidades), libro registro y documento acreditativo de capturas mensual...O sea se...antes de comprar el punto de amarre para poder comprar el barco, se saca Ud. la titulacion de Gestor Administrativo, tras lo cual estara capacitado... En el mundo y en el mundo... :adoracion::adoracion::adoracion: PAIS!!!que diria Forges. |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Ya está en el BOE de hoy 5 de abril. Ha salido publicado el "Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores".
El texto va en adjunto y el enlace es http://www.boe.es/boe/dias/2011/04/0...-2011-6099.pdf :brindis::brindis::brindis: |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Lo siento pero no me admite el texto del R.D. como documento adjunto pero, en cualquier caso, sí os pude enviar el enlace.
Más rondas :brindis: |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Mierda de controladores de todo :cagoento::cagoento::cagoento:
Lo siento, pero ya estoy harto de pagar.Ya mismo vamos a pagar por ir al water de casa o por intentar chingar con la parienta. |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Lo he leido por encima pero parece que lo que cambia es la necesidad de una licencia de pesca para la embarcacion. ¿Es esto asi?
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Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Realmente es un guirigay, ya que seria necesario igual que ahora para las especies controladas, y lo que se crea es la obligacion de que las Comunidades Autonomas participen al Marm las licencias que conceden, la duda que se suscita, es que a dia de hoy las licencias se dan a personas fisicas, y lo que pide el Ministerio en realidad son los datos para la creacion de un registro de embarcaciones...va a ser crudo...
:brindis::brindis::brindis: |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Cita:
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Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Creo no equivocarme, cuando hablan de registro de embarcaciones se refieren a las de la lista 6º, es decir a embarcaciones de recreo comerciales.
Espero que inspectorate nos aclare un poco esto, por que si para dos veces que pesco en verano con una semirrigida, tengo que inscribirla en un registro y pasar una relacion de capturas mensuales, como que los voy a mandar a ... Vendo semirrigida 4,90 motor 50HP, por lo que me den. |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Me temo que no va a ser asi, si miras en el PROP los tramites de la licencia de pesca han cambiado ahora dice claramente:
Requisitos Pesca recreativa desde embarcación: - La licencia para el ejercicio de esta modalidad se concederá a quienes ejerzan la actividad desde embarcaciones aptas para ello y se encuentren inscritas en la lista correspondiente del Registro Oficial de Buques. Lo que no queda claro es a que registro se refiere, porque todos los que hemos pasado por capitania y tenemos los papeles en regla debemos tener el barco en el registro de buques. :brindis: |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Yo, la verdad, estoy algo harto de tanta normativa, Leyes, Reales Decretos, Decretos, Competencias (Estado-Canarias), Licencias, Tasas, etc.... y tanta poyabobería en esto de la pesca recreativa.
Al menos aquí, en Tenerife, la peña hace lo que le sale de las narices. Ya pueden gastarse todo el papel y la tinta del mundo en publicar lo que les salga de las narices, que aquí (en Tenerife) es papel mojado. No hay Inspectores de Pesca para hacer cumplir la normativa y, si los hay, no hay embarcaciones desde las que puedan llevar a cabo su labor y, si las hay, o no hay combustible o no están en regla para salir a navegar. Así que a partir de ahora voy a dejar de marearme la cabeza leyendo tanta norma y voy a dedicarme a pescar sin preocuparme por tanta bobería. Saludos :brindis: |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
1 Archivo(s) adjunto(s)
Creo que queda muy claro todo, para pescar desde embarcación en AGUAS EXTERIORES.
Hay que sacar una licencia para LA EMBARCACION la cual ampara a toda la tripulación, esto es si puedes llevar a 7 como es mi caso, estos 7 pueden pescar aun no teniendo licencia individual ya que la tiene la embarcación, pero SOLO EN AGUAS EXTERIORES. Para aguas interiores y desde costa, vale con la que tenemos. La lista de especies, no varía de la existente.:brindis: |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Parece que finalmente se refieren a aguas exteriores, que en las aguas interiores seguira todo como está, con la licencia de pesca desde embarcacion.
Lo que no tengo claro, es donde acaban las lineas de base ( que delimitan las aguas interiores ) y donde empiezan las 12 millas de mar territorial, pues esto, no es algo que quede perfectamente aclaro en cuanto a uniformidad en las distancias. ¿ O me equivoco y es muy sencillo ? Aclarenmelo vuesas mercedes. http://es.wikipedia.org/wiki/Aguas_interiores http://upload.wikimedia.org/wikipedi.../Zonmar-es.svg |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Es mas complicado (o mas sencillo) que un numero de millas determinado, las aguas interiores y exteriores se determinan por unas lineas trazadas entre cabos y quedan delimitadas sobre mapa...
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Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Línea de base (Derecho del mar)
http://upload.wikimedia.org/wikipedi...mar-es.svg.png http://bits.wikimedia.org/skins-1.17...gnify-clip.png Las zonas marítimas de acuerdo a la Convención del Mar. Las líneas de base son las líneas a partir de la cual se mide el mar territorial, la zona contigua, la zona económica exclusiva y la plataforma continental. Nacen con el objeto de determinar la extensión de los distintos espacios marítimos de un Estadocostero, ya que es fundamental determinar previamente desde donde se miden estas zonas y de allí su funcionalidad. Las aguas interiores son las que se encuentran al interior de las líneas de base, en las cuales el Estado ribereño goza de soberanía, mientras que en los demás espacios marítimos, los demás Estados gozan de ciertos derechos. Las líneas de base pueden ser "normales", "rectas" o "archipelágicas". La Convención sobre el Derecho del Mar estableció normas particulares en el caso de líneas de base de costas con profundas escotaduras o en la que haya una franja de islas a lo largo; bahías; desembocadura de los ríos; construcciones portuarias; elevaciones de bajamar; islas y arrecifes. Línea de base normal La línea de base normal es la línea de bajamar a lo largo de la costa que aparece marcada en las cartas reconocidas por el Estado ribereño. Sí fue reconocido en la Convención sobre Mar territorial de 1958 y también en la Convención de Derecho del Mar de 1982. Sin embargo, si se analizan las distintas variantes geográficas, hay autores que se preguntan si efectivamente la línea de bajamar es la línea de base normal. La idea de elegir la línea de bajamar es precisamente alejar de la costa el límite del mar territorial y los demás espacios marítimos, especialmente en costas donde las diferencias de mareas son mayores. Líneas de base recta En el caso de costas muy desmembradas, o cuando existen deltas, el mar territorial puede medirse de acuerdo a las llamadas líneas de base rectas que unen diversos puntos del continente y de las islas e islotes cercanos al mismo. Estas líneas no siguen la línea de la costa sino la dirección general de ella. Líneas de base archipielágicas Son las líneas de base rectas que pueden trazar los Estados archipelágicos que unen los puntos extremos de las islas y los arrecifes emergentes más alejados del archipiélago, según el artículo 47 de la Convención del Mar. :brindis::brindis::brindis: |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Hola a todos, las coordenadas de las líneas de base rectas que comenta Sachi para establecer el límite de las aguas interiores, se establecieron en el Real Decreto 2510/1977, lo que desconozco es si se han producido modificaciones en ellas. El enlace de las páginas del BOE es el siguiente, por si os interesa:
http://www.boe.es/boe/dias/1977/09/3...1743-21747.pdf Un saludo y una ronda :brindis::brindis::brindis:. teteluis (Iros preparando que en breve me voy a iniciar en el noble arte de la pesca y todavía estoy muy pez :nosabo: , espero contar con vuestra sabiduría, paciencia y ayuda) |
Re: Aprobado un nuevo R.D. de pesca marítima de recreo
Cambio todo lo que se por lo que ignoro...sabiendo que mi ganancia en ello sera inmensa...
Esperamos que te unas a la pesca cuanto antes, en cualquier caso de forma egoista...ya que tienes una fabulosa base de datos que nos sera tambien de gran ayuda. :brindis::brindis::brindis: |
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