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¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Hola
retomo este tema pues después de leer algunos hilos al respecto no me parece que la cosa esté clara: ¿Se puede o no se puede desembarcar en una playa sin canal balizado? Por supuesto entiendo que de hacerlo se haría a remo, a baja velocidad y de forma perpendicular a la costa. En algunos lugares parece que la normativa municipal lo prohíbe y la policia municipal multa a quien se acerca con su auxiliar hasta la playa (por ejemplo en algunos lugares de Menorca) A ver si logramos aclararlo Salud! :brindis: |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
A mi cuñado no le dejaron desembarcar para recoger una paella en un xiringuito del maresme. Al final comio paella pero fue algo un poco fuera de lugar. Los municipales ........ Hasta que punto hemos llegado?
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Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Hola a todos, yo algo de esto entiendo o por lo menos en su día cuando ejercía de socorrista siempre y cuando no hayan cambiado las normas.
Si la playa está balizada se debe entrar por el canal que esté habilitado para las embarcaciones pero si esta no está balizada lo normal es entrar por los costados de la zona de baño y siempre con el motor a punta de gas siempre que no sea posible acceder a la misma a remos. Nunca se debe entrar en zona de baño balizada con motor ya que se corre el riesgo de cortar con la hélice o golpear con la quilla de la embarcación a algún bañista. Estas son las normas que les poníamos nosotros a muchos cuando querían entrar a la playa. Las normas de salida son las mismas que las de entrada y poco más |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Hola buenas tardes si tu auxiliar mide menos de 2,5m y no llevas motor vamoa a remo se considera artefactode playa, con la cual incluso puedes estar en zona de baños esta es la traduccion que yo hago seguro que no es correcto por eso lo pongo pa que me corrijan :brindis:
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Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Cita:
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Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
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Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
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Como dices el delito es portar armas, pero el delito no es portar motor, el "delito" es "navegar a motor". He observado muchas veces auxiliares que parten del yate y al llegar al límite del canal balizado (boyones amarillos a los que siguen boyas más pequeñas), apagan el motor y a darle al músculo. Creo que eso es lo correcto. Saludos :brindis: |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
el sentido común, incluso sin necesidad de normas, debiera de ser guía suficiente
el problema es que las normas nacen como resultado de los excesos, y hasta se interpretan de forma más restrictiva que su propia letra cuando se considera que verificar su cumplimiento es un trabajo excesivo así es más fácil prohibir el acceso que controlar que se hace en buena forma |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
La norma en principio parece clara, sin embargo hay normativas municipales que pueden afectar a si se permite o no el desembarco con auxiliar en la playa... ¿Habrá que ir preguntando playa a playa? :nosabo:
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Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
En Baleares ( ? ) alguien comnento que a remos se acerco a la playa y cuando puso pie en tierra salieron de la sombra de un arbos los municipales y les pusieron la correspondiente "RECETA" . No se como acabo
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Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Las normas que yo sigo son:
- PLAYA BALIZADA CON CANAL DE ENTRADA: entro despacio (motor o remos) entre las boyas del canal. - PLAYA SIN BALIZAR: entro despacio (motor o remos según la cantidad de gente) por donde creo molestar menos - PLAYA BALIZADA SIN CANAL DE ENTRADA: No desembarco a motor ni a remos. Los problemas legales suelen centrarse en este último grupo de playas. Posdata: Si hay algún jurista por la Taberna, me gustaría saber su opinión legal sobre las restricciones de acceso por mar a este último tipo de playas. ¿La Constitución no ampara -por ejemplo- mi derecho a acceder a un espacio público trasladando en barca a mi nieto de meses que no sabe nadar?. ¿Tendría mi nieto su acceso también vetado si intentara llevarlo en cochecito por tierra?. ¿Es constitucional esta discriminación? saludos |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Cuidadín con las playas con zona de baño balizada con boyas y con canales de acceso que no tienen una boya verde y una boya roja en la boca de entrada al canal. Estos canales son para uso exclusivo de los negocios de alquiler de motos, pedalos, kayaks y otros artefactos flotantes, pero no pueden ser utilizados por embarcaciones de recreo ni por sus auxiliares para acceder a la playa.
Por lo menos así es como funciona en mi zona (capitanía de Palamós). La intervención de la super-mega-zodiac de la Policía Municipal está asegurada, con la consiguiente bronca y posible disgusto económico.:calavera: :brindis: |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Cita:
En el litoral Atlántico de Cádiz funciona de la misma manera. Los canales balizados no tienen boyas verdes y rojas en su extremo , con lo cual son de uso exlusivo de la cruz roja y kayaks de alquiler. :brindis: |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Tengo entendido que si hay canal al efecto por cocos se ha de entrar a la orilla por ahí.........ahora bien si no existe señalización de ningún tipo se puede navegar a motor hasta la orilla a velocidad máxima tres nudos....
En una ocasión yo dejé mi barco a unos 50 mts de la orilla,alguien llamó al 112 y vino la guardia civil que se bajó del coche y comenzó a apuntar la matrícula del barco....me acerqué y le pregunté si era la de mi barco la que estaba anotando a lo que me dijo que debía de retirarlo....que porqué lo había puesto ahí....Le dije al guardia que había acercado la embarcación a la orilla para desembarcar tripulación,que había accedido a tres nudos hasta allí y que no había canal de acceso ni siquiera cercano.........el hombre me pidió que retirara la embarcación hasta los 200 metros y fué lo que hice,pero de receta nasti de plasti.........(gracias a Dios)......:D |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Señores no inventemos que la cosa esta muy clara:
http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAST...Balizamientos/ http://www.salvamentomaritimo.es/ind...menu=D9&open=4 http://mallorcaviento.com/leyes/SUSANA.htm :brindis::brindis::brindis: |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Islanaútica, con eso está todo dicho y bien clarito!. Ahora falta que los de la Heineken entiendan lo mismo, y la gente lo cumpla, por el bien de todos!.
Copazos para todos.:brindis: |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Por muy balizado que esté la playa siempre, siempre se puede ir a nado!!!
Los que no llegan a los 200m pueden llevar esto: http://www.pbboysclub.com/images/Body%20Board%2040.jpg Tengo uno parecido como "auxiliar" :D:D . |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Como la cosa se está poniendo bastante fea, y el afán recaudatorio prima sobre cualquier otra cosa, me gustaría si alguien me puede aclarar si está permitido utilizar una neumática a remos (sin motor) dentro del área de las boyas amarillas !!!
gracias |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Cita:
Hay que buscar las normativas específicas de cada Capitanía, que se suelen publicar en los Boletines Oficiales de cada provincia. Por ejemplo, en la zona bajo la autoridad de la Capitanía de Palamós lo que vale (a mi entender) es esto: Instruccions de Navegació per a les aigües marítimes de la província de Girona Especialmente interesante en la pág. 11, norma 8ª, apartado b, y norma 9ª. :brindis: |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Cita:
"... Recuerde que en las zonas de baño debidamente balizadas está prohibida la navegación deportiva y de recreo, y la utilización de cualquier tipo de embarcación o medio flotante movido a vela o motor..." Si quieren interpretar que aunque vayas a remo estás navegando..., no podrías utilizarla. Si quieren interpretar que como NO vas movido a vela ni motor, no incumples la normativa, si podrías utilizarla. Saludos :brindis::brindis: |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Cita:
Además la pregunta es: ¿Se puede o no se puede desembarcar en una playa sin canal balizado? La respuesta es: En los tramos de costa que no estén señalizados, se entenderá que la zona de baño ocupa la zona contigua a la costa de una anchura de 200 metros. Dentro de estas zonas no balizadas no se deberá navegar a una velocidad superior a 3 nudos. Las motos náuticas sólo podrán navegar por esta zona para acceder perpendicularmente a la playa, extremando precauciones y a velocidad inferior a 3 nudos. Todas las embarcaciones o artefactos flotantes, cualquiera que sea su medio de propulsión, que salgan o se dirijan a las playas, deberán hacerlo perpendicularmente a tierra, navegando con precaución y siempre a menos de tres nudos desde los 200 metros hasta la costa, o viceversa. Si existen canales balizados de acceso, éstos se usarán obligatoriamente. Y no lo digo yo, que no soy nadie, lo dice la DGMM que es quien te sanciona, a todos los demas me los vuelvo a pasar por donde te dije antes. :brindis::brindis::brindis: |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Cita:
Por otro lado, creo que la normativa que se aplica en cuanto a señalización de playas, seguridad en el baño, formas de acceder a las playas, etc. es competencia de las Capitanías Marítimas, tal como se dice en uno de los links que has puesto: Competencias de FOMENTO, Jefatura de la Marina Mercante (Capitanías Marítimas). Limitaciones temporales al uso público del dominio público marítimo-terrestre en circunstancias excepcionales, siempre que afecten a la navegación, seguridad humana y salvamento entre otras. Autorizar el funcionamiento de las embarcaciones destinadas a cruceros turísticos y artefactos flotantes de recreo, cuyo emplazamiento sea previamente autorizado por Costas.(Art. 111.11) Dar difusión mediante Bando en el B.O.P. de las disposiciones sobre zonas de baño, velocidades y autorización de embarcaciones de recreo Sancionar las infracciones cometidas por las embarcaciones en relación con la seguridad en las playas. Además, la Capitanía va a ser al final la que sancione, aplicando la normativa específica de su zona, por lo que sigo pensando que es muy conveniente conocer dicha normativa local. Otra cosa es que sea lógico que en cada provinvia marítima las normas puedan ser distintas (que no lo es). Esto no quita que te puedas pasar dicha normativa por donde me has dicho; yo también lo hago a menudo.:cunao: Como última curiosidad, es en estas normativas publicadas por cada Capitanía en los BOP donde se establecen los límites y condiciones de navegación para las autorizaciones federativas (titulines) y para las embarcaciones que no requieren titulación. Normativas que a menudo yo también me paso por donde has dicho antes, sabiendo que si me pillan voy a palmar.:meparto: Un saludo y :brindis: |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Ademas los balizamientos no cumplen con la normativa de "Puertos del Estado"
http://w3.puertos.es/es/ayudas_naveg...de_Playas.html |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Cita:
Es decir, la Capitanía puede decir cómo han de ser los canales, cómo ha de ser el balizamiento, etc ... pero NO puede decir que en una costa o playa no balizada no se puede desembarcar si la legislación general dice que SÍ se puede ... me parece sencillo y lógico, al menos yo lo entiendo así. :brindis::brindis::brindis: Salud!!! |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
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Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Cita:
De los canales mal balizados supuestamente privados me :meparto: y :burlon: :brindis::brindis::brindis: |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
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Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Si todo esto está muy bien, pero yo a la conclusión que llego es a que si no conoces las costumbres de la zona, mejor no desembarcar. Lo de las "LEYES" queda para los posibles recursos.
Por mucha razón que tengas, es mejor no perder el tiempo con posteriores recursos de más que dudoso resultado, discusiones con el de la gorra y el pito de turno y mosqueo de toda la tripulación esperando que termines para salir pitando. Tienes que estar a lo que te diga el socorrista, lo que se le ocurra al del alquiler de los monopatines, a lo que invente el PM de turno, la posible aparición de la GC y los comentarios de todos los chutaos de protección 50 de la zona, que manos a la espalda, cara de desaprobación y elevandose sobre la punta de los pies de vez en cuando no hacen más que encender a todos los primeros. Saludos. |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Lo siento DUDU pero esa actitud es la que les hacen abusar, repito que quien te puede sancionar es la DGMM y no lo puede hacer en contra de sus propias normas.
A todos los demás a darles caña, el mar no tiene dueños aunque alguno se lo crea. :brindis::brindis::brindis: |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Ya, pero para un día que sales te tienes que plantear
-Hoy que salgo, ¿a dar caña o a disfrutar? Tienes toda la razón, pero si fuesemos por ahí intentando hacer valer nuestros derechos......... Pero repito, tienes toda la razón. Saludos. :brindis: |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
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:cid5: :cid5: :cid5: :cid5: :cid5: ¡Sí señor!, ¡Así se habla!! Cada vez me enerva más la mansedumbre con que vamos asumiendo la pérdida de derechos ciudadanos, especialmente cuando -los pocos que nos van quedando- están recogidos en leyes, reglamentos, decretos, instrucciones, etc, por lo demás, prolijos, confusos, incluso contradictorios a veces. En estos tiempos de recortes de derechos y economías, de la mano de bancos, mercados y gobiernos, reclamemos al menos los que las leyes nos otorgan (aún), y no demos por aceptado, resignadamente, que "ésto no se hace, ésto no se dice, ésto no se toca". Veamos algo sobre derechos, en el ámbito que nos ocupa en este hilo: Islanaútica ha citado legislación general sobre acceso a playas, y alguna respuesta se ha referido a la competencia de las Capitanías para regularlo en sus respectivos ámbitos. Entiendo, como dice Jadarvi, que esta regulación no puede oponerse a normas de ámbito superior. Y así parece ser. Veamos algunos ejemplos que he encontrado por ahí. Si algún cofrade dispone de referencias contrarias, sería bueno poder conocerlas: Capitanía Marítima de Cartagena http://www.carm.es/borm/documento;js...j=bol&id=17041 8. Todas las embarcaciones o artefactos flotantes, cualquiera que sea su medio de propulsión, que salgan o se dirijan a las playas, lo harán perpendicularmente a tierra, NAVEGANDO CON PRECAUCIÓN y siempre a menos de TRES nudos desde los 200 metros hasta la costa. Si existen canales balizados de acceso, usarán éstos obligatoriamente. Si no los hubiera, entrarán y saldrán de las playas por los extremos de éstas V.-INSTALACIONES PERMANENTES Y CONCESIONES DE SERVICIOS DE TEMPORADA QUE UTILICEN ELEMENTOS FLOTANTES DE ALQUILER 8. Si la instalación se encuentra en una playa frecuentada por bañistas, deberá disponer de un canal balizado para el lanzamiento y varada de las embarcaciones y artefactos, cuyo uso deberá permitir y facilitar para la entrada y salida de los particulares que deseen practicar los deportes náuticos con embarcaciones o artefactos privados CAPITANÍA MARÍTIMA DE VIGO http://www.bop.depo.es/bop.PONTEVEDR...110616.115.pdf 5.—NORMAS DE NAVEGACIÓN. 5.1.—ZONAS EXCLUIDAS A LA NAVEGACION COMPRENDIDAS DENTRO DE LOS LIMITES ESTABLECIDOS. 5.1.2- En las zonas de baño debidamente balizadas está prohibida la navegación deportiva y de recreo, así como la utilización de cualquier tipo de embarcación o medio flotante movido a motor o vela, excepto los elementos flotantes de esparcimiento no rígidos tales como colchonetas, flotadores, etc., y las embarcaciones de salvamento en el ejercicio de sus funciones. El lanzamiento o varada de embarcaciones o artefactos deberá hacerse a través de los canales señalizados. 5.1.3.—En los tramos de costa no balizados como zona de baño, se entenderá que ésta ocupa una franja de mar contigua a la costa de una anchura de 200m en las playas y de 50m en el resto de la costa. Dentro de estas zonas no se navegará a más de tres nudos, debiendo adoptar las precauciones de vigilancia necesarias para evitar riesgos a la vida humana. Las zonas de lanzamiento y varada se situarán preferentemente en los extremos de las playas o donde se minimice su interferencia con los usos comunes, debiendo entrar y salir de estas zonas con rumbo lo más perpendicular posible a las playas, quedando prohibido navegar con rumbos paralelos a las playas, excepto a las embarcaciones de salvamento en el ejercicio de sus funciones. Se utilizarán en la medida de lo posible, para varada y lanzamiento, los canales balizados que pudieran existir a esos efectos. CAPITANÍA MARÍTIMA DE VALENCIA http://www.derecho.com/l/bop-valenci...ia-15-05-2009/ 3ª.- En las zonas de baño debidamente balizadas está prohibida la navegación deportiva y de recreo y la utilización de cualquier tipo de embarcación o medio flotante movido a vela o a motor. El lanzamiento o varada de embarcaciones deberá hacerse a través de canales debidamente señalizados. En los tramos de costa que no estén balizados como zona de baño se entenderá que ésta ocupa una franja de mar contigua a la costa de una anchura de 200 metros en las playas y 50 metros en el resto de la costa. El balizamiento estará formado por boyarines de diámetro igual o superior a 20 centímetros y de color amarillo o naranja. La canal será de 200 metros de largo perpendicular a la costa, por 25 metros de ancha. Dentro de estas zonas no se deberá navegar a una velocidad superior a tres nudos, debiendo adoptarse las precauciones necesarias para evitar riesgos a la seguridad humana. 4ª.- Todas las embarcaciones o artefactos flotantes, cualquiera que sea su medio de propulsión, que salgan o se dirijan a las playas, lo harán perpendicularmente a tierra, navegando con precaución y siempre a menos de tres nudos de velocidad (5,5 km./hora) desde los 200 metros hasta la costa, o viceversa. Si existen canales balizadas de acceso, usarán éstas obligatoriamente. |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Y digo yo...primero unas :brindis:,si una vez has accedido a la playa,sea por canal balizado o por donde sea...alguien te puede impedir dejar la neumatica en la orilla?porque esto me paso en Menorca en Junio,y viono una señorita de muy buen ver,que me comunico que las unicas embarcaciones que podian estar en la orilla,eran los pedalos,y que si no lo retiraba llamaria a la autoridad competetnte.......
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Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
De una de las resoluciones que cito arriba:
12. Corresponde a sus propietarios la custodia y vigilancia de las embarcaciones varadas en las playas, fondeadas o amarradas a un muerto, quienes cuidarán de que lo estén en condiciones de seguridad, y en lugares que no perturben el uso público de las playas, varándolas en los extremos de éstas y no en el centro. |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Una cosa es desembarcar y otra dejar varada la embarcación en la playa, la playa en si depende de costas y tiene su propio reglamento que desconozco.
Mi zona de varada baño es la punta del boquerón en Sancti Petri donde de momento no tenemos problemas. :brindis::brindis::brindis: |
Re: ¿Desembarcar con auxiliar en una playa sin canal balizado?
Me suena que en algunos municipios catalanes y baleares, el Ayuntamiento prohibe el desembarco en las playas. No sé si eso es legal, o si tienen competencia para hacerlo. Lo que sí que es seguro es que pueden aparecerte los policías municipales y multarte. Luego, ponte a recurrir...
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