La Taberna del Puerto

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-   -   Inspección GC (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=73474)

marinero48 04-07-2011 12:31

Inspección GC
 
Tengo una goleta en lista 6ª con la que hago charter. El otro día fue mi hijo, CY, a repostar agua al club náutico de San Antonio (Ibiza). Una pareja de la GC le pidió los papeles, vieron que estaba todo en regla (incluido el permiso del Gobierno Balear para realizar charter), pero le dijeron que no era legal que él estuviese repostando ya que "se considera" que el barco no se puede mover si no es exclusivamente haciendo charter ¿¿¿¿¿¿???????. Mi hijo les preguntó qué habia que hacer si necesitamos repostar agua o combustible. No supieron darle una respuesta clara. Por otra parte le dijeron que él puede patronear el barco, pero que necesita un permiso mio cumplimentado en Capitanía Marítima ¿¿¿¿¿¿?????. ¿Alguien sabe algo de esto? Porque yo es que me pierdo, me pierdo... (por bajo mano le sugirieron que mejor sería que nos pusiesemos en lista 7ª y hagamos charter pirata) ¿¿¿¿¿????. Con el trabajo que nos ha costado conseguir llevar todo en regla... Lo repito, es que me pierdo...

LP706 04-07-2011 13:52

Re: Inspección GC
 
Hola marinero48:

Si el barco aún no ha cumplido los 4 años desde que te concedieron la exención del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transportes, y lo utiliza alguien, que no pertenezca a la empresa de charter o no sea un cliente que lo haya alquilado, corres el riesgo de que te liquiden el impuesto.
Si la empresa eres tú y lo llevas a repostar, no podrán decirte nada, pero si quién lo lleva no es la empresa o uno de sus empleados o consideran que estás utilizando el barco para tu uso privado, te puede llegar el palo, recuerda que la exención se concede cuando el barco se utiliza “exclusivamente” para determinado tipo de alquileres.

Saludos.

custodio 04-07-2011 16:35

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por marinero48 (Mensaje 1090352)
Tengo una goleta en lista 6ª con la que hago charter. El otro día fue mi hijo, CY, a repostar agua al club náutico de San Antonio (Ibiza). Una pareja de la GC le pidió los papeles, vieron que estaba todo en regla (incluido el permiso del Gobierno Balear para realizar charter), pero le dijeron que no era legal que él estuviese repostando ya que "se considera" que el barco no se puede mover si no es exclusivamente haciendo charter ¿¿¿¿¿¿???????. Mi hijo les preguntó qué habia que hacer si necesitamos repostar agua o combustible. No supieron darle una respuesta clara. Por otra parte le dijeron que él puede patronear el barco, pero que necesita un permiso mio cumplimentado en Capitanía Marítima ¿¿¿¿¿¿?????. ¿Alguien sabe algo de esto? Porque yo es que me pierdo, me pierdo... (por bajo mano le sugirieron que mejor sería que nos pusiesemos en lista 7ª y hagamos charter pirata) ¿¿¿¿¿????. Con el trabajo que nos ha costado conseguir llevar todo en regla... Lo repito, es que me pierdo...


que fuerte todo no......
:brindis::brindis:

custodio 04-07-2011 16:38

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por marinero48 (Mensaje 1090352)
Tengo una goleta en lista 6ª con la que hago charter. El otro día fue mi hijo, CY, a repostar agua al club náutico de San Antonio (Ibiza). Una pareja de la GC le pidió los papeles, vieron que estaba todo en regla (incluido el permiso del Gobierno Balear para realizar charter), pero le dijeron que no era legal que él estuviese repostando ya que "se considera" que el barco no se puede mover si no es exclusivamente haciendo charter ¿¿¿¿¿¿???????. Mi hijo les preguntó qué habia que hacer si necesitamos repostar agua o combustible. No supieron darle una respuesta clara. Por otra parte le dijeron que él puede patronear el barco, pero que necesita un permiso mio cumplimentado en Capitanía Marítima ¿¿¿¿¿¿?????. ¿Alguien sabe algo de esto? Porque yo es que me pierdo, me pierdo... (por bajo mano le sugirieron que mejor sería que nos pusiesemos en lista 7ª y hagamos charter pirata) ¿¿¿¿¿????. Con el trabajo que nos ha costado conseguir llevar todo en regla... Lo repito, es que me pierdo...

por cierto tu hijo aun siendo capitan de yate ....no puede patronear ningun barco en charter....si yo no estoy equivocado

:brindis::brindis::brindis::brindis:

Cabot 05-07-2011 08:05

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por custodio (Mensaje 1090521)
por cierto tu hijo aun siendo capitan de yate ....no puede patronear ningun barco en charter....si yo no estoy equivocado

:brindis::brindis::brindis::brindis:

Como cliente si podria, pero como asalariado con CY no creo.
saludos

LP706 06-07-2011 00:58

Re: Inspección GC
 
Hola a todos:

No se puede alquilar a familiares hasta segundo grado, si lo haces se pierde la "exclusividad" del uso de alquiler y te liquidan el impuesto.

Saludos.

Dos Palmas 06-07-2011 01:20

Re: Inspección GC
 
Hola Marinero48 a tu pregunta sobre el uso del barco te respondo que yo tengo una empresa Charter www.estelamaris.com en Valencia . Hace 5 años me dirigí a la Dirección General de Tributos en Madrid preguntando si el armador del barco podía realizar las labores propias de mantenimiento e incluso salidas cerca del puerto de amarre y repostaje ( se entiende aquél que está el barco atracado con un minimo de tres meses ) Dado que la ley del Iva y el IDMT ( Impuesto sobre determinados medios de transporte ) no estaba clara solicité aclaración sobre este asunto. Al cabo de un més me contestaron que si a la pregunta , por lo que puedes considerarla como respuesta vinculante. No tienes que tener miedo y la GC no conoce esta respuesta ya que la Inspección de Hacienda en Valencia tampoco la conocía. Eso sí todos ó casi todos los barcos matriculados en lista 6ª son inspeccionados Espero servirte de ayuda un cordial saludo.

LP706 06-07-2011 08:18

Re: Inspección GC
 
Hola Dos Palmas:

El sentido común se utiliza más de lo que pensamos, es de cajón que la empresa tenga que llevar a cabo el mantenimiento de las embarcaciones, pruebas, traslados, etc.
No puede ser lo mismo que pillen a tu hijo repostando en un lugar cercano al puerto base a que lo pillen con un grupo de amigos, navegando a 300 millas de su puerto.
La persona que resuelva el asunto no tratará de la misma forma a una empresa que verdaderamente se dedica al charter que a otra, que dos años después de matriculado el barco, aún sigue sin haberlo alquilado ni una sola vez.
El simple hecho de que te aborden para pedirte papeles es una molestia para clientes y empresas, la picaresca de tanta gente matriculando en lista 6ª está pasando factura a muchas empresas que funcionan honradamente.

Saudos.

wiper 06-07-2011 09:15

Re: Inspección GC
 
La verdad, esto solo pasa en un pais como este. Ya habrá que llevar certificado de no parentesco, cristiano viejo, cédula de votos, bula papal, todo ello en pergamino egipcio con lacres y cintas en hilo de oro, para de con bien del que se encuentre en nuestro camino interprete, según sea la ocurrencia de meteoros favorables, que se está limpio de mácula y por ende aporte buenas maneras, no pudiendo el sospechoso mostrar incomodidad alguna ni asomo de protesta por ser inquirido cuantas y de las maneras que se antojen.
Ya basta.:cagoento::cagoento::cagoento:

woqr 06-07-2011 09:17

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por marinero48 (Mensaje 1090352)
Tengo una goleta en lista 6ª con la que hago charter. El otro día fue mi hijo, CY, a repostar agua al club náutico de San Antonio (Ibiza). Una pareja de la GC le pidió los papeles, vieron que estaba todo en regla (incluido el permiso del Gobierno Balear para realizar charter), pero le dijeron que no era legal que él estuviese repostando ya que "se considera" que el barco no se puede mover si no es exclusivamente haciendo charter ¿¿¿¿¿¿???????. Mi hijo les preguntó qué habia que hacer si necesitamos repostar agua o combustible. No supieron darle una respuesta clara. Por otra parte le dijeron que él puede patronear el barco, pero que necesita un permiso mio cumplimentado en Capitanía Marítima ¿¿¿¿¿¿?????. ¿Alguien sabe algo de esto? Porque yo es que me pierdo, me pierdo... (por bajo mano le sugirieron que mejor sería que nos pusiesemos en lista 7ª y hagamos charter pirata) ¿¿¿¿¿????. Con el trabajo que nos ha costado conseguir llevar todo en regla... Lo repito, es que me pierdo...


Estimado cofrade, no te calientes mucho la cabeza y permíteme un humilde consejo ligado a mi experiencia vital.

Yo he llegado a una extraña conclusión en relación a la naturaleza humana (o parte de ella), y es que da igual de lo que estes hablando con ciertas personas, da igual que tengas toda la razón objetiva en una conversación, da igual que tengas toda la documentación en regla, l da igual, todo eso no es importante, lo único realmente importante para ciertas personas es simple y llanamente tocar las narices de forma totalmente gratuita

:cunao:

En serio, no entres al trapo en una conversación así porque caerás en su terreno, tira para adelante, y ya toparás con alguien que tenga sentido.

Acaso no crees que ese personaje que aconsejaba a tu hijo poner el barco en lista 7ª para hacer charter pirata, no hubiera empapelado a tu hijo de arriba abajo si lo caza ???

:meparto:

LP706 06-07-2011 09:44

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por wiper (Mensaje 1091605)
La verdad, esto solo pasa en un pais como este. Ya habrá que llevar certificado de no parentesco, cristiano viejo, cédula de votos, bula papal, todo ello en pergamino egipcio con lacres y cintas en hilo de oro, para de con bien del que se encuentre en nuestro camino interprete, según sea la ocurrencia de meteoros favorables, que se está limpio de mácula y por ende aporte buenas maneras, no pudiendo el sospechoso mostrar incomodidad alguna ni asomo de protesta por ser inquirido cuantas y de las maneras que se antojen.
Ya basta.:cagoento::cagoento::cagoento:


Hola wiper:

El asunto es sencillo, el empresario que se dedica al charter debe conocer sus derechos y obligaciones, si pide una bonificación o exención fiscal, que se concede por el cumplimiento de determinados requisitos, hay que cumplirlos.
Si quiere utilizar su propio barco como hacemos todos, que lo utilice, pero pagando los impuestos como hicimos los demás, entre otras cosas porque perjudica a las empresas que realmente se dedican al charter.

Saludos.

woqr 06-07-2011 10:26

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por LP706 (Mensaje 1091622)
Hola wiper:

El asunto es sencillo, el empresario que se dedica al charter debe conocer sus derechos y obligaciones, si pide una bonificación o exención fiscal, que se concede por el cumplimiento de determinados requisitos, hay que cumplirlos.
Si quiere utilizar su propio barco como hacemos todos, que lo utilice, pero pagando los impuestos como hicimos los demás, entre otras cosas porque perjudica a las empresas que realmente se dedican al charter.

Saludos.

Nadie cuestiona la obligación de conocer tus derechos y deberes como empresario, pero en este caso el chaval estaba repostando combustible dentro del puerto !!

Cualquiera con 2 dedos de frente entendería perfectamente la situación, sin necesidad de sacar normativas, reales decretos, o sentencias judiciales.

como diría aquel:

"un poquito de por favor....."


:adoracion:

LP706 06-07-2011 12:11

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por woqr (Mensaje 1091657)
Nadie cuestiona la obligación de conocer tus derechos y deberes como empresario, pero en este caso el chaval estaba repostando combustible dentro del puerto !!

Cualquiera con 2 dedos de frente entendería perfectamente la situación, sin necesidad de sacar normativas, reales decretos, o sentencias judiciales.

como diría aquel:

"un poquito de por favor....."


:adoracion:

Hola Woqr:

Y efectivamente el GC debía tener los dos dedos de frente, cuando no lo denunció, tan solo lo advirtió.
Quién no parece tener muy clara la situación es el cofrade marinero48, que pregunta por un permiso, cumplimentado en Capitanía para que su hijo pueda patronear el barco. Su hijo no puede utilizar el barco, si solicitó la exención del Impuesto.
Las normas ponen un límite que no tienen margen o tolerancia que se pueda medir en millas, kilómetros o minutos eso daría lugar a todo tipo de arbitrariedades por parte de quién tiene que vigilar su cumplimiento.
¿Cuántos días puedes navegar con la ITB vencida? ¿Cuántas millas puedes navegar sin tener concertado el seguro? ¿A que velocidad, por encima de la velocidad máxima, se puede navegar dentro del puerto? Cuando nos multen nos quejaremos de que el Guardia era un ........... y el de Capitanía era un ...... yo solo iba a......

Saludos.

woqr 06-07-2011 15:36

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por LP706 (Mensaje 1091719)
Hola Woqr:

Y efectivamente el GC debía tener los dos dedos de frente, cuando no lo denunció, tan solo lo advirtió.
Quién no parece tener muy clara la situación es el cofrade marinero48, que pregunta por un permiso, cumplimentado en Capitanía para que su hijo pueda patronear el barco. Su hijo no puede utilizar el barco, si solicitó la exención del Impuesto.

Saludos.

OK OK pero no me negarás que el consejo del GC aconsejándole que ponga el barco en lista 7ª y haga el charter pirata, es de alguien con 2 dedos de frente, o que haya sacado el número 1 de su promoción, no ??

tela....

:cunao:

Osea el razonamiento llevado al extremo es algo así:

Mire usted para evitar que la próxima vez le tenga que multar por repostar el barco en el puerto, lo mejor que debería hacer es pasar el barco a lista 7ª y así podrá repostar con total libertad donde quiera.

Eso si, lo único malo es como le pille un día alquilando su barco, le va a caer una denuncia de cuidado.

:meparto:

LP706 06-07-2011 15:57

Re: Inspección GC
 
Hola woqr:

Está por ver como se desarrolló la conversación, que dijo o que entendió cada uno, de modo que mejor no entrar en muchas profundidades, pero no me cuadra que quién te llama la atención porque haces algo mal te aconseje que hagas algo peor.

Saludos.

Tur 06-07-2011 16:16

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por LP706 (Mensaje 1091719)
Hola Woqr:

Y efectivamente el GC debía tener los dos dedos de frente, cuando no lo denunció, tan solo lo advirtió.
Quién no parece tener muy clara la situación es el cofrade marinero48, que pregunta por un permiso, cumplimentado en Capitanía para que su hijo pueda patronear el barco. Su hijo no puede utilizar el barco, si solicitó la exención del Impuesto.
Las normas ponen un límite que no tienen margen o tolerancia que se pueda medir en millas, kilómetros o minutos eso daría lugar a todo tipo de arbitrariedades por parte de quién tiene que vigilar su cumplimiento.
¿Cuántos días puedes navegar con la ITB vencida? ¿Cuántas millas puedes navegar sin tener concertado el seguro? ¿A que velocidad, por encima de la velocidad máxima, se puede navegar dentro del puerto? Cuando nos multen nos quejaremos de que el Guardia era un ........... y el de Capitanía era un ...... yo solo iba a......

Saludos.

:cid5:
:brindis:

woqr 06-07-2011 16:21

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por LP706 (Mensaje 1091879)
Hola woqr:

Está por ver como se desarrolló la conversación, que dijo o que entendió cada uno, de modo que mejor no entrar en muchas profundidades, pero no me cuadra que quién te llama la atención porque haces algo mal te aconseje que hagas algo peor.

Saludos.

Conversación real con un GC de tráfico:

Situación: yo saliendo de un parking con mi coche y ante la imposibilidad de girar a la izquierda, invado el carril contrario unos pocos metros (5 como mucho).

Un GC estacionado en la acera, esperando a que alguien hiciera lo que yo acababa de hacer, enciende las luces de discoteca, y me da el ALTO de forma implacable !!

Después de un intecambio de palabras (bueno yo en realidad solo asentía), al final de la conversación se me ocurre hacerle la siguiente pregunta:

"oiga pero entonces aquí, ¿ que hay que hacer para girar a la izquierda al salir de este parking ??"

Contestación literal:

"tiene usted circular con su coche por la acera, para así evitar infringir el código de circulación"


:cunao:

Juro que es cierto, por eso no me extraña nada en absoluto lo expuesto arriba por el cofrade marinero48

wiper 07-07-2011 08:12

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por LP706 (Mensaje 1091622)
Hola wiper:

El asunto es sencillo, el empresario que se dedica al charter debe conocer sus derechos y obligaciones, si pide una bonificación o exención fiscal, que se concede por el cumplimiento de determinados requisitos, hay que cumplirlos.
Si quiere utilizar su propio barco como hacemos todos, que lo utilice, pero pagando los impuestos como hicimos los demás, entre otras cosas porque perjudica a las empresas que realmente se dedican al charter.

Saludos.

Que si , que si.
Estoy sacando el certificado de bautismo, el árbol genealógico y un análisis genético. Yo cambio de país, porque entre otras cosas sé comparar.

woqr 07-07-2011 09:42

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por wiper (Mensaje 1092334)
Que si , que si.
Estoy sacando el certificado de bautismo, el árbol genealógico y un análisis genético. Yo cambio de país, porque entre otras cosas sé comparar.

:meparto::meparto:

Es lo que tiene vivir en un país que estuvo gobernado por el Imperio Romano durante siglos; formamos parte del mundo civilizado y por tanto tenemos que seguir unas normas para no convertirnos en un pueblo bárbaro :cunao: y arriesgarnos a ser bombardeados por la OTAN cada 5 años más o menos.....

Si no ya sabes, a navegar a otras latitudes, donde la legislación es mucho más laxa, los trámites burocráticos casi de risa, los precios a la cuarta parte de los de aquí......... joder dan ganas de irse de verdad !!!

:cunao:

:brindis:

Choquero 07-07-2011 09:49

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por woqr (Mensaje 1091895)
Conversación real con un GC de tráfico:

Situación: yo saliendo de un parking con mi coche y ante la imposibilidad de girar a la izquierda, invado el carril contrario unos pocos metros (5 como mucho).

Un GC estacionado en la acera, esperando a que alguien hiciera lo que yo acababa de hacer, enciende las luces de discoteca, y me da el ALTO de forma implacable !!

Después de un intecambio de palabras (bueno yo en realidad solo asentía), al final de la conversación se me ocurre hacerle la siguiente pregunta:

"oiga pero entonces aquí, ¿ que hay que hacer para girar a la izquierda al salir de este parking ??"

Contestación literal:

"tiene usted circular con su coche por la acera, para así evitar infringir el código de circulación"


:cunao:

Juro que es cierto, por eso no me extraña nada en absoluto lo expuesto arriba por el cofrade marinero48

Pues no tiene visos de ser muy real la historia, salvo que donde pusistes "GC" hubieses puesto "PL" o "PM", ya que la GC no tiene competencias sobre el tráfico en poblaciones, que queda bajo la responsabilidad de las policías locales que son quienes tienen las competencias sobre ello.

:brindis::brindis:

LP706 07-07-2011 10:54

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por woqr (Mensaje 1092383)
:meparto::meparto:

Es lo que tiene vivir en un país que estuvo gobernado por el Imperio Romano durante siglos; formamos parte del mundo civilizado y por tanto tenemos que seguir unas normas para no convertirnos en un pueblo bárbaro :cunao: y arriesgarnos a ser bombardeados por la OTAN cada 5 años más o menos.....

Si no ya sabes, a navegar a otras latitudes, donde la legislación es mucho más laxa, los trámites burocráticos casi de risa, los precios a la cuarta parte de los de aquí......... joder dan ganas de irse de verdad !!!

:cunao:

:brindis:

Es lo que tiene vivir en un país pobre, inculto y politicamente enfermo, tenemos lo que nos merecemos.

Saludos.

LP706 07-07-2011 10:59

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por wiper (Mensaje 1092334)
Que si , que si.
Estoy sacando el certificado de bautismo, el árbol genealógico y un análisis genético. Yo cambio de país, porque entre otras cosas sé comparar.

Haces muy bien, escribe cuando llegues y ya nos cuentas como es allí.


Saludos.

woqr 07-07-2011 11:16

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por Choquero (Mensaje 1092389)
Pues no tiene visos de ser muy real la historia, salvo que donde pusistes "GC" hubieses puesto "PL" o "PM", ya que la GC no tiene competencias sobre el tráfico en poblaciones, que queda bajo la responsabilidad de las policías locales que son quienes tienen las competencias sobre ello.

:brindis::brindis:

No tenía ni idea de dicha distinción de compentencias de tráfico, entre diferentes cuerpos del estado, por tanto no tengo problemas en rectificar:

Por tanto en vez de GC debió ser el cuerpo competente a la materia indicada (tráfico), en el sitio donde yo me encontraba.

El resto de la historia es 100% cierta, y la contestación del agente en cuestión también.

mejor así ?

:cunao:

Choquero 07-07-2011 11:21

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por woqr (Mensaje 1092481)
No tenía ni idea de dicha distinción de compentencias de tráfico, entre diferentes cuerpos del estado, por tanto no tengo problemas en rectificar:

Por tanto en vez de GC debió ser el cuerpo competente a la materia indicada (tráfico), en el sitio donde yo me encontraba.

El resto de la historia es 100% cierta, y la contestación del agente en cuestión también.

mejor así ?

:cunao:

Supongo que el "miedo escénico*" te obnubiló la vista y en ese contexto, eras incapaz de distinguir los uniformes y el coche patrulla.

:cunao: :cunao: :cunao:


* "Miedo escénico", en éste caso, entiéndase el pánico a la escenificación de la sacada de libreta del agente en cuestión y su posterior rellenado con los datos del infractor, lo que se podía convertir en una papelina color rosa por cuya recepción hay que invertir algún que otro ciento de Euros a la mejor salud de los Presupuestos Generales del Estado, aunque en este caso, sería cambiaríamos Estado por Ayuntamiento.

:brindis::brindis:

woqr 07-07-2011 11:46

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por Choquero (Mensaje 1092489)
Supongo que el "miedo escénico*" te obnubiló la vista y en ese contexto, eras incapaz de distinguir los uniformes y el coche patrulla.

:cunao: :cunao: :cunao:


* "Miedo escénico", en éste caso, entiéndase el pánico a la escenificación de la sacada de libreta del agente en cuestión y su posterior rellenado con los datos del infractor, lo que se podía convertir en una papelina color rosa por cuya recepción hay que invertir algún que otro ciento de Euros a la mejor salud de los Presupuestos Generales del Estado, aunque en este caso, sería cambiaríamos Estado por Ayuntamiento.

:brindis::brindis:

Correcto 100%, en cuanto vi las luces del coche de policía, GC o lo que fuera (todo menos bomberos y ambulancias) encendidas supe que algo iba mal !!!

Afortunadamente no fue más que una advertencia y por tanto el susto pasó rápido.

Pero está claro que la próxima vez seguiré el consejo del amable agente, y circularé por la acera unos metros con el coche, para evitar la multa.

:cunao:

paufresh 07-07-2011 11:48

Re: Inspección GC
 
:borracho: Unas copas que alivien los malos tragos.

Por experiencia en la exención de los diferentes impuestos y/o circulación o navegación en este caso(que me imagino que la norma de aduanas se rija por el mismo rasero).
En empresas de alquiler, la exención del pago del impuesto de matriculación exige que el bien solo sea usado y destinado ese fin, al alquiler. Y ojo, se entenderia que debe pagar el impuesto si durante un año natural la agencia detectase que se contrata durante mas de seis meses, consecutivos o no a una misma empresa o persona.
Al respecto de quien puede manipular la embarcación, solo puede ser alquien contratado por la empresa, tanto como personal propio o en contrato mercantil. Siempre habria que llevar documentación que acredite tal efecto (TCS, copia contrato mercantil, como en cualquier centro de trabajo de empresa).
Hasta aquí la ley. Si uno ya sabe donde está la linea de la infracción, depende de él traspasarla o no. Otra cosa es que el sentido común pueda evaluar la flexibilidad de la ley por parte de quien la aplica. Pero eso ya sabemos que no es objetivo sino que depende de las turbulencias personales de cada uno.
Espero que haya aclarado algo...:velero:

woqr 07-07-2011 12:25

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por paufresh (Mensaje 1092512)
:borracho: Unas copas que alivien los malos tragos.

Por experiencia en la exención de los diferentes impuestos y/o circulación o navegación en este caso(que me imagino que la norma de aduanas se rija por el mismo rasero).
En empresas de alquiler, la exención del pago del impuesto de matriculación exige que el bien solo sea usado y destinado ese fin, al alquiler. Y ojo, se entenderia que debe pagar el impuesto si durante un año natural la agencia detectase que se contrata durante mas de seis meses, consecutivos o no a una misma empresa o persona.
Al respecto de quien puede manipular la embarcación, solo puede ser alquien contratado por la empresa, tanto como personal propio o en contrato mercantil. Siempre habria que llevar documentación que acredite tal efecto (TCS, copia contrato mercantil, como en cualquier centro de trabajo de empresa).
Hasta aquí la ley. Si uno ya sabe donde está la linea de la infracción, depende de él traspasarla o no. Otra cosa es que el sentido común pueda evaluar la flexibilidad de la ley por parte de quien la aplica. Pero eso ya sabemos que no es objetivo sino que depende de las turbulencias personales de cada uno.
Espero que haya aclarado algo...:velero:

paufresh, la norma esta meridianamente clara, pero en derecho hay algo que se llama la flexibilidad en la aplicación de las normas y sobre todo el espíritu de las mismas, es decir la intención con la cual han sido redactadas por el órgano regulador.

Es un principio básico de cualquier ordenamiento jurídico, por lo que no se trata de blanco o negro, si no más bien todo lo contrario.

Cualquier persona con 2 dedos de frente y un poco de lectura, podrá entender que esta norma se ha promulgado con la intención de evitar que cualquier armador, ponga su barco en lista 6ª para ahorrarse un 28% de impuestos.

O dicho de otra forma, no ha sido redactada para multar a los armadores que teniendo el barco en lista 6ª, van a repostar combustible a la gasolinera de su propio puerto donde ejerce la actividad profesional de charter !!

Lo peor de un sistema tan reglamentado como el nuestro, es que corremos el riesgo de poner a disposición de cualquier persona sin preparación, una responsabilidad sancionadora no acorde a su preparación.

Un GC con responsabilidad sancionadora, que le diga a este chaval que lo mejor que puede hacer para no infringir la norma, es poner el barco en lista 7ª para evitar ser sancionado, es retorcer el estado de derecho por completo y contravenir el propio espíritu de la norma.
:brindis:

Nota: perdón por el ladrillo, pero un sistema legal rígido, es todo menos un sistema legal y el marco regulador de la náutica de recreo que tenemos es una desproporción tras otra.

En otro hilo de este foro, pude leer a un cofrade que le habían puesto una multa de nada mas y nada menos que 6.000 € por desembarcar a una persona enferma en un muelle sin autorización expresa para ello......

CHIGRE 07-07-2011 14:07

Re: Inspección GC
 
La GC no sanciona, solamente propone que se sancione al presunto infractor. La Autoridad Competente es la que sanciona o archiva el caso a la vista de la denuncia, oficio o atestado remitido por la GC.

woqr 07-07-2011 16:11

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por CHIGRE (Mensaje 1092594)
La GC no sanciona, solamente propone que se sancione al presunto infractor. La Autoridad Competente es la que sanciona o archiva el caso a la vista de la denuncia, oficio o atestado remitido por la GC.

vale, ahora dime el % de recursos administrativos y/o judiciales que son aceptados ante la propuesta de sanción de un GC.

O dicho de otro modo que % de propuestas de sanción de un GC son rechazas por la autoridad compentente ?

0,0001 %

:brindis:

En mi opinión, las normas están hechas para ser cumplidas por lo ciudadanos obviamente, pero las autoridades sancionadoras o aquellas que proponen una sanción, tienen la obligación de conocer no solo el texto integro de la norma, si no lo que persigue dicha norma para poder actuar de forma ecuánime.

Por desgracia este hilo nos describe un panorama un ligeramenete desalentador en este aspecto.

:brindis:

CHIGRE 07-07-2011 18:12

Re: Inspección GC
 
Las normas están sujetas a interpretación en algunos casos, sin embargo las infracciones vienen recogidas en artículos y se suelen clasifiar en LEVES, GRAVES, MUY GRAVES, MENOS GRAVES.......ETC) atendiendo a su mayor o menor gravedad. En algunos casos la redacción de estas infracciones, que recogen los comportamientos, acciones u omisiones que las constituyen no está demasiado claro, o es demasiado ambiguo. En otras ocasiones es cierto que los "Agentes de la Autoridad" no identifican de una forma correcta el comportamiento que pretenden denunciar con el artículo en el que aparece recogido dicho comportamiento. En otras ocasiones nos equivocamos, nos pillan en un renuncio y nos dan la charla. Otras veces observan una infracción y sin mediar palabra nos denuncian.
Ahora bien, si de lo que se trata es de analizar y tatar de discernir entre LO JUSTO LEGAL Y LO JUSTO MORAL lo llevamos claro, podríamos estar muchos días discutiendo el tema.
Un saludo :brindis:

dunic 07-07-2011 23:18

Re: Inspección GC
 
Como decia Forges : Paissssssss , lo que se le olvido añadir es "de pandereta"

a_millor 08-07-2011 16:19

Re: Inspección GC
 
Supongo que, por similitud, el alquiler de una embarcación no debería tener por que ser tratado de forma diferente que el de un coche. Por mi trabajo, tengo bastante relación con empresad de alquiler de coches y os puedo asegurar que el personal de estas, invariablemente se mueve con vehículos de los que en cualquier otro momento utilizan para alquilar a los clientes. ¿no debería esto estar igual de "perseguido" que el uso de un barco de alquiler por el empleado o dueño de la empresa?

¿será una mas de las diferencias de trato que sufren diferentes sectores de mercado?

:brindis::brindis:

paufresh 08-07-2011 17:35

Re: Inspección GC
 
Unas birritas que esto se hace largo.

Cuando decia lo que diga la ley no defendia que estuviese deacuerdo. Simplemente, son los baremos a partir del cual cada uno sabe donde se encuentra. Como esto no es una ley matematica exacta, sino que es interpretable tal y como dije literal "depende de como se levante cada uno", lo mas importante es saber si te han pillado o no. Sino te han pillado, te puedes poner mas gallito, aunuqe todos sabemos que entonces te pueden buscar las cosquillas.
Está claro que las leyes son normas para regirse y que deben tener flexibilidad. Pero eso no es cosa nuestra, sino de quiene las aplican o las informan. Solo queria insinuar que los huecos entre palabras y frases es donde se pueden buscar las vueltas a la ley.
las leyes pueden ser rígidas y estrictas, pero como cualquier fortaleza Siempre tienen fisuras...recordad que están hechas por humanos.
:borracho:

Kizkurgabe 13-07-2011 01:34

Re: Inspección GC
 
.... y yo me pregunto:
Si de lo que se trata es de que un barco de la lista 6ª se use de forma profesional.

Si se le obliga a la empresa en cuestion a deducir el iva en varios años de su facturacion, no estaria el problema resuelto.

Significaria que la empresa es real y factura y no se ha hecho solo para comprar el barco .... y si tiene actividad, pues tan contentos, una empresa mas funcionando en este pais.

Vamos que me parece mas normal enfocar el problema de forma administrativa y vigilar que las empresas (o autonomos) esten operativas, facturen, liquiden el iva, paguen nominas ... etc, etc de acuerdo con su actividad.

.... igual es que soy un poco iluso, no se.

:brindis:

woqr 13-07-2011 09:19

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por a_millor (Mensaje 1093368)
Supongo que, por similitud, el alquiler de una embarcación no debería tener por que ser tratado de forma diferente que el de un coche. Por mi trabajo, tengo bastante relación con empresad de alquiler de coches y os puedo asegurar que el personal de estas, invariablemente se mueve con vehículos de los que en cualquier otro momento utilizan para alquilar a los clientes. ¿no debería esto estar igual de "perseguido" que el uso de un barco de alquiler por el empleado o dueño de la empresa?

¿será una mas de las diferencias de trato que sufren diferentes sectores de mercado?

:brindis::brindis:

Ya puestos en materia, pongamos el caso de hago una empresa con el siguiente fin:

Alquiler de barcos a terceras personas (no familiares) por períodos completos de 5 años completos (ni uno más ni uno menos).

Ahorro para el armador del 28% de impuestos.

Esto es legal ??

Es decir, se puede alquilar un barco por 5 años completos a la misma persona ??

:brindis:

Tur 13-07-2011 13:20

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por woqr (Mensaje 1095822)
Ya puestos en materia, pongamos el caso de hago una empresa con el siguiente fin:

Alquiler de barcos a terceras personas (no familiares) por períodos completos de 5 años completos (ni uno más ni uno menos).

Ahorro para el armador del 28% de impuestos.

Esto es legal ??

Es decir, se puede alquilar un barco por 5 años completos a la misma persona ??

:brindis:

No.
Creo que el máximo está en seis meses (dentro de un año), pero seguro que algún profesional lo confirma.
Saludos
:brindis:

LP706 13-07-2011 13:46

Re: Inspección GC
 
Hopla a todos:

Máximo 3 meses.

No es lo mismo un renting que paga el impuesto, que el alquiler que puede no pagarlo, si se destina "EXCLUSIVAMENTE" a eso.

En cualquier caso puedes pagar el impuesto y entonces destinarlo al alquiler sin límite de tiempo a una misma persona o utilizarlo el empresario y personas vinculadas, sin ningún tipo de límite.

Saludos.

woqr 13-07-2011 17:15

Re: Inspección GC
 
Cita:

Originalmente publicado por LP706 (Mensaje 1096071)
Hopla a todos:

Máximo 3 meses.

No es lo mismo un renting que paga el impuesto, que el alquiler que puede no pagarlo, si se destina "EXCLUSIVAMENTE" a eso.

En cualquier caso puedes pagar el impuesto y entonces destinarlo al alquiler sin límite de tiempo a una misma persona o utilizarlo el empresario y personas vinculadas, sin ningún tipo de límite.

Saludos.

Pues entonces coincido plenamente con el cofrade que dijo que es una completa injusticia, dado que el Renting de los Coches de empresa se pueden alquilar por varios años, y de esa forma tanto el usuario como la empresa se ahorran los impuestos.

Digamos que al finalizar el período de renting de mi coche de empresa, decido comprar el coche a la empresa de renting??

tengo que pagar el impuesto de matriculación nuevamente ?? no verdad ??

Pues eso...

Se me ocurre otro caso:

Supongamos que compro un barco y lo pongo en lista 6ª pero tengo la "mala suerte" de no lo alquilarlo ni una sola vez durante todo ese tiempo, y lo tengo parado en puerto durante 4 laaaargos años.

Al finalizar los 4 años, lo puedo pasar a lista 7ª y me habré ahorrado un 28% de impuestos, correcto ??

Otro caso:

Las empresas de charter venden sus barcos a los 4 años a particulares poníendolos en lista 7ª, despues de 4 años machacados de alquiler.

A parte de la pasta que le han sacado por alquilarlos, los venden a un precio superior al que les ha costado, dado que se han ahorrado un 28% de impuestos......

Clyde 13-07-2011 17:45

Re: Inspección GC
 
LP706:cid5::cid5:

No hay nada tan revolucionario como aplicar la ley.

saludos.:brindis:

hulk 13-07-2011 20:42

Re: Inspección GC
 
El otro dia pusieron un reportaje en la cajatonta, en el que trataban la nautica y como no salio el argumento estrella, en boca de un guardia civil ( sin animo de ofender) que se hace todo por SEGURIDAD y que habian realizado mas de 7000 inspecciones a embarcaciones de recreo. Vamos a extrapolar datos, para hacer 7000 inspecciones y tomar datos, se necesitan haber parado por lo menos a 40000 embarcaciones. Entonces a esto como se le llama? No hay brindis.:nop:


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