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Impuestos sorpresa para barcos de 2ª mano
Al hilo del preaviso sobre la subida de impuestos para 1ª mano ,tengo la siguiente duda:¿ Puede ocurrir que un barco de 2ª con precio interesante, tenga un incremento desagradable y no previsto en concepto de I.V.A u otra historia, por el hecho de que esté a nombre de una sociedad,siendo el armador el dueño de la misma?.A tenor de esto, aparte del contrato privado o no de compraventa, el documento de actos jurídicos, y el pago al Fisco por tal motivo, ¿Que más habría que hacer o pedir, en el caso de que contestada la primera pregunta en el sentido de que " habrá sorpresa", aun interese la operación? Cafelitos, por la hora que es, y coñacs o "güisquises" si vos place entrañables foristas.:nosabo: :nosabo: :velero:
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Re: Impuestos sorpresa para barcos de 2ª mano
En principio si el que te vende es una sociedad deberas pagar el IVA correspondiente de la factura (en ese caso no el impuesto de transmisiones), pero claro si eres el administrador de esa misma sociedad y te vendes a ti mismo, pues como que suena raro ................
IRRINTZI |
Re: Impuestos sorpresa para barcos de 2ª mano
¡¡Jo**r que susto :eek: Ya creia que habian anunciado un Impuesto extra. :bailando:
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Re: Impuestos sorpresa para barcos de 2ª mano
No le deis pistas a hacienda, que alguno habra que este leyendo esta de esa santa casa.
Hay formas de hacer todo pero tranquis hacerlo por MP que despues nos linchan a impuestos Hala unas ronditas pa tos :brindis: :brindis: |
Re: Impuestos sorpresa para barcos de 2ª mano
Si compras el barco a una sociedad, tendrá que facturarte el I.V.A., siempre y cuando la misma se haya deducido el I.V.A. que soportó en la compra del barco (así es en casi todos los casos, porque en principio es la principal razón de que sea una sociedad la dueña del barco). Si no se dedujo dicho I.V.A., tendrías que tributar sólo por Transmisiones Patrimoniales.
Si además le concedieron la exención del Impuesto de Matriculación, y han pasado menos de 4 años del registro definitivo del barco (hay varios meses de diferencia con la fecha de compra), y quieres pasar el barco a lista 7ª o darle un uso privado (basta con que vayas tú en el barco), tendrás que liquidar el Impuesto de Matriculación también. Un saludo. |
Re: Impuestos sorpresa para barcos de 2ª mano
Cita:
:brindis: :nosabo: :nosabo: |
Re: Impuestos sorpresa para barcos de 2ª mano
Cita:
:cunao: :brindis: |
Re: Impuestos sorpresa para barcos de 2ª mano
Cita:
¿Qué fecha debemos tener en cuenta para poder comprar un barco y pasarlo a 7ª lista sin tener que pagar el impuesto de matriculación? Tras una consulta a capitanía de Málaga me hablaron de la fecha de la concesión de la exención (yo también la veo más lógica), pero según tu explicación deduzco que es la del registro definitivo del barco, y según sabemos dependiendo de la capitanía puede tardar varios meses por lo que la entiendo menos lógica. ¿Sabes a ciencia cierta a partir de que fecha empiezan a contar los cuatro años? La del contrato ya está cumplida, para la de Hacienda me falta un mes y para la del registro definitivo cinco meses. Gracias y buen viento. |
Re: Impuestos sorpresa para barcos de 2ª mano
Me tomo el whiski y me voy, con estos temas le quitais a uno las ganas de comprarse un barco. :brindis:
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Re: Impuestos sorpresa para barcos de 2ª mano
En mi opinión si el momento del devengo del mal llamado impuesto de matriculación es cuando el titular presenta la solicitud de abanderamiento y matriculación en Capitanía (DGT 9-5-03), entiendo que será esta la fecha a tomar para el computo de los 4 años.
Bon vent PD: No existen los impuestos sorpresa, simplemente hay que informarse previamente ante cualquier decisión con contenido económico. |
Re: Impuestos sorpresa para barcos de 2ª mano
De acuerdo ALVENT
:brindis: |
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