La Taberna del Puerto

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TransNav 18-01-2013 11:20

Derecho de amarre
 
Hola cofrades unas rondas :brindis::brindis:,

tengo una duda sobre los derecho de uso de un amarre. En l'escala (Girona) dispongo de uno.

El invierno que viene habia pensado sacar el barco del agua, llevarlo a una nave y así hacer un mantenimiento a fondo de todo. Mientras había pensado alquilar el amarre y así costear la nave.

El problema surje cuando por estatutos del club, no te dejan alquilar tu propio amarre... O no es mi amarre en el fondo? Suele pasar en más puertos esta normativa?

De moemnto me parece un abuso, pero quizá no estoy bien informado en este tema. Si alguien me puede ayudar se lo agradecería.

Un saludo

Capricho7 18-01-2013 12:38

Re: Derecho de amarre
 
Pues encontrarás Puertos para todos los gustos, en algunos como el tuyo te prohíben el alquiler, en otros hacen un apaño de manera que el Club se lleva algo y a ti te dan el resto.
Los puntos de amarre son una concesión administrativa y por lo tanto nadie es "dueño" de su punto que siempre son de la Administración y tu solo tienes derecho de amarre, por eso nadie tiene escrituras de su punto. Otra cosa es que, bajo manga, se realquilen o se permitan ventas entre particulares.
En cuanto a la forma de gestionarlos, permitiendo realquiles, ventas, transpasos, etc dependen de la Junta Directiva del Club y de los estatutos de Régimen Interno que han sido aceptados por la mayoría de los socios.
Ya sabes, si quieres que algo cambie hay que acudir a las Asambleas de Socios y pedirlo allí. ¿Has ido alguna vez?.
Saludos y no te enfades. En algunos clubs alquilan tu punto de amarre a otros en cuanto tu estás fuera sin tu permiso y ni siquiera te dan un pequeño descuento de tus cuotas.

Geronimo 18-01-2013 12:49

Re: Derecho de amarre
 
:brindis:Slaudos. Siempre puedes decir que te han dejado un barco mientras tienes el tuyo en varadero. ¿O es que los estatutos obligan a tener un amarre asociado a una matricula? Lo único que se debe vigilar son las medidas. Claro que un "realquiler" de este tipo no puede constar en ningún contrato.:pirata:

NEFTA 18-01-2013 13:36

Re: Derecho de amarre
 
Cita:

Originalmente publicado por Capricho7 (Mensaje 1432969)
Pues encontrarás Puertos para todos los gustos, en algunos como el tuyo te prohíben el alquiler, en otros hacen un apaño de manera que el Club se lleva algo y a ti te dan el resto.
Los puntos de amarre son una concesión administrativa y por lo tanto nadie es "dueño" de su punto que siempre son de la Administración y tu solo tienes derecho de amarre, por eso nadie tiene escrituras de su punto. Otra cosa es que, bajo manga, se realquilen o se permitan ventas entre particulares.
En cuanto a la forma de gestionarlos, permitiendo realquiles, ventas, transpasos, etc dependen de la Junta Directiva del Club y de los estatutos de Régimen Interno que han sido aceptados por la mayoría de los socios.
Ya sabes, si quieres que algo cambie hay que acudir a las Asambleas de Socios y pedirlo allí. ¿Has ido alguna vez?.
Saludos y no te enfades. En algunos clubs alquilan tu punto de amarre a otros en cuanto tu estás fuera sin tu permiso y ni siquiera te dan un pequeño descuento de tus cuotas.

Perdona...yo tengo un amarre y tengo el titulo de propiedad y puedo hacer con el lo que me plazca....
Los unicos amarres que tienen diferentes normas y no se tiene el titulo de propiedad son los que dan los clubes nauticos, no sirven para nada, solo para amarrar tu barco y basta, y resulta que no son mas baratos, alcontrario, hay que pagar al club una cuota
Es como si te compras unas plazas de parking y luego las alquilas a otros o las revendes por un tiempo pero tu marcas las normas
SALUT:brindis::brindis:

guia 18-01-2013 13:40

Re: Derecho de amarre
 
Cita:

Originalmente publicado por NEFTA (Mensaje 1433013)
Perdona...yo tengo un amarre y tengo el titulo de propiedad y puedo hacer con el lo que me plazca....
Los unicos amarres que tienen diferentes normas y no se tiene el titulo de propiedad son los que dan los clubes nauticos, no sirven para nada, solo para amarrar tu barco y basta, y resulta que no son mas baratos, alcontrario, hay que pagar al club una cuota
Es como si te compras unas plazas de parking y luego las alquilas a otros o las revendes por un tiempo pero tu marcas las normas
SALUT:brindis::brindis:

Yo tambien tengo el amarre pasado por el Notario e inscrito en el Registro de la Propiedad

Wanganui 18-01-2013 13:44

Re: Derecho de amarre
 
Cita:

Originalmente publicado por NEFTA (Mensaje 1433013)
Perdona...yo tengo un amarre y tengo el titulo de propiedad y puedo hacer con el lo que me plazca....
Los unicos amarres que tienen diferentes normas y no se tiene el titulo de propiedad son los que dan los clubes nauticos, no sirven para nada, solo para amarrar tu barco y basta, y resulta que no son mas baratos, alcontrario, hay que pagar al club una cuota
Es como si te compras unas plazas de parking y luego las alquilas a otros o las revendes por un tiempo pero tu marcas las normas
SALUT:brindis::brindis:

No entiendo mucho del tema, pero un amarre está en dominio público maritimoterrestre, y eso significa que es propiedad del estado. Supongo que lo que llamas título de propiedad es una concesión, que permite su uso particular durante un cierto periodo de tiempo.

De todas maneras podrás hacer lo que te plazca siempre y cuando no contradiga ninguna de las multiples normativas de este país.

NEFTA 18-01-2013 14:25

Re: Derecho de amarre
 
Cita:

Originalmente publicado por Wanganui (Mensaje 1433019)
No entiendo mucho del tema, pero un amarre está en dominio público maritimoterrestre, y eso significa que es propiedad del estado. Supongo que lo que llamas título de propiedad es una concesión, que permite su uso particular durante un cierto periodo de tiempo.

De todas maneras podrás hacer lo que te plazca siempre y cuando no contradiga ninguna de las multiples normativas de este país.

A ver, el espacio pertenece a quien sea, pero yo tengo la propiedad durante el tiempo de concesion, escriturada y notariada, nadie puede decirme que puedo hacer o no con mi amarre, siempre cumpliendo con las normas que rijan en el puerto

Panxut 18-01-2013 16:20

Re: Derecho de amarre
 
Cita:

Originalmente publicado por TransNav (Mensaje 1432896)
.....
El problema surje cuando por estatutos del club, no te dejan alquilar tu propio amarre... O no es mi amarre en el fondo? Suele pasar en más puertos esta normativa?
...

Como te han dicho antes, depende de loque emanen los esteatutos de club. En Premià puedes alquilar el amarre pero el arrendatario tiene que ser sopcio del club, aunque sea temporal
Cita:

Originalmente publicado por NEFTA (Mensaje 1433013)
.....
Perdona...yo tengo un amarre y tengo el titulo de propiedad y puedo hacer con el lo que me plazca....

Cita:

Originalmente publicado por guia (Mensaje 1433017)
Yo tambien tengo el amarre pasado por el Notario e inscrito en el Registro de la Propiedad

De Acuerdo, teneis un titulo de propiedad, pero no del amarre, sino del uso y disfrute de la concesion administrativa del amarre. El dueño del amrre siempre es la administracion, ya sea local, autonómica o estatal.
Loq ue realmente compras es el uso y disfrute durante el periodo de la concesion

bricol 18-01-2013 16:37

Respuesta: Re: Derecho de amarre
 
Cita:

Originalmente publicado por Wanganui (Mensaje 1433019)
No entiendo mucho del tema, pero un amarre está en dominio público maritimoterrestre, y eso significa que es propiedad del estado. Supongo que lo que llamas título de propiedad es una concesión, que permite su uso particular durante un cierto periodo de tiempo.

De todas maneras podrás hacer lo que te plazca siempre y cuando no contradiga ninguna de las multiples normativas de este país.

Yo tambien tengo amarre en propioedad, con escritura publica, y en el registro de la propiedad. Concretamente esto sucede en Ampuriabrava y en Sta Margarita ( Gerona), otra cosa es que este afectado por la ley de costas, pero esta por ver que pasa finalmente con la nueva ley y sus excepciones.
:brindis::brindis:

Panxut 18-01-2013 16:48

Re: Respuesta: Re: Derecho de amarre
 
Cita:

Originalmente publicado por bricol (Mensaje 1433109)
Yo tambien tengo amarre en propioedad, con escritura publica, y en el registro de la propiedad. Concretamente esto sucede en Ampuriabrava y en Sta Margarita ( Gerona), otra cosa es que este afectado por la ley de costas, pero esta por ver que pasa finalmente con la nueva ley y sus excepciones.
:brindis::brindis:

Ampuriabrava es otra cosa, no es Marina ni es puerto. Es una urbanizacion con canales ¡¡¡¡ Ha estado de un pelo que la ley de postas no les hubiera afectado hasta los jardines para uso publico

peibol306 18-01-2013 17:05

Re: Derecho de amarre
 
Cita:

Originalmente publicado por Geronimo (Mensaje 1432973)
:brindis:Slaudos. Siempre puedes decir que te han dejado un barco mientras tienes el tuyo en varadero. ¿O es que los estatutos obligan a tener un amarre asociado a una matricula? Lo único que se debe vigilar son las medidas. Claro que un "realquiler" de este tipo no puede constar en ningún contrato.:pirata:

Siento contradecirte, pero por lo menos en MI caso, el amarre si que va asociado a una embarcacion, y como metas otra alli, te quedas sin él...., ya ves.
Es mas, un amarre al lado del mio, que el tio tenia un barco, pues, el barco lo cambiaron de nombre a una sociedad , él y otro tio, pues tambien se lo quitaron, a pesar de ser el mismo barco..., eso si, despues de andar a pleitos y pasar por el juzgado se lo devolvieron, pero ya ves, estubo sin el una temporada hasta que le dieron la razon....
Saludos y ron reserva que hoy es VIERNES!!!:pirata::pirata::pirata:

genoves 18-01-2013 17:25

Re: Derecho de amarre
 
Hay muchas casuísticas en España, y cada concesión tiene sus normas, en los casos de clubes náuticos, generalmente por la exclusividad que ostentan no se puede alquilar tu derecho. En otro tipo de concesiones hay de todo.

Es curioso, en mi puerto (Torrevieja) hay cuatro puertos deportivos o grupos de amarres para embarcaciones deportivas, y cada uno tiene una realidad diferente a este respecto.

El amarre público, si te vas o te mueres pierdes la vez
El club nautico, no puedes alquilar ni meter barco de otro propietario, puede pasarse a familia directa
La Marina, pagas alquiler mientras estés, o si lo haces por meses o años debes negociar si te vas y pretendes meter otro barco.
En Marina Internacional, puedes meter lo que quieras según eslora y manga claro, y por supuesto con seguro vigente.

Casi mismas coordenadas, cuatro casos

En amarres no hay propiedad, hay un derecho, solo a veces transferible.

TransNav 18-01-2013 20:14

Re: Derecho de amarre
 
gracias compañeros... al final creo que es lo de siempre... chorizos!!:calavera::calavera:
porque al final sea derecho o propiedad, pagas una pasta por el amarre y luego no puedes hacer nada con el... en mi caso claro... investigaré si el amarre va ligado al barco, sino intentaré encontrar a alguien para alquilarlo a escondidas.:cunao::cunao:

un saludo:brindis::brindis:


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