La Taberna del Puerto

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Grumete30 13-04-2013 18:47

¿Inscripción o Matrícula?
 
Buena mar a todos los navegantes del foro! :brindis:
Tengo pensado adquirir una neumática semirrigida que sobrepasa en documentación los 2.49, exactamente indica 2.53 de eslora.

En el Artículo 8 del Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo, se indica lo siguiente:

1. Todas las embarcaciones de recreo de eslora igual o inferior a 12 metros están exentas de la obligación de abanderamiento y matriculación, así como de despacho, siempre que la propia embarcación y su equipo propulsor ostenten el marcado CE.

Pero habría que pasarle ITB? y llevar chalecos y todo eso? eso es lo que no me queda claro.

Saludos! :borracho:

Rascayus 13-04-2013 19:41

Re: ¿Inscripción o Matrícula?
 
¿Que tiene que ver el abanderamiento con el material de seguridad obligatorio según la zona de navegación?

Grumete30 13-04-2013 20:46

Re: ¿Inscripción o Matrícula?
 
Cita:

Originalmente publicado por Rascayus (Mensaje 1476920)
¿Que tiene que ver el abanderamiento con el material de seguridad obligatorio según la zona de navegación?

Tengo entendido que para las de menos de 250 no es necesario, por eso lo pregunto.

Salu2.

RMR2ENG 14-04-2013 03:57

Re: ¿Inscripción o Matrícula?
 
Como supera los 2.49 m de eslora tienes de matricularla o registrarla/inscribirla,

La diferencia entre inscribir y matricular es q si esta inscrita solo puedes navegar es aguas españolas y si esta matriculada puedes navegar fuera de españa.

Au que estes exento de matricular/abanderar/despachar, tendrás que registrarla/inscribirla, que es digamos que como una matricula que solo es valida en agua territoriales españolas.

Sin embargo elijas lo que elijas, estaras obligado a llevar todo el material de seguridad y contraincendios para la zona de navegación en que esté. No estará sujeta a ITB, pues eso solo se aplica a las embarcaciones a partir de 6m de eslora.

Te aviso que en esas esloras si tienes que llevar todo lo que te piden casi no te queda sitio para embarcares.

Piensalo bien xq hay semirrigidas de 2.49 m.

RMR2ENG 14-04-2013 04:02

Re: ¿Inscripción o Matrícula?
 
Cita:

Originalmente publicado por Rascayus (Mensaje 1476920)
¿Que tiene que ver el abanderamiento con el material de seguridad obligatorio según la zona de navegación?


Tiene que ver que el material obligatório según la zona de navegación solamente se aplica a las embarcaciones de recreo (que son embarcaciones con eslora entre 2.5 y 24m). Sin embargo si tienes una embarcación de eslora inferior a 2.5 m, no estas obligado a matricularla o a inscribirla. Como no es considerada una embarcación de recreo, no está sujeta a la ley que estipula el material de seguridad y contraincendios para embarcaciones de recreo según zona de navegación.

RMR2ENG 14-04-2013 04:23

Re: ¿Inscripción o Matrícula?
 
Articulo 8. Régimen especial de las embarcaciones de recreo con marcado CE de eslora
igual o inferior a 12 metros.
1. Todas las embarcaciones de recreo de eslora igual o inferior a 12 metros están
exentas de la obligación de abanderamiento y matriculación, así como de despacho,
siempre que la propia embarcación y su equipo propulsor ostenten el marcado CE. No
obstante podrán ser abanderadas y matriculadas a petición expresa del titular, en cuyo
caso será de aplicación el régimen general establecido en el artículo 9 de este real
decreto.
En todo caso, deberán obtener antes de su entrada en servicio un certificado de
inscripción, de acuerdo con lo previsto en el apartado 6 de este artículo y cumplimentar lo
previsto en el apartado 4.
2. Estas embarcaciones de recreo solo podrán navegar en el mar territorial español
y, en cualquier caso, no podrán sobrepasar las zonas de navegación a las que estén
limitadas de acuerdo con su categoría de diseño.

3. Las embarcaciones de recreo sujetas a este artículo tendrán el deber de enarbolar
el pabellón español en los términos previstos en el Real Decreto 2335/1980, de 10 de
octubre, por el que se regula el uso de la bandera de España y otras banderas y enseñas
a bordo de los buques nacionales.
4. Asimismo, estas embarcaciones deberán llevar pintado o fijado de forma
permanente en ambas amuras el indicativo de inscripción, que se colocará a la máxima
altura posible de la línea de flotación. Su tamaño será el suficiente en relación con las
dimensiones de la embarcación para que pueda ser fácilmente identificado en la mar y su
color será blanco sobre cascos oscuros y negro sobre cascos claros. El nombre para estas
embarcaciones tiene carácter potestativo y en el supuesto de llevarlo podrá pintarse o
fijarse siempre que ello no dificulte ni cause confusión con la exhibición del indicativo de
inscripción.
5. Los propietarios y patrones de estas embarcaciones de recreo serán responsables
de que éstas cumplan con as normas de seguridad marítima, contra ncendio, de prevención
de la contaminación del medio marino y de radiocomunicaciones, de la posesión por el
patrón de la titulación adecuada, de respetar el máximo número de personas embarcadas,
de la tenencia en vigor del seguro de responsabilidad civil y del documento al que se refiere el apartado siguiente.

Grumete30 14-04-2013 10:50

Re: ¿Inscripción o Matrícula?
 
Cita:

Originalmente publicado por RMR2ENG (Mensaje 1477071)
Tiene que ver que el material obligatório según la zona de navegación solamente se aplica a las embarcaciones de recreo (que son embarcaciones con eslora entre 2.5 y 24m). Sin embargo si tienes una embarcación de eslora inferior a 2.5 m, no estas obligado a matricularla o a inscribirla. Como no es considerada una embarcación de recreo, no está sujeta a la ley que estipula el material de seguridad y contraincendios para embarcaciones de recreo según zona de navegación.

Justo eso es lo que quería saber!

Cita:

Originalmente publicado por RMR2ENG (Mensaje 1477070)
Como supera los 2.49 m de eslora tienes de matricularla o registrarla/inscribirla,

La diferencia entre inscribir y matricular es q si esta inscrita solo puedes navegar es aguas españolas y si esta matriculada puedes navegar fuera de españa.


Sin embargo elijas lo que elijas, estaras obligado a llevar todo el material de seguridad y contraincendios para la zona de navegación en que esté. No estará sujeta a ITB, pues eso solo se aplica a las embarcaciones a partir de 6m de eslora.

Te aviso que en esas esloras si tienes que llevar todo lo que te piden casi no te queda sitio para embarcares.

Piensalo bien xq hay semirrigidas de 2.49 m.

No lo podías haber explicado mejor! en dos mensajes me has dejado claro absolutamente todas mis dudas, muchísimas gracias!. Lo de navegar fuera de aguas españolas jeje... con ese cascarón sería un suicidio xD, bueno viendo el panorama, aunque no haya que pasarle ITB que era mi mayor quebradero de cabeza, lo del material de seguridad... como tú dices, si ya cabe uno justo con la neverita, la caña de pescar, etc, como para llevar chalecos o extintores :cunao:, y si va más gente ya ni te digo! nada a por una de 249!

Muchas gracias navegante! una de ron para todos y en especial para ti! :brindis:

Kane 14-04-2013 11:55

Re: ¿Inscripción o Matrícula?
 
Duplicado

Kane 14-04-2013 11:57

Re: ¿Inscripción o Matrícula?
 
Hombre... Quizás extintores, no, pero chalecos, sí.
Si no caben, puestos. Aunque deberían llevarse puestos siempre.
Es de sentido común.

El Temido II 14-04-2013 12:34

Re: ¿Inscripción o Matrícula?
 
Cita:

Originalmente publicado por RMR2ENG (Mensaje 1477070)
Como supera los 2.49 m de eslora tienes de matricularla o registrarla/inscribirla.

¿Hay alguna referencia a las embarcaciones que hacen de auxiliar de otra?.

Como por ejemplo, las neumáticas que solemos llevar de "chinchorro",
cuando estas son de más de 2,49 metros (que suele ser con bastante
frecuencia). ¿Hay que matricularlas o inscribirlas?.

Lo que yo conozco, es ponerles algo así como: "Auxiliar de.......".
¿Es de correcta esta práctica?.

:gracias: por tu respuesta.


Salud y :brindis:

astrolabio68 14-04-2013 13:54

Re: ¿Inscripción o Matrícula?
 
Hasta 4 metros de eslora si navegan cerca de la embarcación nodriza se consideran auxiliares. Tengo entendido que tienes que pintarle la matrícula del barco nodriza más "auxiliar de XX". Cuanto a equipamiento de seguridad supongo que no se exigirá, pero repito, siempre que no te alejes mucho...

RMR2ENG 14-04-2013 13:58

Re: ¿Inscripción o Matrícula?
 
Hasta 4 m y 8 kw de potencia.

RMR2ENG 14-04-2013 18:04

Re: ¿Inscripción o Matrícula?
 
Cita:

Originalmente publicado por El Temido II (Mensaje 1477142)
¿Hay alguna referencia a las embarcaciones que hacen de auxiliar de otra?.

Como por ejemplo, las neumáticas que solemos llevar de "chinchorro",
cuando estas son de más de 2,49 metros (que suele ser con bastante
frecuencia). ¿Hay que matricularlas o inscribirlas?.

Lo que yo conozco, es ponerles algo así como: "Auxiliar de.......".
¿Es de correcta esta práctica?.

:gracias: por tu respuesta.


Salud y :brindis:



Artículo 2. Definiciones.

A efectos de lo previsto en este real decreto se entenderá por:
a) «Embarcación de recreo» (en adelante «embarcación»): toda embarcación de
cualquier tipo, con independencia de su medio de propulsión, cuyo casco tenga una eslora
comprendida entre 2,5 y 24 metros, medida según los criterios fijados en el apartado c) de este artículo y utilizada para fines deportivos o de ocio. Quedan comprendidas en esta
definición las embarcaciones ya sean utilizadas con ánimo de lucro o con fines de
entrenamiento para la navegación de recreo.
b) «Embarcación auxiliar»: toda embarcación de cualquier tipo, con independencia
de su medio de propulsión, cuya eslora máxima no sea superior a 4 metros y cuya potencia
instalada, en su caso, no sea superior a 8 kW
, siempre y cuando sea destinada
exclusivamente al servicio auxiliar de la embarcación principal de recreo a la que sirve.
Estas embarcaciones solo podrán navegar en las proximidades de la embarcación
principal.


(...)

(para auxiliares de embarcaciones matriculadas).

5. Las embarcaciones auxiliares deberán llevar el mismo indicativo de matrícula de
su principal, sin nombre, y añadiendo al final del mismo, entre paréntesis la expresión
«Aux» y el indicativo de matrícula de su principal. En el supuesto de que hubiese más de
una embarcación auxiliar, se utilizarán números correlativos.


(...)

(para auxiliares de embarcaciones inscritas/registradas)

10. Las embarcaciones auxiliares, de las embarcaciones acogidas a este régimen
especial, deberán llevar el mismo indicativo de inscripción de su principal, sin nombre, y
añadiendo al final del mismo, entre paréntesis, la expresión «Aux» y el indicativo de
matricula de su principal. En el supuesto de que hubiese más de una embarcación auxiliar,
se utilizarán números correlativos.

mareton 15-04-2013 12:50

Re: ¿Inscripción o Matrícula?
 
Una ronda por mi cuenta.
Dos cositas a añadir:
- Dineros: Registrar es practicamente gratuito. Matricular es pagar.
- Restricciones: En mi caso con el barco "registrado" no me daban opcion a solicitar "amarre publico". Para tramitar esta solicitud me exigieron "Matriculación". Ya se que no es el caso de esta pequeña neumatica, pero es un dato a tener en cuenta.

Mi opinion es que para embarcaciones "de meter y sacar" ( Botar y varar, por si alguien piensa en otra cosa...) el registro es una buena solucion. A partir de ahi yo personalmente matricularía.

RMR2ENG 15-04-2013 12:54

Re: ¿Inscripción o Matrícula?
 
Yo sigo en la mia de que lo mejor es comprar con una eslora inferior a 2.5 m.

mareton 15-04-2013 13:05

Re: ¿Inscripción o Matrícula?
 
Cita:

Originalmente publicado por RMR2ENG (Mensaje 1477657)
Yo sigo en la mia de que lo mejor es comprar con una eslora inferior a 2.5 m.

si la duda esta entre 2,40 y 2,70 ( dos personas justas) totalmente de acuerdo contigo.
Pero si ya pasamos a tallas 3,20 .... 3,5 ... (cuatro personajes, 2 + equipo) .... un poquito de motor ....

RMR2ENG 15-04-2013 13:38

Re: ¿Inscripción o Matrícula?
 
mejor pasar directamente a 4 m :)

El Temido II 18-04-2013 11:01

Re: ¿Inscripción o Matrícula?
 
Cita:

Originalmente publicado por RMR2ENG (Mensaje 1477232)
b) «Embarcación auxiliar»: toda embarcación de cualquier tipo, con independencia
de su medio de propulsión, cuya eslora máxima no sea superior a 4 metros y cuya potencia
instalada, en su caso, no sea superior a 8 kW
,

(para auxiliares de embarcaciones matriculadas).

5. Las embarcaciones auxiliares deberán llevar el mismo indicativo de matrícula de
su principal, sin nombre, y añadiendo al final del mismo, entre paréntesis la expresión
«Aux» y el indicativo de matrícula de su principal.


OK. Muchas :gracias:


Salud y :brindis: :brindis:

aquiles57 31-07-2013 23:22

Re: ¿Inscripción o Matrícula?
 
Buenas camaradas cofrades, una ronda de birra para todos.
Abundando en el tema, mi pregunta es, si el barco es de bandera inglesa, atracado en un puerto español y le compro una embarcación auxiliar de más de 2,5 m... ¿tengo que regularme por la ley española y matricular la embarcación o no? Se supone que la embarcación auxiliar la compro aqui en España.

Muchas gracias por vuestras respuestas y más cervezas para todos que estamos en verano :brindis::brindis::brindis:

salvaarrebola 14-12-2016 15:37

Respuesta: ¿Inscripción o Matrícula?
 
En poco tiempo compraré una neumática de unos 3'5 m mi duda es si al inscribir y NO MATRICULAR tengo que poner el número de inscripción en el flotador de la neumática a modo de "matrícula"?
Segunda pregunta, si inscriben puedes ponerle nombre a la embarcación?
Gracias y buena proa.

RMR2ENG 15-12-2016 10:25

Re: Respuesta: ¿Inscripción o Matrícula?
 
Si y Si


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