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chupiboat 18-05-2013 13:46

titulin 40cv o 55cv
 
antes que nada una ronda para todos

haber si alguien me despeja una duda que tengo segun dice la licencia en su parte posterior con esta se puede llevar hasta 40cv sin embargo en todos los anuncios de nautica que veo dan por validos para el titulin motores de 55cv e incluso una marca muy conocida hace propaganda de motores de 80 y 90cv para dicha licencia gracias por adelantado

GNA1950 18-05-2013 14:35

Re: titulin 40cv o 55cv
 
Cita:

Originalmente publicado por chupiboat (Mensaje 1494271)
antes que nada una ronda para todos

haber si alguien me despeja una duda que tengo segun dice la licencia en su parte posterior con esta se puede llevar hasta 40cv sin embargo en todos los anuncios de nautica que veo dan por validos para el titulin motores de 55cv e incluso una marca muy conocida hace propaganda de motores de 80 y 90cv para dicha licencia gracias por adelantado

Perdona pero en la licencia no te pone 40 CV te pondrá 40 kW, lo que equivale a unos 50 CV.

Lo de esas marcas es que te lo venden con la carcasa de 50 CV y documentación de 50 CV pero su cilindrada es de 80 CV.

Saludos

Guillermo

kameosiri 20-05-2013 14:39

Respuesta: titulin 40cv o 55cv
 
Cita:

Originalmente publicado por chupiboat (Mensaje 1494271)
antes que nada una ronda para todos

haber si alguien me despeja una duda que tengo segun dice la licencia en su parte posterior con esta se puede llevar hasta 40cv sin embargo en todos los anuncios de nautica que veo dan por validos para el titulin motores de 55cv e incluso una marca muy conocida hace propaganda de motores de 80 y 90cv para dicha licencia gracias por adelantado


El titulín permite gobernar motores hasta 40 kw.
1 kw son 1,359 cv

40(kw) x 1,359 = 54,36 cv
Es lo que está permitido con el titulín.

Lo de 80cv y que se pueda llevar es lo que te ha dicho el cofrade de arriba.. o que supuestamente estén limitados.
:brindis:

Neska 21-05-2013 11:54

Respuesta: titulin 40cv o 55cv
 
Autorización Federativa para el Manejo de Embarcaciones
de Recreo (Titulín)



Atribuciones


• Gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y una potencia máxima de motor
adecuada a las mismas y, en todo caso, inferior a 40 kW , válidas para navegación realiz ada
en periodo diurno en zonas delimitadas por la Capitanía Marítima correspondiente. No se podrán

superar en momento alguno las limitaciones del título de Patrón para Navegación Básica.



Condiciones


• Superar un Examen Teórico. Duración máxima:

60 minutos


.
• Superar una Prueba Práctica de una duración de 2 horas
.
• Superar un reconocimiento médico específico.


• Haber cumplido 18 años o tener 16 años y un consentimiento escrito de sus padres o tutores.



1. Las federaciones náutico-deportivas de motonáutica y de vela, con la
habilitación previa de la Dirección General de la Marina Mercante, podrán
realizar los correspondientes exámenes para la obtención de la autorización
federativa.



2. Condiciones de las pruebas:


Las pruebas constarán de dos partes , una teórica y otra práctica. :capitan:





Todas las horas son GMT +1. La hora es 00:02.

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