La Taberna del Puerto

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-   -   Comprar barco con bandera belga (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=111057)

Greisa 07-06-2013 12:12

Comprar barco con bandera belga
 
Amigos, necesito me aclareis un matiz.
¿que pasa si compro un barco con bandera belga y decido dejarlo sin cambiar?
¿he de pagar IVA? algun impuesto?
Gracias de antemano
Que corra el ron y las birras :brindis::pirata::borracho:

RMR2ENG 07-06-2013 13:29

Re: Comprar barco con bandera belga
 
Si es de segundamano entre particulares no pagas IVA. Lo que puede que tengas de pagar es el ITP.

vertijean 07-06-2013 13:32

Re: Comprar barco con bandera belga
 
El IVA ya esta pagado porque Bélgica es miembro de la CEE ( desde hace mas de 30 tacos ..., fue el primero )
Si quieres navegar de forma permanente en España , tendrás que pagar el impuesto de matriculación proporcional al valor venal de la ambarcacion o de las tablas de acienda ( según te puedan sacar mas cuartos :cagoento: ) , lo bueno es que te lo dan todo echo , suelen ser barcos bien cuidado y equipados ( por la cuenta que les trae visto el mar que tienen .. )
:brindis:

RMR2ENG 07-06-2013 13:34

Re: Comprar barco con bandera belga
 
O sea el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

carcamal 07-06-2013 15:07

Re: Comprar barco con bandera belga
 
Cita:

Originalmente publicado por RMR2ENG (Mensaje 1504629)
O sea el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

Cofrade...
Unos :borracho::borracho:...
El Inpuesto sobre Determinados Medios de Transporte es (traducido a los coches), el Impuesto de Matriculación . Pero si no se vá a matricular aquí...
Yo creo que en un barco comprado allá, y que no vá a cambiar de bandera, el impuesto debe ser el de Ipuesto de Transmisiones Patrimoniales que será un porcentaje del precio estipulado en el contrato de compraventa.
Saludos

vertijean 07-06-2013 15:11

Re: Comprar barco con bandera belga
 
Cita:

Originalmente publicado por carcamal (Mensaje 1504686)
Cofrade...
Unos :borracho::borracho:...
El Inpuesto sobre Determinados Medios de Transporte es (traducido a los coches), el Impuesto de Matriculación . Pero si no se vá a matricular aquí...
Yo creo que en un barco comprado allá, y que no vá a cambiar de bandera, el impuesto debe ser el de Ipuesto de Transmisiones Patrimoniales que será un porcentaje del precio estipulado en el contrato de compraventa.
Saludos

Pues no , por extraño i ilógico que parezca ... , el impuesto de transmisión no se paga , la transacción no se realiza en España , pero tienes que pagar el impuesto de matriculación para ... Tener derecho a no matricularle ....., ya se , es de locos , pero es así ....
:brindis:

Greisa 07-06-2013 19:39

Re: Comprar barco con bandera belga
 
Gracias cofrades
Que grande es esta taberna :brindis:

tradixabia 10-06-2013 20:20

Re: Comprar barco con bandera belga
 
Conoceis páginas de compraventa de barcos belgas?
Páginas francesas hay bastantes, pero belgas no he encontrado
Saludos y buen viento

pakito56 20-06-2013 01:02

Re: Comprar barco con bandera belga
 
Cita:

Originalmente publicado por vertijean (Mensaje 1504690)
Pues no , por extraño i ilógico que parezca ... , el impuesto de transmisión no se paga , la transacción no se realiza en España , pero tienes que pagar el impuesto de matriculación para ... Tener derecho a no matricularle ....., ya se , es de locos , pero es así ....
:brindis:

Buenas noches cofrades;:brindis::brindis: :nosabo: VAMOS A VER DECIA UN CIEGO en España cuando una persona física tiene una minùsvalia a partir del 33% traducido a la automocion esta ni paga el impuesto de veiculos a motor (el numerito vamos) ni el impuesto de matriculaciones.:sorry: ¿tenemos que entender que la DGMM si que les va a cobrar el impuesto de matriculacion? :pirata::cagoento:

Nelson 20-06-2013 09:09

Re: Comprar barco con bandera belga
 
Cita:

Originalmente publicado por vertijean (Mensaje 1504690)
Pues no , por extraño i ilógico que parezca ... , el impuesto de transmisión no se paga , la transacción no se realiza en España , pero tienes que pagar el impuesto de matriculación para ... Tener derecho a no matricularle ....., ya se , es de locos , pero es así ....
:brindis:

¿Estás seguro Vertijean?

"TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS

Artículo 6.

1. El impuesto se exigirá: [....]

A) Por las transmisiones patrimoniales onerosas de bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza, que estuvieran situados, pudieran ejercitarse o hubieran de cumplirse en territorio español o en territorio extranjero, cuando, en este último supuesto, el obligado al pago del impuesto tenga su residencia en España. No se exigirá el impuesto por las transmisiones patrimoniales de bienes y derechos de naturaleza inmobiliaria, sitos en territorio extranjero, ni por las transmisiones patrimoniales de bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza que, efectuadas en territorio extranjero, hubieren de surtir efectos fuera del territorio español.

[....]

C) Por los actos jurídicos documentados que se formalicen en territorio nacional y por los que habiéndose formalizado en el extranjero surtan cualquier efecto, jurídico o económico, en España."

:brindis:

Boston 20-06-2013 16:43

Re: Comprar barco con bandera belga
 
Cita:

Originalmente publicado por Nelson (Mensaje 1510565)
¿Estás seguro Vertijean?

"TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS

Artículo 6.

1. El impuesto se exigirá: [....]

A) Por las transmisiones patrimoniales onerosas de bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza, que estuvieran situados, pudieran ejercitarse o hubieran de cumplirse en territorio español o en territorio extranjero, cuando, en este último supuesto, el obligado al pago del impuesto tenga su residencia en España. No se exigirá el impuesto por las transmisiones patrimoniales de bienes y derechos de naturaleza inmobiliaria, sitos en territorio extranjero, ni por las transmisiones patrimoniales de bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza que, efectuadas en territorio extranjero, hubieren de surtir efectos fuera del territorio español.

[....]

C) Por los actos jurídicos documentados que se formalicen en territorio nacional y por los que habiéndose formalizado en el extranjero surtan cualquier efecto, jurídico o económico, en España."

:brindis:

:borracho::borracho: Pues la propia Ley lo dice:

No se exigirá el impuesto por las transmisiones patrimoniales de bienes y derechos de naturaleza inmobiliaria, sitos en territorio extranjero, ni por las transmisones patrimoniales de bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza que, efectuadas en territorio extranjero, hubieran de surtir efectos fuera del territorio español.

Entiendo que el cambio de propiedad de una embarcación con bandera belga, surte efectos en su pais de abanderamiento, o sea, Bélgica, donde habrá que pedir una nueva "Lettre de Pavillion" a nombre del nuevo propietario; por lo que no procede el pago del impuesto aquí, ya que no creo que la mano de hacienda sea tan larga como para poder fiscalizar una compraventa en Bélgica de un bien mobiliario patrimonial belga.

Lo que se exige aquí es el "impuesto sobre determinados medios de transporte", mal llamado "de matriculación", que por cierto es mas pasta.:cagoento:, y de ese no te libras si quieres navegar de manera permanente y legal en España.

Salud.:brindis::brindis:



carcamal 21-06-2013 14:34

Re: Comprar barco con bandera belga
 
Unas :brindis: para la hora que es..
He leido los comentarios anteriores y sin quitar ni poner coma me viene a la cabeza una pregunta..
Un belga, dedice llegada su jubilacion que aquellas aguas son mucho ajetreo y se viene hasta un puerto español con su barco. Y decide que se queda "sine die" por estos lares.
Paga su alquiler en función de eslora/manga, come/duerme a bordo o cuando le apetece alquila un apartamento en el casco urbano.
Obviamente el barco ES belga y el ciudadano es belga pero esta CIRCULANDO por aguas españolas todo el año/s.
¿Tiene que pagar por el mal llamado "impuesto de circulacion" o está exento por el hecho de ser belga?.
He puesto el ejemplo del belga por ceñirme al hilo, pero al igual que algún otro cofrade, he visto veleros en infinidad de sitios de ciudadanos belgas, franceses, alemanes, suecos, ingleses etc.,, que llevan AÑOS y AÑOS con su barco atracado en puertos que he visitado. Si circulan permanentemente por aguas españolas y hacen sus necesidades o usan los mismos servicios que los españoles ¿no deberian estar sujetos a ese impuesto?.
En fin.. son cuestiones que tendría resueltas si mi abuelo se hubiese quedado a vivir en Suiza cuando fué a currar a comienzos del siglo pasado.
Que corra la :brindis:

whitecast 21-06-2013 16:40

Re: Comprar barco con bandera belga
 
Si el belga se considera residente fiscal en España sí que lo tendrá que pagar, si no lo es pues no

astrobola 21-06-2013 20:53

Re: Comprar barco con bandera belga
 
.....

Komotu 24-06-2013 13:42

Re: Comprar barco con bandera belga
 
Para que no haya sorpresas, lo lógico es cambiar de bandera española a belga, ya que solo se paga ITP, si compras el barco con bandera belga y eres residente español pagas ITP y además debes pagar Matriculación si no quieres que precinten el barco si permaneces mas de seis meses en aguas españolas, consulta las tablas de hacienda en relación al valor del barco y ya sabes matriculación es el 12%.

vertijean 24-06-2013 13:56

Re: Comprar barco con bandera belga
 
Cita:

Originalmente publicado por Komotu (Mensaje 1512016)
Para que no haya sorpresas, lo lógico es cambiar de bandera española a belga, ya que solo se paga ITP, si compras el barco con bandera belga y eres residente español pagas ITP y además debes pagar Matriculación si no quieres que precinten el barco si permaneces mas de seis meses en aguas españolas, consulta las tablas de hacienda en relación al valor del barco y ya sabes matriculación es el 12%.

Ya .... , pero la diferencia de precio puede hacer que valga la peina ....
:brindis:

ellabres 19-09-2013 01:12

Re: Comprar barco con bandera belga
 
Hola cofrades,


Estoy barajando varios barcos para comprarme. Estoy viendo varios catamaranes de unos 40 pies, seguramente bandera extranjera, para hacerle unos arreglillos en España y luego irnos al Caribe.


Si no pasa en España más de 6 meses, ¿tiene q pagar el impuesto de matriculación o no? El plan no es navegarlo en España.



¿Dónde interesa matricularlo si no pienso navegar el Mediterráneo?
¿Sabéis donde es más fácil/económico?


Ronda para todos y saludos


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