La Taberna del Puerto

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-   -   Ojo con el transporte de combustible!!!! (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=113452)

melillano 31-07-2013 10:10

Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
Copio y Pego un aviso que nos ha enviado nuestro Club sobre el transporte de combustible.

" 2º) Tras varias denuncias efectuadas por la Guardia Civil a particulares por hacer gasóleo y/o gasolina sin tener en cuenta la normativa vigente, os informamos del siguiente documento remitido por una Estación de Servicio de Vinaròs:

-Para los gasóleos: Podrá suministrarse gasóleo en recipientes homologados con la siguiente, inscripción y homologación: U 3H1/Y1 2/100/2009 N L/01007/SNCH-DEU02
Lo anterior significa, que sólo podrá suministrarse en cuñetes o jarricanes, de plástico rígido grupo de embalaje II y III, con tapa fija. Y con las siguientes cantidades máximas de suministro:
Gasóleo: 5 litros por cuñete o jarricán, y hasta un máximo de 20 litros por bulto. Siendo obligatorio que tanto cada cuñete o jarricán lleve colocada en uno de sus laterales, las etiquetas, de tóxico, extremadamente inflamable y peligroso para el medio ambiente.

-Para las gasolinas: Podrá suministrarse gasolina en recipientes homologados con la siguiente, inscripción y homologación: U 3H1/Y1 2/100/2009 N L/01007/SNCH-DEU02
Las gasolinas, no pueden suministrarse en grupo de embalaje III. Y además deben poseer tapa fija, al igual que en los gasóleos. En el caso de gasolinas, las cantidades máximas que pueden suministrarse son 3 litros por cuñete o jarricán, y hasta un máximo de 12 litros por bulto. Siendo obligatorio que tanto cada cuñete o jarricán lleve colocada en uno de sus laterales, las etiquetas, de tóxico, extremadamente inflamable y peligroso para el medio ambiente.

Así mismo, de cada suministro deberá extenderse la correspondiente factura, en la que deberá constar la fecha, nombre y apellidos con el D.N.I. y dirección del comprador, y especificarse en la misma el producto suministrado, y la cantidad del mismo, quedando en posesión de la Estación de Servicio una copia de la misma.
Queda totalmente prohibido suministrar, los mencionados líquidos inflamables gasóleos y gasolinas, en cualquier recipiente, que no cumpla los requisitos anteriormente señalados, de especificación y homologación, y pongo como ejemplo, botellas y garrafas de plástico, que anteriormente han contenido, agua, refrigerante, etc.."

:brindis:

Choquero 31-07-2013 10:16

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
Pues una de dos, o nos hartamos de dar viajes a la gasolinera, o me veo a todo el mundo tirando de la gomita para sacar el combustible del depósito del coche en el aparcamiento del puerto.
Seguro que el que legisla lo hace desde el chiringuito de la playa.

Y no brindo.

vertijean 31-07-2013 10:25

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
solo una pregunta : si tu puerto no tienen gasolinera , que haces ? , porque hay depositos aumologados de 25 lts ?
:brindis:

melillano 31-07-2013 10:42

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
Me parece que no se han parado a pensar en la posibilidad de que un puerto no tenga gasolinera, simplemente han redadactado la normativa sin ninguna execpción. Me parace muy buena la idea de Choquero llenamos el tanque del coche y luego....
:brindis:

Don Armano 31-07-2013 10:51

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
Cita:

Originalmente publicado por melillano (Mensaje 1526848)
Me parece que no se han parado a pensar en la posibilidad de que un puerto no tenga gasolinera, simplemente han redadactado la normativa sin ninguna execpción. Me parace muy buena la idea de Choquero llenamos el tanque del coche y luego....
:brindis:

CUIDADO!!!!!!! no es tan fácil.
Para sacar el gasoleo del depósito del coche hace falta la goma/manguera homologada nº 22447/4 que tenga inscripta en su extención y en calcomanía flexible "trasvasos de fluídos tóxicos"
So pena de denuncia y multa de 500 €.
No me lo creen??? al tiempo...

:brindis::brindis:

ASINE 31-07-2013 10:56

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
Cita:

Originalmente publicado por melillano (Mensaje 1526834)
Copio y Pego un aviso que nos ha enviado nuestro Club sobre el transporte de combustible.

" 2º) Tras varias denuncias efectuadas por la Guardia Civil a particulares por hacer gasóleo y/o gasolina sin tener en cuenta la normativa vigente, os informamos del siguiente documento remitido por una Estación de Servicio de Vinaròs:

-Para los gasóleos: Podrá suministrarse gasóleo en recipientes homologados con la siguiente, inscripción y homologación: U 3H1/Y1 2/100/2009 N L/01007/SNCH-DEU02
Lo anterior significa, que sólo podrá suministrarse en cuñetes o jarricanes, de plástico rígido grupo de embalaje II y III, con tapa fija. Y con las siguientes cantidades máximas de suministro:
Gasóleo: 5 litros por cuñete o jarricán, y hasta un máximo de 20 litros por bulto. Siendo obligatorio que tanto cada cuñete o jarricán lleve colocada en uno de sus laterales, las etiquetas, de tóxico, extremadamente inflamable y peligroso para el medio ambiente.

-Para las gasolinas: Podrá suministrarse gasolina en recipientes homologados con la siguiente, inscripción y homologación: U 3H1/Y1 2/100/2009 N L/01007/SNCH-DEU02
Las gasolinas, no pueden suministrarse en grupo de embalaje III. Y además deben poseer tapa fija, al igual que en los gasóleos. En el caso de gasolinas, las cantidades máximas que pueden suministrarse son 3 litros por cuñete o jarricán, y hasta un máximo de 12 litros por bulto. Siendo obligatorio que tanto cada cuñete o jarricán lleve colocada en uno de sus laterales, las etiquetas, de tóxico, extremadamente inflamable y peligroso para el medio ambiente.

Así mismo, de cada suministro deberá extenderse la correspondiente factura, en la que deberá constar la fecha, nombre y apellidos con el D.N.I. y dirección del comprador, y especificarse en la misma el producto suministrado, y la cantidad del mismo, quedando en posesión de la Estación de Servicio una copia de la misma.
Queda totalmente prohibido suministrar, los mencionados líquidos inflamables gasóleos y gasolinas, en cualquier recipiente, que no cumpla los requisitos anteriormente señalados, de especificación y homologación, y pongo como ejemplo, botellas y garrafas de plástico, que anteriormente han contenido, agua, refrigerante, etc.."

:brindis:


Creo que en ocasiones queremos ser más papistas que el Papa. La normativa a la que cualquier organismo de control se puede acoger en el transporte de combustibles es al Reglamento Europeo ADR, en este caso el que está en vigor es el del año 2013.
El citado ADR, en su capítulo 1.1.3.1 de exenciones del cumplimiento dice lo siguiente:

"Las disposiciones del ADR no serán aplicables a los transportes de mercancías peligrosas efectuados por particulares .............. y destinadas a su uso personal o doméstico o a actividades de ocio o deportivas a condición de que se tomen medidas para impedir cualquier fuga ...."
"Cuando estas mercancías sean líquidos inflamables transportadas en recipientes rellenables llenador por, o para un particular, la cantidad no sobrepasará los 60 litros por recipiente y 240 litros por unidad de transporte" (el coche vamos).

O sea, que si llevamos en el coche, en un jerrricán de esos rojos que venden en cualquier superficie (que llevan esa chorra de letras y números como envase homologados) de hasta 60 litros, y no más de 4 (por debajo de todo eso no hay problema alguno), no pueden multar. Perdón no deben. Otra cosa es que lo hagan por el puro desconocimiento, como en otras cosas. Pero es recurrible.

Saludos:brindis::brindis:

ASINE 31-07-2013 10:58

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
si que pueden multarte si transportas el combustible en botellas o garrafas cualquiera. Deben ser las que venden para ello, tanto en gasolineras como en centros comerciales.

vertijean 31-07-2013 12:44

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
eso si, no sea que tengan un tapón que cierra mal , por eso tenemos garrafas especiales .
:brindis:

pepoo 31-07-2013 23:20

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
Desde qué somos Europa todo esta prohibido ...

dunic 31-07-2013 23:45

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
Además en las gasolineras náuticas :
-Precio MÁS caro ...... Y no 1 Ct

biker62 31-07-2013 23:47

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
Cita:

Originalmente publicado por vertijean (Mensaje 1526840)
solo una pregunta : si tu puerto no tienen gasolinera , que haces ? , porque hay depositos aumologados de 25 lts ?
:brindis:

Esto son dos preguntas. La respuesta del legislador es la misma: :nosabo:

No brindo.

Keith11 01-08-2013 10:54

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
Precio mas caro, y lo que para mi es peor, con instalaciones en mucho peor estado, y por tanto con el combustible mucho, muchísimo, mas sucio que el de una gasolinera de coches. Vamos, nada que ver

JMARTINEZC 01-08-2013 12:54

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
deacuerdo con ASINE la normativa ADR es la que regula el transporte de combustibles, pero hay que tener en cuenta que para uso particular el Codigo de circulacion limita el transporte de este tipo de mercancias y uso particular mucho mucho mas, por ejemplo y por que me toca a diario, en gases inflamables, butano etc, 6 kg en gases inertes a presion limita a envases de 20 litros y asi un largo etc a partir de estas cantidades, aunque sea para uso propio o particular el vehiculo debe cumplir una serie de requisitos en cuanto a ventilacion, anclaje, señalizacion y demas...

Una putada... pero como te eches una botella de butano para poder ducharte el domingo porque el repartidor no paso el viernes, las cagao...

ray123 01-08-2013 17:58

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
Vamos a ver....a ellos solo les importa nuestra seguridad....por eso,ellos prefieren que si alguien se queda sin combustible,vaya a la deriva y se estrelle contra la primera roca que se encuentra,antes que llevar algun bidon de gasoil de repuesto.

Asi matan dos pajaros de un tiro,por un lado nos cuentan lo de la seguridad ( hay que ser gili... para creerselo ) y por otra nos dan un picotazo a la cartera.

Pero es que aun no sabeis con quien estais tratando?.

iperkeno 01-08-2013 22:00

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
...Y con el nombre del comprador inscrito...

Deben haber encontrando a alguien esnifándola...

Legislan gilipollas !!!

cristosail 01-08-2013 22:14

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
Supongo que ya están preparando la legislación de " Cómo hay que cogérsela cuando se va al baño"
A prohibir y a regular. Como no hay problemas que resolver ni paro....
Pues yo brindo. Eso sí, en copa normalizada, y con pegatina de líquido con contenido alcohólico.
:brindis::brindis:

javierviv 02-08-2013 11:36

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
Cita:

Originalmente publicado por Don Armano (Mensaje 1526855)
CUIDADO!!!!!!! no es tan fácil.
Para sacar el gasoleo del depósito del coche hace falta la goma/manguera homologada nº 22447/4 que tenga inscripta en su extención y en calcomanía flexible "trasvasos de fluídos tóxicos"
So pena de denuncia y multa de 500 €.
No me lo creen??? al tiempo...

:brindis::brindis:

:meparto::meparto::meparto::meparto::meparto:

Sagitari 07-08-2013 21:58

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
Un ron cofrades :borracho:
En éste,nuestro pais por legislación que no quede;más que en cualquier pais de Europa y algunos legislan con las posaderas por decirlo finolis . Ya nadie se acuerda de la tragedia del Camping Els Alfacs,con cerca 300 muertos. Un camión cuba sobre-cargado con más de 20.000 litros de liquido inflamable,(creo era etileno) reventó una rueda volcándo y explosionando a continuación.Su onda expansiva y la bola de fuego, de más de 1.500 grados ,alcanzó de lleno el camping. Fué terrorrífico,lo viví de cerca; la gente se abrasó al instante y los que estaban en el agua,practicamente se cocieron...Una imagen dantesca,dificil de olvidar. Los camiones y trenes con liquidos inflamables siguen circulándo y a pesar de que se han mejorado los sistemas de seguridad,el peligro sigue vigente. Hace poco en el Quebec, descarriló un tren cerca de un pequeño pueblo (por suerte no era un gran nucleo de población), varios muertos e incendios. Ésto es lo verdaderamente peligroso y no el llevar 10 litros de gasoil; pero las grandes compañías petrolíferas y quimicas tienen un enorme poder económico.
Salut i bon vent :velero:
Sagitari

Miembro de Cofrades de Tarragona de La Taberna del Puerto

Nick 17-08-2013 12:51

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
Entro en la gasolinera habitual (de carretera) al lado de mi trabajo y me compro uno de esos bidones rojos de 5 litros para gasolina con todas sus homologaciones y bendiciones urbi et orbe. El dependiente te me cobra el bidón (5€) mas 2€ de la pegatina...
- perdona, ¿que pegatina?
- si la pegatina obligatoria para poner en la garrafa indicando que llevas productos inflamables
- No, lo siento, no quiero la pegatina. Y menos a 2€. Me parece un sablazo.
- Pues entonces no puedo venderte la garrafa.
- :nosabo: Y si no la quiero para gasofa, ni para diesel... voy a usarla para mezclar calimotxo
- ...
Al final me vende la garrafa y me regala la pegatina de las narices, que no sin cierto enojo se afana en colocar en el lateral de la garrafa. Entonces salimos, me llena el coche y de paso, ya que voy tope legal, le digo que me llene la garrafa... al acabar unas gotitas caen de la boca de la mangera y arrollan por el borde de mi flamante garrafa humedeciendo la superpegatinaquetecagasconformealalegislacionvigen te y disolviendo su superpegamentosuperhomologado... así que antes de que me diese tiempo a cerrar el tapon de la garrafa el adhesivo en cuestion (valorado en 2€) yace en el suelo de la gasolinera ante la estupefacta mirada del gasolinero... y no lo voy a negar, una sonrisilla de "ya te lo dije" en mi cara.
:brindis:

Capitan Araña 17-08-2013 20:54

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
La verdad que se está imponiendo el ir llenando los depositos poco a poco. Cuando vas a la gasolinera, tienes que esperar muchas veces, es cara, los que llevan gasoil dicen que tiene bacterias, así que vamos llenando poco a poco los depositos.
Haremos la ITV de los bidoncitos para que no nos multen.
Pero curioso, la autoridad no multa a las gasolineras por contaminar el puerto con los vertidos.

Salud :brindis:

Pepota 18-08-2013 12:39

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
Antes a los surtidores no podias ni mirarlos(por nuestra seguridad), tenias que tener titulo.De un dia para otro nos convertimos en expertos manipuladores.
Don dinero es don dinero.

vecino 18-08-2013 13:52

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
Y además, por si no lo habéis visto en la letra pequeña, al comprar el combustible hay que presentar un certificado de análisis sanguíneo indicando especialmente el no padecer enfermedad venérea alguna, tener la vacuna contra la rabia y no padecer hemorróides.
También habrá que incluir un certificado de buena conducta y, por supuesto, la declaración de la renta de los últimos 3 años.
En caso contrario se estará incurriendo en un delito de malos hábitos ciudadanos y será multado con 5 años y un día de cárcel, junto a una multa que puede oscilar entre los 50 y los 300 millones de euros.

Más abajo, y con letra mucho más pequeña, indica que todo lo anterior no será necesario si al comprar el combustible se muestra el "carnet del partido". Aunque no indica a qué partido se refiere, será el del barça-madrid :nosabo:

liman 18-08-2013 19:05

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
Cita:

Originalmente publicado por ASINE (Mensaje 1526857)
"... no serán aplicables a los transportes de mercancías peligrosas efectuados por particulares .............. y destinadas a su uso personal o doméstico o a actividades de ocio o deportivas a condición de que se tomen medidas para impedir cualquier fuga ...."
"Cuando estas mercancías sean líquidos inflamables transportadas en recipientes rellenables llenador por, o para un particular, la cantidad no sobrepasará los 60 litros por recipiente y 240 litros por unidad de transporte" (el coche vamos)..."

All cofrade Alsine hay que agradecerle que pusiera los puntos sobre las ies, y aclarase que la normativa no se aplica a particulares para uso doméstico o deportivo. Todo lo demás es liarla sin necesidad.

En todo caso, y al margen de la normativa es importante que los propios usuarios tengamos cuidado extremo con los famosos bidones rojos que a veces no cierran, o que se llenan en exceso no dejando espacio para los vapores y la dilatación y pueden romper dentro del maletero.


:pirata::pirata::pirata:

Christian 14-02-2019 16:06

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
Hola,

Un detalle mas,

en la inscripción U 3H1/Y1 2/100/2009 N L/01007/SNCH-DEU02

el 2009 es el año de fabricación.

Sólo se puede utilizar durante 5 años. Luego ese envase del ejemplo está caducado desde finales 2014.

Y te multan.

Apagapenol 14-02-2019 20:00

Re: Ojo con el transporte de combustible!!!!
 
Cita:

Originalmente publicado por ASINE (Mensaje 1526857)
Creo que en ocasiones queremos ser más papistas que el Papa. La normativa a la que cualquier organismo de control se puede acoger en el transporte de combustibles es al Reglamento Europeo ADR, en este caso el que está en vigor es el del año 2013.
El citado ADR, en su capítulo 1.1.3.1 de exenciones del cumplimiento dice lo siguiente:

"Las disposiciones del ADR no serán aplicables a los transportes de mercancías peligrosas efectuados por particulares .............. y destinadas a su uso personal o doméstico o a actividades de ocio o deportivas a condición de que se tomen medidas para impedir cualquier fuga ...."
"Cuando estas mercancías sean líquidos inflamables transportadas en recipientes rellenables llenador por, o para un particular, la cantidad no sobrepasará los 60 litros por recipiente y 240 litros por unidad de transporte" (el coche vamos).

O sea, que si llevamos en el coche, en un jerrricán de esos rojos que venden en cualquier superficie (que llevan esa chorra de letras y números como envase homologados) de hasta 60 litros, y no más de 4 (por debajo de todo eso no hay problema alguno), no pueden multar. Perdón no deben. Otra cosa es que lo hagan por el puro desconocimiento, como en otras cosas. Pero es recurrible.

Saludos:brindis::brindis:

Buenas tardes, cofrades:

Sólo una precisión: la edición más reciente en vigor del ADR es de 2017; creo conveniente copiar completo el apartado de exenciones que nos interesa:

"1.1.3.1 Exenciones relacionadas con la naturaleza de la operación de transporte

Las disposiciones del ADR no serán aplicables:
a) a los transportes de mercancías peligrosas efectuados por particulares cuando estas mercancías estén acondicionadas para la venta al por menor y destinadas a uso personal o doméstico o a actividades de ocio o deportivas a condición de que se tomen medidas para impedir cualquier fuga de contenido en condiciones normales de transporte. Cuando estas mercancías sean líquidos inflamables transportadas en recipientes rellenables llenados por, o para, un particular, la cantidad total no sobrepasará los 60 litros por recipiente y 240 litros por unidad de transporte. No se consideran embaladas para la venta al por menor las mercancías peligrosas en GRG/IBC, grandes embalajes o cisternas; [...]"

Saludos y :brindis:


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