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holderlin 27-12-2013 12:54

Veleros por la noche: duda práctica sobre el RIPA.
 
Tengo una duda: ¿Los veleros a vela, por la noche, aplican la regla 12 o las reglas que afectan a los buques a propulsión mecánica? :nosabo: o ¿Simplemente, por la duda, os apartais de todo lo que se mueve? :nosabo:

:brindis::brindis:


SECCIÓN II. CONDUCTA DE LOS BUQUES QUE SE ENCUENTREN A LA VISTA UNO DEL OTRO

REGLA 11. Ámbito de aplicación

Las Reglas de esta Sección se aplican solamente a los buques que se encuentren a la vista uno del otro.

REGLA 12. Buques de vela

a) Cuando dos buques de vela se aproximen uno al otro, con riesgo de abordaje, uno de ellos se mantendrá apartado de la derrota del otro en la forma siguiente:

i) cuando cada uno de ellos reciba el viento por bandas contrarias, el que lo reciba por babor se mantendrá apartado de la derrota del otro;

ii) cuando ambos reciban el viento por la misma banda, el buque que esté a barlovento se mantendrá apartado de la derrota del que esté a sotavento;

iii) si un buque que recibe el viento por babor avista a otro buque por barlovento y no puede determinar con certeza si el otro buque recibe el viento por babor o estribor, se mantendrá apartado de la derrota del otro.

b) A los fines de la presente Regla, se considerará banda de barlovento la contraria a la que se lleve cazada la vela mayor, o en el caso de los buques de aparejo cruzado, la banda contraria a la que se lleve cazada la mayor de las velas de cuchillo.

REGLA 13. Buque que alcanza

a) No obstante lo dispuesto en las Reglas de la Parte B, Secciones I y II, todo buque que alcance a otro se mantendrá apartado de la derrota del buque alcanzado.

b) Se considerará como buque que alcanza a todo buque que se aproxime a otro viniendo desde una marcación mayor de 22,5 grados a popa del través de este último, es decir, que se encuentre en una posición tal respecto del buque alcanzado que de noche solamente le sea posible ver la luz de alcance de dicho buque y ninguna de sus luces de costado.

c) Cuando un buque abrigue dudas de si está alcanzando o no a otro, considerará que lo está haciendo y actuará como buque que alcanza.

d) Ninguna variación posterior de la marcación entre los dos buques hará del buque que alcanza un buque que cruza, en el sentido que se da en este Reglamento, ni le dispensará de su obligación de mantenerse apartado del buque alcanzado, hasta que lo haya adelantado completamente y se encuentre en franquía.

REGLA 14. Situación "de vuelta encontrada"

a) Cuando dos buques de propulsión mecánica naveguen de vuelta encontrada a rumbos opuestos o casi opuestos, con riesgo de abordaje, cada uno de ellos caerá a estribor de forma que pase por la banda de babor del otro.

b) Se considerará que tal situación existe cuando un buque vea a otro por su proa, o casi por su proa, de forma que de noche vería las luces de tope de ambos palos del otro enfiladas o casi enfiladas y/o las dos luces de costado, y de día observaría al otro buque bajo el ángulo de apariencia correspondiente.

c) Cuando un buque abrigue dudas de si existe tal situación, supondrá que existe y actuará en consecuencia.

REGLA 15. Situación "de cruce"

Cuando dos buques de propulsión mecánica se crucen con riesgo de abordaje, el buque que tenga al otro por su costado de estribor se mantendrá apartado de la derrota de este otro y, si las circunstancias lo permiten, evitará cortarle la proa.

REGLA 16. Maniobra del buque que "cede el paso"

Todo buque que esté obligado a mantenerse apartado de la derrota de otro buque maniobrará, en lo posible, con anticipación suficiente y de forma decidida para quedar bien franco del otro buque.

REGLA 17. Maniobra del buque que "sigue a rumbo"

a)

i) cuando uno de dos buques deba mantenerse apartado de la derrota del otro, este último mantendrá su rumbo y velocidad.

ii) no obstante, este otro buque puede actuar para evitar el abordaje con su propia maniobra, tan pronto como le resulte evidente que el buque que debería apartarse no está actuando en la forma preceptuada por este Reglamento.

b) Cuando, por cualquier causa, el buque que haya de mantener su rumbo y velocidad se encuentre tan próximo al otro que no pueda evitarse el abordaje por la sola maniobra del buque que cede el paso, el primero ejecutará la maniobra que mejor pueda ayudar a evitar el abordaje.

c) Un buque de propulsión mecánica que maniobre en una situación de cruce, de acuerdo con el párrafo a) ii), de esta Regla, para evitar el abordaje con otro buque de propulsión mecánica, no cambiará su rumbo a babor para maniobrar a un buque que se encuentre por esa misma banda si las circunstancias del caso lo permiten.

d) La presente Regla no exime al buque que cede el paso de su obligación de mantenerse apartado de la derrota del otro.

REGLA 18. Obligaciones entre categorías de buques

Sin perjuicio de lo dispuesto en las Reglas 9, 10 y 13,

a) Los buques de propulsión mecánica, en navegación, se mantendrán apartados de la derrota de:

i) un buque sin gobierno;

ii) un buque con capacidad de maniobra restringida;

iii) un buque dedicado a la pesca;

iv) un buque de vela.

b) Los buques de vela en navegación, se mantendrán apartados de la derrota de:

i) un buque sin gobierno;

ii) un buque con capacidad de maniobra restringida;

iii) un buque dedicado a la pesca.

c) En la medida de lo posible, los buques, dedicados a la pesca, en navegación, se mantendrán apartados de la derrota de:

i) un buque sin gobierno;

ii) un buque con capacidad de maniobra restringida.

d)

i) todo buque que no sea un buque sin gobierno o un buque con capacidad de maniobra restringida evitará, si las circunstancias del caso lo permiten estorbar el tránsito seguro de un buque restringido por su calado, que exhiba las señales de la Regla 28.

ii) un buque restringido por su calado navegará con particular precaución teniendo muy en cuenta su condición especial.

e) En general, un hidroavión amarado se mantendrá alejado de todos los buques y evitará estorbar su navegación. No obstante, en aquellas circunstancias en que exista un riesgo de abordaje, cumplirá con las Reglas de esta Parte.

f)

i) Cuando despeguen, aterricen o vuelen cerca de la superficie, las naves de vuelo rasante se mantendrán bien alejadas de todos los demás buques y evitarán entorpecer la navegación de éstos.

ii) Las naves de vuelo rasante que naveguen por la superficie del agua cumplirán lo dispuesto en las reglas de la presente parte como si fueran buques de propulsión mecánica.

Kendwa 27-12-2013 15:07

Re: Veleros por la noche: duda práctica sobre el RIPA.
 
Hombre, lo lógico (si vas a vela sin ayuda de motor) es regirse por las normas de los buques a vela, eso sí, sin olvidar nunca la Regla 17 (ni de día ni de noche):


REGLA 17. Maniobra del buque que "sigue a rumbo"

a)

i) cuando uno de dos buques deba mantenerse apartado de la derrota del otro, este último mantendrá su rumbo y velocidad.

ii) no obstante, este otro buque puede actuar para evitar el abordaje con su propia maniobra, tan pronto como le resulte evidente que el buque que debería apartarse no está actuando en la forma preceptuada por este Reglamento.

b) Cuando, por cualquier causa, el buque que haya de mantener su rumbo y velocidad se encuentre tan próximo al otro que no pueda evitarse el abordaje por la sola maniobra del buque que cede el paso, el primero ejecutará la maniobra que mejor pueda ayudar a evitar el abordaje.


Y como, por desgracia, el mar está cada vez más lleno de indeseables que se pasan el RIPA por el forro mismo de los coj**** (si es que lo conocen, que lo dudo), pues siempre en mente la regla 17, más vale una maniobra a tiempo aunque tengas toda la preferencia del mundo que un abordaje que puede terminar muy malamente para todos...

Al menos así lo creo y lo practico yo...

:brindis: :brindis: :brindis:

Mariveles 27-12-2013 21:00

Re: Veleros por la noche: duda práctica sobre el RIPA.
 
De día o de noche rigen las mismas normas. En la obscuridad -desde que el sol toca el horizonte- debes llevar las luces reglamentarias. Pero, en mi caso, de noche, yo procuro apartarme de todo lo que sea muy grande y veloz. Que da mucho miedito.

dunic 27-12-2013 21:05

Re: Veleros por la noche: duda práctica sobre el RIPA.
 
Dos barcos a vela , de día o de noche cumplirán "sus" normas

Ojo , normalmente en regatas se indica :"desde la puesta hasta la salida del sol , regirá el RIPA"

Mab1959 27-12-2013 23:51

Re: Veleros por la noche: duda práctica sobre el RIPA.en
 
Buenas noches, yo creo que el título dice dos barcos a la vista uno del otro. Por la noche, las pocas veces que he navegado de noche, ya tienes bastante suerte sí ves las luces, por eso creo que no es de aplicación la regla. Cerveza para todos, o lo que cada uno quiera.:brindis::brindis:

holderlin 28-12-2013 11:30

Re: Veleros por la noche: duda práctica sobre el RIPA.
 
Muchas gracias a amigos.
Mi pregunta, o el sentido de mi pregunta, iba porque las veces que he navegado por la noche (no muchas la verdad) casi que no veo mis velas y, des de luego, las de otros barcos ni las he intuido. Lo que hago es apartarme de todo lo que se mueve con mucha prudencia y con los ojos como platos. Quiero decir que aunque hubiese querido no podia aplicar la regla así que me comporto como si fuese a motor o directamente me aparto. claro que no es lo mismo en verano que en invierno o costeando, recalando a puerto o mar a dentro.

:brindis::brindis::brindis: para todos.

dunic 28-12-2013 13:27

Re: Veleros por la noche: duda práctica sobre el RIPA.
 
Esta muy bien que te apartes de todo lo que se mueva, pero
Cita:

Originalmente publicado por Mab1959 (Mensaje 1590517)
Buenas noches, yo creo que el título dice dos barcos a la vista uno del otro. Por la noche, las pocas veces que he navegado de noche, ya tienes bastante suerte sí ves las luces, por eso creo que no es de aplicación la regla. Cerveza para todos, o lo que cada uno quiera.:brindis::brindis:

Las reglas son para cumplirlas, de día con mar plana, o de noche con temporal ..

NEFTA 28-12-2013 14:30

Re: Veleros por la noche: duda práctica sobre el RIPA.
 
Lo mejor es poner guirnaldas de navidad parpadeantes y cuando esten cerca apagarlas

Mab1959 29-12-2013 00:37

Re: Veleros por la noche: duda práctica sobre el RIPA.
 
Buenas noches, creo que no me he explicado bien. El título de la pregunta, perdón pero cito de memoria, es sobre la conducta de dos barcos de vela que están a la vista uno del otro de noche. Mi opinión es que de noche solo ves las luces, no el barco, de forma análoga al caso de niebla que oyes la sirena pero tampoco ves el barco. En estos dos casos no es de aplicación la regla para el caso de dos veleros que están a la vista ya que para empezar no se ve si es un barco de vela.

:brindis::brindis:

Atnem 29-12-2013 01:54

Re: Veleros por la noche: duda práctica sobre el RIPA.
 
Cita:

Originalmente publicado por Mab1959 (Mensaje 1590948)
....de noche solo ves las luces, no el barco, de forma análoga al caso de niebla que oyes la sirena pero tampoco ves el barco. En estos dos casos no es de aplicación la regla para el caso de dos veleros que están a la vista ya que para empezar no se ve si es un barco de vela.
...

Mi no entender...

?Cómo que no se sabe si es un barco de vela si tan solo ves las luces? :nosabo:

Repasemos un poco los conocimientos: un barco de vela lleva unas luces distintas a la de uno propulsado a motor. En el caso de la niebla está claro porque no ves el barco, ni las velas, ni las luces ni nada de nada. Pero de noche las luces se han de ver y determinan muy clarito qué tipo de barco es el que se nos acerca, y nuestra obligación es tener muy claro eso.

dunic 29-12-2013 09:37

Re: Veleros por la noche: duda práctica sobre el RIPA
 
Lo primero que hay que tener claro es el Reglamento ...

MONTY 29-12-2013 10:05

Re: Veleros por la noche: duda práctica sobre el RIPA.
 
Lo que los sabios intentan decirte es que si te cruzas con un velero navegando a vela, de noche, éste no debe llevar encendida su luz de tope, por lo tanto sólo verás una de sus luces de costado (verde o roja). Eso es lo que te indicará que estás a la vista de un velero y su posición. Fácil, pero hay que repasar
:brindis:

holderlin 29-12-2013 11:43

Re: Veleros por la noche: duda práctica sobre el RIPA.
 
Vale, y a partir de eso hay que deducir la banda por la que recibe el viento en función de por donde lo recibimos nosotros.
Si ves la blanca es que alcanzas, o es un buque de propulsión mecácica de eslora inferior a 7 metros i velocidad inferior a 7 nudos o un velero de menos de 7 metros de eslora que no usan luces de costado.

:brindis::brindis:

dunic 29-12-2013 11:45

Re: Veleros por la noche: duda práctica sobre el RIPA.
 
De noche solo verás esto (sin la blanca de tope (que a pesar de vela, vas a motor)

dunic 29-12-2013 11:48

Re: Veleros por la noche: duda práctica sobre el RIPA.
 
O esto :

ulyses 969 29-12-2013 11:50

Re: Veleros por la noche: duda práctica sobre el RIPA.
 
Lo de que por las luces debes saber de que barco se trata, velero, motor, pesquero faenando, ect... esta claro. Pero yo creo que el autor de la pregunta se refiere a ¿como sabes si va amurado a estribor a babor? y demas detalles si de noche no ves las velas del otro, aunque ya sepas que efectivamente es un velero. Entiendo yo vamos :nosabo:, y sino que me disculpe el autor. Porque a veces en función de por donde nos entra el viento a nosotros no es facil deducir por donde le entra al otro.

Saludos y :brindis:

Auskalo 29-12-2013 12:38

Re: Veleros por la noche: duda práctica sobre el RIPA.
 
El RIPA es meridianamente claro y hay que seguirlo al pie de la letra para no tener problemas, no valen interpretaciones ni "yo creo que....", "es mejor hacer asi..", etc.
Cuando habla de barcos que estén a la vista habla exactamente de eso, barcos que estén a la vista, no que sea de dia, de noche o que lo detectes por el radar. Si lo ves o ves sus luces se aplican las reglas de la sección II, si no pues no. Evidentemente si navegas a vela pues sigues la regla 12.
En caso de incertudumbres sobre rumbos, aspectos, etc las propias reglas suelen establecer que en caso de duda se actue en el caso mas desfavorable.
Ojo como dicen mas arriba de apartarse de todo, pues hay situaciones que exigen mantener rumbo y velocidad (para no confundir al otro) y el saltárselas suele acarrear llevarse un porcentaje de culpa en caso de colisión.
Y finalmente, en caso de que el que tiene que maniobrar no lo haga tenemos nosotros la obligación de hacerlo para evitar la colisión, si no lo hacemos también nos caerá un porcentaje de la culpa en el caso de colisión.
En los juicios sobre accidentes nunca he visto un caso que un barco se lleve el 100% de responsabilidad, suele ser compartida y a porcentajes según grado de culpabilidad, asi que cuidado.
Saludos
Auskalo

Atnem 29-12-2013 16:33

Re: Veleros por la noche: duda práctica sobre el RIPA.
 
Cita:

Originalmente publicado por holderlin (Mensaje 1591015)
Vale, y a partir de eso hay que deducir la banda por la que recibe el viento en función de por donde lo recibimos nosotros.
...

Borrado

holderlin 29-12-2013 18:56

Re: Veleros por la noche: duda práctica sobre el RIPA.
 
Cita:

Originalmente publicado por Atnem (Mensaje 1591093)
Esto no ha lugar. Tanto da como le de el viento a uno o el otro. Esto son reglas de regatas que solamente son aplicables en regatas y de dia.

De noche lo que vale son las preferencias de babor y estribor y las de un tipo de barco sobre otro. Y esto, con las luces no ha de haber ninguna duda.

Si ha lugar, regla 12 del RIPA.

Atnem 30-12-2013 01:00

Re: Veleros por la noche: duda práctica sobre el RIPA.
 
Cita:

Originalmente publicado por holderlin (Mensaje 1591150)
Si ha lugar, regla 12 del RIPA.

Cierto, me refería equivocadamente a las reglas de preferencia que se dan en regata, pero que no son aplicables por la noche.

Sin embargo, eso tampoco creo que de lugar a la duda comentada en este hilo, pues la 12 es clara en lo de que se ha de hacer si no se sabe lo del viento (noche).


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