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Bandera Marroquí
Buenos días Cofrades.
Hace tiempo que consulto la información disponible en este foro, y hoy me he decidido (finalmente) a apuntarme y formar parte de esta familia. Mi primera consulta es la siguiente: Tengo un velero de 7 m con bandera marroquí y este verano estaba pensando en hacer una visita a las costas malagueñas. La cuestión es que no tengo ningún título de navegación ya que en Marruecos no es necesario, pero ¿voy a tener algún tipo de problemas con los guardacostas españoles? A ver si hay algún experto en leyes por la sala!! Un saludo |
Re: Bandera Marroquí
Eres residente en Marruecos?
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Re: Bandera Marroquí
No pero viajaría con un residente en Marruecos :pirata:
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Re: Bandera Marroquí
Para gobernar un yate de matrícula no española hay que tener los títulos emitidos por la administración de aquel estado, cuando se exigen, o un título adecuado emitido por otro país que haya sido reconocido en documento oficial o decreto, o haber obtenido la convalidación. Algunos estados europeos tienen reguladas titulaciones suyas obligatorias para navegación por aguas interiores y ninguna exigencia concreta para exteriores, otros para ciertos casos no exigen titulaciones.
La situación en Europa es muy heterogénea. Y por supuesto hay titulaciones de ciertos países con reconocimiento casi universal. Ahora si tú dices que en Marruecos no se exige título alguno ....¿? Lo que si te van a exigir es un seguro de responsabilidad civil si entras o sales de puerto. |
Re: Bandera Marroquí
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Re: Bandera Marroquí
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No es cierto. La titulación depende del país de abanderamiento ( art. 9 del Código Civil y art 94 Del Convenio del Mar) Si Marruecos no exige título, no te lo pueden exigir y quien diga lo contrario que lo demuestre de una santa vez . :borracho::borracho::borracho::borracho: |
Re: Bandera Marroquí
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Es cierto lo que dices: de acuerdo con la legislacion, hay que tenir los titulos que exija el pais de bandera. Y si el pais de bandera no exige ninguno, entonces no hace falta tener titulo, se navegue por donde se navegue. Un matiz: es el art. 10.2 del Codigo Civil (no el 9). No obstante, si una persona con residencia o pasaporte del Estado español navega en aguas territoriales de ese Estado sin ningun titulo, tal como estan las coses es muy posible que los proximos años se vea metido en un follon de expedientes administrativos, alegaciones, recursos, sanciones, etc. |
Re: Bandera Marroquí
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Las leyes Penales las de policia y las de seguridad publica OBLIGAN a TODOS los que se hallen en territorio español. Artº10 -2 Bienes Immuebles. Aqui se hace referencia del pais de bandera, matricula etc. de todos los derechos que recaigan sobre dichos bienes pero no dice absolutamente NADA sobre que requisitos hay que cumplir para Conducirlos. son derechos sobre el citado vehiculo como bien immueble.El Articulo 9 no dice NADA |
Re: Bandera Marroquí
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Re: Bandera Marroquí
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¿Acaso la regulacion de los titulos nauticos es una ley penal, de policia o de seguridad publica? Articulo 10.2 del Codigo Civil: Los buques, las aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril, así como todos los derechos que se constituyan sobre ellos, quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro. Los automóviles y otros medios de transporte por carretera quedarán sometidos a la ley del lugar donde se hallen. Procurad no hablar de cosas sin tenir ni idea, porque si no acabais diciendo chorradas y haciendo el ridiculo. |
Re: Bandera Marroquí
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Legalmente, el que lleva un barco con bandera belga no tiene ninguna obligacion de tener titulo. Otra cosa es que, como he dicho antes, dada la ignorancia de determinadas autoridades en este aspecto, es posible que algunos tengan que acabar haciendo alegaciones, poniendo recursos, etc. Pero al final los ganara, porque no hay ninguna norma legal que le obligue a tener un titulo. |
Re: Bandera Marroquí
Los compañeros lo han dejado cristalino. Cualquier intento de embarrar el asunto es, como poco, sospechoso.
¿Sabéis cuántos ingleses, alemanes, belgas, franceses, holandeses... vienen a navegar en verano por nuestras costas? Si a todos esos señores hay que pedirles un título, ¿van todos ilegales? ¿se les retiene el barco? Incluso si lo legislasen, ¿que harían, obligar a todos los paises de la unión europea a emitir "títulos basura" para que esos señores circulen, pasándose por el forro los convenios internacionales sobre tráfico marítimo, paso inocente y demás? Dúdolo. Imaginad un barco con bandera inglesa y, en la rueda, un español y un británico manejándolo, ambos sin título, uno mueve la rueda a estribor y el otro a babor. Me imagino entonces al de la civil como el del chiste, diciendo: "ahora ilegal... Ahora no... Ahora ilegal... Ahora no... Ilegal... no...Ilegal... no..." POR FAVOR!! :meparto::meparto::meparto: |
Re: Bandera Marroquí
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:meparto::meparto::meparto::meparto: + 1 |
Re: Bandera Marroquí
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Y le pregunto , si en españa se pudiera navegar "SIN" titulo ¿Habrian Examenes ? yo creo que no harian falta un ciudadano español podria llevar un barco con la bandera que quisiera |
Re: Bandera Marroquí
Royaume de Belgique Lettre de pavillon, Bruxelles le 30 juillet 2012.
Titulo del patron, ninguno.Dos intervenciones de la guardia civil del mar, solo me piden D.N,I y seguro de la embarcacion, no piden material de seguridad ni titulo |
Re: Bandera Marroquí
Un ron cofrades :borracho:
Si los magrebis que andan en coche por España, sin carnet o carnet marroquí, y que nadie comprobó si era falsificado o comprado; pueden hacerlo, pues con mayor motivo con barco de bandera marroquí. Lo peor es que los destierren a la isla Perejil:cunao: salut i bon vent :velero: Sagitari Miembro de Cofrades de Tarragona de la Taberna del Puerto |
Re: Bandera Marroquí
A ver si nos centramos y respondemos con propiedad, en vez de entrar en discusiones que nada tiene que ver con la pregunta del post.
Limouni escribió: Cita:
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Estas son las dos principales razones que se me ocurren para que, legalmente no puede navegar con su barco en España: Teniendo en cuenta que el barco es de bandera marroquí, su propietario, Limouni, no puede navegar, legalmente, en aguas españolas, puesto que el barco, además de no tener bandera de ningún país de la CEE, tampoco tiene los impuestos pagados en España. Poder (fisicamente) se puede. Legalmente no. Saludos José |
Re: Bandera Marroquí
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¿Por que, entonces, hay examenes? Yo apuntaria dos motivos. Porque el Estado español tiene una tendencia a regular las coses como si no existieran otras normativas, o, por decirlo de otra manera, como si todas las regulaciones de los otros Estados fueran simetricas. Y no lo son. En realidad, se podria decir que la normativa espanyola es una freakada, unica en el mundo. Y porque la normativa española que permite que un residente lleve un barco de bandera de un pais europeo es muy reciente. Entro en vigor en 2011. Y eso ha supuesto un cambio tan radical que las autoridades todavia no se han hecho a la idea de la trascendencia de las implicaciones que ello conlleva. |
Re: Bandera Marroquí
Muy bueno tu planteamiento. Ahora si lo generalizas al mundo entero... Toda esa gente que cruza el atlántico. O es que en Cabo Verde van a mirarte la fecha de caducidad de tu licencia.
Además en la página web del pabellón belga, te citan que una de las ventajas de tener o mejor dicho pagar el pabellón belga es la no necesidad de permisos de conducir. Bueno, si paso de Ceuta os invito a una ronda !!! |
Re: Bandera Marroquí
Cita:
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Re: Bandera Marroquí
BadMan escribió:
Cita:
La única excepción sería que el barco fuese de bandera comunitaria y tuviese los impuestos pagados en España. Al menos eso era lo que ocurría antes de la entrada en vigor de la ley 39/2010, del 22 de diciembre, pero yo entiendo que ésta Ley solo es aplicable a barcos con bandera comunitaria y con los impuestos pagados en España. Otra cosa sería que Limouni, aunque español, tuviese residencia marroquí. Entoncsr sería aplicable lo que tu dices. Saludos José |
Re: Bandera Marroquí
Por cierto, cuidado con el impuesto de matriculación!!!!
http://www.nauticalegal.com/es/infor...es-extranjeras En este enlace tenéis bastante información al respecto del impuesto de matriculación de barcos extranjeros cuyo propietario resida al menos 183 días al año en España (básicamente, este es el criterio). Infiero que si estás gobernando un barco de tu propiedad en España y no has pagado el IM siendo residente, te pueden obligar a ello :eek::eek::eek: |
Re: Bandera Marroquí
Cita:
con la legislación actual, un europeo residente en España y armador de un barco con bandera comunitaria, no necesita ningún título si el país de bandera no lo exige. Es decir, un español con un barco con bandera belga no necesita título. Precisamente, es uno de los puntos que plantea la nueva normativa sobre titulaciones que se está negociando y que estamos esperando se apruebe en breve. Plantea la necesidad de que los españoles en ese caso tengamos título... ¡ya veremos como queda! :brindis: |
Re: Bandera Marroquí
Salud a todos :brindis: voy a meter cucharada: Tupac y Gestoria: Absolutamente de acuerdo con sus acertadas consideraciones.:cid5::cid5:. Además tema que no hay que perder nunca de vista: Estamos hablando de abanderamientos extracomunitarios.
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Re: Bandera Marroquí
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