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Visita de la GC a bordo.
Buenos días cofrades.
El Sábado pasado recibí la visita de la GC a bordo para comprobar documentación. Al decir que tenía bandera FRA me pregunta por el recibo del pago del impuesto de matriculación (algo que más allá de discutir sobre justo o injusto) ya sabía que iba a ocurrir. Dicho esto, sé que tengo que pagar el impuesto especial sobre determinados medios de transporte y el impuesto sobre transmisiones patrimoniales. Me remito al BOE y encuentro la normativa para el pago del (12% (iEDMT) + 4% (iTP)), pero ¿Cuál es el valor de la embarcación? En las tablas del Anexo II no está. Comparando precios de mercado de mi embarcación y valor depreciado de alguna embarcación parecida de las tablas, sale ésta última muy beneficiada. Dicho esto ¿Cuál es el valor sobre el que se aplican ambos impuestos? ¿Contrato? ¿El de un barco similar que se encuentre en las tablas? Gracias, slds.:adoracion::brindis: |
Re: Visita de la GC a bordo.
Pon uno similar , teniiendo en cuenta que si tiras muy abajo te pueden revisar
pero si en un poco arriba no te diran nada ..... asi funciona |
Re: Visita de la GC a bordo.
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barco con bandera holandesa (como ejemplo de zona €), hay que pagar impuesto de matriculación?. Salud y :brindis: |
Re: Visita de la GC a bordo.
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Re: Visita de la GC a bordo.
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(:sorry: Xtremesailing, pero tengo cierto interés en aclarar este punto. :gracias:). Salud y :brindis: |
Re: Visita de la GC a bordo.
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Re: Visita de la GC a bordo.
1 Archivo(s) adjunto(s)
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ver adjunto :( |
Re: Visita de la GC a bordo.
:brindis::brindis:
Por partes: Si el barco no aparece en tablas, rige el precio establecido en el contrato. A no ser que sea un precio de derribo absoluto, no te dirán nada. En cualquier caso, lo compres en España o fuera, y vayas a mantener la bandera o abanderarlo en otro país de la UE, tienes que liquidar - Impuesto de matriculación (si no se ha pagado anterioremente) 12% - Transmisión patrimonial: en Catalunya es un 5%, varía según las comunidades. Al liquidarlo te sellarán el contrato, sello que se pide para tramites posteriores. :velero: |
Re: Visita de la GC a bordo.
Vale, vale, ¿pero qué pasó con la "visita", que es el encabezamiento del post?
Saludos. |
Re: Visita de la GC a bordo.
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Conversación educada por ambas partes, invitación a subir a bordo, invitación para pasar al interior... Si ves el adjunto de mi comentario anterior, denuncia al canto. Sin sanción económica, al menos por el momento. |
Re: Visita de la GC a bordo.
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muy sencillo. O es que no he sabido expresarme. :o :o Entonce, si voy y le compro un barco a un señor belga u holandes, por poner un ejemplo, el barco con la bandera del del armador; en el país de origen (que supongo será donde hay que hacerlo), tramitamos la compra-venta y ponemos el título de propiedad del barco a mi nombre, con lo que yo obtengo un documento que dice que el barco es mío. Y yo me pregunto: ¿Que pinta la hacienda española en esto?. Si suponemos que el barco está en el Caribe y no lo voy a mover de allí.... ¿Como se enterarían en España, del cambio de titularidad del barco?. Disculpad por la reiteración en las preguntas, pero es que me ha sorprendido un poco como se resuelve este trámite. Yo pensaba que se liquidaba en el país de origen; aunque veo que mis pensamientos pueden no estar en lo cierto. Salud y :brindis: |
Re: Visita de la GC a bordo.
:burlon::burlon:
Esque se ve fatal. Saludos. |
Re: Visita de la GC a bordo.
Es cierto, joder pues no le he dado vueltas para subirlo vacío, escanea, copia, pega, sube.
El caso es que pone que: 2.- Hechos denunciados: No haber realizado el pago del impuesto de matriculación (es propietario de la embarcación desde el --/--/--) ----------- Si estás en el Caribe, nunca sabrán de la existencia de la embarcación y nunca tocarán a tu puerta. Y sí, si el objetivo del pago del impuesto de matriculación es que la embarcación reciba su matrícula,de acuerdo, pero el caso es que la matrícula de mi barco seguirá estando en FRA.... Así podemos extendernos hasta el infinito con las leyes, banderas, derecho marítimo, europeo, español, RECAUDACIÓN y etc etc |
Re: Visita de la GC a bordo.
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aguas de la nacionalidad del nuevo armador. :gracias: Salud y :brindis: |
Re: Visita de la GC a bordo.
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Estábamos hablando de un barco a nombre de un español, con residencia en España y navegando en aguas españolas... Si el armador no reside aquí o el barco no va a entrar en aguas españolas, la cosa varía :) Pero como bien dice Xtremesailing, podemos extendernos toda la eternidad sobre banderas y normas! :borracho: |
Re: Visita de la GC a bordo.
:brindis:para todos los cofrades:borracho:
En referencia a la peticion de la GC de que se lepresenten los documentos que acrediten que se ha pagado el Impuesto de Matriculacion ( que creo que es lo mismo que el Impuesto especial sobre dterminados medios de transporte... o no?) y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). La pregunta es la siguiente: He comprado un barco de 2ª mano ( que expresion mas fea...), que inicialmente era Aleman pero que ya estaba matriculado en España desde hace 10 años. Yo lo que poseo es el contrato de compraventa y el documento que acredita que he pagado el ITP. Ahora estoy en tramites de combio de bandera. La pregunta es si cuando tenga el nuevo abanderamiento y en el caso de recibir la visita de la GC, ¿que documentacion debo enseñarles?. Se que tengo que tener el contrato de compraventa, el pago de la ITP y los documentos de nuevo abanderamiento... ¿pero y el Impuesto de Matriculacion /IEDMT?.. estos se suponen que vienen implicitos al ser un barco de 2ª mano y que ya fue matriculado en España???. |
Re: Visita de la GC a bordo.
Hay varias soluciones a toda esta problemática...
1. Por de pronto que el barco tenga menos de 8 metros de eslora, (mientras no modifiquen la normativa)... 2. No ser el propietario residente fiscal en España... 3. Hacer caso al anuncio de Campofrío y hacerse extranjero... 4. Liar el palangre, (que el barco sea propiedad de una empresa de las Islas Caimán, abanderado en Bélgica y alquilado por otra empresa del Congo Belga que lo subarrienda a otra empresa de Gibraltar que contrató a una empresa de la Islas Mauricio que para que le haga el mantenimiento, la cual subcontrata a una cooperativa de la que eres socio laboral)... Conclusión, te aborda la G.C. y tu N.P.I., el barco no es tuyo y tu eres un técnico de mantenimiento que lo está probando con un contrato firmado por un apoderado residente en Singapur..., (les das ese teléfono)... Bueno, mas o menos es así como funciona la cosa si eres rico... |
Re: Visita de la GC a bordo.
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Re: Visita de la GC a bordo.
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Re: Visita de la GC a bordo.
Imagino que vale con la Hoja de Asiento, no? Allí sale la matrícula que tenía el barco cuando era español, lo cual quiere decir que en su día ya se pagó el Impuesto de matriculación, no?
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Re: Visita de la GC a bordo.
http://www.nauticalegal.com/es/infor...es-extranjeras
En este enlace tenéis bastante información al respecto del impuesto de matriculación de barcos extranjeros cuyo propietario resida al menos 183 días al año en España (básicamente, este es el criterio). Si eres un extranjero de paso, tienes 182 días para cruzar nuestras costas. En el día 183 se materializa el puñetero "hecho imponible". :cagoento::cagoento: |
Re: Visita de la GC a bordo.
Ojo, ese artículo es de 2011.
El 1 de enero entraron en vigor modificaciones... Podéis leerlo en la web de ANAVRE https://www.anavre.org/index.php/men...ncion-al-iedmt :brindis: |
Re: Visita de la GC a bordo.
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Gracias por las modificaciones |
Re: Visita de la GC a bordo.
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¿¿Me lo dices o me lo cuentas?? :cagoento::cagoento::cagoento::cagoento::cagoento: Cristina, asidua lectora del BOE y el Hola... :meparto: |
Re: Visita de la GC a bordo.
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