La Taberna del Puerto

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arden 25-05-2014 12:17

Consulta bandera
 
Os propongo el caso que discutiamos ayer por el tema de las banderas...

Un matrimonio español Aleman, se compra un barco con bandera alemana. ambos son propietarios el español tiene titulacion española y la alemana no tiene.

Es necesario, pagar el impuesto de medios de transporte en hacienda?
para ojos de la guardia civil, seria necesario que la persona alemana tuviese titulacion? (el Matrimonio siempre navegan juntos)

Unas rondas para todos
pd: Ambos son residentes en el territorio español

El belga 25-05-2014 13:18

Re: Consulta bandera
 
Cita:

Originalmente publicado por arden (Mensaje 1651599)
Os propongo el caso que discutiamos ayer por el tema de las banderas...

Un matrimonio español Aleman, se compra un barco con bandera alemana. ambos son propietarios el español tiene titulacion española y la alemana no tiene.

Es necesario, pagar el impuesto de medios de transporte en hacienda?
para ojos de la guardia civil, seria necesario que la persona alemana tuviese titulacion? (el Matrimonio siempre navegan juntos)

Unas rondas para todos
pd: Ambos son residentes en el territorio español

El impuesto especial de determinados medios de transporte lo tienen que pagar si o si, por ser residentes en territorio español. No hay discusion posible.

El barco teniendo bandera alemana, se rige por la normativa alemana en cuanto a las titulaciones, tanto para el como para ella. No conozco esta normativa, pero si esta normativa dice que hace falta tener un titulo, por lo menos uno de los dos tiene que tener el titulo exigido por la normativa alemana. Si la normativa alemana exige titulo alemán, sin ser reconocido el titulo español, pueden tener un problema.

Un saludo,
el belga

arden 25-05-2014 13:28

Re: Consulta bandera
 
entiendo.
y si ella en el momento de la compra es residente alemana y el residenten espanol?

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Camelot 25-05-2014 17:55

Re: Consulta bandera
 
Si el barco esta en España por mas de 6 meses, y siendo uno de los propietarios españoles, de los impuestos no te libras, so pena de que te lo embarguen.

Un saludo

arden 25-05-2014 22:55

Re: Consulta bandera
 
muchas gracias por vuestras respuestas

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El belga 26-05-2014 00:11

Re: Consulta bandera
 
Cita:

Originalmente publicado por arden (Mensaje 1651619)
entiendo.
y si ella en el momento de la compra es residente alemana y el residenten espanol?

Enviado desde mi GT-I9505 usando Tapatalk 4 Beta

Si quieren evitar el impuesto especial sobre determinados medios de transporte, el barco tiene que estar exclusivamente a nombre de no residentes en España. Si el barco está a nombre de los dos, y uno de los dos es residente en España: impuesto. Si ella no es residente en España (y la definición legal de este concepto implica que pase mesos de 180 días al año en España), y pone el barco a nombre de ella exclusivamente, entonces se puede escapar del impuesto. El momento de la compra no es decisivo: si el año después pasa más de 180 días en España, se le puede exigir el pago del impuesto...

Un saludo,
el belga

Tupac A. 26-05-2014 01:09

Re: Consulta bandera
 
Cita:

Originalmente publicado por Camelot (Mensaje 1651664)
Si el barco esta en España por mas de 6 meses, y siendo uno de los propietarios españoles, de los impuestos no te libras, so pena de que te lo embarguen.

Un saludo

Eso no es asi. Lo que dices es una confusion. Los seis meses es algo que se aplica a las personas. No a los barcos.

Tupac A. 26-05-2014 01:11

Re: Consulta bandera
 
Cita:

Originalmente publicado por arden (Mensaje 1651619)
entiendo.
y si ella en el momento de la compra es residente alemana y el residenten espanol?

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Lo de ser residente o no-residente no tiene una delimitacion exacta. Depende de varios criterios (183 dias al año, centro vital de interes, residencia familiar, etc.) y siempre una inspeccion puede acogerse mas a uno que a otro. Para empezar, un matrimonio en que uno reside en un pais y el otro, en otro, tiene muchos puntos para acabar palmando por partida doble: en un pais y en otro.

Jadarvi 26-05-2014 09:12

Re: Consulta bandera
 
Además, lo determinante no es la propiedad sino el uso, es decir, si el barco propiedad de un no residente es utilizado de forma habitual por un residente, hay que pagar el IEDMT ... y hay muchas resoluciones en ese sentido ...

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

arden 26-05-2014 10:17

Re: Consulta bandera
 
vamos que del impuesto de transporte no te escapas

las dudas vienen pero no se si es cierto porque un inspector de itbs dijo que la bandera belga se acababa. que habia un proyecto de ley para que los espanoles tuviesemos barcos de nuestro pais obligando.a abanderar
esto suena a tema de ellos.economico mas que a otra cosa

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Tupac A. 26-05-2014 11:45

Re: Consulta bandera
 
Cita:

Originalmente publicado por arden (Mensaje 1651927)
vamos que del impuesto de transporte no te escapas

las dudas vienen pero no se si es cierto porque un inspector de itbs dijo que la bandera belga se acababa. que habia un proyecto de ley para que los espanoles tuviesemos barcos de nuestro pais obligando.a abanderar
esto suena a tema de ellos.economico mas que a otra cosa

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1. Eso es imposible (salvo que el Estado español salga de la UE).
2. Eso no es cierto, no hay ningun proyecto de ley en ese sentido. Si lo hubiera, lo sabriamos.
Ese inspector de ITBs no tiene ni idea, o esta encerrado en un bunker intentando defender un sistema caduco y abusivo.

Kane 26-05-2014 11:53

Re: Consulta bandera
 
O simplemente ve peligrar los garbanzos. Pero se ha pasado varios pueblos.

Cita:

Originalmente publicado por Tupac A. (Mensaje 1651966)
1. Eso es imposible (salvo que el Estado español salga de la UE).
2. Eso no es cierto, no hay ningun proyecto de ley en ese sentido. Si lo hubiera, lo sabriamos.
Ese inspector de ITBs no tiene ni idea, o esta encerrado en un bunker intentando defender un sistema caduco y abusivo.


arden 26-05-2014 11:54

Re: Consulta bandera
 
eso es lo que pensamos que el tio se le acaba el negocio y tira para casa

como se puede calcular el impuesto para el cambio de bandera de uno nacional a belga?

Enviado desde mi GT-I9505 usando Tapatalk 4 Beta

El belga 26-05-2014 12:31

Re: Consulta bandera
 
Cita:

Originalmente publicado por arden (Mensaje 1651927)
vamos que del impuesto de transporte no te escapas

las dudas vienen pero no se si es cierto porque un inspector de itbs dijo que la bandera belga se acababa. que habia un proyecto de ley para que los espanoles tuviesemos barcos de nuestro pais obligando.a abanderar
esto suena a tema de ellos.economico mas que a otra cosa

En Bélgica no hay proyecto de ley en estos momentos. Y no lo habrá por bastante tiempo: las elecciones de ayer han complicado bastante las negociaciones de formación de gobierno, por lo que tardarán bastante tiempo en crear otro gobierno (para el que sale ahora han tardado 540 días...)

Cita:

Originalmente publicado por arden (Mensaje 1651970)
eso es lo que pensamos que el tio se le acaba el negocio y tira para casa

como se puede calcular el impuesto para el cambio de bandera de uno nacional a belga?

No está clara tu pregunta:
- si te refieres al Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (impuesto español), tendrás que consultar las tablas que publica cada año haciënda
- si te refieres al impuesto de puesta en circulación belga, va en función de la eslora y la edad del barco: si tiene menos de 7.50 m está exento. La tabla se encuentra en mi web.

Por cierto, referente a lo de acabarles el negocio: la semana pasada me llamó el jefe de una agencia de inspecciones (ITB) pidiendo si le podia recomendar a las autoridades belgas, para hacer inspecciones en barcos de bandera belga... No sabía aparentemente que no se piden inspecciones en Bélgica...

Un saludo,
el belga

charlines 26-05-2014 12:54

Re: Consulta bandera
 
Cita:

Originalmente publicado por Jadarvi (Mensaje 1651908)
Además, lo determinante no es la propiedad sino el uso, es decir, si el barco propiedad de un no residente es utilizado de forma habitual por un residente, hay que pagar el IEDMT ... y hay muchas resoluciones en ese sentido ...

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

A no ser que tengas la carta de exención y hayas pasado una inspección de aduanas confirmando esa exención del IEDMT

arden 26-05-2014 13:43

Re: Consulta bandera
 
El tema viene por una discusion que este inspector de itbs decia que el "chollo de la bandera belga" se acaba y con sanciones.

Y le comentamos que si este matrimonio se compra un velero en alemania,que que hacian con la bandera? y los impuestos


veo que el IEDMT no te puedes escapar en ningun caso salvo que en aduanas digas que esta exento.

Jadarvi 27-05-2014 13:00

Re: Consulta bandera
 
Cita:

Originalmente publicado por arden (Mensaje 1652027)
El tema viene por una discusion que este inspector de itbs decia que el "chollo de la bandera belga" se acaba y con sanciones.

Y le comentamos que si este matrimonio se compra un velero en alemania,que que hacian con la bandera? y los impuestos


veo que el IEDMT no te puedes escapar en ningun caso salvo que en aduanas digas que esta exento.


El inspector de la ITB lo decía porque no ha leído la noticia completa en su día .. me explico, en Bélgica existen dos tipos de posibilidades de registro:

* Plaque d'immatriculation; válida par anavegar en aguas interiores, actualmente se exige que al menos el 50% de la propiedad del barco sea de un ciudadano residente en Bélgica o bien de una sociedad vinculada a ese país.

* Lettre de Pavillon: ese requisito, hoy por hoy, no existe.

Por otra parte, lo que sí puede cambiar, y no es seguro, es aquello de que puedas navegar bajo pabellón belga sin titulación porque, al menos de momento, el estado de bandera no lo exige. Pero puede cambiar en virtud de una disposición adicional que figura en el borrador de orden Ministerial de reforma de las titulaciones náutico recreativas, que dice que para navegar con un barco de pabellón extranjero en aguas españolas el patrón deberá estar en posesión de la licencia exigida por el estado de bandera o, en su defecto, de la titulación que le corresponda para el manejo del barco y la zona de navegación en que se encuentre en función de su nacionalidad.

A esa disposición adicional se opuso Anavre al considerar que atenta contra el Derecho Internacional y el hecho de que es potestad exclusiva del país de bandera el definir las exigencias de carácter administrativo para navegar con barcos que ondeen su pabellón.

Ahora estamos pendientes de las conclusiones de la Secretaría general Técnica acerca de las muchísimas alegaciones presentadas a ese borrador para conocer si esa Disposición Adicional figurará o no en el texto definitivo.

Otra cosa es que, si llevas pabellón belga, británico, holandés o lo que sea, te puedan exigir que cumplas con las normas españolas en materia de seguridad y radiocomunicaciones ... que no pueden.

:brindis::brindis::brindis: salud!!!


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