La Taberna del Puerto

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-   -   Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=132907)

genoves 15-11-2014 20:46

Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Hola

He estado buscando por el foro y ni encuentro respuesta ni un verdadero acomodo a mi pregunta en otro hilo.

Entiendo que es ilegal llevar a bordo equipos fijos de transmisión no autorizados, es decir que no cumplan:
  • Estar homologados por la DGMM
  • Haber sido instalados por empresa autorizada por la DGMM
  • Dados de alta en la LEB
  • Que puedan ser empleados por el título para el que está habilitado el patrón

(y no sé si me dejaré algo)

Eso incluye un AIS transmisor, un transpondedor de radar, toda radio DSC, una BLU, una radiobaliza, y casi todo equipo transmisor que se pueda llevar a bordo, excepto entre a lo mejor otra cosas, una radio portátil.

Siempre he tenido dudas respecto a los equipos de radioaficionados, que entiendo tienen una autorización independiente, aunque en el barco y empleando las frecuencias náuticas tengo mis reservas.

Mis dudas son las siguientes:
  • ¿Se puede llevar una radiobaliza AIS de las que ofrece el cofrade Kibo en este hilo, que me parecen una virguería? habida cuenta que sólo se emplean en caso de emergencia en las que por la vida vale todo, diría que si. Pero imaginemos que saltan por una falsa alarma y además de hacerte pagar un fallido rescate te crujen una multa de narices.
  • Cual podría ser la sanción por emitir tu posición con un AIS emisor (y tu MMSI, se entiende) sin que éste equipo está dado de alta en el equipamiento de radio del barco
  • Se puede extender la legislación española para sancionar si estamos fuera de las 12 millas, por una infracción admnistrativa de este tipo.
  • ¿Os constan verdaderas denuncias y sanciones por estos motivos, o similares?

Por supuesto se entiende que hablo de llevar bandera de España, por tanto ruego que no se ofrezca como respuesta el ya clásico 'cambiate a bandera belga', tan socorrido.

:gracias:

:brindis:

jiauka 15-11-2014 20:55

Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
La verdad ni idea, pero dado que NO van asociadas al MMSI, ni al barco ya que son personales,dudo que se puedan incluir en la LEB.

Yo las veo igual que el SPOT, y no tengo conatancia de ninguna sanción.

A ver si alguien mas ducho en temas legales lo aclara.

Yo de todas formas pillaré 1 par de ellas, las considero muy útiles, con el ferviente deseo de no usarlas jamás.

Mateando 15-11-2014 23:17

Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Creo que ya salió en otro hillo. En los folletos de Salvamento Marítimo hablan de utilizar radiobalizas en los kayaks. Y que yo sepa son artefactos flotantes que no tienen licencia de radio, ni MMSI. Lo mismo utilizan hoy en día algunos montañeros, esquiadores de fondo, en ciertos rallys de coches y motos.

Supongo que el emitir una señal por error se puede producir tanto en una radiobaliza homologada en España, como en otra homologada en el extranjero y en barcos, buques o artefactos de playa, tanto españoles como extranjeros.

Lo que está claro es que en caso de riesgo vital es legítimo el uso de cualquier medio que pueda salvar una vida. No sólo no es sancionable; al contrario, es obligatorio utilizar todos los medios a nuestra disposición para salvarla.

Por otro lado desde el momento en que Hacienda cobra un impuesto por permitir entrar el artículo en el país, entiendo que cumple con la legalidad. De lo contrario tendrían que impedir su entrada.

Pero todo esto es una opinión. Seguro que hay en esta Taberna muchos vendedores de electrónica que opinan lo contrario. Aunque estamos ya en un mercado global, en el que el proteccionismo cada vez tienen menos cabida. Lo que tenemos que hacer es producir mejores artículos; dar mejor servicio post-venta. En pocas palabras: cuidar al cliente que es el que decide, qué, dónde y cómo comprar.

:brindis:

MERIT 16-11-2014 00:18

Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
A cambiarse de bandera y listos.
Salud:brindis:

iperkeno 16-11-2014 16:25

Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Hace algunos años consideraban que si querías cambiar el radio-casete necesitabas actualizar la LEB, que hacía referencia a todos los "equipos radioeléctricos" de a bordo...

(absurdo, dado que si no transmiten, no interfieren)

:brindis:

genoves 16-11-2014 16:59

Re: Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Cita:

Originalmente publicado por Mateando (Mensaje 1725170)

Supongo que el emitir una señal por error se puede producir tanto en una radiobaliza homologada en España, como en otra homologada en el extranjero y en barcos, buques o artefactos de playa, tanto españoles como extranjeros.

De acuerdo. Este hilo lo baso en especulación, porque personalmente no creo que te sancionen salvo que haya una mala intención manifiesta o un despliegue de medios de salvamento.

Cita:

Originalmente publicado por Mateando (Mensaje 1725170)
Lo que está claro es que en caso de riesgo vital es legítimo el uso de cualquier medio que pueda salvar una vida. No sólo no es sancionable; al contrario, es obligatorio utilizar todos los medios a nuestra disposición para salvarla.

Esto no lo tengo nada claro. Creo que nos librariamos porque realmente en la baliza personal no se mete como ID el MMSI del barco, pero si estás en un barco español y se hace un atestado por un rescate a un MOB, que con suerte haces con tu mismo barco, no me extrañaria que pudiera derivar en un expediente de infracción, pero seguimos en el ámbito de la especulación.

Cita:

Originalmente publicado por Mateando (Mensaje 1725170)
Por otro lado desde el momento en que Hacienda cobra un impuesto por permitir entrar el artículo en el país, entiendo que cumple con la legalidad. De lo contrario tendrían que impedir su entrada.

Aqui si que creo que estás equivocado. Que haya habido un hecho impositivo sobre un bien, no tiene nada que ver con su validez o legalidad en otro ámbito ámbito administrativos. En otros sectores conozco bien este tema. P.e. que tu pagues IBI en un chalet como suelo urbano, no garantiza que lo sea legalmente; que pagues unos impuestos de importación por un equipo no implica que -según el ambito- pueda ser legalmente usado en nuestro país.

Creo que todo esto, las RB personales, los AIS Tx, etc pillan a las autoridades con el pie cambiado, por lo que -quiero creer- que no tendrán unas claras intenciones de sancionar, pero la duda siempre nos queda.

Nigiri 16-11-2014 22:41

Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Creo que en este asunto, cómo en otros relacionados con la náutica de recreo, lo lógico está enfrentado con lo legal.

Un saludo:pirata:

BORRASCA 17-11-2014 20:00

Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Cita:

Originalmente publicado por iperkeno (Mensaje 1725324)
Hace algunos años consideraban que si querías cambiar el radio-casete necesitabas actualizar la LEB, que hacía referencia a todos los "equipos radioeléctricos" de a bordo...

(absurdo, dado que si no transmiten, no interfieren)

:brindis:

Cita:

Originalmente publicado por genoves (Mensaje 1725085)
Hola

He estado buscando por el foro y ni encuentro respuesta ni un verdadero acomodo a mi pregunta en otro hilo.

Entiendo que es ilegal llevar a bordo equipos fijos de transmisión no autorizados, es decir que no cumplan:
  • Estar homologados por la DGMM
  • Haber sido instalados por empresa autorizada por la DGMM
  • Dados de alta en la LEB
  • Que puedan ser empleados por el título para el que está habilitado el patrón

(y no sé si me dejaré algo)

Eso incluye un AIS transmisor, un transpondedor de radar, toda radio DSC, una BLU, una radiobaliza, y casi todo equipo transmisor que se pueda llevar a bordo, excepto entre a lo mejor otra cosas, una radio portátil.

Siempre he tenido dudas respecto a los equipos de radioaficionados, que entiendo tienen una autorización independiente, aunque en el barco y empleando las frecuencias náuticas tengo mis reservas.

Mis dudas son las siguientes:
  • ¿Se puede llevar una radiobaliza de las que ofrece el cofrade Kibo en este hilo, que me parecen una virguería? habida cuenta que sólo se emplean en caso de emergencia en las que por la vida vale todo, diría que si. Pero imaginemos que saltan por una falsa alarma y además de hacerte pagar un fallido rescate te crujen una multa de narices.
  • Cual podría ser la sanción por emitir tu posición con un AIS emisor (y tu MMSI, se entiende) sin que éste equipo está dado de alta en el equipamiento de radio del barco
  • Se puede extender la legislación española para sancionar si estamos fuera de las 12 millas, por una infracción admnistrativa de este tipo.
  • ¿Os constan verdaderas denuncias y sanciones por estos motivos, o similares?

Por supuesto se entiende que hablo de llevar bandera de España, por tanto ruego que no se ofrezca como respuesta el ya clásico 'cambiate a bandera belga', tan socorrido.

:gracias:

:brindis:

REAL DECRETO 1185/2006, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas
a bordo de los buques civiles españoles.


i) «Equipos radioeléctricos» o «instalaciones radioeléctricas de los buques»: los equipos o instalaciones a bordo de buques cuyo uso se destinen tanto a radiocomunicaciones como a la radionavegación marítima, así como aquellos elementos que formen parte de los mismos o intervengan en su funcionamiento.


Un radio cassete no es un equipo radioeléctrico como tampoco lo es un teléfono móvil

Los radio aficionados pueden llevar y usar sus equipos a bordo usando su indicativo de radioaficionado, su estación de radio tiene que tener autorización en su casa ( sitio base o de "portable" por decirlo así)

hulkkian 19-11-2014 00:25

Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Una pregunta tonta, ¿por qué un móvil no se considera equipo radio eléctrico? Emiten en UHF y están destinados a comunicación.

Y si enciendo un portátil con wifi que también emite en UHF?
Y si se llevan dos walkies de esos de mediamarkt para poder hablar desde la bañera con el que esté en la cocina sin tener que dar voces?

Y si monto una VHF de banda ciudadana que ya no requieren licencia? Esas las puedes montar en el coche, en la bici, en el caballo... ¿por qué no en el barco para hablar con el amigo?

genoves 19-11-2014 00:55

Re: Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Cita:

Originalmente publicado por hulkkian (Mensaje 1726242)
Una pregunta tonta, ¿por qué un móvil no se considera equipo radio eléctrico? Emiten en UHF y están destinados a comunicación.

Y si enciendo un portátil con wifi que también emite en UHF?
Y si se llevan dos walkies de esos de mediamarkt para poder hablar desde la bañera con el que esté en la cocina sin tener que dar voces?

Y si monto una VHF de banda ciudadana que ya no requieren licencia? Esas las puedes montar en el coche, en la bici, en el caballo... ¿por qué no en el barco para hablar con el amigo?

Mientras no emplees con ellas las bandas de los canales náuticos puedes hacer con todas esas emisoras, incluidos los moviles, lo que quieras.
Los walkies tienen limitada la potencia de salida y por ello su uso es libre, pero en canales náuticos se debe tener titulación (cosa que no tendrá la chica del náutico de turno).

Juanitu 19-11-2014 01:02

Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Cita:

Originalmente publicado por hulkkian (Mensaje 1726242)
Una pregunta tonta, ¿por qué un móvil no se considera equipo radio eléctrico? Emiten en UHF y están destinados a comunicación.

Porque no es un "elemento del Servicio Móvil Marítimo" o del GMDSS (SMSSM)
Los Walkies de banda marina sí lo son.
GPS, RLS, Walkies, Transpondedores, BLU, VHF, HF,...

Y si enciendo un portátil con wifi que también emite en UHF?
Wifi no es SMM-SMSSM

Y si se llevan dos walkies de esos de mediamarkt para poder hablar desde la bañera con el que esté en la cocina sin tener que dar voces?
Si son del Mediamarket o Lidl como dices, entonces son "de juguete" (yo tengo 4 y los uso en el trabajo como profesionales así que de juguete nada), pero su banda está legalizada para el uso que tienen, y su potencia no interfiere con otros equipos, así que se pueden usar libremente, pero no son aparatos del SMM-SMSSM.

Y si monto una VHF de banda ciudadana que ya no requieren licencia?
Esas las puedes montar en el coche, en la bici, en el caballo... ¿por qué no en el barco para hablar con el amigo?
La CB (Citizen Band o 27Mhz) no se considera "marina" y si no requieren licencia (cosa que desconozco ahora, pero en su día sí que requerían estar dadas de alta al menos...) es como los walkies que mencionabas.

Respuesta rápida, no creas que soy un entendido.

:brindis::brindis:
:pirata:

genoves 19-11-2014 06:48

Re: Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Cita:

Originalmente publicado por Juanitu (Mensaje 1726249)
Respuesta rápida, no creas que soy un entendido.

:brindis::brindis:
:pirata:

A los guiris se os admiten hasta los del Carreful de Estanbul :P :) :D

hulkkian 19-11-2014 14:00

Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Cita:

Originalmente publicado por genoves (Mensaje 1726248)
Mientras no emplees con ellas las bandas de los canales náuticos puedes hacer con todas esas emisoras, incluidos los moviles, lo que quieras.
Los walkies tienen limitada la potencia de salida y por ello su uso es libre, pero en canales náuticos se debe tener titulación (cosa que no tendrá la chica del náutico de turno).

Cita:

Originalmente publicado por Juanitu (Mensaje 1726249)
Respuesta rápida, no creas que soy un entendido.

:brindis::brindis:
:pirata:

Muchas gracias por la aclaración :brindis::brindis:. Estaba claro que no podían decir nada, pero al leer la definición de aparato o instalación radioeléctrica del REAL DECRETO 1185/2006 que daba el compañero BORRASCA, saltan las preguntas.

Resumiendo, si no hace uso de los canales náuticos reflejados en Sistema Mundial de Socorro, se pueden llevar.
Si hacen uso de dichos canales, hay que incluirlos en la licencia del barco.

Es así, no?

genoves 19-11-2014 16:04

Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Cita:

Originalmente publicado por hulkkian (Mensaje 1726422)
Muchas gracias por la aclaración :brindis::brindis:. Estaba claro que no podían decir nada, pero al leer la definición de aparato o instalación radioeléctrica del REAL DECRETO 1185/2006 que daba el compañero BORRASCA, saltan las preguntas.

Resumiendo, si no hace uso de los canales náuticos reflejados en Sistema Mundial de Socorro, se pueden llevar.
Si hacen uso de dichos canales, hay que incluirlos en la licencia del barco.

Es así, no?

Bueno, por marear la perdiz no más, yo no he dicho que se puedan llevar, no tengo nunca claras qué cosas no puedo llevar en el barco, pues son tantas y tan contradictorias las leyes que nos afligen, que es imposible saberlo (que ganas tengo de que por fin se independice mi región y pueda liberarme de las leyes españolas y aferrarme a las leyes 'náuticas' de esta, aunque no sé :D)

Lo que es clarísimo es que no debes usarlas, pero seguro que si llevas a bordo un AIS TX, una radiobaliza personal, una emisora de más de dos watss, una bengala en la balsa caducada, una aspirina de hace tres años, un tubo de cardiorespiración no válido para un niño que va contigo, etc etc etc etc etc... pues seguro que un guardia y la DGMM te pueden multar.

Yo de hecho estoy en un tris de hacerme belga (que estos no miran si no estas en otro registro), pero mantenerme español e izar la bandera de conveniencia pertinente para cada momento... siempre bajo la de slow sailing, claro :brindis:

y etc etc etc

BORRASCA 19-11-2014 19:26

Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Cita:

Originalmente publicado por hulkkian (Mensaje 1726422)
Muchas gracias por la aclaración :brindis::brindis:. Estaba claro que no podían decir nada, pero al leer la definición de aparato o instalación radioeléctrica del REAL DECRETO 1185/2006 que daba el compañero BORRASCA, saltan las preguntas.

Resumiendo, si no hace uso de los canales náuticos reflejados en Sistema Mundial de Socorro, se pueden llevar.
Si hacen uso de dichos canales, hay que incluirlos en la licencia del barco.

Es así, no?

OK asi es

jonri 19-11-2014 21:54

Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Una puntualización a una respuesta, yo llevo una radiobaliza personal, no homologada para despachar, comprada en España y me han programado el MMSI la casa que me la ha vendido.
Ya sé que no es legal, pues debería ser homologada y autorizada el poder llevar en el barco, pero prefiero mi seguridad que la legalidad.
Por cierto, el modelo de radiobaliza que tengo, durante un tiempo estuvo homologada para poder despachar, pero creo que hubo protestas por parte de los distribuidores en España de la homologadas, porque esta llevando gps, cuesta solo poco mas de 200 €.
Un saludo

jiauka 19-11-2014 22:24

Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Cita:

Originalmente publicado por jonri (Mensaje 1726610)
Una puntualización a una respuesta, yo llevo una radiobaliza personal, no homologada para despachar, comprada en España y me han programado el MMSI la casa que me la ha vendido.
Ya sé que no es legal, pues debería ser homologada y autorizada el poder llevar en el barco, pero prefiero mi seguridad que la legalidad.
Por cierto, el modelo de radiobaliza que tengo, durante un tiempo estuvo homologada para poder despachar, pero creo que hubo protestas por parte de los distribuidores en España de la homologadas, porque esta llevando gps, cuesta solo poco mas de 200 €.
Un saludo

Se puede saber la marca?

Mateando 20-11-2014 06:24

Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Por más que miro en el BOE buscando una homologación de radiobaliza hombre al agua AIS/SIA, no encuentro ninguna.
Sí aparecen algunas para uso profesional, pero no AIS, y son de las que en el barco debe llevar otro aparato específico radiolocalizador. Por ejemplo la de INDRA, que alguna asociación de pescadores gallegos critica por dudar de su eficacia.
Todo ello me lleva a suponer que no hay establecido todavía unos estándares internacionales para este tipo de radiobalizas, aparte de los que la propia industria se haya autoimpuesto. Algo se sugiere en ese sentido en el manual de rescate australiano cuyo link publicó otro cofrade en otro hilo.
Por tanto, quizás estemos debatiendo sobre unos supuestos que en fondo no son realidad; es decir, que en realidad la Administración maritima española no tiene ninguna radiobaliza AIS homologada de las que se venden en las tiendas de nuestro país.
Me gustaría que algún profesional del ramo nos lo aclarase, indicando, por supuesto, el BOE en el que aparece la homologación del aparato en cuestión. Y que sea radiobaliza hombre al agua AIS/SIA.

:brindis:

GNA1950 20-11-2014 08:59

Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Cita:

Originalmente publicado por Mateando (Mensaje 1726699)
Por más que miro en el BOE buscando una homologación de radiobaliza hombre al agua AIS/SIA, no encuentro ninguna.
Sí aparecen algunas para uso profesional, pero no AIS, y son de las que en el barco debe llevar otro aparato específico radiolocalizador. Por ejemplo la de INDRA, que alguna asociación de pescadores gallegos critica por dudar de su eficacia.
Todo ello me lleva a suponer que no hay establecido todavía unos estándares internacionales para este tipo de radiobalizas, aparte de los que la propia industria se haya autoimpuesto. Algo se sugiere en ese sentido en el manual de rescate australiano cuyo link publicó otro cofrade en otro hilo.
Por tanto, quizás estemos debatiendo sobre unos supuestos que en fondo no son realidad; es decir, que en realidad la Administración maritima española no tiene ninguna radiobaliza AIS homologada de las que se venden en las tiendas de nuestro país.
Me gustaría que algún profesional del ramo nos lo aclarase, indicando, por supuesto, el BOE en el que aparece la homologación del aparato en cuestión. Y que sea radiobaliza hombre al agua AIS/SIA.

:brindis:

Buenos días:

Aquí tiene la de una de ese tipo:

http://www.boe.es/boe/dias/2011/09/1...2011-14674.pdf

Saludos

Guillermo

Mateando 20-11-2014 09:55

Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Cita:

Originalmente publicado por GNA1950 (Mensaje 1726721)
Buenos días:

Aquí tiene la de una de ese tipo:

http://www.boe.es/boe/dias/2011/09/1...2011-14674.pdf

Saludos

Guillermo

Eso es un transceptor AIS clase B, no es una radiobaliza MOB.

https://em-trak.com/wp-content/uploa...ual-LAS-v2.pdf

:brindis:

GNA1950 20-11-2014 11:58

Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Cita:

Originalmente publicado por Mateando (Mensaje 1726737)
Eso es un transceptor AIS clase B, no es una radiobaliza MOB.

https://em-trak.com/wp-content/uploa...ual-LAS-v2.pdf

:brindis:

Perdona solo leí lo de AIS y no lo de radiobaliza ¿que marca y modelo buscas?

Mateando 20-11-2014 12:40

Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Cita:

Originalmente publicado por GNA1950 (Mensaje 1726793)
Perdona solo leí lo de AIS y no lo de radiobaliza ¿que marca y modelo buscas?

Cualquier radiobaliza MOB AIS.

Es sólo por comprobar si este tipo de elementos pasan por el trámite de homologación en cada país, o, a día de hoy, no hay todavía nada estipulado al respecto.

Parece que el hilo surge a partir del grupo de compra organizado por KIBO, dando a entender que al ser un producto chino, no homologado por DGMM, podría ser sancionable el utilizarlo. Y yo creo que ni éste , ni ningún otro modelo de los que nos venden en las naúticas españolas al doble de precio están homologados en BOE. Es sólo eso; mera curiosidad.

:brindis:

GNA1950 20-11-2014 13:10

Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Cita:

Originalmente publicado por Mateando (Mensaje 1726800)
Cualquier radiobaliza MOB AIS.

Es sólo por comprobar si este tipo de elementos pasan por el trámite de homologación en cada país, o, a día de hoy, no hay todavía nada estipulado al respecto.

Parece que el hilo surge a partir del grupo de compra organizado por KIBO, dando a entender que al ser un producto chino, no homologado por DGMM, podría ser sancionable el utilizarlo. Y yo creo que ni éste , ni ningún otro modelo de los que nos venden en las naúticas españolas al doble de precio están homologados en BOE. Es sólo eso; mera curiosidad.

:brindis:

Gracias por la aclaración.

Pensaba que era simplemente que quería conocer un numero de homologación determinado, como por ejemplo este:

https://www.boe.es/boe/dias/2011/09/...2011-14686.pdf

pero veo que no es eso.

Saludos

Guillermo

Mateando 20-11-2014 14:25

Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Cita:

Originalmente publicado por GNA1950 (Mensaje 1726817)
Gracias por la aclaración.

Pensaba que era simplemente que quería conocer un numero de homologación determinado, como por ejemplo este:

https://www.boe.es/boe/dias/2011/09/...2011-14686.pdf

pero veo que no es eso.

Saludos

Guillermo

Esas son las de 121,5 Mhz, no MOB AIS, y que requieren revisión anual en Capitanía y cuatrianual en laboratorio.

https://www.fomento.gob.es/NR/rdonly...LSPERSONAL.pdf

:brindis:

jonri 21-11-2014 00:21

Re: Sanciones por llevar equipos radioeléctricos no autorizados
 
Cita:

Originalmente publicado por jiauka (Mensaje 1726628)
Se puede saber la marca?

Es esta

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