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Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
Más claro agua: Capitán de Yate sin limitación de eslora, leed la parte final del artículo.:capitan:
http://www.nauticayyates.com/titulos...ciones-recreo/ :brindis::brindis::brindis: |
Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
Vayan esas :brindis: y mas :brindis:
Estamos de celebración!!! Entiendo que las reformas que se hacen para promocionar la náutica, no deberían perjudicar a ninguna titulación en concreta como era el caso. Felicidades a todos los cofrades Capitanes de nuestra querida taberna. Tabernero.......mas y mas :brindis::brindis: |
Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
Barcos de más de 24m habrás pocos con la bandera española!
Pero si hay algún propiertario de un velero de tales dimensiones que quiere navegar por las Rías Baixas que cuente conmigo para llevar el barco. :brindis::brindis: |
Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
Los barcos de más de 24 metros no se consideran embarcaciones deportivas y necesitan patrón con titulación profesional...
:brindis: |
Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
Tabernero... Mas :brindis:
Entonces? En que quedamos? Hay limitación de eslora para los Capitanes? Vayan mas:brindis: y mas:brindis: |
Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
Cita:
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Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
Dentro de 3 meses dice que se redactará el RD...es lo que yo he leido. Pero aún no hay nada me ha parecido entender.
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Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
Segun la pagina web de la escuela en la que yo estudie tanto la eslora como la distancia de navegacion es ILIMITADA
la limitacion viene dada por el arqueo y es de 3.000 GT Se trata de un valor adimensional a pesar de que define un volumen y viene dado por la eslora,la manga el puntal y algun coeficiente. Jugando con esta formula podriamos tener un barco de 1 m de manga,1 m de puntal y un valor de eslora alucinante. En este momento este valor de 3.000GT no me sugiere gran cosa y agradeceria qu algun cofrade aportara valores de embarcaciones concretas y de su GT .......mas que nada para acotar el tema.....gracias:brindis::brindis: |
Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
Cita:
Y tal como dice la noticia ya está firmado y publicado: "con la publicación en el BOE del RD 804/2014, de 19 de septiembre", lo que falta es el "desarrollo de la normativa": si hace falta tripulación profesional, cuantos oficiales, marineros, etc. por metros de eslora, etc. (Se firmará dentro de 3 meses, cuanto más cerca de las elecciones creen que será mejor para ellos). |
Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
Los PY subimos de 20 a 24m
De 60 millas a 150. Mañana llamaré al IAD, que son los competentes en Andalucía, ya que tengo el carnet renovado Junio'14 y quiero cambiarlo por 1 nuevo, que venga esto. A ver que me dicen... |
Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
quedo a la espera de tus noticias , por cierto , valiente empujón lo han dado a los PY ! , lo celebro ! , y esto que en teoría no lo necesito ( barco Belga , nacionalidad Francesa )
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Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
Pues bien!
Todo lo que sea ampliar perfecto! Ahora solo falta que cambien las zonas de navegacion y despachos de embarcaciones. Que no sea una manera de vaciar los bolsillos de la gente. Al final, la gente es responsable de si mismo, y si tiene estudios o experiencia para hacerlo por que tenemos que pagar 1200euros para poder salir a 150 millas? |
Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
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http://www.boe.es/boe/dias/2014/10/1...2014-10572.pdf ...... Régimen de las tripulaciones y de las navegaciones Artículo 7. Personal de gobierno y marinería del buque. 1. Con independencia del uso privado o comercial de los buques de recreo, las tripulaciones deberán estar integradas por personal profesional, salvo lo previsto en el apartado tres. 2. Los buques de recreo de uso comercial estarán bajo el mando de un capitán, que podrá estar en posesión del título de capitán de la marina mercante, piloto de primera o segunda de la marina mercante, patrón de altura o bien patrón de litoral, patrón mayor de cabotaje o patrón de cabotaje, de acuerdo con el desplazamiento del buque y las atribuciones que para dichos títulos establece el Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante. 3. Los buques de recreo de uso privado, podrán estar bajo el mando de un Capitán de Yate. :velero: |
Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
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En fin ... :brindis: |
Respuesta: Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
Con estas nuevas atribuciones , van a haber muy poquitos PY se va a quedar la gente en el PER.
Espero que controlen un poco el tema de las practicas , a día de hoy es una temeridad como hay gente que alquila barcos de 12m habiendo realizado unas practicas a todas luces muy escasas y el peligro que suponen para el resto de embarcaciones. |
Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
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Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
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Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
Pues yo con mi py voy donde me da la gana si no que me busquen en el medio del mar a ver si tienen guevos. Eso si que venga el principito que es muy guapo y mu alto y tienes muchas medallitas:cunao::cunao::borracho::borracho::veler o::meparto:
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Re: Respuesta: Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
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Respuesta: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
Vaya tela por lo que entiendo los unicos perjudicados somos los capitanes, que no teniamos limitacion de ningun tipo y ahora si? Estoy flipando… . Los belgas si que saben
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Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
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Gracias Whitecast El primero a motor parece que no llega a los 3000 pero en el caso del velero no indica el GT gracias:brindis::brindis: |
Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
El SEA CLOUD tiene 2532 GT, una minucia para las grandes atribuciones de los capitanes de yate
http://www.marinetraffic.com/ais/det...ssel:SEA_CLOUD Resumiendo, unas 3000 Gt equivaldría a un buque de 100 m y 5 cubiertas |
Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
Los cap de yate siempre han estado limitados un cy no puede llevar un yate de 100m ni antes ni ahoraya que a partir de cierta eslora o arqueo no se considera embarcacion de recreo igual que siempre haj estado limitado a 12 personas antes y ahora porque a partir de la persona 13 se considera pasaje:brindis:
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Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
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Puedes ir tú y tu pareja si te da la gana y no entrar en limitaciones profesionales. ¿No has leído que ya se ha firmado?. YA HAN FIRMADO. |
Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
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gracias whitecast ahora ya me siento mas reconfortado para comprar un trasto como estos y montar en expedicion al polo:brindis::brindis: |
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