La Taberna del Puerto

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-   -   Cambio normativa atribuciones títulos deportivos (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=140227)

Aventurero I 16-06-2015 17:43

Cambio normativa atribuciones títulos deportivos
 
Ojito con lo que viene, a mi parecer una falta de respeto a los profesionales que nos dedicamos a esto.
Mi pregunta. ¿Para que se harta uno de estudiar titulaciones profesionales y se deja pastizales en certificados de especialidad, si al final un PER va poder ejercer de marinero de puente por ejemplo, o en charter como tripulación profesional?.
De verdad que yo no me lo explico.
http://www.anen.es/luz-verde-a-la-fu...profesionales/

kuovadix 16-06-2015 17:55

Re: Cambio normativa atribuciones títulos deportivos
 
  • Atribuciones para prestar determinados servicios remunerados por parte de Patrones de Embarcaciones de Recreo, Patrones de Yate y Capitanes de Yate, podrán prestar los siguientes servicios:
  1. El transporte de personas y mercancías efectuado mediante embarcaciones de recreo con destino a otras embarcaciones o buques de recreo.
  2. La realización de excursiones turísticas y la práctica de la pesca de recreo.
  3. Realizar actividades de atraque, fondeo o desplazamiento de embarcaciones de recreo dentro de las aguas correspondientes a puertos, puertos deportivos o marinas.
  4. Realizar pruebas de mar a bordo de embarcaciones de recreo.
  5. Ejercer de tripulación en los contratos de alquiler o chárter.
Las atribuciones son las mismas para todos los títulos, lo que cambia es el donde, tanto de barco como de zona.


  1. Los capitanes de Yate podrán realizar dichas actividades a bordo de embarcaciones menores a 24 metros de eslora y con una limitación de 10 millas náuticas desde el puerto.
  2. Los patrones de Yate estarán facultados para realizar las funciones indicadas a bordo de embarcaciones de recreo menores de 24 metros y con una limitación de 8 millas náuticas desde el puerto.
  3. Los patrones de Embarcación de Recreo podrán realizar dichos servicios a bordo de embarcaciones no superiores a 15 metros y con una limitación de 5 millas náuticas desde el puerto.
Yo no entro a valorarlo, ya que a mi con la exageración que me parece el tema de las titulaciones náuticas en España y su coste me parece bien que se le pueda sacar un rédito, pero entiendo el cabreo de los titulados profesionales.

:brindis:

jiauka 19-06-2015 01:19

Re: Cambio normativa atribuciones títulos deportivos
 
Cita:

Originalmente publicado por kuovadix (Mensaje 1801822)
  • Atribuciones para prestar determinados servicios remunerados por parte de Patrones de Embarcaciones de Recreo, Patrones de Yate y Capitanes de Yate, podrán prestar los siguientes servicios:
  1. El transporte de personas y mercancías efectuado mediante embarcaciones de recreo con destino a otras embarcaciones o buques de recreo.
  2. La realización de excursiones turísticas y la práctica de la pesca de recreo.
  3. Realizar actividades de atraque, fondeo o desplazamiento de embarcaciones de recreo dentro de las aguas correspondientes a puertos, puertos deportivos o marinas.
  4. Realizar pruebas de mar a bordo de embarcaciones de recreo.
  5. Ejercer de tripulación en los contratos de alquiler o chárter.
Las atribuciones son las mismas para todos los títulos, lo que cambia es el donde, tanto de barco como de zona.


  1. Los capitanes de Yate podrán realizar dichas actividades a bordo de embarcaciones menores a 24 metros de eslora y con una limitación de 10 millas náuticas desde el puerto.
  2. Los patrones de Yate estarán facultados para realizar las funciones indicadas a bordo de embarcaciones de recreo menores de 24 metros y con una limitación de 8 millas náuticas desde el puerto.
  3. Los patrones de Embarcación de Recreo podrán realizar dichos servicios a bordo de embarcaciones no superiores a 15 metros y con una limitación de 5 millas náuticas desde el puerto.
Yo no entro a valorarlo, ya que a mi con la exageración que me parece el tema de las titulaciones náuticas en España y su coste me parece bien que se le pueda sacar un rédito, pero entiendo el cabreo de los titulados profesionales.

:brindis:

Entre 8 y 10 millas hay que saber usar el sextante??


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