La Taberna del Puerto

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-   -   Impuesto raro raro (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=140586)

Juriola 26-06-2015 08:11

Impuesto raro raro
 
Hoy hemos cenado en el Yao,un velero francés atracado en Puerto Sauce, Uruguay, dónde nos encontramos. Contando cosas de su viaje hasta aquí, me han dicho algo que me ha llamado la atención.
Estuvieron en Santa Cruz de Tenerife y a la hora de hacer el papeleo del puerto les dicen que existe una tasa gubernamental para barcos de más de 12 metros de 97€ al mes, pagaderos el primer día de amarre, luego si amarras un día pagas, 19€ + 97€ si amarras 30 días 19x30€+ 97€. Les dijeron que es una tasa que se aplica en todos los puertos que no son concesión y, al decirles ellos que en ningún puerto les habían hablado de eso, adujeron que en su caso, les obligaban a cumplir esa norma así que tuvieron que pagar 19€+97€=116€ por un día de amarre en Sta. Cruz. Cuando me lo han contado, yo no daba crédito y he ido a mirar la página de fomento
http://www.puertosdetenerife.org/ind...nes-deportivas
dónde están las tarifas me he encontrado con esta frase:
Cita:

*Si, excepcionalmente, el espacio de agua no estuviera otorgado en concesión o autorización, la cuota de la tasa será un 80 por ciento superior a la prevista en este apartado.
Aplicando esa normativa, el coste de un día debiera haber sido:
19€+16€=35€ (eso en caso que "excepcionalmente" se aplique) De todas formas no dice nada de que se aplique unicamente a esloras superiores a 12m. Total, raro raro.

Capitan Barbosa 26-06-2015 14:55

Re: Impuesto raro raro
 
Muy raro, ¿guardaron la factura?

ironia 26-06-2015 20:01

Re: Impuesto raro raro
 
Creo que existe una tasa marítima que aplica puertos del estado a barcos de mas de 12 mts, y que se cobra por balizamiento y mantenimiento del mismo de toda la costa y que se paga al principio de año a los usuarios de puerto y cuando arriban por primera vez a los extranjeros.

Lo cobran los puertos privados a sus usuarios, y los club náuticos o públicos lo pagan a parte.

Lo digo de memoria por que hace años era para todos los barcos y a mi con mis 10 mts me lo dejaron de cobrar hace unos 3 años.

:pirata:

Juriola 26-06-2015 20:30

Re: Impuesto raro raro
 
Cita:

Originalmente publicado por Capitan Barbosa (Mensaje 1805617)
Muy raro, ¿guardaron la factura?

No, ya se la pedí pero la habían tirado, de todas formas, ellos en su blog previenen a todo el mundo para que no vayan a ese puerto, como es normal.

Gambucero 26-06-2015 20:59

Re: Impuesto raro raro
 
Lo que les cobraron a tus conocidos es esto:

Tasa de Ayudas a la Navegación.
Tasas y Tarifas

Por la utilización del servicio de ayudas a la navegación.

Exenciones.

Cuota Íntegra de la Tasa

Elementos de cálculo:

Cuantía Básica:
Cuantía Básica A: 0.29
Por el servicio prestado por la Autoridad Portuaria

Cuantía Básica C: 0.28
Por el servicio prestado por la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima

Unidades:

En el caso de buques mercantes, así como pesqueros congeladores y embarcaciones dedicados a la pesca de altura o gran altura, y, en general, a aquellos buques a los que por sus características les sea de aplicación la tasa del buque: el Arqueo Bruto del buque (GT).

En el caso de buques y embarcaciones de recreo o deportivos: Superficie en m2, obtenida multiplicando manga x eslora (S).

Coeficientes:
Se aplican coeficientes en función del tipo y tamaño del buque o embarcación.

Cálculo de la Cuota:

La manera de calcular la Cuota de la tasa es distinta para cada uno de los siguientes tipos y tamaños de buques o embarcaciones:

A los buques mercantes, así como a los pesqueros congeladores y, en general, a aquellos buques a los que por sus características les sea de aplicación la tasa del buque:

Cuota íntegra = (A+C) x GT x 0,035
A los buques y embarcaciones dedicados a la pesca de altura o gran altura:

Cuota íntegra = (A+C) x GT
A los buques y embarcaciones dedicados a la pesca de bajura o litoral:

Cuota íntegra = (A+C) x 50
A los buques y embarcaciones de recreo o deportivos de eslora igual o superior a nueve metros si su propulsión es el motor y 12 metros si su propulsión es la vela, que deban estar provistas de licencia de navegación o rol de despacho o dotación de buques:

Cuota íntegra = (A+C) x S x 16
A las embarcaciones de recreo o deportivas de eslora inferior a nueve metros si su propulsión es el motor, que deban estar provistas de licencia de navegación, o rol de despacho o dotación de buques:

Cuota íntegra = (A+C) x S x 40


Importe de la Tasa.

Del mismo modo, en función de los tipos y tamaños de buques o embarcaciones anteriores, los importes de la tasa y su exigibilidad son los siguientes:

Tipo Exigibilidad Importe
I Las tres primeras escalas en el año natural en cada puerto español en el que entren. 0.01995 x GT
II* Una vez al año. 0.57 x GT
III* Una vez al año. 28.5
IV* Una vez al año. 9.12 x S
V* Una única vez en el momento de su matriculación. 22.8 x S


*En el caso de embarcaciones que no tengan su base en un puerto español: por día de estancia, completo o por fracción, en aguas jurisdiccionales españolas, debiendo abonarse el importe de la tasa en la Autoridad Portuaria que tenga asignada, a efectos de señalización marítima, la zona geográfica en la que se encuentre ubicado el puerto español en el que realice cada escala. El pago será exigible cada vez que el buque o la embarcación entre en aguas jurisdiccionales españolas y se efectuará por el periodo que vaya a permanecer en las mismas durante cada escala.


Los de recreo menores de 9 metros a motor o 12 metros a vela, están incluidos en el grupo V. -Siempre y cuando tengan bandera española, no se si bandera extranjera y puerto base en España tambien-

Si es un atraque público, la tasa se cobra aparte de la cuota de atraque -2 recibos-, si el atraque es en una concesión (club nautico....) la tasa se cobra junto con la cuota de atraque -1 recibo-

http://www.tasasportuarias.es/tasas.php?op=7

Juanitu 26-06-2015 21:10

Re: Impuesto raro raro
 
Yo habría redondeado a 100€.

Es increíble como se complican algunos gerentes y costas y puertos del estado, de este estado y de cualquier estado.

100 euros.

Por tener yate.

Y nos dejamos de dar cambio, que las moneditas son grasientas y de gente pobre....


:cagoento::cagoento::cagoento::cagoento:

_paquito_ 26-06-2015 23:04

Re: Impuesto raro raro
 
¿Y no se fueron del tirón?

Juriola 26-06-2015 23:15

Re: Impuesto raro raro
 
Cita:

Originalmente publicado por _paquito_ (Mensaje 1805744)
¿Y no se fueron del tirón?

Eso les dije yo, pero des dijeron que como ya habían entrado, pues que ya no se podían escapar de ello.

Antonio_Mataelpino 27-06-2015 00:47

Re: Impuesto raro raro
 
Cita:

Originalmente publicado por Juriola (Mensaje 1805751)
Eso les dije yo, pero des dijeron que como ya habían entrado, pues que ya no se podían escapar de ello.

jder¡¡¡¡ osea les aplicaron un impuesto revolucionario casi...

kivuca 28-06-2015 23:52

Impuesto raro raro
 
Madre mia... yo creo que si les sacan la metralleta el atraco esas leve! :eek::eek:

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