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Error medición sonda náutica. Controles anuales
Hola, soy nueva aquí y el tema deriva de una sanción por calar nasas a profundidad menor a la legal -25 mts en Galicia-. Los inspectores dicen que, la carta náutica pone 23 mts, su sonda marcaba 26 que, restados los 3 de baja mar, le dan los 23y, nuestra sonda, marcaba 28 mts. Fue un error negligente pero tratamos de escurrir la sanción de 300 napos. Entonces, nos preguntamos si esos aparatos oficiales no tienen que pasar una revisión que garantice su exactitud o aplicar a la medición un error mas/menos. La carta es la 41b- me parece- en la posición: 42*09'830N 008*51'060w -esta posición es la que pone el acta de inspección- gracias por haber llegado hasta aquí y, si sabéis si hay normativa que regule las revisiones y los márgenes de error, prometo bailar la conga.
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Re: Error medición sonda náutica. Controles anuales
Por si te sirve:
Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida. http://www.boe.es/diario_boe/txt.php...E-A-2006-14017 |
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