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Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
Buenas,
Estudiando el reglament RIPA, veo que las luces varían de un tipo de buque a otro con las expresiones "en arrancada" y "en navegación". No entiendo si EN ARRANCADA implica movimiento de navegación o no, o simplemente con el hecho de estar arrancado en medio del mar ya le obliga a tener las luces indicadas encendidas. Gracias por vuestra ayuda. Un saludo. |
Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
Creo que te contestas tu mismo... : "en arrancada" y "en navegación".
Esperando de mejores respuestas de Patrones que yo...:o |
Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
Pues la definición está en el mismo RIPA:
Buque en navegación: NI fondeado, NI amarrado, NI varado (aun sin arrancada) Es decir, puede estar en navegación sin arrancada. |
Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
Entiendo que navegando es cuando tienes gobierno, si con arrancada tienes gobierno estas navegando......
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Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
Cita:
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Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
Cita:
Cierto, era por aclarar que con arrancada necesitas luz, aunque fondeado también aunque sean otras.....de todas formas, ¿no es rizar el rizo? Yo navego y si es de noche enciendo las luces.....hace tiempo que me examiné...... |
Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
Si el barco tiene "arrancada" se está desplazando, ya sea con o sin gobierno, por lo tanto debe llevar las luces correspondientes a una embarcación con gobierno, restringido o sin gobierno.
Por otro lado navegar es desplazarse por el mar o por el aire con gobierno, ya que sin gobierno no navegas, solo flotas como una tabla en movimiento, igual que una piedra que cae no "navega" por el aire, solo cae sin gobierno. Hay tantas definicones de "arrancada" en los diccionarios como número de diccionarios y cada uno la suya. Una definición general sería: cambio brusco de la velocidad actual, ya sea de parado a marcha o desde la marcha actual acelerando bruscamente. Eso querría decir que si estás parado o navegando con gobierno y das un acelerón estás dando "arrancada" y "ganando arrancada", en este segundo caso como sinónimo de velocidad. :barcopapel::barcopapel::barcopapel: |
Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
Cita:
La definición de navegar que das no tiene nada que ver con la del RIPA. La definición de buque en navegación del RIPA es independiente de si tiene gobierno o no, o arrancada. Otra cosa es el lenguaje coloquial, pero quien abrió el hilo no habla de eso. |
Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
Cita:
La única diferencia en 1 buque navegando con o sin arrancada es con las señales ACÚSTICAS en caso de visibilidad reducida -niebla-, que son 1 larga cada 2 minutos si tiene arrancada o 2 largas cada 2 minutos si no la tiene. Pero en cuanto a LUCES, no se distingue si tiene arrancada o no. Y para que se entienda, supongamos que en el estrecho de gibraltar hay poniente y marea entrante con 1 corriente de 8 nudos, algo habitual. 1 buque fondeado en medio del estrecho de Gibraltar NO está navegando, y obviamente está parado (si no garrea), pero 1 buue con los motores parados está navegando SIN arrancada, a pesar de que va a ocho nudos ya que lo lo corriente lo mueve. |
Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
Increible, el RIPA es muy claro al respecto, y el lenguaje propio de la gente de mar también, otra cosa es la contaminación habida por la equiparación del gobierno de embarcaciones con la práctica diaria de conducir automóviles, que como los gases, tiende a ocupar todo el espacio.
En lo que nos concierne, un barco de recreo, de noche y al pairo, está en navegación al igual que un barco con arrancada de noche, por lo que ambos llevan las mismas luces. :brindis::brindis: |
Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
Buenas tardes:
El RIPA diferencia de manera clara, "en navegación", "con arrancada" y sin "arrancada", y no todo los buques llevan las mismas luces "con arrancada" que "sin arrancada", por ejemplo entre otros, un buque SIN GOBIERNO cuando van con arrancada deben llevar las de costado y alcance, mientras que si no lleva arrancada, a pesar de considerarse que se encuentra en navegación, solo deberán llevar las dos luces rojas todo horizonte en un lugar bien visible tal cual indica la Regla 27. Saludos Guillermo |
Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
Cita:
Guillermo, podría decirse entonces que las luces de arrancada son costados y alcance? Un saludo. |
Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
Cita:
No es exactamente así, y no lo es porque por ejemplo cuando nos encontramos con la Regla 23 donde se regula los "Buques de propulsión mecánica en navegación" o la Regla 25 "Buques de vela en navegación" no se distingue con o sin arrancada, lógicamente porque ya ambos enunciados de ambas reglas así lo especifican al expresar "en navegación". Por lo que este tipo de buque cuando este "sin arrancada" debe también llevar encendidas la de alcance y costado. Saludos Guillermo |
Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
[quote=GNA1950;1860580]Buenas tardes:
todo los buques llevan las mismas luces "con arrancada" que "sin arrancada", por ejemplo otros, un buque SIN GOBIERNO cuando van con arrancada deben llevar las de costado y alcance, mientras que si no lleva arrancada, a pesar de considerarse que se encuentra en navegación, solo deberán llevar las dos luces rojas todo horizonte en un lugar bien visible tal cual indica la Regla 27. Saludos Guillermo[/QUOT.., |
Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
[quote=jiauka;1861026]
Cita:
No se lo que quieres decir, mi comentario completo es: ..... y no todo los buques llevan las mismas luces "con arrancada" que "sin arrancada", por ejemplo entre otros, un buque SIN GOBIERNO cuando van con arrancada deben llevar las de costado y alcance, mientras que si no lleva arrancada, a pesar de considerarse que se encuentra en navegación, solo deberán llevar las dos luces rojas todo horizonte en un lugar bien visible tal cual indica la Regla 27. Saludos Guillermo |
Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
muchas gracias a todos, me quedó muy claro con vuestras explicaciones.
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Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
En la redacción original del RIPA (COLREGs) la expresión que en castellano traducimos como "arrancada" es "making way through the water": algo que creo que se puede traducir como "haciendo camino a través del agua" o "moviéndose sobre o por el agua".
La expresión "en navegación" se aplica a un buque que no esté ni fondeado, ni amarrado a tierra, ni varado. En el original "The word "underway" means that a vessel is not at anchor, or made fast to the shore, or aground." De todo esto interpreto (pero confieso que sin total certeza): A/ Que un barco fondeado, o mejor dicho, con su ancla y su cadena en el fondo, pero que esté garreando, está en navegación y también lleva arrancada. B/ Que un barco sin velocidad sobre el agua, pero derivando en una corriente, se encuentra en navegación pero no lleva arrancada. |
Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
A/ Que un barco fondeado, o mejor dicho, con su ancla y su cadena en el fondo, pero que esté garreando, está en navegación y también lleva arrancada.
Pues para mí que no está en navegación aunque lleve arrancada; lo que sí se puede considerar es “sin gobierno” (¡toma ya!) B/ Que un barco sin velocidad sobre el agua, pero derivando en una corriente, se encuentra en navegación pero no lleva arrancada.[/quote] Un barco llevado por la corriente (por ejemplo, en un rio), puede marcar cero en la corredera, pero obviamente, se encuentra en navegación a todos los efectos (aunque además puede estar a la deriva, peligrosamente sin gobierno, y desplazarse a cinco nudos ó mas de SOG). "para un marino, un río siempre es un reto". (Comandante Bellido). |
Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
Xenofonte, eso tampoco es correcto ya que un barco con posicionamiento dinámico fondea sin ancla y mantiene su posición navegando y corrigiendo su deriva y/o abatimiento variando su arrancada.
:borracho: odra cofita :borracho: |
Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
¡Manda carallo, abofé que inda vas tér razón!
:borracho: |
Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
Cita:
:cunao :cunao: |
Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"
un buque puede estar en movimiento, pero sin gobierno. Eso puede ser en arrancada.
y otro puede estar en movimiento y con gobierno. Esto puede se navegando. :brindis: |
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