La Taberna del Puerto

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Alocen 18-03-2016 16:32

Compra a español de barco con bandera extranjera
 
Buenas tardes, cofrades.

Ante todo, casi que podemos ir ya a unas rondas de chocolate con buñuelos y alguna mascletá que otra, que se nos acaban las Fallas ...

Mi duda es la que planteo en el título pero que intentaré explicar, que no me da la sensación de haber sido capaz de dejar el tema muy claro.

Si compramos un barco a un ciudadano español abanderado en España ( no sé si, siendo extranjero, el procedimiento es el mismo ), pues contrato, pago de ITP, etc.

Si es barco está abanderado fuera de España ( entiendo que el propietario también ) pues todo el jaleo de bajada de bandera, pago de impuestos, abanderamiento aquí, etc...

Mi duda es en el caso, quizás cada vez más habitual por lo que proliferan los españoles que abanderan su barco en otros paises, de compra a un ciudadano español de un barco abanderado, pongamos por ejemplo, en Holanda. Si quiero mantener el abanderamiento holandés, ¿ qué tramites debería seguir ? Quiero entender que si vuelvo a abanderarlo en España tendría que hacer bajada de bandera y todo lo demás, pero ¿ y si quiero dejarlo como está ?

Gracias anticipadas por vuestra ayuda.

:brindis: :brindis: :brindis:

Agustín

carcamal 18-03-2016 19:00

Re: Compra a español de barco con bandera extranjera
 
:brindis:
Siendo yo español y con mi barco abanderado en Belgica, si quiero venderlo y el nuevo propietario acepta tener el barco bajo la misma bandera, el cambio de propietario pasa por hacer un contrato de compraventa, acompañarlo de una traduccion a frances acompañada de la solicitud que se hace por internet. Cuando se reciba la nueva Lettre de Pavillon a nombre del nuevo propietario, el asunto ha terminado. (Creo que hay que pagar unos 50/60€ mediante transferencia a la autoridad belga)..
En el subforo "Cuestiones legales y asociaciones" hay un hilo en que se habla de todo esto.
Saludos
...

Alocen 19-03-2016 02:26

Re: Compra a español de barco con bandera extranjera
 
Cita:

Originalmente publicado por carcamal (Mensaje 1886788)
:brindis:
Siendo yo español y con mi barco abanderado en Belgica, si quiero venderlo y el nuevo propietario acepta tener el barco bajo la misma bandera, el cambio de propietario pasa por hacer un contrato de compraventa, acompañarlo de una traduccion a frances acompañada de la solicitud que se hace por internet. Cuando se reciba la nueva Lettre de Pavillon a nombre del nuevo propietario, el asunto ha terminado. (Creo que hay que pagar unos 50/60€ mediante transferencia a la autoridad belga)..
En el subforo "Cuestiones legales y asociaciones" hay un hilo en que se habla de todo esto.
Saludos
...

Muchas gracias por tu respuesta. Entiendo que habría que tramitar, de alguna forma, la transferencia en el país de abanderamiento.

Buscaré el hilo que comentas. Muchas veces las cosas no se encuentran porque se mira donde no están.

Un saludo.

:brindis: :brindis:

markuay 19-03-2016 10:48

Re: Compra a español de barco con bandera extranjera
 
No hay que pagar el 5% del valor del barco por impuesto de transmisiones a la hacienda española?

Hay unas tablas oficiales con los precios estimados y eso creo que sigue siendo obligatorio si el propietario que compra es residente en españa.

No lo se, por eso lo pregunto:nosabo::nosabo:

:brindis::brindis:

Pámpano 19-03-2016 11:11

Re: Compra a español de barco con bandera extranjera
 
Si el comprador es residente en España, sí está sujeto al impuesto de transmisiones patrimoniales. Este es autonómico y cambia de valor de una autonomía a otra. La declaración es voluntaria y prescribe a los 5 años.
Saludos.

markuay 19-03-2016 11:20

Re: Compra a español de barco con bandera extranjera
 
Cita:

Originalmente publicado por Pámpano (Mensaje 1886941)
Si el comprador es residente en España, sí está sujeto al impuesto de transmisiones patrimoniales. Este es autonómico y cambia de valor de una autonomía a otra. La declaración es voluntaria y prescribe a los 5 años.
Saludos.

No pillo lo de (declaracion voluntaria), supongo que si no lo declaras y te pillan te puede dar la risa.

Pregunto:nosabo:

:brindis::brindis:

carcamal 19-03-2016 11:22

Re: Compra a español de barco con bandera extranjera
 
:brindis:
Cofrade Markuay...
No lo se.. Quiza en el sub-foro que dije este la respuesta.
La pregunta seria: Es exigible ese acto ante alguna autoridad competente?..
O dicho al reves...
Un belga tiene un piso en España y se lo vende a otro belga.
A donde va a parar el impuesto de transmisiones?
Yo me asesoraria...:nosabo:
:brindis:

BAMM 19-03-2016 11:29

Re: Compra a español de barco con bandera extranjera
 
Cita:

Originalmente publicado por carcamal (Mensaje 1886945)
:brindis:
Cofrade Markuay...
No lo se.. Quiza en el sub-foro que dije este la respuesta.
La pregunta seria: Es exigible ese acto ante alguna autoridad competente?..
O dicho al reves...
Un belga tiene un piso en España y se lo vende a otro belga.
A donde va a parar el impuesto de transmisiones?
Yo me asesoraria...:nosabo:
:brindis:

Yo le compré unos garajes en el puerto a un holandés y el notario le hizo una retención para ingresar a Hacienda (en España) los impuestos (ITP).

Obligados al pago estamos, entiendo, pero si te la quieres jugar a que no te pillen... allá cada cual con su moral, pero luego no nos quejemos tanto de los políticos.

:brindis:

markuay 19-03-2016 11:33

Re: Compra a español de barco con bandera extranjera
 
Cita:

Originalmente publicado por carcamal (Mensaje 1886945)
:brindis:
Cofrade Markuay...
No lo se.. Quiza en el sub-foro que dije este la respuesta.
La pregunta seria: Es exigible ese acto ante alguna autoridad competente?..
O dicho al reves...
Un belga tiene un piso en España y se lo vende a otro belga.
A donde va a parar el impuesto de transmisiones?
Yo me asesoraria...:nosabo:
:brindis:

en realidad seria ; un belga residente en españa vende a otro belga residente en españa.
No creo que sea comparable a un piso, en realidad no se a que seria comparable, de todas formas es cuestion de informarse por si acaso pero por lo demas, ningun problema.

Si el barco es menor de 8 metros o en caso de ser mayor, si en su dia se pago el impuesto correspondiente, es incluso mas facil que en el caso de un barco con pabellon español.

:brindis::brindis:

carcamal 19-03-2016 11:36

Re: Compra a español de barco con bandera extranjera
 
:brindis:
No pretendo sentar conceptos erroneos cofrade BAMM..
El caso que explicas es una propiedad registrada en España, adquirida por un ciudadano español a un extranjero..
En el caso del barco, no se si la propiedad (abanderada en Belgica..registrada?)
es considerada del mismo modo..
Y sigo con la duda sobre lo que harian 2 belgas con un piso o barco en España.
Saludos

carcamal 19-03-2016 11:42

Re: Compra a español de barco con bandera extranjera
 
:brindis:
Para acabar....
Si dos personas españolas, sin asesorarse debidamente entran por la puerta de una oficina con un contrato de compraventa y el 5% en la mano ...
Que oficina de impuestos rechaza el ingreso ?
Por eso pienso que asesorarse es prrceptivo..
Saludos

Jadarvi 19-03-2016 12:19

Re: Compra a español de barco con bandera extranjera
 
Tienes que hacer dos cosas, tramitar la transferencia de propiedad en el país de abanderamiento ... y liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en España, pues es una venta destinada a surtir efectos en el territorio español.

Nosotros tramitamos transacciones de este tipo constantemente, incluso estoy teniendo casos de españoles que compran barcos de bandera extranjera a españoles y deciden recuperar la bandera española, son pocos pero los hay.

En cualquier caso, si decides mantener la bandera, es lo que he comentado antes, transferencia de propiedad en el país de bandera y pago de ITP aquí.

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

markuay 19-03-2016 12:22

Re: Compra a español de barco con bandera extranjera
 
Cita:

Originalmente publicado por Jadarvi (Mensaje 1886967)
Tienes que hacer dos cosas, tramitar la transferencia de propiedad en el país de abanderamiento ... y liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en España, pues es una venta destinada a surtir efectos en el territorio español.

Nosotros tramitamos transacciones de este tipo constantemente, incluso estoy teniendo casos de españoles que compran barcos de bandera extranjera a españoles y deciden recuperar la bandera española, son pocos pero los hay.

En cualquier caso, si decides mantener la bandera, es lo que he comentado antes, transferencia de propiedad en el país de bandera y pago de ITP aquí.

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

Mas o menos lo que pensaba, gracias por la aclaracion.

:brindis::brindis:

Jadarvi 19-03-2016 12:24

Re: Compra a español de barco con bandera extranjera
 
No hay de qué, para eso estamos, para ayudar en lo que se pueda.

Suerte con la compra!!!

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

markuay 19-03-2016 12:27

Re: Compra a español de barco con bandera extranjera
 
No, yo no tengo que comprar nada de momento, es simplemente una duda que planteaba el cofrade Alocen.

:brindis::brindis:

BAMM 19-03-2016 20:36

Re: Compra a español de barco con bandera extranjera
 
Cita:

Originalmente publicado por carcamal (Mensaje 1886952)
:brindis:
No pretendo sentar conceptos erroneos cofrade BAMM..
El caso que explicas es una propiedad registrada en España, adquirida por un ciudadano español a un extranjero..
En el caso del barco, no se si la propiedad (abanderada en Belgica..registrada?)
es considerada del mismo modo..
Y sigo con la duda sobre lo que harian 2 belgas con un piso o barco en España.
Saludos

Con un barco no lo sé (si tiene bandera belga), pero si quieren escriturar la venta del piso, pasan por la caja de Hacienda como tú y como yo

:brindis:

Jadarvi 20-03-2016 12:26

Re: Compra a español de barco con bandera extranjera
 
Cita:

Originalmente publicado por BAMM (Mensaje 1887118)
Con un barco no lo sé (si tiene bandera belga), pero si quieren escriturar la venta del piso, pasan por la caja de Hacienda como tú y como yo

:brindis:

La diferencia esencial entre un bien inmueble y un bien mueble, el caso del piso y el barco, es que la venta del inmueble siempre va a surtir efectos en el territorio en el que se halla, es decir, si vendes un piso en España, da igual la nacionalidad o residencia de las partes, puesto que en cualquier caso el efecto de la transmisión se produce en España a efectos públicos y no te escapas de pagar el ITP.

En el tema del barco la cosa cambia, si el vendedor es residente y el comprador no lo es, tenemos dos variables, si el puerto base va a seguir en España, teóricamente habría que pagar ITP, pero normalmente no lo hace nadie porque es muy complicado de rastrear. Lo mismo ocurriría si la operación se hace entre dos no residentes. Obviamente, si el puerto base va a dejar de ser un puerto español, entonces no hay que pagar ITP, igual que si la venta se hace fuera de España.

Si el comprador, que es quien tiene que pagar el ITP, es residente en España, entonces se aplica el impuesto sí o sí, porque la venta tiene efectos en nuestro país al integrarse el bien mueble (barco) en el patrimonio de un residente que, por serlo, tiene obligaciones fiscales en España,

Luego hay quien discute si un residente español tendría o no que pagar el impuesto si compra un barco de bandera extranjera en el extranjero y lo mantiene fuera de nuestras aguas, aquí hay quien dice que la venta no surte efectos en España y quien dice que sí lo hace en virtud del principio de tributación universal .. y ya la tenemos liada, pero es un caso muy excepcional y yo, por si acaso, lo pagaría para no tener follones innecesarios.

En fin, disculpad el tocho, pero he intentado hacerlo lo más esquemático posible.

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

Alocen 21-03-2016 01:40

Re: Compra a español de barco con bandera extranjera
 
Cita:

Originalmente publicado por Jadarvi (Mensaje 1886967)
Tienes que hacer dos cosas, tramitar la transferencia de propiedad en el país de abanderamiento ... y liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en España, pues es una venta destinada a surtir efectos en el territorio español.

Nosotros tramitamos transacciones de este tipo constantemente, incluso estoy teniendo casos de españoles que compran barcos de bandera extranjera a españoles y deciden recuperar la bandera española, son pocos pero los hay.

En cualquier caso, si decides mantener la bandera, es lo que he comentado antes, transferencia de propiedad en el país de bandera y pago de ITP aquí.

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

Muchas gracias, Jadarvi. Claro y concreto.

Un saludo.

:brindis: :brindis:

Agustín.


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