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-   -   Caducidad certificado de navegabilidad (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=152034)

llanera 02-07-2016 23:02

Caducidad certificado de navegabilidad
 
Tengo una duda, un barco con el certificado de navegabilidad, TTB, ctr. caducado, lo dan de baja de oficio, este barco se puede volver a dar de alta, que tramites llevaría :nosabo:, unas :brindis:para todos.....

pepe17 03-07-2016 10:30

Re: Caducidad certificado de navegabilidad
 
Cita:

Originalmente publicado por llanera (Mensaje 1917585)
Tengo una duda, un barco con el certificado de navegabilidad, TTB, ctr. caducado, lo dan de baja de oficio, este barco se puede volver a dar de alta, que tramites llevaría :nosabo:, unas :brindis:para todos.....

buenos dias,

si te caduca el certificado de navegabilidad, NO te dan de baja ni de oficio ni de nada, simplemente no debes navegar hasta que no pases ITB, pues la multa es gorda.
puedes pasar años con la ITB caducada y cuando quieras puedes pasarla y a navegar otra vez,
Lo que si te pone en el Documento DE PERMISO DE NAVEGACION, - que no es el certificado de navegabilidad - es que tiene 5 años de vigencia, y si no se renueva te pueden dar de baja de oficio la embarcacion del registro español cosa que no hacen nunca
ahora con este tema de abanderarse en otro pais conceden la baja del abanderamiento español, para poder acogerte a otra bandera, pero ese es otro tema diferente.

ej. la revision ITV de tu coche la pasa una empresa y es tu responsabilidad pasarla o no pasarla
el permiso de circulacion te lo expide trafico y si te lo quita o te lo da de baja, con ITV o sin ITV no puedes circular

saludos

llanera 03-07-2016 16:16

Re: Caducidad certificado de navegabilidad
 
Pero podría darse el caso de que al caducar todos los documentos, de hecho lo pone en el permiso de navegación, te dieran de baja el barco, ¿se podría volver a dar de alta ese barco para volver a navegar?:nosabo:.

pepe17 03-07-2016 20:22

Re: Caducidad certificado de navegabilidad
 
Cita:

Originalmente publicado por llanera (Mensaje 1917704)
Pero podría darse el caso de que al caducar todos los documentos, de hecho lo pone en el permiso de navegación, te dieran de baja el barco, ¿se podría volver a dar de alta ese barco para volver a navegar?:nosabo:.

eso ya lo tienes que consultar en una capitania, hay disposiciones que los ciudadanos de a pie no tenemos acceso,
aunque si creo por pura inercia, que si existe esa posibilidad, sera presentando un informe de un ingeniero naval, donde se haga constar las condiciones fisicas y estructurales en que se encuentre el barco despues de ese tiempo dado de baja
no entiendo eso de todos los documentos,el barco no tiene más documento con "caducidad" que EL PERMISO DE NAVEGACION, la hoja de asiento NO caduca la licencia de VHF y el MMSI en caso de que lo lleve, tampoco caduca, el contrato de compra-venta, o factura de nautica si se compro nuevo tampoco caduca,
porque caduque la ITB NO se da de baja, nada, no hay más documento que caduque que "el permiso de navegacion" " unico documento que caduca"


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