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compra de barco y tratamiento inicial
Buenas, por fin, tras unos meses mirando, voy a firmar los papeles del barco estos días...
Es un barco antiguo que llevaba unos años descuidado. He quedado con un conocido para que me revisase el casco y ver que no tenia ósmosis y procederé a comprarlo y su brico correspondiente... He pensado, como prevención darle imprimación anti ósmosis, hempel light protect, enmasillar y darle una patente autopulimentable... Con respecto a la obra viva, ahora es de color, pensaba en pintarlo de blanco con poliuretano de un componente, pero me da miedo que se Rallé y vea el color de fondo. Lo haré yo, son 6m de eslora, y lijare con una orbital. Que OS parece? Los papeleos en capitanía marítima? El atraque tema aparte Veis todo bien? Alguna corrección? Gracias y cervezas para todos!! :brindis::brindis::brindis: |
Re: compra de barco y tratamiento inicial
Felicidades por la compra, que lo disfrutes con salud :brindis:
No te respondo las preguntas porque no soy muy experto en la materia :santo: |
Re: compra de barco y tratamiento inicial
Si la obra viva está bien después de muchos años yo lo dejaría como está y no le daría ningún tratamiento, sólo le daría la patente.
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Re: compra de barco y tratamiento inicial
:nosabo::nosabo::nosabo::nosabo:, si es motora revisa motor, si es velero, revisa jarcia, mástil, velas, motor.
Papeleo, revisa que quien lo vende es su dueño, está al corriente de pago de todo y el "barco" no es 1 reserva de dominio de nadie. en fin, suerte.... casi lo de menos es la obra viva. |
Re: compra de barco y tratamiento inicial
Cita:
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Re: compra de barco y tratamiento inicial
Cita:
Aquí lo explican bastante bien para el caso de los coches, supongo que no será muy diferente para las embarcaciones: http://noticias.coches.com/consejos/...o-coche/183370 |
Re: compra de barco y tratamiento inicial
:pirata:
Enhorabuena ! Felicidades por el barco..... Suerte con la brico............ :velero: |
Re: compra de barco y tratamiento inicial
Cita:
Si el usuario-deudor deja de pagar, el titular del dominio rescinde la compraventa y recupera el barco como propio, debiendo dvolver al comprador los porcentajes establecidos en la Ley de Ventas a Plazos de Bienes Muebles. El contrato se formaliza en un determinado impreso especial que queda inscrito en el Registro de Ventas a Plazos . Saludos:brindis: |
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