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Documentación Obligatoria
Hola compañeros
A día de hoy según la legislación. ¿Que documentación tiene que llevar una embarcación neumática que mida menos de 3 metros de eslora? Se que no hace falta titulo, ya que: Las personas que no disponen de titulación alguna, pueden llevar embarcaciones de hasta 5 metros de eslora con un motor de potencia máxima de 15CV. Tienen una limitación de hasta de 2’ de la costa y sólo permite la navegación diurna. Gracias y un saludo. |
Re: Documentación Obligatoria
Nadie???
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Re: Documentación Obligatoria
Cita:
si mide 2,50 o más ya tiene que ir matriculada el titulo no lo necesitas, si cumples con las normas que tu mismo citas, pero si tienes que llevar documentacion de "propiedad" como que la barca es tuya, factura de compra, copia del pago del impuesto de transmisiones en hacienda, y sobre todo y esto es de lo más importante una poliza de seguro civil aunque no lleves titulo, por supuesto tu documentacion personal,D N I etc, saludos :barcopapel: |
Re: Documentación Obligatoria
:sip::sip:
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