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viento del este 12-05-2017 17:33

impuesto transmisiones
 
Buenas tardes y unas :brindis:
tengo una duda de la que después de buscar no he sabido encontrar.
os cuento, tengo la ocasión de que me regalan un barco de motor 12 Mts el susodicho esta medio desguazado, sin motores y con muchassssss horas y material que invertir. la duda que creo tener es que al hacer el cambio de nombre solo se ciñen al valor del barco en condiciones optimas de navegación, vamos como en los coches año de matriculacion, modelo etc etc y sacan un baremo y a pagar.
es posible " negociar " el estado en el que se encuentra aportando fotos, del estado en que se encuentra ??? y asi bajar su valor ,ya que realmente no vale nada.???:nosabo::nosabo:
espero vuestras aportaciones.
un saludo

Bertie 12-05-2017 19:35

Re: impuesto transmisiones
 
¿Qué edad tiene? En las tablas de Hacienda (http://www.boe.es/boe/dias/2016/12/1...2016-11948.pdf) si p.ej. el barco tiene más de 14 años (ver anexo III) sólo se valora en el 10% de lo que venga en la tabla, que suele ser una cantidad casi simbólica.

Eso sí, me parece que si el contrato de C/V figura una cantidad *mayor* de la que resulta de las tablas, prevalece esta primera, pero no estoy seguro. De todas formas no sería aplicable a tu caso.

otoio 12-05-2017 22:20

Re: impuesto transmisiones
 
Si dices que te "lo regalan" es una donación que sale más caro que ITP, y el problema de la valoración es el mismo.
Mejor lo "compras" por lo que creas que vale (precio para el contrato).
Mira a ver si está en las tablas y eno que se valora. Los motores se valoran aparte, depende de la CA.
El tipo (porcentaje) depende de la CA donde resides, pero un 4%, como tipo generalmente aplicado, no supone mucho., como para volverse loco o pelear mucho.
¿Dónde resides? ¿Qué modelo de barco es y qué motor o motores lleva?

p.q.o. 12-05-2017 23:06

Re: impuesto transmisiones
 
Cita:

Originalmente publicado por viento del este (Mensaje 2012574)
Buenas tardes y unas :brindis:
tengo una duda de la que después de buscar no he sabido encontrar.
os cuento, tengo la ocasión de que me regalan un barco de motor 12 Mts el susodicho esta medio desguazado, sin motores y con muchassssss horas y material que invertir. la duda que creo tener es que al hacer el cambio de nombre solo se ciñen al valor del barco en condiciones optimas de navegación, vamos como en los coches año de matriculacion, modelo etc etc y sacan un baremo y a pagar.
es posible " negociar " el estado en el que se encuentra aportando fotos, del estado en que se encuentra ??? y asi bajar su valor ,ya que realmente no vale nada.???:nosabo::nosabo:
espero vuestras aportaciones.
un saludo

hola unas rindas para todos
leete el enlace que ponen en el otro post, y mira si sale ese barco, mira en la documentacion cuantos años tiene el barco,
la valoracion se hace del casco sin motor ( primera valoracion ) y despues de los motores que lleve aparte, en otra valoracion, tambien segun los años del motor, y despues se suman las dos valoracioes y se saca la base imponible,
ahora mucho "ojo" con esto que te digo, en algunos casos se hace un "compra - venta y se pone en el contrato " para su "recuperacion o desguace" porque se entiende por los años que debe estar muy mal, como dices que no lleva motores lo puedes hacer constar en el contrato, y te sale más economico, " de momento " y te entrecomillo lo de "de momento" porque si en el documento de liquidacion del impuesto y en el contrao de compraventa " figura que no lleva motor, cuando lo repares y vayas a ponerlo a tu nombre y solicitar un permiso de navegacion, que lo tendra caducado, el barco a todos los efectos no lleva motor, y si quieres remotorizarlo, necesitas un informe de capitania que te autoriza a remotrizar, y otro de un ingeniero responsabe de una empresa o taller, que te lo mntarian, y eso te costaria más caroo que si en ell contrato no pones nada de que no lleva motor, y haces la liquidacion como si llevara el motor que irá reflejado en la hoja de asiento
otra opcion del tema de motor, es que declares que nolleva motor, para pagar menos, y despues ponerle uno ó dos fuera-borda, que ya no necesitan certificado de nadie, para acoplarlos, soolo factura o documento de propiedad, de cara a una posible inspecciion de la G C
ahora lo del "chalaneo" con hacienda no vale, eso no es un mercadillo :cunao:
perdona el tocho si me extendido
saludos


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