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Limites legales de cada Titulo y usos reales del mismo, matriculaciones..
PNB Si no he entendido mal, el título de PNB te faculta para moverte en un radio de 5 millas náuticas desde el puerto de origen. Realmente controlan eso? Os ha parado un guardacostas para comprobar el barco, sus medidas de seguridad, el seguro obligatorio, el titulo de patrón, desde qué puerto habéis zarpado …. Imagínate en temporada alta !!! Imaginemos que tengo un velero de 5 o 6 metros y lo llevo en un remolque con el coche… hoy estoy en Llançà, mañana en Masnou o Villajoiosa…. , por decir algo.. Incluso olvidemos el remolque… Supongamos que zarpamos a las 10h.de Mataró en dirección Norte y queremos navegar la jornada completa para volver a tu puerto de origen al atardecer. Hasta qué distancia realmente podria desplazarse (alejarse del puerto de origen) un velerito de pongamos de 5 a 6,5m un dia normal (ni mucho ni calma), supongo que bastante mas de 5 millas :nosabo: si algún winsurfista ya se desplaza dos o mas !! PER el título de PER te faculta para moverte 12 millas náuticas en paralelo desde la costa. Travesias entre islas (Baleares y Canarias).Según el enunciado entiendo que no te limita en un radio, es decir podria dar la vuelta a España siempre que no me aleje de 12 millas de la costa. Es eso cierto.? Me han comentado que es práctica frecuente el ir a Baleares desde Barcelona con el PER pues la distancia hasta la mitad del trayecto no superaría las 12 millas desde cualquier costa. Supongo que controlan que el barco está matriculado en Baleares o Barcelona, pero… y si es de segunda mano, o supongamos que el velero lo ha traido hasta Menorca alguien con un título superior… Me ha parecido entender que cuando matriculan la embarcación, supongo que lo limitan para circular por zonas , 1,2 …A Carai como se complica el tema… Si me compro un velero de 8 metros (suficientemente grande para hacer crucero) , ¿Qué debo mirar en el tema de matriculación u homologación del astillero del barco? :nosabo: :nosabo: :brindis: vuestro turno.... os toca |
Re: Limites legales de cada Titulo y usos reales del mismo, matriculaciones..
PNB: ni idea. no puedo Opinar
PER: Te faculta para hacer navegación costera, osea, que si, que puedes rodear la península mientras no te alejes más de doce millas. De Barcelona las baleares hay más de doce millas, por lo que con el PER no debes. La matrícula del barco no tiene nada que ver. Es habitual ver barcos que están matriculados en un sitio, pero tiene su base en otro. Respecto a las zonas del barco, un barco despachado en zona 3 puede alejarse 25 millas de la costa. De cabo San Antonio a Ibiza hay 48 millas. Osea que si lo que quieres es ir a Ibiza como la DGMM manda, Patron de Yate (te pudes alejar 60 Millas) y Zona 3. Otra cosa es que, efectivamente, hay mucha gente que con titulo PER y barco despachado para Zona 4 va y viene a las islas y no ha tenido problemas (en forma de visita de la Guardia Civil). Pero no toda. Algún hilo hay comentando el tema. :brindis: |
Re: Limites legales de cada Titulo y usos reales del mismo, matriculaciones..
Hombre, lo que es a mi me encantaría tener problemas de ese tipo con la guardia civil, porque eso significaría que tengo barco...
No se las respuestas, pero presumo que eso es igual que cuando te paran en un control de carreteras... hay de todo. Lo que está claro que con un titulín si te cogen rumbo a las azores a 30 millas del cabo de San Vicente, te meten en la sentina y te hunden de dos certeras andanadas... Por eso es conveniente siempre llevar un grupo de cerveza y unas cajas de gambas para agasajar a los posibles visitantes. :brindis: |
Re: Limites legales de cada Titulo y usos reales del mismo, matriculaciones..
pues si ambages con el pnb tambien puedes recorer españa entera ya que las 5 millas es desde la costa y no desde puerto base,y si lo controlan pues decirte que hay sitios que si y entros menos pero algo si,y el equipo de seguridad si suelen revisrtelo cuando te paran,saludos
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Re: Limites legales de cada Titulo y usos reales del mismo, matriculaciones..
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Re: Limites legales de cada Titulo y usos reales del mismo, matriculaciones..
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Y eso, siempre y cuando sea dentro de España, porque si te vas hacia el S. puedes llegar hasta la India sin separarte más de 12 millas de la costa. |
Re: Limites legales de cada Titulo y usos reales del mismo, matriculaciones..
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(¡Eres como mi conciencia de la buena expresión escrita! :cunao: ) :brindis: |
Re: Limites legales de cada Titulo y usos reales del mismo, matriculaciones..
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Tienes razón, tuyu, lo decías en el siguiente párrafo, que no acabé de leer bien... :sorry: :sorry: :sorry: Es que tenía sueño... Y conste que no pretendo ser la conciencia de nadie, que Neptuno me libre, con la mía ya tengo bastante... ¿Es pronto para unas cervecitas? :brindis: :brindis: |
Re: Limites legales de cada Titulo y usos reales del mismo, matriculaciones..
Para el tema de zonas y titulos hay que tomarse primero unas copas, así que una ronda para todos:borracho: :borracho: :borracho: .
Primero. Los titulos y las zonas de navegación no son equivalentes. Zonas hay 7 y titulos cuatro, mas autorización federativa. Segundo: Las zonas de navegación estan en función de la categoria de diseño del barco y de los equipos de seguridad. :nosabo: . Otra ronda cantinero que esto en vez de clarificarse se complica.:brindis: Por partes: Diseños de barcos: 4 que sepa A Oceanica que comprende la zona de navegación 1; B Alta mar que comprende zona 2 hasta 60 millas de la costa y 3 de hasta 25 millas de la costa; C Aguas costeras que comprende la zona 4 (otra ronda??) hasta 12 millas, la ssonna 5 hasta 5 millas y la ona 6 (otra:borracho: ) hasta 2'; Y por fin la D Aguas protegidas, que se corresponde la zona 7. Las atribuciones de los titulos como puedes comprobar no se corresponden exactamente con las zonas y cuando despachas el barco lo haces para una zona determinada. ¿Que comprota?. Dicen que en cuanto a requisitos que si tienes el equipo de seguridad de la zona (o sea que si vas a mallorca con el equipo de zona 2) no miran más (dicen, se habla, se comenta), pero si te pasa cualquier cosa fuera de la zona para la que esta despachado el barco o de la distancia que permite el titulo de patron, estas sin cobertura tanto para los daños propios como para los que causes, incluyendo salvamento de personas, o sea que vas por tu cuenta y riesgo. Eso creo y pongo de manifiesto y si no es así que me corrijan. Una ronda final que me he quedado seco :borracho: :borracho: :borracho: . Saludos |
Re: Limites legales de cada Titulo y usos reales del mismo, matriculaciones..
Otra ronda para todos que aun se puede complicar un poco más.:borracho: :borracho:
El barco tiene que estar despachado para una zona en la que tengas titulo habilitado, de forma que si tienes el PER, tu barco tiene que estar despachado como máximo para zona 4, independientemente de que su categoria de diseño permita despacharlo incluso para zona 1. La categoria de diseño determina las condiciones de navegación para las que has sido diseñado el barco (alturas de las olas y fuerza de viento que puede soportar). Eso es independiente de la zona para la que este despachado. Por último si un barco esta despachado para una zona y por diseño puede estar despachado para otra, siempre se puede solicitar la modificación de zona. Por tanto primero categoria de diseño y despues despacho. Saludos. |
Re: Limites legales de cada Titulo y usos reales del mismo, matriculaciones..
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¿Yo no puedo tener el barco despachado para zona 2 y contratar a un skipper que me haga las travesías que sean más allá de las atribuciones de mi título y, una vez allí, navegar yo en la zona que me permita mi título? Perdona, pero no si la afirmación que has hecho es cierta, quien la haya pensado no tiene ni idea de esto. |
Re: Limites legales de cada Titulo y usos reales del mismo, matriculaciones..
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:brindis::brindis::brindis: |
Re: Limites legales de cada Titulo y usos reales del mismo, matriculaciones..
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Saludos. |
Re: Limites legales de cada Titulo y usos reales del mismo, matriculaciones..
Hola a todos, unas birrillas por ahí.:brindis:
Bueno, voy a intentar aportar algo de luz a éste tema; Con el patron básico puedes navegar hasta 5 millas de la costa en cualquier dirección, es decir siempre y cuando te mantengas a 5 millas de cualquier playa o abrigo, es decir de la costa. No importa de donde salgas, tanto si lo haces desde mataró como si lo haces de Palamós, como si quieres irte desde barcelona a Palamos por la costa, siempre y cuando no te alejes más de 5 millas de la costa. Otro tema es la embarcación que esté despachada para la zona 5 que es 5 millas. eso tienes que mirarlo bien. Normalmente los astilleros te ponen zona C, que emglova la zona de navegación 5,6,7 La zona 6 es para 2" de la costa y la 7 para aguas protegidas. En cuanto al per puedes alejarte 12 millas de la costa y hacer navegación interinsular entre baleares o las canarias, pero legalmente en ningún caso puedes ir con el per desde barcelona, pues hay unas 90 millas y como mínimo necesitas el PY que es hasta 60 millas, pero como coge 60 de cada lado de costa si pasas de las 60 no pasa nada porque entras en las 60 de la costa contraria. Otro tema también sería el barco que debe estar preparado para navegar en zona B, o actualmente la zona 2. Otra cosa que puedes hacer si te hace ilusión cruzar a mallorca desde barcelona por mar es hacerlo en Kayak, pues al no haber legislación puedes hacerlo sin título y sin nada mas que tus ganas de remar, es temerario y laborioso, pero sé de alguien que lo hizo. Saludos y buena suerte |
Re: Limites legales de cada Titulo y usos reales del mismo, matriculaciones..
estoy aquí de nuevo.
En cuanto al tema de matriculaciones, todo depende de la eslora de la embarcación de la zona de fabricación CE o paises no comunitarios, y de la categoría de navegación. Te aconsejo que si compras un barco de vela nuevo, de unos 8 metros o los que sean lo principal es que el manual del propietario venga explicado en castellano, pues de no ser así, puedes tener problemas para matricularlo. Si es de segunda mano ya matriculado preferiblemente que sea con bandera española, pues de lo contrario tendrás que cambiar a la bandena española sino la tiene y supone un gasto adicional y a veces es un tramite un poco complicado. También tiene que tener la declaración de conformidad, del astillero conforme está construido según la normativa CE, la factura de compra, el certificado de aduanas... El barco tiene que tener una categoría de diseño, normalmente para un velero de 8 metros, es la Categoría C, aunque he visto alguno como el Delphia 26, que según parece está diseñado en Categoría B, aunque no sé si esto es cierto o es un error de imprenta. De todos modos si quieres cruzar a las islas no tendrás otro remedio que sacarte el PY o buscar alguien que te lo traslade, pero lo tendrás que tener despachado para la zona B de navegación actual zona 2. Tambien tienes la opción de ir a las baleares en Ferry y allí alquilar un buen velero de 12 metros si tienes el per . Bueno, creo que es suficiente, si tienes alguna duda más aquí estoy. saludos |
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