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Cambiar la titularidad de un lista 6º a nombre de un particular
Buenas noches cofrades, primero de todo, tomense una buena ronda que pago yo:brindis::brindis:
Me gustaría me aconsejarais que estoy hecho un lío. Se que el tema esta más que hablado, pero leyendo y hablando con la gente cada vez me estoy liando más, y necesito consejos, porque quiero tener todo legal y sin problemas. La cuestión es la compra de un velero actualmente en lista sexta a nombre de una empresa, y mi idea es ponerlo a mi nombre pero me surgen un par de dudas. Intentaré poneros en antecedentes, por si alguien me puede ayudar: 1º Embarcación matriculada en lista 7º a nombre de particular en 1998 2º Cambio a lista 6º a nombre de una empresa de alquiler en el año 2014 3º Compró esta embarcación en lista 6º (mi intención es ponerla a mi nombre), a la empresa de alquiler antes citada, con su correspondiente factura y pago de IVA. Mi intención es mantenerla en lista 6º, pero actualmente usarla en uso privativo, ya que en estos momentos estoy en el paro y dada la época en la que estamos (invierno), no me interesa darme de alta como autónomo para gestionarlo yo todo, sino que esperaría hasta que apruebe el PPER en la próxima convocatoria o en caso de no aprobar contrataría patrón. Mi duda es ¿Puedo hacer un cambio de titularidad de la embarcación que actualmente se encuentra a nombre de una empresa a mi nombre, sin tener ninguna empresa, ni ser autónomo (no pretendo desgravarme nada, ni amarre, ni mantenimiento...) y no tener problemas con hacienda por tener un barco en lista 6º? ¿En caso de tener que estar de alta como autónomo o en una empresa con actividad de alquiler de embarcaciones, podría poner la embarcación a mi nombre y cederla a una empresa de alquiler de un amigo para que explotara la embarcación para no tener problemas? Agradezco vuestra ayuda y conocimientos. Un saludo y agracedimientos:brindis::brindis: |
Re: Cambiar la titularidad de un lista 6º a nombre de un particular
Después de leerme casí todo el foro, creo al fin haber aclarado un poco las cosas:banghead: en especial leyendo en este hilo de la taberna
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...ad.php?t=46648 ,el comentario del cofrade "capitan5". Realizaré un copia y pega de su comentario por si fuese de interés para alguien, y subrayaré lo que a mi parecer ha resuelto mis dudas acerca del uso mixto de una embarcación de lista 6º: Me parece que en este hilo nos estamos haciendo un lio. Lio divertido por supuesto. Pero las cosas son más simples de lo que parece. Sin animo de sentar cátedra, me gustaria aclarar las cosas: 1) La naútica deportiva esta sometida a la regulación que dimana de la Autoridad ejercida por la DGMM. Además 2) Las actividades económicas estan sujetas a la regulación fiscal. Por la regulación dimanante de la DGMM las embarcaciones destinadas a alquilarse, deben estar matriculadas en lista 6ª con las excepciones ya citadas de esloras, regatas y motos. Estas embarcaciones si se matriculan por primera vez en España para ese fin (arrendamiento) estan exentas del Impuesto de Matriculación. Por lo tanto, a la pregunta de Sanyayo, la respuesta es clara: Si quieres arrendar el barco a lista 6ª tienes que ir. Por la regulación fiscal, toda actividad economica que genere unos ingresos que sean susceptibles de ser gravadas con un impuesto (Sobre la renta en el caso de personas fisicas o Sociedades en caso de mercantiles), da derecho a desgravar los gastos necesarios para generar esos ingresos (amarre, amortizaciones, gasoil etc.). Pero si la actividad se genera gracias a un activo (en nuestro caso el barco), que tiene otros usos no económicos (el del disfrute por parte de su propietario), no ha lugar deducir los gastos, ni tampoco daria lugar a las posibles exenciones de otros impuestos que tuviesen como razón la exclusiva actividad económica del activo. Resumiendo en lo que es posible: Lista 6ª para alquilar. Si aún estando en lista 6ª por motivo del destino al arriendo, el barco lo va a utilizar el propietario, debe comunicarlo a la Capitania Marítima para que quede claro que puede navegar en ese caso como una embarcación más de recreo. En cuanto a hacienda, no ha lugar desgravar ningún gasto, solo podra declarar los ingresos, previa comunicación y alta en el epígrafe correspondiente, pagando los impuestos que se tercien según tarifas. Respecto al tema de la titulación, el propietario de un barco matriculado en lista 6ª puede patronearlo él si tiene la autorización de la Capitania cuando se hace con carácter privado. Pero en ese caso, no puede estar generando ingresos por el alquiler del barco, porque no es patrón profesional. Todo lo demás que se ha expuesto (que si los 4 años, que si el hermano o el cuñado etc) no son más que consecuencia de la altísima defraudación que ha existido por parte de profesionales y empresarios que han "endiñado" los gastos de barco a la empresa. En un caso muy reciente, "los gastos", habian servido para presentar un ERE. Que cada palo aguante su vela cofrades..... Conclusión, sobre la pregunta formulada en este hilo: Se puede comprar una embarcación de lista 6º a nombre de una empresa, y realizar un cambio de titularidad a nombre de un particular, pero para ello el titular tendrá que estar inscrito en el registro de actividades económicas (en mi mundo de rosas y felicidad pensaba que sería como el alquiler de una vivienda, donde declaras la ganancia sobre el IRPF, creo:nosabo:) en su epígrafe correspondiente, y podrá hacer un uso mixto de la embarcación, pero ello le conllevará no poder desgravarse gastos asociados a la embarcación como amarres, mantenimiento, IVA de los contratos..., y deberá como no, declarar los ingresos que le genere dicha actividad. Una vez expuesto este ladrillo, por si es de ayuda alguien, en mi caso lo que haré hasta que obtenga una titulación profesional es pasar la embarcación a lista 7º, y una vez obtenido la titulación necesaria ya realizar de nuevo en cambio de lista, cumpliendo todas las formalidades exigidas. Un saludo y perdón por el rollo:brindis::brindis: |
Re: Cambiar la titularidad de un lista 6º a nombre de un particular
Creo que si estas en paro actualmente, te va interesar investigar las bonificaciones y/o adelante de dinero del paro para establecerte como autónomo. Quizás te va compensar hacerlo ya aunque con poca actividad hasta Semana Santa, pero si ya estás establecido legalmente, podrás intentar promocionar para alquilar desde ya.
Si te pillan anunciando tu barco en alquiler antes de estar establecido, puede dar lugar a una investigación/auditoria de hacienda. Ya sabes que hay algunos que ya están mirando reservar lo del verano que viene. Suerte con tu plan!:brindis: |
Re: Cambiar la titularidad de un lista 6º a nombre de un particular
Es más, si te das de alta antes, los gastos de gestora de cambio, tasas, etc, podrás asociarlas a la empresa. Los anuncios que pones para alquilar tu barco podrás deducirlos también.
Si o tienes claro, habla con la Seg. Social o Inem para ver que ayudas hay para parados. |
Re: Cambiar la titularidad de un lista 6º a nombre de un particular
Cita:
He estado hablando con una gestoría y me han recomendado seguir en el paro hasta la época estival, momento en el que me daría de alta como autónomo. En principio no tengo pensado hacer publicidad de la embarcación ni la actividad de alquiler, hasta estar dado de alta como autónomo. Tampoco tengo pensado desgravarme ningún tipo de gasto ya que he leído, no se si cierto o no, que para hacer un uso mixto de la embarcación no puedo desgravarme los gastos. No se realmente si me han informado bien, pero en principio me han recomendado mantener la lista 6º de la embarcación y hacer un uso particular de esta (teniendo todo el material de seguridad necesario así como al día, el seguro para lista 6º, ITB al día y el permiso de actividad de charter expedido por el Gobierno) sin estar dado de alta como autónomo ni en el registro de actividades económicas, hasta que me dé de alta como autónomo, que entonces si podré publicitarme y ejercer legalmente la actividad de chárter. Actualmente la embarcación estaba así, a nombre de una empresa que durante el invierno esta dada de baja, pero manteniendo todos los requisitos que comporta la lista sexta, pero haciéndose un uso particular de la embarcación. Sólo espero no tener problemas:confused::confused: Un saludo:brindis::brindis: |
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