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Impuesto Transmisión Patrimonial
Hola a todos
Acabo de comprar un velero de segundamano y me olvidaba del Impuesto de Transmisión Patrimonial. Soy de Barcelona... Me dicen que es un 5%. Pero de lo que pone el contrato de compra-venta o existe alguna tabla en hacienda? Vaya saca-pasta!!! |
Re: Impuesto Transmisión Patrimonial
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si el importe de la tabla es mayor que el importe reflejado en el contrato, te aplican la tabla, no se el itp en cataluña como está en algunos sitios es un 4% en otros llega hasta el 8 % un saludo |
Re: Impuesto Transmisión Patrimonial
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Eso debe ser una broma no? Si tengo que pagar un 5% de ese valor me corto las venas!! |
Re: Impuesto Transmisión Patrimonial
me parece que era un porcentaje sobre el valor venal. De ese valor parte y luego hay un porcentaje de depreciación (me suena que a partir de x años era un 12%, o quizá fuese en coches así)
yo compré mi dufour 29 hace poco más de un año, y ni miraron las tablas (y no hubiesen servido de mucho porque tampoco viene), directamente aplicaron el 4% sobre lo que pagué, es decir, sobre el valor del contrato. Creo que me hubiese beneficiado pagar según tablas |
Re: Impuesto Transmisión Patrimonial
Pues pondré 4000 euros en el contrato y si cuela cuela
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Re: Impuesto Transmisión Patrimonial
Cita:
ese valor que dices de 41.000 € será de nuevo, despues por cada año de antiguedad va bajando, hasta que llega a un minimo a los 10 ó 12 años y a partir de ahi, si el barco tiene más de esos años se aplica el impuesto sobre el valor reflejado en la "compra-venta" tienes que ver en la documentacion del barco de que año es, no se si se computa desde el año de fabricacion, o desde el año de matriculacion. mira en las paginas de barcos usados, el precio que tienen, por ej, con una antiguedad de 10 años, y sobre eso puedes poner el contrato de compra-venta |
Re: Impuesto Transmisión Patrimonial
4000 euros por un dufour 31?? solamente te puedo decir... suerte con la inspección de hacienda
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Re: Impuesto Transmisión Patrimonial
Deberías mirar tu modelo de barco en las tablas (como has hecho), luego aplicar la depreciación anual (es un porcentaje del valor de tablas que depende del número de años que tenga el barco, figura en una segunda tabla que suele estar después de la de los precios según modelo) y ese será el valor mínimo que debería figurar en el contrato de compraventa para que Hacienda no dudase de su veracidad.
Ni que decir tiene, que lo correcto es que en el contrato figure el importe real de la transacción de compraventa. LDN |
Re: Impuesto Transmisión Patrimonial
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No es exactamente así. En la tabla aparece el valor de nuevo (de la época) sin extras. A partir de ahí se va depreciando año a año, hasta llegar aproximadamente a un valor del 10% sobre el de nuevo a los +- 10 años. Pero el valor de meritación será el mayor entre el de compraventa, el de tablas del RD o el comprobado por la Administración. La autoliquidación es muy fácil, entras en la web del impuesto y haces la simulación, te pedirá marca/modelo, año de fabricación fecha del contrato, año y potencia del motor,..... y la misma web te imprimirá el modelo que tienes que pagar y presentar en capitanía. Si la marca/modelo no aparece en el programa de simulación tendrás que poner el precio del contrato. Por lo poco que se paga no vale la pena engañar a hacienda y exponerte a una complementaria dentro de 4 años. |
Respuesta: Re: Impuesto Transmisión Patrimonial
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Gracias |
Re: Impuesto Transmisión Patrimonial
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y se puede el caso de que se ponga un valor minimo y hacienda no lo acepte, porque por el valor del casco si valdria, pero por el valor del motor, no llegaria a cubrirlo, en las tablas y en hacienda,, - en caso de que se hubiera descatalogado de las tablas, se hacen " DOS " peritaciones una para el barco, y otra para el motor, que puede ser un barco viejo con un motor nuevo cada uno interpreta las cosas a su manera y opina con su criterio, sin descalificar a nadie ! que facil es ! :brindis: saludos |
Re: Respuesta: Re: Impuesto Transmisión Patrimonial
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Esta todo en la web d'e-tributs. Puedes pagar y presentar on-line. Ojo.. instalate la version 2018. En temas juridicos, por muy de buena fe que sean, no hagas mucho caso de opiniones personales que no vengan documentadas. En España tenemos ordenamientos jurídicos forales, un consejo en Catalunya puede no valer en Galicia. Y tributariamente peor. :brindis::brindis: |
Re: Impuesto Transmisión Patrimonial
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Re: Impuesto Transmisión Patrimonial
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Re: Impuesto Transmisión Patrimonial
Cita:
Mira la tabla o aplicación y verás que valor fiscal tiene el barco en función del año de fabricación. Solo se tiene en cuenta valor del casco más valor del motor, que varia si es gasolina o diésel. Por lo poco que se ahorra no vale la pena jugársela con hacienda. Estarás 5 años pendiente y con la duda de si te van a girar una complementaria. Cabe decir que en embarcaciones de recreo de poco valor económico prácticamente no hay inspección. |
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