La Taberna del Puerto

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-   -   El iva en la náutica de recreo (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=168043)

Klusplay 25-03-2018 23:57

El iva en la náutica de recreo
 
Hola, saludos cofrades! Lo primero es lo primero: unas rondas para todos los presentes! :brindis::brindis:

Hoy quiero tratar de un tema bastante polémico...
EL 21% DEL IVA!

Explico mi caso concreto: Soy un marinero sin barco propio con la intención de adquirir uno. Después de mucho mirar he encontrado el perfecto, la OCQUETEAU 615 (Ya que quería un barco para titulín, fueraborda, con cabina y con comodidades para la pesca y el paseo...).
En resumen, después de mirar mucho, pedir presupuestos y tal, me he encontrado con que el iva final es carísimo...

Claro, evidentemente yo no quiero defraudar nada ilegalmente, pero me da rabia que el estado, de 37.680 euros totales, se lleve más de 8.000...

¿¿Hay alguna manera de comprar éste barco de primera mano, sin llevarse tal guantazo pero también sin cometer ningúna ilegalidad??

:santo::confused:

He leído alguna cosa sobre algo llamado leasing francés, pero no tengo ni idea de lo que verdaderamente es, solo se que en vez de 21% pagas 10, pero no soy consciente de si eso es legal. Creo que tiene algo que ver con financiación, pero yo no quiero ningún préstamo.

En fin, agradecería vuestra opinión, alguna posible solución y vuestras maravillosas experiencias al comprar un barco.

MUCHAS GRACIAS!! :pirata:

argos0 26-03-2018 10:44

Re: El iva en la náutica de recreo
 
Claro lo pones en sexta lo alquilas y no te subes para nada y es legal pedir la exención de iva si no cuenta que has de pagar iva por el barco y todos los extras que montes otra opción es buscar de segunda mano que estén bien :brindis::brindis:

port bo 26-03-2018 12:46

Re: El iva en la náutica de recreo
 
No lo has dicho, pero ya de entrada se supone que lo compraras nuevo ?. Si no es asi y lo compras a un particular no has de pagar IVA.:brindis:

Klusplay 26-03-2018 13:49

Re: El iva en la náutica de recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por argos0 (Mensaje 2095079)
Claro lo pones en sexta lo alquilas y no te subes para nada y es legal pedir la exención de iva si no cuenta que has de pagar iva por el barco y todos los extras que montes otra opción es buscar de segunda mano que estén bien :brindis::brindis:


Cómo?? Me lo podrías explicar un poco? Jejeje, esque no me entero de nada :cunao::cunao:

Klusplay 26-03-2018 13:52

Re: El iva en la náutica de recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por port bo (Mensaje 2095111)
No lo has dicho, pero ya de entrada se supone que lo compraras nuevo ?. Si no es asi y lo compras a un particular no has de pagar IVA.:brindis:

Ya lo había pensado, pero veo que (sin contar el iva xD) la diferencia calidad-precio de una nueva a una de ocasión no es tan grande (en vela o en barcos más grandes si que hay bastante diferencia, pero en éstos no, segun he visto).

Además, éste modelo concreto casi no lo encuentras de segunda mano, y si tienes la suerte de hacerlo, o están muy antiguos o están lejos.

Jadarvi 26-03-2018 14:00

Re: El iva en la náutica de recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por argos0 (Mensaje 2095079)
Claro lo pones en sexta lo alquilas y no te subes para nada y es legal pedir la exención de iva si no cuenta que has de pagar iva por el barco y todos los extras que montes otra opción es buscar de segunda mano que estén bien :brindis::brindis:

Y además lo tienes que mantener al menos cuatro temporadas en activo.... y con actividad real de chárter, y no haces uso particular del barco en esos años...

:brindis::brindis::brindis: salud!

IMPULSES 26-03-2018 19:12

Re: El iva en la náutica de recreo
 
Klusplay , creo que acaba usted de entender porque en España no se a penas barcos, cuando en otros países europeos fomentan la náutica entre sus paisanos, aquí sólo se le ponen trabas/obstáculos, multas y sanciones...pero sólo a los armadores nacionales, a los armadores extranjeros ni pedirles la hora.
Así nos va....

argos0 26-03-2018 19:15

Re: El iva en la náutica de recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por IMPULSES (Mensaje 2095212)
Klusplay , creo que acaba usted de entender porque en España no se a penas barcos, cuando en otros países europeos fomentan la náutica entre sus paisanos, aquí sólo se le ponen trabas/obstáculos, multas y sanciones...pero sólo a los armadores nacionales, a los armadores extranjeros ni pedirles la hora.
Así nos va....

Buenas eso se puede aplicar al impuesto de matricula pero al iva
Yo no lo veo
:brindis::brindis:

argos0 26-03-2018 19:18

Re: El iva en la náutica de recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por Jadarvi (Mensaje 2095148)
Y además lo tienes que mantener al menos cuatro temporadas en activo.... y con actividad real de chárter, y no haces uso particular del barco en esos años...

:brindis::brindis::brindis: salud!

Totalmente de acuerdo contigo
:brindis::brindis:

Keith11 26-03-2018 20:48

Re: El iva en la náutica de recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por Klusplay (Mensaje 2095027)

He leído alguna cosa sobre algo llamado leasing francés, pero no tengo ni idea de lo que verdaderamente es, solo se que en vez de 21% pagas 10, pero no soy consciente de si eso es legal. Creo que tiene algo que ver con financiación, pero yo no quiero ningún préstamo; por suerte hoy en día dispongo de éste dinero ahorrado...

En el leasing frances, pagas el 10% de IVA, sí, pero precisamente esa diferencia, hasta el 21% es lo que se lleva de intereses la financiera que te lo ofrece

En España seria...

Coste barco FF + IVA (21%) + intereses de credito al consumo (8%)

Con Leasing Frances, seria...

Coste Barco FF + IVA (10%) + intereses de credito al consumo (12%)... Pero ellos no te lo cuentan así... te lo cuentan como en España: Coste Barco FF + IVA (21%) + 1% de intereses del credito al consumo

Evidentemente sale mas barato al comprador. A la financiera se gana una pasta. Y el que "pierde" es el estado frances... Pero tampoco, porque al estado frances le entran unos ingresos de IVA que de otra manera no tendria, y sin verse afectado su IVA de consumo interno, porque eso solo lo aplican a operaciones en el extranjero.

No hay nada como estrujarse el cerebro para conseguir financiar al estado, sin exprimir a sus ciudadanos. (a ver si me lee Montoro :cunao::cunao::cunao:)

Ellos, el banco, ganan unos intereses que ni se los han soñado. Tu pagas a plazos con poco interes, practicamente a interes 0% (o 1%) y el estado frances ingresa un 10 % de IVA que de otra manera no ingresaria, y sin que se vean afectados sus ingresos ordinarios de consumo interno. Ingenieria financiera del consumo comun...

Eso era antes... creo que les vieron el plumero y lo han cambiado...

angelSaavedra 26-03-2018 21:40

Re: El iva en la náutica de recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por Klusplay (Mensaje 2095027)
Hola, saludos cofrades! Lo primero es lo primero: unas rondas para todos los presentes! :brindis::brindis:

Hoy quiero tratar de un tema bastante polémico...
EL 21% DEL IVA!

Explico mi caso concreto: Soy un marinero sin barco propio con la intención de adquirir uno. Después de mucho mirar he encontrado el perfecto, la OCQUETEAU 615 (Ya que quería un barco para titulín, fueraborda, con cabina y con comodidades para la pesca y el paseo...).
En resumen, después de mirar mucho, pedir presupuestos y tal, me he encontrado con que el iva final es carísimo...

Claro, evidentemente yo no quiero defraudar nada ilegalmente, pero me da rabia que el estado, de 37.680 euros totales, se lleve más de 8.000...

¿¿Hay alguna manera de comprar éste barco de primera mano, sin llevarse tal guantazo pero también sin cometer ningúna ilegalidad??

:santo::confused:

He leído alguna cosa sobre algo llamado leasing francés, pero no tengo ni idea de lo que verdaderamente es, solo se que en vez de 21% pagas 10, pero no soy consciente de si eso es legal. Creo que tiene algo que ver con financiación, pero yo no quiero ningún préstamo; por suerte hoy en día dispongo de éste dinero ahorrado...

En fin, agradecería vuestra opinión, alguna posible solución y vuestras maravillosas experiencias al comprar un barco.

MUCHAS GRACIAS!! :pirata:

:nosabo: no te has comprado nunca un coche, o una vivienda o una moto, todo ha pagado IVA puede que segun el año de la compra existia otro baremo, pero es igual siempre se ha pagado
lo del leasing frances vas pagando una cantidad con un IVA reducido, pero al final si quieres quedarte con la propiedad el ultimo plaza tienes que pagar todo lo que no has pagado antes, si no no te quedas con la propiedad
no te lo recomiendo
consuelate pensando que lo que pagas al estado es para el mantenimiento de hospitales universidades astilleros empresas publicas carreteras escuelas puertos deportivos para que tu puedas amarrar tu barquito etc. es para el bien de todos los españoles
saludos

Klusplay 26-03-2018 22:17

Re: El iva en la náutica de recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por angelSaavedra (Mensaje 2095268)
:nosabo: no te has comprado nunca un coche, o una vivienda o una moto, todo ha pagado IVA puede que segun el año de la compra existia otro baremo, pero es igual siempre se ha pagado
lo del leasing frances vas pagando una cantidad con un IVA reducido, pero al final si quieres quedarte con la propiedad el ultimo plaza tienes que pagar todo lo que no has pagado antes, si no no te quedas con la propiedad
no te lo recomiendo
consuelate pensando que lo que pagas al estado es para el mantenimiento de hospitales universidades astilleros empresas publicas carreteras escuelas puertos deportivos para que tu puedas amarrar tu barquito etc. es para el bien de todos los españoles
saludos

Muchas gracias a todos.
CONCLUSIÓN, no se puede hacer nada para pagar en total menos de 21%.

mario147 27-03-2018 00:06

Re: El iva en la náutica de recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por Jadarvi (Mensaje 2095148)
Y además lo tienes que mantener al menos cuatro temporadas en activo.... y con actividad real de chárter, y no haces uso particular del barco en esos años...

:brindis::brindis::brindis: salud!

...y cuando lo vendas tienes que cobrar el 21% al posible comprador, asi que lo tendrás que bajar de precio para tener un precio competitivo...

Magallanes 31-03-2018 20:46

Re: El iva en la náutica de recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por Jadarvi (Mensaje 2095148)
Y además lo tienes que mantener al menos cuatro temporadas en activo.... y con actividad real de chárter, y no haces uso particular del barco en esos años...

:brindis::brindis::brindis: salud!

Y además añado expresamente que mucho cuidado con usar el barco de forma particular, que las interpretacion de la Ley por parte de la AEAT es muy "particular", no vaya a que te encuentres que no te lo puedas deducir y lo tengas que devolver, intereses y sanciones aparte.

Miss Talamanca 04-04-2018 20:31

Re: El iva en la náutica de recreo
 
Buenas tardes, el Octubre del 2017 compré esta embarcación matriculada en lista 6a. la embarcacion tiene 6 mts de eslora. Pensando en la posibilidad de poder hacer charter sin patrón.
Pagué la barca a una empresa de charter con su correspondiente iva y sin desgrabame nada. ya que soy autónomo. Porque tambien la quiero disfrutar como persona física que soy y no solo una empresa o autónomo.
Por un lado, capitanía marítima me dice que no se puede tener la barca con fines lucrativos y disfrutarla con fines particulares.
Por otro lado, la guardia civil del mar. Me dice que si he pagado todos los impuestos de la barca y si no me he deducido nada. Para ellos se puede emplear a modo particular. que si estoy cabal con hacienda, ellos no me sancionarían.
Por otro lado otros me dicen que me puedo desgrabar la midad del importe de la embarcacion porque es para fines lucrativos y para uso particular.
A todo esto, en Octubre del 2017 me dí de alta en el epigrafe de alquiler de embarcaciones de recreo.
Estoy indeciso en esta situacion y no se que hacer.
A ver si me pudierais un cable con todo esto, porque creo que la normativa está un poco en el aire, igual que los alquileres vacacionales, etc...

Agradezco vuestro tiempo. Muchas gracias.

cpascualn 09-04-2018 20:12

Re: El iva en la náutica de recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por Miss Talamanca (Mensaje 2097612)
Buenas tardes, el Octubre del 2017 compré esta embarcación matriculada en lista 6a. la embarcacion tiene 6 mts de eslora. Pensando en la posibilidad de poder hacer charter sin patrón.
Pagué la barca a una empresa de charter con su correspondiente iva y sin desgrabame nada. ya que soy autónomo. Porque tambien la quiero disfrutar como persona física que soy y no solo una empresa o autónomo.
Por un lado, capitanía marítima me dice que no se puede tener la barca con fines lucrativos y disfrutarla con fines particulares.
Por otro lado, la guardia civil del mar. Me dice que si he pagado todos los impuestos de la barca y si no me he deducido nada. Para ellos se puede emplear a modo particular. que si estoy cabal con hacienda, ellos no me sancionarían.
Por otro lado otros me dicen que me puedo desgrabar la midad del importe de la embarcacion porque es para fines lucrativos y para uso particular.
A todo esto, en Octubre del 2017 me dí de alta en el epigrafe de alquiler de embarcaciones de recreo.
Estoy indeciso en esta situacion y no se que hacer.
A ver si me pudierais un cable con todo esto, porque creo que la normativa está un poco en el aire, igual que los alquileres vacacionales, etc...

Agradezco vuestro tiempo. Muchas gracias.


Unas rondas para todos… :brindis::brindis:



No se puede usar un barco de lista 6ª para charter y uso particular cuando se solicita la exención del impuesto de matriculación (12%), pero este impuesto es aplicable para barcos mayores de 8 metros, por lo que no sería tu caso.


Respecto a las deducciones, entre otras, podrías deducirte el 50% del IVA de la compra del barco y posteriores facturas relacionadas con el uso (suponiendo que esta sea la relación de uso privado/charter, que parece que es la máxima que admite hacienda, igual que en el caso de los coches) también te puedes deducir anualmente la amortización del 10% del importe del barco.


No soy ningún entendido, todo lo he leído por los foros, quedo a la espera de que rectifiquen o complementen mis comentarios.


Un saludo

BanderaHolandesa 10-04-2018 12:35

Re: El iva en la náutica de recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por cpascualn (Mensaje 2099178)
Unas rondas para todos… :brindis::brindis:



No se puede usar un barco de lista 6ª para charter y uso particular cuando se solicita la exención del impuesto de matriculación (12%), pero este impuesto es aplicable para barcos mayores de 8 metros, por lo que no sería tu caso.


Respecto a las deducciones, entre otras, podrías deducirte el 50% del IVA de la compra del barco y posteriores facturas relacionadas con el uso (suponiendo que esta sea la relación de uso privado/charter, que parece que es la máxima que admite hacienda, igual que en el caso de los coches) también te puedes deducir anualmente la amortización del 10% del importe del barco.


No soy ningún entendido, todo lo he leído por los foros, quedo a la espera de que rectifiquen o complementen mis comentarios.


Un saludo

Cuidado con las deducciones fiscales....
Si eres particular (no eres empresa de charter, no tienes local ni personal, tu actividad habitual es otra...), aunque estes dado de alta en el IAE para esa actividad de chárter, Hacienda considera que los ingresos del alquiler son un rendimiento patrimonial, no empresarial, y por tanto sólo puedes deducir de la base del IRPF los gastos DIRECTAMENTE relacionados con ese ingreso, no los generales que necesita el mantenimiento de la embarcación (amarres, seguros, varaderos, IVAs, etc NO). Podrás deducirte los gastos de un patrón que has contratado para el alquiler X, o el combustible cargado para ese dia, no más.
Hay una sentencia del TEAC en ese sentido.

Saludos

tam 22-04-2018 09:24

Re: El iva en la náutica de recreo
 
Buenos días .
:nosabo:

Te haces autónomo en el régimen del mar, eres patrón profesional , te compras un barquito , lo charteas tú como patrón y ¿ No desgravas el IVA ? Si es tú actividad principal si ¿ No ?

Luego otra . Te vas al ism a darte de alta en autónomos , y no te dejan si no llevas los papeles de la embarcación , y ¿ Si solo trabajas haciendo traslados ?
Respuesta , pues traes la oferta del traslado , :nosabo:
¿ Entonces no puedes darle de alta y cotizar antes e ir buscando trabajo ? :confused:
Se han confundido ?

Saludos.


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