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Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
Pregunta para entendidos en legislación:
Si una embarcación de bandera comunitaria tiene un dinghy de más de 2,5 m de eslora, ¿se rige por la legislación de la embarcación principal? ¿Habría que registrarla aparte? Unas :brindis::brindis: al que arroje algo de luz al respecto |
Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
Pregunta interesante, me adhiero...
:brindis::brindis::brindis: |
Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
No hay que registrarla. Si hay que tratarla como tal auxiliar ,con lo cual debes ponerle en las amuras"aux. nombre del barco" y usarla solamente cerca del barco principal.
Respecto al seguro,si lo llevas a todo riesgo en el barco este te cubre,solo con valorarla. La mia es de 2.70 con 4 cv.:brindis::brindis: |
Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
¿Y si no lo tienes a todo riesgo, solo a terceros, y hundes un Swan (por poner un ejemplo plausible) con la auxiliar? ¿Te cubre?
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Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
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Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
Creo que lo mejor es preguntar al del seguro...
Enviat des del meu SM-T580 usant Tapatalk |
Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
Me preocupa más el tema Guardia Civil.
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Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
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Al dia siguiente llame por telefono a la gestoria que me hicieron los papeles del barco y les pregunte por la normativa para estar mas seguro y me contestaron lo que escribi antes. Asi que voy algo tranquilo al respecto,aunque en este pais ya se sabe,primero se sanciona,aunque no se este seguro ,y luego se reclama |
Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
¿Y te comentaron cuál sería el tamaño máximo?
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Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
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Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
Con bandera belga, si tiene más de 2,5 m, el auxiliar hay que registrarlo con su propia matrícula, independiente de la de la embarcación principal.
Saludos y :brindis: |
Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
«Embarcación auxiliar»: toda embarcación de cualquier tipo, con independencia de su medio de propulsión, cuya eslora máxima no sea superior a 4 metros y cuya potencia instalada, en su caso, no sea superior a 8 kW, siempre y cuando sea destinada exclusivamente al servicio auxiliar de la embarcación principal de recreo a la que sirve. Estas embarcaciones solo podrán navegar en las proximidades de la embarcación principal.
RD 1435/2010, de 5 de noviembre Saludos |
Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
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El RD 1435/2010 es inaplicable en este caso; el cofrade windi hace la pregunta refiriéndose a banderas comunitarias. Saludos y :brindis: |
Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
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Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
a mí me pararon el otro día con mi 249 en el mar.
me pidieron papeles, y se lo dí, ( copìa factura de compra del primer propietario, contrato compraventa privado y recibo seguro ) .Me dijeron que todo bien, luego me pidió los chalecos ( llevaba uno y le enseñé ese, diciendo que iban los 3 de los 3 que íbamos ), el motor no era el mismo que el de los papeles. Al final me dijeron que si había salido de la playa y les dije que sí y que se tiene que sacar por un canal balizado y les dije que también. No se de dónde habían pensado que había salido. no tenía ni idea de lo que te pueden exigir. ( creo que el seguro ) |
Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
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Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
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Me imagino bajando a cenar con los chalecos :cunao: |
Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
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No la puedes coger,echar al coche y llevartela a la playita que te plazca.....:cunao::cunao: |
Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
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Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
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Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
Para que el seguro os cubra la auxiliar, tiene que estar reflejada en la póliza, no hay que dar por hecho que la auxiliar ya va incluida.
Toda embarcación auxiliar sea del tamaño que sea con motor tiene que estar asegurada, es obligatorio. No puede alejarse de la vista de la embarcación principal. Las lanchitas hinchables del Decathlon, están exentas de matriculación y seguro (aunque yo lo recomendaría...):cunao: Definición según el BOE: «Embarcación auxiliar»: toda embarcación de cualquier tipo, con independencia de su medio de propulsión, cuya eslora máxima no sea superior a 4 metros y cuya potencia instalada, en su caso, no sea superior a 8 kW, siempre y cuando sea destinada exclusivamente al servicio auxiliar de la embarcación principal de recreo a la que sirve. Estas embarcaciones solo podrán navegar en las proximidades de la embarcación principal. saludos para todos con unos brindis fresquitos:brindis: |
Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
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Apenas por curiosidade, em Portugal é assim: Artigo 22.º (Regulamento da Náutica de Recreio - Decreto.Lei 124/2004 de 25 de Maio) Utilização de embarcação de recreio com dispensa de registo 1 - As ER auxiliares, enquanto embarcações de apoio nas ligações da embarcação principal de e para terra, são dispensadas de registo, desde que o seu comprimento seja inferior a um quinto do valor resultante da soma da boca com 1,5 vezes o comprimento da ER principal. Ou seja, se tens uma embarcação principal com 10 metros de eslora por 3m de boca, fazes as contas: 10x1,5=15 + 3 = 18. 18 a dividir por 5 (um quinto) = 3,60 m. Resultado, neste caso que exemplifiquei, podes ter uma embarcação auxiliar sem registo com 3,60 metros. Umas :brindis::brindis: |
Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
Yo conozco a algún guardia civil que haría la vista gorda con tal de no hacer las cuentas :cunao::cunao::cunao:
Obrigado |
Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
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Re: Tamaño máximo de auxiliar sin matricular
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