La Taberna del Puerto

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-   -   Fondear en el extranjero (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=171812)

Trigulero 29-08-2018 23:32

Fondear en el extranjero
 
Disculpad la pregunta de supernovato... Aunque estoy estudiando, no tengo experiencia suficiente aún y me ha asaltado la duda:

Cómo es normalmente el trámite para "llegar" a otro país? Me refiero al tema de aduanas, etc... Es necesario dar cuenta a las autoridades de la llegada prevista y te están esperando? Se llega directamente y se presenta uno a las autoridades portuarias? Qué pasa si sólo me acerco a la costa de un país extranjero, dentro de sus aguas territoriales, pero no desembarco? Puedo fondear en otro país directamente? He de acercarme forzosamente a Puerto y presentar mis "papeles"?

Gracias de antemano y disculpad si la pregunta es demasiado obvia... He realizado varias consultas y no lo he conseguido encontrar...

Abrazos!!!

Palo-Palo 29-08-2018 23:38

Respuesta: Fondear extranjero
 
Pues yo tomo asiento...

A ver qué dicen los vagamundos :cunao:

:brindis:

ROyOR 29-08-2018 23:44

Re: Fondear extranjero
 
Hola Trigulerom tus dudas tienen sentido, pero depende del país al que quieras llegar. Solo te puedo hablar de Portugal y me imagino que será igual en cualquier país de la CEE, tienes que hacer lo mismo que en España. Es decir llamar por VHF en el canal de la marina en cuestión, normalmente el canal 9, y ellos te dirán donde atracar. Después tendrás que ir a la oficina a llevar la documentación del barco, del patrón y del resto de la tripulación.

Si lo que quieres es fondear, no hace falta hacer ningún requisito en especial.

Saludos
Rafa

Keith11 29-08-2018 23:55

Re: Fondear extranjero
 
Para fondear, en un pais de espacio Schengen, en teoria, ni avisar. Echas el hierro y a dormir

Varios cofrades han explicado en esta taberna que en Croacia, por ejemplo, que es pais de la UE, pero no del espacio Schengen, has de informar a la autoridad sin demora, por radio, tan pronto entras en sus agua territoriales

caribdis 30-08-2018 10:06

Fondear extranjero
 
Hay que aclarar que cada país tiene sus puertos de entrada, y es necesario ir a ellos (exceptuando Schengen, me imagino), para regularizar la entrada antes de moverte libremente por su costa.

El procedimiento básico es izar la letra Q del código de señales, petición de libre plática, y normalmente, si no vienen directamente al barco, bajar a tierra y dirigirte a las oficinas del puerto, normalmente las de puerto, aduanas e inmigración, para cumplimentar sus requerimientos y obtener un permiso de estancia en el país, conocer sus normativas y sellar los pasaportes de la tripulación.

La ventaja de llegar por mar, con respecto a una frontera terrestre es que no precisas llegar con el visado hecho a la frontera, lo puedes tramitar al llegar.

Si en algún caso no te dan permiso de entrada en el país, es normal que te den al menos 48 horas para reparaciones.

No es recomendable, de manera general, fondear sin haber regularizado antes los papeles, ni hacer absolutamente nada en tierra antes de dirigirte a las oficinas del puerto, conozco barcos que han tenido problemas por ello.

La única documentación que se exige es la que detalla nombre, pabellón, características del barco y propietario, y los pasaportes.

Las tasas por papeleo y visados son muy variables, desde gratuitas (pocos países) a francamente desorbitadas, pero es una parte del presupuesto de un navegante con la que hay que contar.

Y muchas veces la cuestión papeleo no remata con la entrada, tal vez hay que ir renovándolo de puerto en puerto, y, por supuesto, hacer la salida en otro puerto habilitado para ello, alguna vez he suspirado aliviado cuando consigues tener de nuevo la documentación para izar velas y abandonar un país (básicamente he navegado por África y Asia)..

:brindis:

eargudo 30-08-2018 12:52

Re: Fondear extranjero
 
El procedimiento es el que te ha escrito Caribdis. Llegar a Puerto de Entrada con Bandera Q y alli Inmigración, Aduanas y Policia del Puerto, y al revés a la salida. Lo acabo de hacer la semana pasada entre Turquía y Grecia de entrada y salida sin problemas.


Dos puntos:

1. A la hora de planificar la ruta hay que enterarse bien de cuales son los puertos de Entrada habilitados en la zona por la que quieras entrar o salir,

2.-Si puedes, usa un agente con oficina en el puerto de destino o salida para hacer los papeleos. Para que me entiendas, son como una gestoría para asuntos de este tipo. Son fáciles de encontrar, lo que te cobran es menos de lo que cuesta una noche de amarre en muchas marinas españolas y se mueven en sus puertos y con sus autoridades como pez en el agua. Simplifican las cosas.


Un saludo

Tabernero 30-08-2018 13:45

Re: Fondear en el extranjero
 
Cita:

Originalmente publicado por Trigulero (Mensaje 2135592)
Disculpad la pregunta de supernovato... Aunque estoy estudiando, no tengo experiencia suficiente aún y me ha asaltado la duda:

Cómo es normalmente el trámite para "llegar" a otro país? Me refiero al tema de aduanas, etc... Es necesario dar cuenta a las autoridades de la llegada prevista y te están esperando? Se llega directamente y se presenta uno a las autoridades portuarias? Qué pasa si sólo me acerco a la costa de un país extranjero, dentro de sus aguas territoriales, pero no desembarco? Puedo fondear en otro país directamente? He de acercarme forzosamente a Puerto y presentar mis "papeles"?

Gracias de antemano y disculpad si la pregunta es demasiado obvia... He realizado varias consultas y no lo he conseguido encontrar...

Abrazos!!!

Me he permitido cambiar el título del hilo a "fondear en el extranjero", eso de "fondear extranjero" no sonaba muy bien y más en los tiempos que corren.

Saludos

Trigulero 30-08-2018 18:52

Re: Fondear en el extranjero
 
Un millón de gracias a todos!!!

No tener aunque sea una idea básica de este tipo de cosas me creaba un poco de incertidumbre... Se supone que con el PY ya puedes hacer travesías más que aceptables y en el temario no veía nada a este respecto...

Gracias de nuevo!!!

Abrazos!!!

enric rosello 31-08-2018 07:12

Re: Fondear en el extranjero
 
Mientras te muevas por la Unión Europea, no necesitas hacer nada especial, ni para entrar en puerto ni para fondear. Por cortesía, al entrar en las aguas territoriales izarás en la cruceta de estribor el gallardete del país visitado.
En países al margen de la UE, que saliendo de España y sin cruzar el Atlántico, son mayormente los del norte de África, al llegar debes hacerlo en uno de los puertos asignados para la entrada de barcos e izar la bandera "Q" del código de señales (amarilla) en la cruceta. Antes de zarpar, en embajadas o consulados te indicarán cuáles son estos puertos. Esta bandera significa que solicitas 'entrada oficial' a las autoridades quienes, según el país, te vendrán a ver a bordo o te indicarán por radio donde está el puesto de policía o aduanas donde debes presentarte.
suerte

ponzoa 31-08-2018 09:20

Re: Fondear en el extranjero
 
No olvides que para volver a la EU desde fuera de ello, aunque sea tu casa - Marruecos a España por ejemplo, también tienes que pasar por el mismo proceso de la bandera amarilla en la cruceta, puerto de entrada, y papeleo etc.

:brindis:

Javi-Miss Regina 01-09-2018 08:51

Re: Fondear en el extranjero
 
Cita:

Originalmente publicado por ponzoa (Mensaje 2136004)
No olvides que para volver a la EU desde fuera de ello, aunque sea tu casa - Marruecos a España por ejemplo, también tienes que pasar por el mismo proceso de la bandera amarilla en la cruceta, puerto de entrada, y papeleo etc.

:brindis:


Hemos estado unos días en Albania y ni sabían que era la bandera amarilla :cunao: La verdad es que todavían andan muy despistados con los barcos de recreo, no saben muy bien lo que tienen que hacer :nop:


:brindis:

ZARKA 02-09-2018 18:39

Re: Fondear en el extranjero
 
Cada pais tiene sus normas. En Grecia, por ejemplo, a pesar de ser espacio Schengen dentro de la UE, hace falta hacer trámites de entrada y obtener un permiso de navegación (DEKPA). Exigen, además, un documento de la compañía de seguros que acredite que el barco tiene cobertura para los mínimos que dicta la ley griega (no la de bandera).

Lo mejor es consultar una web que aclare los trámites para cada país: www.noonsite.com es especialmente buena y tiene información ajustada y al día (las normas cambian...)


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