![]() |
Itb
Hola a todos, llevaba mucho tiempo sin entrar en la pagina asi que una ronda para todos :brindis:
Tengo una duda :nosabo: sobre la ITB de embarcaciones. Por diferentes causas este año no he podido estar al dia con mi barco y se me paso la fecha de la inspeccion hay alguna fecha limite, despues de la que tenemos en la documentacion? ya que se me paso 3 meses, que por estar fuera no me acorde. Saludos |
Re: Itb
Cita:
|
Re: Itb
Supongo que mientras no navegues, no debes tener problema. Al menos eso
sería lo lógico. :o :o :o Salud y :brindis: |
Re: Itb
Cita:
Rafa |
Re: Itb
Cita:
|
Re: Itb
Cita:
Saludos Rafa |
Respuesta: Itb
Debe ser esto, convierte a euros:
Real Decreto 1434/1999, de 10 de septiembre, por el que se establecen los reconocimientos e inspecciones de las embarcaciones de recreo para garantizar la seguridad de la vida humana en la mar y se determinan las condiciones que deben reunir las entidades colaboradoras de inspección. Artículo 12 Infracciones graves Son infracciones graves las acciones u omisiones que pongan en peligro la seguridad de la embarcación o de la navegación y/u ocasionen daños a las personas y, en todo caso, las siguientes: a) Se entenderá comprendida en el artículo 115.2 k) de la LPEMM, la navegación careciendo de Certificado de navegabilidad, o hacerlo con dicho Certificado caducado. Artículo 15 Sanciones Las infracciones serán sancionadas, de acuerdo con lo dispuesto en el capítulo IV de la LPEMM, con multa hasta los importes siguientes: A) Infracciones graves tipificadas en el artículo 12: 1.º Los importes máximos de las multas por las infracciones relacionadas en los párrafos a) y b) del artículo 12 serán, de acuerdo con el tamaño de las embarcaciones, los siguientes: a) Embarcaciones hasta 7,5 metros de eslora: hasta 100.000 pesetas. b) Embarcaciones entre 7,5 y 12 metros de eslora: hasta 200.000 pesetas. c) Embarcaciones entre 12 y 24 metros de eslora: hasta 500.000 pesetas. |
Re: Itb
Luegi algunos se preguntaran por las banderas de "CONVIVENCIA" o coherencia :sip:
|
Re: Itb
buenas tardes cofrades, ¿ sabe alguien si la ITB la puede pasar cualquier ingeniero naval o el ingeniero tiene que estar "homologado" por la dgmm ?
birras para todos:brindis: |
Re: Itb
Cita:
(Voz de Jordi Hurtado) ¡¡¡¡Cooooorrrreeectoooo!!!! ¡¡¡¡Sólo pueden pasar la ITB los amigueeeeteees!!!! Aquí lo pone bien claro: https://www.fomento.gob.es/marina-me...-navegabilidad Observa que en otros países, cuando piden algo es un certificado de arqueo, y toman como referencia a entidades tan acreditadas como Lloyd's, RINA, Bureau Veritas...; aquí, bueno, ya sabes... Saludos y :brindis: |
Re: Itb
Cita:
|
| Todas las horas son GMT +1. La hora es 16:43. |
Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto