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Puedes ofrecer las practicas del per en tu propio barco con el PPER??
Hola cofrares y unas rondas matutinas de algo que caliente bien que ya es viernes :borracho:
Pues investigando las atribuciones de pper veo que pone que puedes ser "profesor" de practicas de per titulin y pnb entiendo. Lo que no me queda claro es si tiene que ser en una academia o si tienes tu propio barco las puedes hacer en el mismo y con la misma validez claro. Supongo que en el caso de que si se pueda, es obligatorio tener el barco en lista 6? Se pide algo especial para el barco? Y las de pastron de yate no se puede no? Que titulo se necesita para ser el patron en unas practicas de `patron de Yate?? :santo: |
Re: Puedes ofrecer las practicas del per en tu propio barco con el PPER??
Cita:
Efectivamente, deben hacerse en una escuela náutica. Las titulaciones exigidas para dada una de ellas vienen recogidas en el RD 875/2014, art. 31 :brindis: |
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