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Lista 6ª más de 4 años
:brindis::brindis::brindis: Una ronda fresquita que está apretando el calor.
Siempre he oído que si un barco ha estado en lista sexta de forma ininterrumpida más de años, el propietario puede utilizarlo de forma particular sin contravenir ninguna norma en relación a no haber pagado impuesto de matriculación cuando se compró. Por favor, ¿alguien puede decirme en qué ley, RD o norma está eso escrito? Es que no lo encuentro y no sé si me podrían multar o reclamar el pago del impuesto en caso de hacerlo. Gracias compañeros y buena proa :brindis: |
Re: Lista 6ª más de 4 años
Ley general Tributaria , prescripción de los tributos
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Re: Lista 6ª más de 4 años
Cita:
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Re: Lista 6ª más de 4 años
Perdón por insistir pero si yo compro un lista sexta para seguir a mi nombre en lista sexta ¿desde cuándo cuenta la exención de los cuatro años desde la compra original o desde que compro yo el barco al primer dueño, que he tenido que pedir la exención de nuevo? Gracias
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Lista 6ª más de 4 años
Desde la primera matriculación
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Re: Lista 6ª más de 4 años
Cita:
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