La Taberna del Puerto

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-   -   El dingui hay que matricularlo? (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=185273)

ironia 11-07-2020 20:40

El dingui hay que matricularlo?
 
Hola a todos
Un barco de bandera belga, con dingui de 2.40mt y motor de 2.5cv.
Hay que matricular lo?

:pirata:

leviño 11-07-2020 23:57

Re: El dingui hay que matricularlo?
 
SALUD:brindis:SS
En Bélgica no lo sé , aki si no pasa de 2.50 no se matriculan, yo compré una de 2,45:pirata:

miguel ibiza alm 12-07-2020 14:05

Re: El dingui hay que matricularlo?
 
Buenas,si la llevas como auxiliar del barco no hace falta matricular,simplemente le pones en las amuras auxiliar y el nombre del barco,eso si solo la puedes usar con el barco a la vista,bajar a la playa,comprar provisiones.....o sea,bajar a tierra.
Yo antes tenia una 2,60 en bandera holandesa y ahora una 2,50 en española .:brindis:

Apagapenol 13-07-2020 20:57

Re: El dingui hay que matricularlo?
 
Cita:

Originalmente publicado por ironia (Mensaje 2260737)
Hola a todos
Un barco de bandera belga, con dingui de 2.40mt y motor de 2.5cv.
Hay que matricular lo?

:pirata:

Entiendo que te refieres al dinghy. En Bélgica sólo hay que matricularlo a partir de 2,5 m.

Saludos y :brindis:

scampolo 14-07-2020 21:31

Re: El dingui hay que matricularlo?
 
Legislación Española

Las embarcaciones auxiliares deberán llevar el mismo indicativo de matrícula de su principal, sin nombre, y añadiendo al final del mismo, entre paréntesis la expresión «Aux» y el indicativo de matrícula de su principal. En el supuesto de que hubiese más de una embarcación auxiliar, se utilizarán números correlativos.

Embarcación auxiliar»: toda embarcación de cualquier tipo, con independencia de su medio de propulsión, cuya eslora máxima no sea superior a 4 metros y cuya potencia instalada, en su caso, no sea superior a 8 kW, siempre y cuando sea destinada exclusivamente al servicio auxiliar de la embarcación principal de recreo a la que sirve. Estas embarcaciones solo podrán navegar en las proximidades de la embarcación principal.

Artículos 7 Apartado5 y 2 b del Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques.

Martae 15-07-2020 11:29

Re: El dingui hay que matricularlo?
 
Una pregunta :

En relación a : "Estas embarcaciones solo podrán navegar en las proximidades de la embarcación principal. "

Que entienden por "proximidades". Se puede definir una distancia en millas o debe estar "a la vista" de la embarcación principal ?

saludos

Canalina 17-01-2025 02:05

Re: El dingui hay que matricularlo?
 
Buenas, pregunta….
Me hice con una semirrígida de 2,2 metros de eslora, era el dingui de un barco mayor, yo quiero usarlo de forma independiente en zona de navegación 6 (menos de dos millas del abrigo de un puerto) No tiene documentación por si solo, estaba integrado en el barco mayor (tengo un contrato de compra-venta y la lancha tiene su número de serie grabado en el casco). Hay que legalizar algo? Al ser eslora inferior a 2,6 metros tengo que matricularlo? Supongo que está en la categoría de los kayak (artefacto flotante). Mi idea es ponerle un moto de entre 4 y 6 caballos (lo maximo que permite), posiblemente nuevo con su factura a mi nombre (por esta parte no hay problemas).
Con un seguro de navegación a terceros estoy en regla? ¿Necesito algo más? Yo tengo el PER.
Gracias y saludos.

joanllagos 20-01-2025 11:04

Re: El dingui hay que matricularlo?
 
Cita:

Originalmente publicado por Canalina (Mensaje 2475844)
Buenas, pregunta….
Me hice con una semirrígida de 2,2 metros de eslora, era el dingui de un barco mayor, yo quiero usarlo de forma independiente en zona de navegación 6 (menos de dos millas del abrigo de un puerto) No tiene documentación por si solo, estaba integrado en el barco mayor (tengo un contrato de compra-venta y la lancha tiene su número de serie grabado en el casco). Hay que legalizar algo? Al ser eslora inferior a 2,6 metros tengo que matricularlo? Supongo que está en la categoría de los kayak (artefacto flotante). Mi idea es ponerle un moto de entre 4 y 6 caballos (lo maximo que permite), posiblemente nuevo con su factura a mi nombre (por esta parte no hay problemas).
Con un seguro de navegación a terceros estoy en regla? ¿Necesito algo más? Yo tengo el PER.
Gracias y saludos.

Barco a motor en el agua seguro obligatorio, en el caso de los dinguis Auxiliares , normalmente el propio seguro del barco lo ampara, saludos


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