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Biel59 07-03-2021 23:26

Ruta Navionics
 
1 Archivo(s) adjunto(s)
Una pregunta ¿Por que al diseñar una ruta en la vuelta a Mallorca, al llegar al Cap Ferrutx, el Navionics me aleja bastante de la costa? ¿Existen arrecifes por la zona?

En los parámetros del barco he indicado un calado de 1,5 metros.

:nosabo::nosabo:

scampolo 07-03-2021 23:29

Re: Ruta Navionics
 
Imagino que busca el camino más corto , salvando obstáculos. Esto suponiendo lo hagas en establecer rutas en modo automático.

pato 08-03-2021 00:14

Re: Ruta Navionics
 
[quote=Biel59;2307968]Una pregunta ¿Por que al diseñar una ruta en la vuelta a Mallorca, al llegar al Cap Ferrutx, el Navionics me aleja bastante de la costa? ¿Existen arrecifes por la zona?

En los parámetros del barco he indicado un calado de 1,5 metros.

:nosabo::nosabo:[/

Magdale 08-03-2021 01:24

Re: Ruta Navionics
 
Cita:

Originalmente publicado por Biel59 (Mensaje 2307968)
Una pregunta ¿Por que al diseñar una ruta en la vuelta a Mallorca, al llegar al Cap Ferrutx, el Navionics me aleja bastante de la costa? ¿Existen arrecifes por la zona?



En los parámetros del barco he indicado un calado de 1,5 metros.



:nosabo::nosabo:

Te lleva por fuera de una zona restringida https://uploads.tapatalk-cdn.com/202...29ad72e8fa.jpg

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Biel59 08-03-2021 08:30

Re: Ruta Navionics
 
En esta orden APA no veo en ningún párrafo la prohibición de navegación, si la de pesca. Entiendo que el Navionics interpreta la reserva como prohibida a la navegación cuando no lo esta, solo limitada a la pesca y fondeo.

pupukeo 08-03-2021 08:45

Re: Ruta Navionics
 
ORDEN APA/961/2007, de 3 de abril, que establece una
reserva marina de interés pesquero en Cala Rajada, a
levante de la isla de Mallorca, y define su delimitación,
zonas y usos permitidos

Artículo 7. Navegación. :velero:


1. Sin perjuicio de las competencias que le corresponden en la materia a la
Administración Marítima, la libre navegación, como actividad permitida con carácter general
sin necesidad de autorización en la reserva marina según establece el artículo 3.2.a) de la
presente orden, se efectuará de acuerdo con las normas generales que la regulan, y siempre
bajo la responsabilidad del mando de la embarcación.
2. Con la misma consideración competencial que en el punto anterior, en relación con el
control de actividades y la protección del medio ambiente, y con objeto de preservar el medio
y evitar ruidos excesivos y agitaciones molestas, se establecen las siguientes limitaciones a
la libre navegación, salvo en caso de emergencia relacionada con la seguridad de la vida
humana en la mar, actuaciones de vigilancia, seguimiento, control, defensa nacional u orden
público:
a) Los buques en tránsito (aquellos que no dispongan de autorización para realizar
ninguna actividad en la reserva marina) navegarán a una velocidad superior a 6 nudos e
inferior a 10 nudos.
b) Los buques en tránsito procurarán navegar a la mayor distancia posible de la costa.


Todas las horas son GMT +1. La hora es 19:20.

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