La Taberna del Puerto

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ferrytero 12-07-2023 21:36

Duda licencia embarcación
 
Buenas noches a todos, estoy mirando el tema licencias, y mi duda es.

Tengo un conocido con un barco, y queremos salir a pescar en el, creo que quien que debe sacar la licencia, para pesca desde embarcación, es el propietario de la misma, pero si la saca el, podría pescar yo también desde la embarcación con su licencia?

O debería sacarme yo la licencia de pesca de recreo.

Muchas gracias a todos

ferrytero 12-07-2023 21:51

Re: Duda licencia embarcación
 
Otra duda que me surje, y perdón porque no sé editar el anterior.

En la web de la generalitat de Cataluña pone que la licencia de pesca recreativa incluye pesca desde embarcación.

https://i.imgur.com/VLPH33T.png

Entiendo que si saco la licencia en Asturias que leí es la más económica, ya me vale tanto para embarcación como para tierra verdad?

Gracias

Erikblade 12-07-2023 22:48

Re: Duda licencia embarcación
 
A. Era una cosa es la licencia para la embarcación y otra la personal.

Para poder practicar la pesca deportiva desde embarcación el propietario (al menos en el País Vasco y creo que en todas las CCAA) debe inscribir la embarcación en el libro segundo. Coste 0€. Caducidad: nunca

Luego para pescar la persona o personas que quieran ejercer la pesca deportiva desde embarcación deberán estar en posesión de licencia de pesca personal. Coste según CCAA caducidad: según CCAA
Si solo la tiene uno a bordo implica que a todos los efectos solo hay una licencia, pescar lo que se dice pescar si puedes (siempre puedes decir que le sujetabas la caña). Pero las limitaciones son por licencia.

Para pescar especies diferenciadas (bonito, atún, merluza, etc) el armador ha de sacar una autorización para la embarcación según el anexo III otorgada por el ministerio de agricultura y pesca. Coste 0€, caducidad 3 años

Chulin1972 12-07-2023 22:51

Respuesta: Duda licencia embarcación
 
Buenas noches...

Te indico lo que pone la norma, por lo menos en la Comunidad Valenciana

- Para poder practicar la pesca marítima de recreo desde embarcación, se deberá estar en posesión de la licencia de actividad, que será expedida por la conselleria competente en materia de pesca marítima, y solicitada por el titular de la embarcación, y AMPARARÁ A TODAS LAS PERSONAS que realicen la pesca desde la citada embarcación.

- Para la práctica de la pesca marítima de recreo desde una embarcación, únicamente podrán emplearse DOS LÍNEAS o aparejos con un máximo de seis anzuelos o dos poteras POR PERSONA.

Por otro lado, aquí hay tres modalidades, y cada una tiene una licencia

* MODALIDADES La pesca marítima de recreo en aguas interiores puede ejercerse:

1. Desde tierra: es la que se practica a pie desde la costa.

2. Desde embarcación: es la que se practica desde una embarcación que debe estar inscrita en la lista correspondiente del Registro de Matrícula de Buques.

3. Submarina: es la que se practica buceando a pulmón libre, sin utilizar ningún tipo de elemento que permita la respiración en inmersión ni de medios mecánicos de propulsión.

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=647

ferrytero 13-07-2023 14:30

Re: Respuesta: Duda licencia embarcación
 
Muchas gracias por las respuestas.

xicu50 16-07-2023 18:10

Re: Duda licencia embarcación
 
En Baleares tienes que sacar licencia para la embarcacion y a pueden pesar todas las personas embarcadas hasta el limite de las que esten autorizadas en la licencia de navegacion.

pirata_roberts 18-07-2023 11:37

Re: Respuesta: Duda licencia embarcación
 
Para elaborar un poquito más en lo que comenta el amigo Chulin1972, en la Comunidad Valenciana la licencia dice textualmente:
Licencia válida para aguas interiores de la Comunidad Valenciana y, para aguas exteriores de jurisdicción o soberanía española.

Es decir, con la licencia de pesca desde embarcación se puede pescar en el mar de toda España (o al menos es así para las licencias expedidas por la Comunidad Valenciana, aunque me extrañaría que con las licencias de otras CCAA sólo puedas pescar en sus aguas).

delagh 18-07-2023 13:07

Re: Duda licencia embarcación
 
La Generalitat de Cataluña dice asi en la licencia de pesca recreativa (RJ)


Esta licencia es valida para el ejercicio de la pesca recreativa continental y maritima en aguas interiores del litoral de Cataluña y en aguas exteriores de jurisdiccion y soberania española,siempre que vaya acompañada del DNI o Pasaporte.


Para los jubiletas coste 0 y 4 años


Saludos

albertopveiga 25-07-2023 09:56

Re: Duda licencia embarcación
 
Hola cofrade,

Yo también tenía esa misma duda. Entiendo, por lo que veo, que varía por comunidad autónoma. También por lo que entiendo (algún galego que me corrija) que en Galicia, la "Licencia de pesca marítima de recreo en superficie" faculta para ejercer la pesca recreativa desde tierra o desde una embarcación de la lista séptima del registro de matrícula, según lo que explica aquí:

https://peskama.wordpress.com/normat...ativa-galicia/

Y que coincide con la web de la Xunta, aunque está menos claro, como en cualquier web oficial.

Insisto: es lo que yo entiendo. Si alguien lo tiene más claro para Galicia, que hable :)

Un saludo


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