La Taberna del Puerto

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-   -   dudas atribuciones (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=201976)

enemperic 30-07-2023 13:30

dudas atribuciones
 
Hola cofrades
Tengo una duda con las atribuciones de títulos náuticos.

El caso es que soy PER hace como 8 años pero no tengo las prácticas de vela.
Dos preguntinas
¿puedo gobernar un velero si navego exclusivamente a motor?

¿como es posible que con el anteriormente conocido como "titulín" pueda llevar un velero de 6 m y con el PER no?.

Gracias

Tropeao 30-07-2023 14:07

Re: dudas atribuciones
 
Cita:

Originalmente publicado por enemperic (Mensaje 2421981)
Hola cofrades
Tengo una duda con las atribuciones de títulos náuticos.

El caso es que soy PER hace como 8 años pero no tengo las prácticas de vela.
Dos preguntinas
¿puedo gobernar un velero si navego exclusivamente a motor?

Puedes, hasta 6 mt y sin pasar de 2' del puerto.

Cita:

Originalmente publicado por enemperic (Mensaje 2421981)

¿como es posible que con el anteriormente conocido como "titulín" pueda llevar un velero de 6 m y con el PER no?.

Gracias

Respondido antes.

Aprovecho para recomendarte que te des una vuelta por el foro de presentaciones :capitan:

:brindis:

true 30-07-2023 15:43

Re: dudas atribuciones
 
Cita:

....... Aprovecho para recomendarte que te des una vuelta por el foro de presentaciones......

https://foro.latabernadelpuerto.com/...62#post2140562

Ya lo hizo en su día.

:brindis:

Tropeao 30-07-2023 16:48

Re: dudas atribuciones
 
Cita:

Originalmente publicado por true (Mensaje 2421995)

Oki! ;)
:brindis:

enemperic 30-07-2023 20:04

Re: dudas atribuciones
 
Cita:

Originalmente publicado por Tropeao (Mensaje 2421986)
Puedes, hasta 6 mt y sin pasar de 2' del puerto.



Respondido antes.

Aprovecho para recomendarte que te des una vuelta por el foro de presentaciones :capitan:

:brindis:


Gracias
Entiendo que con el titulin puedo hacer eso, pero con el PER, con la ley en la mano no.
¿en qué norma viene esto?

Tropeao 30-07-2023 20:20

Re: dudas atribuciones
 
Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre.

Artículo 10. Excepciones.
1. Para el gobierno de embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,26 kilovatios y hasta 5 metros de eslora, las de vela hasta 6 metros de eslora y los artefactos flotantes o de playa, a excepción de las motos náuticas, no será preciso estar en posesión de las titulaciones reguladas en este real decreto, siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas de un puerto, marina o lugar de abrigo y la actividad se realice en régimen de navegación diurna.

Saludos,

:brindis:

tony17 30-07-2023 23:31

Re: dudas atribuciones
 
Cita:

Originalmente publicado por enemperic (Mensaje 2421981)
Hola cofrades
Tengo una duda con las atribuciones de títulos náuticos.

El caso es que soy PER hace como 8 años pero no tengo las prácticas de vela.
Dos preguntinas
¿puedo gobernar un velero si navego exclusivamente a motor?

¿como es posible que con el anteriormente conocido como "titulín" pueda llevar un velero de 6 m y con el PER no?.

Gracias

Puedes si vas solo a motor, nada de velas. Lo consulte yo mismo al servicio marítimo de la guardia civil... De todas formas te recomiendo sacarte las prácticas...

Tropeao 31-07-2023 14:24

Re: dudas atribuciones
 
Tony, algún matiz habría, a mi entender.

De hecho, a un buen amigo se "lo calzaron" por navegar sin habilitación en velero, a motor, y debidamente señalizado como tal con la señal correspondiente (el cono).

Si tenemos en cuenta que:

8. Embarcación a vela: Toda embarcación en la que un aparejo de vela constituye su sistema principal de propulsión. (no exclusivamente a vela).

Y que quien dictamina el tipo de barco con el que navegas es el Certificado de Registro-Permiso de navegación, ya tenemos el lío.

Cierto es que muchas escuelas, la mayoría, utilizan veleros para las prácticas a motor, pero eso ya es harina de otro costal y otro tema diferente.

Mi consejo, por aportar y sin ánimo de generar debate, y por supuesto con el preceptivo margen de error por mi parte, yo desaconsejaría navegar con velero de más de 6 metros sin habilitación, aunque sólo sea a motor.

:brindis::brindis:

humpback 31-07-2023 14:49

Re: dudas atribuciones
 
Cita:

Originalmente publicado por Tropeao (Mensaje 2422116)

Mi consejo, por aportar y sin ánimo de generar debate, y por supuesto con el preceptivo margen de error por mi parte, yo desaconsejaría navegar con velero de más de 6 metros sin habilitación, aunque sólo sea a motor.

:brindis::brindis:


Totalmente de acuerdo y en mi conocimiento es así, pueden sancionarte, otra cosa es que el SEMAR de un puesto o de otro, o una capitanía u otra, puedan ser más o menos permisivos.

Ya por rizar el rizo, ojo que no se comporta igual un velero a motor que una motora, hay que saber gobernar cada cual (y cada barco particular si me apuras).

:brindis:

tony17 31-07-2023 15:34

Re: dudas atribuciones
 
Cita:

Originalmente publicado por Tropeao (Mensaje 2422116)
Tony, algún matiz habría, a mi entender.

De hecho, a un buen amigo se "lo calzaron" por navegar sin habilitación en velero, a motor, y debidamente señalizado como tal con la señal correspondiente (el cono).

Si tenemos en cuenta que:

8. Embarcación a vela: Toda embarcación en la que un aparejo de vela constituye su sistema principal de propulsión. (no exclusivamente a vela).

Y que quien dictamina el tipo de barco con el que navegas es el Certificado de Registro-Permiso de navegación, ya tenemos el lío.

Cierto es que muchas escuelas, la mayoría, utilizan veleros para las prácticas a motor, pero eso ya es harina de otro costal y otro tema diferente.

Mi consejo, por aportar y sin ánimo de generar debate, y por supuesto con el preceptivo margen de error por mi parte, yo desaconsejaría navegar con velero de más de 6 metros sin habilitación, aunque sólo sea a motor.

:brindis::brindis:

Lo mejor es hacer las prácticas, son 16 horas, se aprende y te quitas de problemas...

Yo en mi caso cuando hice la consulta a la GC, era porque tenía contratadas las prácticas de vela, pero me quedaban una semana para hacerlas, a pesar de que había hecho varios cursos de vela anteriores (no eran oficiales para el título), sabía navegar a vela, solo saqué las velas cuando venía algún amigo que tenía la habilitación.

Tropeao 31-07-2023 15:39

Re: dudas atribuciones
 
Cita:

Originalmente publicado por tony17 (Mensaje 2422127)
Lo mejor es hacer las prácticas, son 16 horas, se aprende y te quitas de problemas...

Yo en mi caso cuando hice la consulta a la GC, era porque tenía contratadas las prácticas de vela, pero me quedaban una semana para hacerlas, a pesar de que había hecho varios cursos de vela anteriores (no eran oficiales para el título), sabía navegar a vela, solo saqué las velas cuando venía algún amigo que tenía la habilitación.

La verdad es que estamos tan y tan rodeados de sinsentidos que nos despistamos todos. Esto lo he estudiado, examinado, aprobado, y todavía me surgen dudas....

Abrazo,

:brindis:

enemperic 08-08-2023 14:15

Re: dudas atribuciones
 
Muchas gracias a todos.

He releido la normativa y ya me ha quedado claro.

Para vela de menos de 6 m. no hace falta título

La licencia de navegación lo que permite es llevar motos de agua tipo C y embarcaciones a motor donde la limitación de potencia la marca el fabricante y no la normativa.

Naipe86 17-08-2023 13:28

Re: dudas atribuciones
 
Le hice esta misma pregunta a mi profesor durante las prácticas del PER, y la respuesta fue que NO, no se puede sin la habilitación a vela (hablamos siempre de más de 6 metros)

Todo lo demás ya lo han explicado en las respuestas anteriores y con la normativa que han citado queda clarísimo.

Losencantes 06-09-2023 20:52

Re: dudas atribuciones
 
si vas en el velero a vela ,,, no ,,, pero si vas en el velero a motor y con las velas deberás poner un cono en dirección a las maquinas , y entonces eres un barco de motor y no de vela ,, pues puedes llevarlo, siempre que un velero enciende máquinas deja de ser velero.





Un saludo.


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