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ITB con pabellón extranjero
Buenos días,
por casualidad a alguien le han pedido en capitanía de su puerto "ITB o similar", aun teniendo pabellón extranjero? Saludos.:brindis: |
Re: ITB con pabellón extranjero
En mi puerto y en otros siendo transeúnte, algunas veces me han pedido certificado de navegabilidad, ITBs y de todo, es simplemente que la persona no conoce bien los detalles de la normativa, saben lo "típico" de la española.
Se explica sin problema, a veces consultan a "sus mayores", pero no pasa de ahí, hablando y resuelto. La ITB como tal, sólo para bandera española, alguna bandera habrá que tenga inspecciones y tal, desde luego británica y polaca que son los dos pabellones extranjeros que he tenido, no lo requieren para mi barco (36 pies). Para esloras superiores y/o uso comercial la cosa cambia. :brindis: |
Re: ITB con pabellón extranjero
Gracias por tu pronta respuesta,
el caso concreto es: pabellón polaco y menos de 8m de eslora. Le insistí en que no tenía obligación de ITB, y me contestó que en cualquier caso querían "ITB o similar". Por eso preguntaba si alguien más le había sucedido algo parecido. Pero bueno, voy a obviarlo de momento. Gracias. :brindis: |
Re: ITB con pabellón extranjero
Cita:
La normativa, traducción automática al inglés dice concretamente: Cita:
Yo les metía por escrito un expone-solicita explicándolo y si se ponen tontos, registro de entrada del expone-solicita en organismo oficial, Capitanía Marítima por ejemplo, o la Dirección de Puertos de la comunidad autónoma que sea, y lo daba por zanjado con ellos. :brindis: |
Re: ITB con pabellón extranjero
El concepto "similar" es muy amplio; según el Diccionario de la RAE:
1. adj. Que tiene semejanza o analogía con algo. La obligatoriedad de la ITB para barcos de recreo de pabellón español está fijada en una normativa española y la no obligatoriedad del Certificado de Inspección para barcos de recreo de pabellón polaco está fijada en otra normativa, esta vez polaca. Y esta es toda la analogía. En consecuencia, yo esperaría a que me lo soliciten por escrito, y les contestaría también por escrito, con sello de entrada en su oficina/secretaría o lo que sea, dándoles la normativa polaca que cita el cofrade humpback (en polaco, por supuesto :cunao:). Y que se apañen. Lo que no haría es llevar el asunto a organismos españoles; nunca se sabe por dónde van a salir... :calavera::calavera: Saludos y :brindis: |
Re: ITB con pabellón extranjero
¿En qué puerto fué eso? Es para ir con los papeles de "NO NECESARIO" por delante o si es el caso no entrar.:nosabo:
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Re: ITB con pabellón extranjero
Bueno, pues haré caso a Humpback y Apagapenol.
Espero a que me lo pidan por escrito, y les contesto con la normativa polaca. LSV, disculpa pero prefiero no mencionar públicamente el puerto . (Al menos de momento,...). Saludos a todos. :brindis: |
Re: ITB con pabellón extranjero
He dado con este documento, que se puede imprimir y llevar a bordo junto
a la tarjeta y la licencia radio. Está en inglés, pero creo que se entiende bien. https://portal.reja24.gov.pl/documen...=1649931898121 "Documents required for sea-going yachts under the Polish flag" Documentos necesarios para los yates de navegación marítima con bandera polaca Y el recuadro que dice: "Up to 15 m in length of the hull: RL" Hasta 15 metros en longitud del casco: RL Y arriba a la izquierda, se especifica lo que es la RL: "RL – Radio Licence" RL – Licencia de radio Salvo lapsus por mi parte, con la tarjeta (que es el documento de registro de la embarcación), la licencia radio, el título y el recibo del seguro, se llevan todos los papeles que se necesitan (barcos de hasta 15 metros, claro). Salud y :brindis: |
Re: ITB con pabellón extranjero
Cita:
Saludos y :brindis: |
Re: ITB con pabellón extranjero
Creo que estamos mezclando dos cosas diferentes:
1. Los requisitos para navegar que impone la administración marítima polaca (y la española dentro de las 12 millas) 2. Los que impone un puerto concreto para atracar en sus instalaciones. Concretamente conozco el caso del Port Olimpic de BCN, que a las embarcaciones de bandera NO española , les pide una inspección abreviada por parte de una ECA. Son media docena de puntos (tanque aguas negras en caso de wc fijo, bomba achique, alarma de gases, defensas...) y los requisitos de zona 6. |
Re: ITB con pabellón extranjero
Cita:
Razón más que suficiente para no pedir atraque en el puerto que pida esa inspección. Saludos y :brindis: |
Re: ITB con pabellón extranjero
Cita:
No brindo |
Re: ITB con pabellón extranjero
Cita:
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Re: ITB con pabellón extranjero
surrealista, ...
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Re: ITB con pabellón extranjero
Cita:
Salud y :brindis: |
Re: ITB con pabellón extranjero
Pues el Port Olimpia es del ayuntamiento. Pero ya vemos que las instituciones y la legalidad van cada una por su lado...
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Re: ITB con pabellón extranjero
Cita:
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Re: ITB con pabellón extranjero
Cita:
Ah, pues no será de su propiedad, pero la gestión sí. ¿O tampoco? Cito: Desde abril de 2020, Barcelona de Serveis Municipals (B:SM) se enfrenta, por encargo del Ayuntamiento de Barcelona, a un reto repleto de ilusión: transformar el Port Olímpic para convertirlo en un espacio comprometido con la ciudadanía. Y en la página web queda encabezada por Ajuntament de Barcelona. Vamos, que sea de quién sea, las decisiones que se toman dependen del ayuntamiento en última instancia. |
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