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-   -   ¿IYT en España o licencia local? (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=208459)

neiromancer 15-01-2025 08:52

¿IYT en España o licencia local?
 
¡Buenos días, damas y caballeros!

Compré un barco en España. Ella tiene una bandera española. Soy residente en España.Tengo derechos IYT (bareboat skipper & VHF).

¿Necesito una licencia local española o es suficiente el IYT?

Rodman T 15-01-2025 09:33

Cita:

Originalmente publicado por neiromancer (Mensaje 2475653)
¡Buenos días, damas y caballeros!

Compré un barco en España. Ella tiene una bandera española. Soy residente en España.Tengo derechos IYT (bareboat skipper & VHF).

¿Necesito una licencia local española o es suficiente el IYT?

Ese certificado que citas, solo es una licencia para manejar una Radio VHF, ni siquiera es una licencia de navegación, en españa segun la zona y título que tengas para navegar para poder llevar una VHF fija con DSC necesitas el certiificado de Radio Operador de Corto Alcance,, además de la licencia de navegación, o título PNB PER PY CY para llevar la embarcación, creo que ese certificado que citas solo lo da o reconoce en las Islas Marshal, no estoy seguro,
saludos

PD. No se se - guro si ese certificado de Radio VHF que tienes " te lo podrían convalidar por el de R.O.C.A de españa, pero eso sería para adjuntarlo a un título o licencia de españa, - no dices nada si tienes o no tienes un título o licencia de españa,

Apagapenol 15-01-2025 09:40

Re: ¿IYT en España o licencia local?
 
Buenos días, cofrade:

Si tienes una titulación extranjera de las reconocidas por la Administración española, en tu caso se aplicaría la Disposición adicional cuarta del RD 875/2014:

https://www.boe.es/buscar/pdf/2014/B...onsolidado.pdf

Copio:

"Autorización de titulaciones extranjeras.
La Dirección General de la Marina Mercante, a través de las capitanías marítimas, autorizará a los ciudadanos del espacio económico europeo, así como a aquellos de los países reconocidos en el anexo IX de este real decreto, para el gobierno de embarcaciones de recreo de pabellón español, siempre que dispongan de un título de recreo expedido por el país de su nacionalidad o el de su residencia, debiendo éste pertenecer también a dicho espacio o ser de los reconocidos en el anexo IX de este real decreto; con sujeción a los requisitos a los que se hace referencia en la disposición adicional tercera de este real decreto."


En caso contrario, tendrás que obtener el título correspondiente.

Saludos y :brindis:

Rodman T 15-01-2025 10:20

Re: ¿IYT en España o licencia local?
 
Cita:

Originalmente publicado por Apagapenol (Mensaje 2475662)
Buenos días, cofrade:

Si tienes una titulación extranjera de las reconocidas por la Administración española, en tu caso se aplicaría la Disposición adicional cuarta del RD 875/2014:

https://www.boe.es/buscar/pdf/2014/B...onsolidado.pdf

Copio:

"Autorización de titulaciones extranjeras.
La Dirección General de la Marina Mercante, a través de las capitanías marítimas, autorizará a los ciudadanos del espacio económico europeo, así como a aquellos de los países reconocidos en el anexo IX de este real decreto, para el gobierno de embarcaciones de recreo de pabellón español, siempre que dispongan de un título de recreo expedido por el país de su nacionalidad o el de su residencia, debiendo éste pertenecer también a dicho espacio o ser de los reconocidos en el anexo IX de este real decreto; con sujeción a los requisitos a los que se hace referencia en la disposición adicional tercera de este real decreto."


En caso contrario, tendrás que obtener el título correspondiente.

Saludos y :brindis:

Disculpe, creo que no es el caso del cofrade, él solo tiene una licencia de Radio VHF, no una licencia ni título de navegación,
buen día

Apagapenol 15-01-2025 12:40

Re: ¿IYT en España o licencia local?
 
Cita:

Originalmente publicado por Rodman T (Mensaje 2475672)
Disculpe, creo que no es el caso del cofrade, él solo tiene una licencia de Radio VHF, no una licencia ni título de navegación,
buen día

No hay contradicción; sólo he dicho que si no tiene una titulación de gobierno de las reconocidas por la Administración española (tampoco le vale cualquier otra), tendrá que obtenerla, independientemente de cualesquiera otros títulos náuticos o de operador radio que tenga.

Saludos y :brindis:

fende_testas 15-01-2025 14:04

Re: ¿IYT en España o licencia local?
 
En principio va a depender de tu nacionalidad. Si ese título es del país de tu nacionalidad podría valer.

Pero como no aparece en la lista de titulaciones de otros estados, no creo que te sirva para una embarcación de bandera española.

En principio necesitarías una oficial de tu nacionalidad o una española (PER, PY o CY) dependiendo de la embarcación y necesidades de navegación.

Un saludo.

humpback 15-01-2025 14:48

Re: ¿IYT en España o licencia local?
 
Ese certificado lo emite una empresa canadiense, sus competencias son:

Cita:

Command of a vessel up to a maximum length of 78 ft /24 metres.
In coastal waters up to 20 miles offshore
In fair conditions with moderate wind and sea conditions
Most charter agencies will insist on daylight hours as a condition to charter.
Dicho ésto, de Canadá se admite en la disposición adicional Pleasure Craft Operator Card.

No aparece el certificado que indicas Neiromancer.

Bajo pabellón español da igual dónde residas o cuál es tu nacionalidad, y también es indiferente en qué aguas navegues: necesitas obtener una titulación española o una de las que reconoce la disposición adicional cuarta, en cuyo caso lo normal sería obtener la que se acepta de Canadá (si es que eres canadiense) o una de las que se aceptan del RYA (no por nada, sino porque no te vas a ir a Argentina, Chile, Suiza, Venezuela, que son las demás que se admiten).

:brindis:

neiromancer 18-01-2025 18:52

Re: ¿IYT en España o licencia local?
 
Soy ciudadano de la Federación Rusa, residente en España.

El barco es la bandera de España.

Mi licencia es IYT de patrón de barco sin tripulación de Canadá y mi licencia de radio es de Islas Marshall.

Pregunta: ¿Son suficientes mis controles para controlar la embarcación o necesito otros?

Hice una pregunta en Gardacostas de Galicia.
Respuesta: No lo sabemos.

Realicé una consulta a la Dirección General de Marina Mercante, Área Funcional del Departamento de Recreación Marina.

Aquí está su respuesta.

Cita:

Según lo regulado en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, la Dirección General de la Marina Mercante, a través de las capitanías marítimas, autorizará a los ciudadanos del Espacio Económico Europeo, así como a aquellos de los países reconocidos en el anexo IX del real decreto, para el gobierno de embarcaciones de recreo de pabellón español, siempre que dispongan de un título de recreo expedido por el país de su nacionalidad o el de su residencia, debiendo éste pertenecer también a dicho espacio o ser de los reconocidos en el anexo IX del real decreto.

Dado que su país de nacionalidad es Rusia y su país de residencia es España, no es posible autorizarle el gobierno de su embarcación de recreo de pabellón español con la titulación que aporta expedida por Canadá.

Dado que su país de nacionalidad no pertenece al Espacio Económico Europeo, solo se le podría autorizar si obtiene una titulación de recreo expedida por su país de residencia, en su caso España.

En lo que respecta a la posibilidad de obtener un título de la RYA, al no ser su país de nacionalidad o país de residencia Reino Unido, esta titulación tampoco le serviría.

humpback 19-01-2025 15:00

Re: ¿IYT en España o licencia local?
 
Cita:

Originalmente publicado por neiromancer (Mensaje 2476007)
Soy ciudadano de la Federación Rusa, residente en España.

El barco es la bandera de España.

Mi licencia es IYT de patrón de barco sin tripulación de Canadá y mi licencia de radio es de Islas Marshall.

Pregunta: ¿Son suficientes mis controles para controlar la embarcación o necesito otros?

Hice una pregunta en Gardacostas de Galicia.
Respuesta: No lo sabemos.

Realicé una consulta a la Dirección General de Marina Mercante, Área Funcional del Departamento de Recreación Marina.

Aquí está su respuesta.

Te han respondidi lo que te decía arriba. NO sirven tus titulaciones. SÍ, necesitas un título.

¿Qué título? Pues como no sé qué barco tienes, ni qué navegación quieres hacer... Estudia Patrón de Embarcaciones de Recreo.

:brindis:

Apagapenol 19-01-2025 21:23

Re: ¿IYT en España o licencia local?
 
Otra alternativa, que en principio parece más complicada, es que abanderes tu barco en Rusia, y entonces necesitarás una titulación de patrón y de operador radio expedidos por la Administración rusa. Según la normativa española, no te sirve otra, pues tiene que ser necesariamente la de tu nacionalidad.

Mientras el barco no salga del TAU (Territorio Aduanero de la UE), sigue considerándose mercancía comunitaria con IVA pagado, por lo que no tendrá limitación de estancia en aguas comunitarias.

Saludos y :brindis:

El Temido II 21-01-2025 02:09

Re: ¿IYT en España o licencia local?
 
Cita:

Originalmente publicado por neiromancer (Mensaje 2476007)
Soy ciudadano de la Federación Rusa, residente en España.

El barco es la bandera de España.

....

Barco de bandera española y patrón/armador/propietario residente en
España, me lleva a la conclusión de que necesitas un título español.

Cabe la posibilidad de que si tienes un título ruso y está convalidado por
las autoridades españolas, también te sirva, pero los que aduces de Canadá
e Islas Marshall, no les veo posibilidades.


Salud y :brindis:


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