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puedo con el titulín llevar un velero?
tengo un velero de 6 mts de eslora,y fb de 8 cv.mi prefgunta es si puedo llevarlo con el titulín,pues se lo pregunté un día a la G.C DEL MAR y eran tres y dudaban entre ellos,si voy a motor,sí pero si voy a vela?.
En principio no tengo problema pues suelo navegar con la patrona que es per,pero si voy yo solo? unas rondas para todos :brindis::brindis: |
Re: puedo con el titulín llevar un velero?
Para más complicaciones legales, según veo el titulín de vela autoriza embarcaciones de hasta 4 metros de eslora, (el de motor autoriza hasta 6 metros de eslora y 40 Kw de potencia); pero en cambio se pueden llevar sin ningún título las embarcaciones a Vela de hasta 5 metros de eslora (y las de motor de hasta 4 mts y 10 Kw).
Esta claro que no esta claro, no ? |
Re: puedo con el titulín llevar un velero?
Amigo casteser,como tu dices no está muy claro,como yo comentaba se lo planteé a tres guardia civiles que estaban tomando unas cervezas en el bar del club,previo atraque de su lancha y despues que los dejé debatir, entre ellos tenían dudas y me contestaron,creo que para sacarme del medio ,que no podía llevarlo con el titulín
gracias por tú comentario y por contestar a mí duda que creo que es importante para mí y que al resto de los cofrades le parecen más interesantes de contestar muchas mariconadas que preguntan algunos o "algunas" cofrades en éste foro-:brindis::brindis: |
Re: puedo con el titulín llevar un velero?
Estimado cofrade, saludos y :brindis:
Sin ningún género de dudas SI, la Autorización Federativa de Vela, te autoriza a gobernar un barco de vela de hasta 6 mts. de eslora. Para barcos de vela inferiores a 4.5m de eslora, aunque un cofrade te dice en un post anterior que el titulin autoriza solo 4, no es necesario ningún permiso, autorización o título. Un saludo y más :brindis: |
Re: puedo con el titulín llevar un velero?
Graciñas mazarredo por tú comentario.
un saludo.y unas:brindis::brindis:para todos felíz 2009 |
Re: puedo con el titulín llevar un velero?
Buenos dias y :borracho::borracho:
Recupero este hilo para no abrir otro y porque el tema creo que viene al caso. Alguien puede ser tan amable de decirme que distancia puede alejarse un navegante con la dichosa licencia federativa "titulín" :nosabo: En la web de Fomento pone "zona delimitada por Capitanía", pero eso que es, un guá hecho de boyas al que hay que darle vueltas :nosabo: Pacharanes a quien me lo explique, que soy un poco torpe.:gracias: :brindis::brindis::brindis: |
Re: puedo con el titulín llevar un velero?
Cita:
Pues casi, casi y tiene su por qué. Intentaré explicarme: Las autorizaciones federativas, tando de vela como de motor, son acreditaciones puramente deportivas, no confundir con navegación de recreo. Se supone que la persona que tiene una autorización federativa, está federado y compite con un tipo de embarcación especial según la prueba de que se trate. Capitanía autoriza unas zonas para poder entrenar y no puedes salirte de esas zonas. El día de la competición, la zona autorizada debería comprender tambien el camino desde el puerto a esa zona de competición. En resumen, los titulines no son "carnets para conducir barcos", solo son una licencia para competir con un tipo muy determinado de embarcacion. Lo que ocurre es que amparandose en el caballaje o la eslora y "haciendose el loco" un poco todo el mundo, pues se patronean (lamentablemente la mayor parte de las veces, sin tener ni idea) cruceros a vela de 6m y embarcaciones tipo pesca-paseo, con una eslora inferior a los 6m y un caballaje justito a lo que permite la autorización federativa. Ahora no recuerdo exactamente cuantos cv permiten. Espero haberme explicado con claridad. Otro saludo y más :brindis: |
Re: puedo con el titulín llevar un velero?
Buenos dias y :borracho::borracho:
Amigo Mazarredo, cristalino. El caso es que por supuesto la licencia federativa no es ninguna titulación, pero parece que se asume como carnet para los que no queremos / podemos meternos en temas más serios. Tiene guasa que el TAMAMOANA que es un barco que todavia hace la Jester http://www.jesterinfo.org/index.html, regata que "solo" va a las Azores, de 21 pies, esté en zona 6, autorizado para 2 personas y su patrón solo tenga la licencia federativa. Vamos que ni autorizado para ir a Tabarca desde Santa Pola.Para llorar. :llorica::llorica: Aclarado el tema. :brindis: |
Re: puedo con el titulín llevar un velero?
Se le suele llamar "titulín" al PNB. Creo que estás confundiendo la licencia federativa con el título de PNB.
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Re: puedo con el titulín llevar un velero?
Cita:
No se por tu zona, pero por aquí, el titulín se le suele llamar a la Licencia Federativa. Incluso en anuncios de venta de barcos, suele haber la coletilla: "eslora 5.99m, apto para titulín". Otro saludo y más :brindis: |
Re: puedo con el titulín llevar un velero?
Amigo Windi :borracho::borracho:
http://latabernadelpuerto.com/foro/v...ic.php?t=37674 El titulín es la licencia federativa, que yo sepa. De hecho tuve que ir a Cartagena para sacarlo ya que hasta en eso la Comunidad Valenciana es una :loco: Creo que estos enlaces son aclaratorios : http://www.escuelabalearnautica.com/...a-titulin.html http://www.cenautica.com/es/titulaciones/titulin.asp Se le llama titulín porque no es un título. :brindis: |
Re: puedo con el titulín llevar un velero?
Pues perdón por irrumpir para crear confusión :sorry:
A mí siempre me lo habían explicado como he dicho :nosabo: |
Re: puedo con el titulín llevar un velero?
Cita:
Tú mismo te contestas a la pregunta, el barco está despachado de acuerdo con la titulación del patrón, en este caso, ninguna (recordemos que el Titulín no es título), y Capitanía asume que se utiliza para competir, no para navegar. Ese mismo barco, con un PER, seguro que lo puedes despachar para zona 4, y demostrando que va a Azores, y dependiendo la categoría de construcción, con CY y los condicionantes que te pidan, lo podrás despachar en zona 1. Otra cosa es lo que te pidan para cambiar de zona:cunao::cunao: Otro saludo y más :brindis: |
Re: puedo con el titulín llevar un velero?
Gracias, yo solo quiero ir a las kddas de la revolucionada tropa Alicantina, osea 4 millas desde la costa o 7 desde el puerto.
Ir , asaltar Tabarca y volver, poca cosa.:meparto::meparto::meparto: :brindis: |
Re: puedo con el titulín llevar un velero?
Para salir de dudas ver:
http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAST...nes_de_Recreo/ El Titulin corresponde a la Autorizacion Federativa. Arroas, como veras, la respuesta a tu pregunta es SI. Pero solo de dia y cerca de la costa (preguntar en Capitania qué zona) |
Re: puedo con el titulín llevar un velero?
:brindis: Por todos/as.
Zona de navegación 4 = P.E.R . 12 millas de la costa. Zona de navegación 5 = P.N.B . 5 millas de la costa. Zona de navegación 6 = Motos naúticas A,B Y C. Licencias federativas = Titulines. Tanto unos como otros máximo 2' de la costa,abrigo o playa accesible. :velero:Saludos. |
Re: puedo con el titulín llevar un velero?
Cita:
:brindis: :velero: :brindis: |
Re: puedo con el titulín llevar un velero?
Yo creo que hace unos años, antes de la penúltima modificación de títulos, se llamaba titulín a lo que ahora es el PNB. En la última modificación está claro que es la autorización federativa.
De todos modos , titulín no existe, es sólo la adaptación que se le ha querido dar a la nueva actualización de títulos con un lenguaje popular pero que en algunos casos ha dado a la confusión. No es así.. Escuchemos la voz de los supertacañones |
Re: puedo con el titulín llevar un velero?
Buenas a to2, yo me saqué el titulín en el año 95, se sacaba por la Federación de Motonautica y en aquel entonces, se podían llevar hasta embarcaciones de 8 mts y 45 c.v.
No confundirse con la licencia, que solo para embarcaciones de vela ligera. Un saludo |
Re: puedo con el titulín llevar un velero?
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Re: puedo con el titulín llevar un velero?
Cita:
http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_...nes_de_Recreo/ No se necesitará título de recreo Durante el día y en las zonas delimitadas por la Capitanía Marítima (sin poder superar nunca los límites del título de Patrón de Navegación Básica), se podrán gobernar las siguientes embarcaciones/ aparatos flotantes, sin necesidad de un título: * Embarcaciones a motor hasta 4 mts. de eslora y con una potencia máxima de 11,03 kW. * Embarcaciones a vela hasta 5 mts. de eslora. * Artefactos flotantes o de playa, piraguas, kayacs, canoas sin motor, patines con pedales o a motor de potencia inferior a 3,5 kW. * Tablas a vela o tablas deslizantes a motor, o instalaciones flotantes fondeadas. No se necesita título alguno de la DGMM para la realización de las actividades de preparación y participación en competiciones oficiales, tanto de vela como de motonáutica. Autorizaciones Federativas * Gobierno de embarcaciones de recreo, hasta 6 mts. de eslora y una potencia máxima de motor de 40 kW (54 CV), en navegaciones diurnas en zonas delimitadas por la Capitanía Marítima. |
Re: puedo con el titulín llevar un velero?
hola arroas, yo te sugiero que te pongas en contacto con la capitania maritima de tu zona sobre todo para saber tambien la distancia a la que puedes alejarte de un lugar de abrigo, que en el caso de Huelva (como en casi todas las capitanias) no se han sentado a dilucidar cual es la distancia maxima, por tanto, si el titulo superior que en este caso es el PNB tiene de tope 6 millas pues el titulin(en Huelva) te deja navegar hasta a 5 millas de distancia de un lugar de abrigo.
yo hable directamente con capitania maritima y esta fue la respuesta que me dieron. por eso para sacarte de dudas, acude a capitabia maritima y te daran mas seguridad que cualquier normativa. un saludo :brindis::brindis::brindis::brindis::brindis: |
Re: puedo con el titulín llevar un velero?
Cita:
Este tema me lleva loco, porque me he hecho una barquita de 2.48 de eslora para no tener que sacarle matricula, tampoco tengo titulación y ahora me he cansado de vela y remos y le estoy preparando el espejo para colocarle un Yamaha 2.5. esto lo digo porque estoy recopilando toda la informacion FIABLE Y AUTENTICA que encuentro con el fin de que si me encuentro por el Mar Menor con la patrulla poder explicarles la situación. Con el PNB se puede hasta 5 millas (segun la pagina de fomento) que la tomaremos como fiable y si no tienes titulación dice asi de claro; No se necesitará título de recreo Durante el día y en las zonas delimitadas por la Capitanía Marítima (sin poder superar nunca los límites del título de Patrón de Navegación Básica) y sigue Patrón de Navegación Básica (PNB): Menos de ocho metros de eslora si son de vela, y 7,5 metros si son de motor, a menos de cinco millas, en cualquier dirección, de un abrigo o playa accesible. entonces entiendo que son 5 millas, capitania siempre quita, no creo que en segun que zonas de más millas. si es así, voy a cartagena ahora mismo. Saludos y buena mar !!:velero: |
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