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¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
Cada vez que leo algo sobre el GPS homologado que se conecta con la radio homologada que se enchufan entre ellos con un cable cuya conexión tiene que estar certificada, y alimentados por una batería de reserva que tiene que ser inspeccionada y validada..... me entran unas ganas de cagar y bypaseando mi tanque de kk iso 8099, armar al mojón con el transpondedor de radar a modo de mastil y botar al leño. Y una lagrima de reprimida alegria asomara a mis ojos mientras mi nave de mierda se aleja mar adentro, libre y sin triturar.....
Perdonar el escatoógico inicio de hilo, pero es que una mierda de legislación nautica como la que se nos viene encima solo merece otra mierda en correspondencia... Al grano. Yo tengo mi DSC, mi titulo de patrón, mi barco en perfectas condiciones, por la seguridad propia y de los mios (familia o tripulación) una magnifica balsa comprada en el foro de compras hace 3 años (justo los que recomienda el fabricante entre revisiones), un par de GPS fabulosos pero , por desgracia, ya no homologados.....Una radiobaliza prestada...mi radio VHF portatil y unos cuantos juegos de pilas para la misma.... ¿Cuanto me costaría la multa si me pillan camino de las Baleares desde la peninsula con el barco en zona 4?. Es que, al paso que vamos, creo que va a ser más barato lo de la zona 4, buscarse la famosa clausula inglesa para los seguros, y pagar la multa el dia que te enganchen, que ir como borregos por donde nos marca la vara del pastor. ¿Alguien tiene idea de las cuantias de las multas.....? Seguro que tenemos a algún cofrade GC por aquí... |
Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
2734 Viernes 21 enero 2000 BOE núm. 18
Artículo 22. Infracciones leves. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114.4.a) de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, se considera infracción administrativa de carácter leve la falta de presentación, por parte del capitán o patrón o de la persona que deba hacerlo, de la documentación exigida. Artículo 23. Infracciones graves. 1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115.2.h) de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de laMarina Mercante, se considera infracción administrativa, de carácter grave, traspasar, los capitanes, patrones u otro personal marítimo, los límites de atribuciones que correspondan a la titulación profesional que posean. 2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115.2.j) de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de laMarina Mercante, se considera infracción administrativa, de carácter grave, la falta de conocimiento o cumplimiento por parte de los miembros de las dotación de todo buque civil español de sus obligaciones y funciones atribuidas en el correspondiente cuadro orgánico para situaciones de siniestro, aprobado por la Administración de acuerdo con los Reglamentos aplicables. 3. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115.2.m) de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de laMarina Mercante, se considera infracción administrativa, de carácter grave, el incumplimiento de: la obligación de dar instrucciones por escrito a los capitanes de los buques con la indicación de las directrices y procedimientos a seguir para garantizar que toda la tripulación que ingresa en la dotación del buque tenga la oportunidad de familiarizarse con el equipo. La obligación de llevar a bordo los textos actualizados de la normativa nacional e internacional sobre seguridad de la vida humana en el mar y la protección del medio marino. La obligación de anotar en el Diario de Navegación el idioma común de trabajo. Artículo 24. Infracciones muy graves. 1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116.2.e) de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de laMarina Mercante, se considera infracción administrativa, de carácter muy grave, contratar o permitir ejercer las funciones de capitán, patrón u oficial, a quienes no se encuentren en posesión de titulación suficiente que legalmente les habilite para ello, así como ejercer sin la referida titulación tales funciones. 2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116.2.f) de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de laMarina Mercante, se considera infracción administrativa, de carácter muy grave, la falta de conocimiento o cumplimiento por parte de los miembros de la dotación de los buques de pasaje españoles de sus obligaciones y funciones atribuidas en los correspondientes cuadros orgánicos para situaciones de siniestro, aprobados por la Administración de acuerdo con las normas aplicables. 3. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116.3.h) de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de laMarina Mercante, se considera infracción administrativa, de carácter muy grave, el falseamiento de la información que reglamentariamente se deba suministrar a las autoridades marítimas. A los efectos de su más precisa calificación, se considera incluida en dicha infracción el falseamiento de la información necesaria para la expedición de la documentación profesional. Artículo 25. Responsables. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 118.2 a) y b) de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, serán responsables de la infracción, las personas físicas o jurídicas titulares de la actividad empresarial que realice el buque y subsidiariamente los capitanes y patrones de los buques y, respecto a los buques mercantes, la empresa operadora o, en su defecto, el capitán o patrón del buque respecto de: a) Las infracciones leves del artículo 22. b) Las infracciones graves del artículo 23. c) Las infracciones muy graves del artículo 24. Artículo 26. Sanciones. De acuerdo con lo regulado en el capítulo IV del Título IV de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, para las infracciones tipificadas en este Real Decreto se establecen las siguientes sanciones: a) Infracciones leves del artículo 22, multa de hasta 10.000.000 de pesetas. b) Infracciones graves del artículo 23, multa de hasta 20.000.000 de pesetas. c) Infracciones muy graves del artículo 24, multa de hasta 50.000.000 de pesetas. Artículo 27. Medidas cautelares. 1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el Real Decreto 1621/1997, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para el control del cumplimiento de la normativa internacional sobre seguridad marítima, prevención de la contaminación y condiciones de vida y trabajo en los buques extranjeros que utilicen puertos o instalaciones situadas en aguas jurisdiccionales españolas, el Inspector Marítimo o, en su caso, el Capitán Marítimo que considere que un buque que entraña un grave riesgo para la seguridad de la vida, las mercancías a bordo o el medio ambiente, podrá inmovilizar o no autorizar la salida a la mar de un buque cuando exista alguna de las siguientes circunstancias: a) Que un miembro de la tripulación del buque mercante no está en posesión de un título, una dispensa de título, o una prueba documental de solicitud de un refrendo para el reconocimiento de un título, de los regulados en el Convenio STCW o no se haya demostrado la adecuada aptitud profesional para realizar las tareas asignadas a la tripulación, y constituya un peligro para las personas, los bienes o el medio ambiente. b) Que la tripulación del buque mercante no se ajusta a la dotación de seguridad fijada para el mismo por las autoridades del pabellón de dicho buque. c) Que el modo en que se haya organizado las guardias de navegación o de máquinas no se ajusten a los requisitos prescritos por el Estado de pabellón del buque. d) La ausencia en la guardia de una persona competente que pueda accionar equipo esencial para navegar con seguridad, asegurar las radiocomunicaciones o prevenir la contaminación o que se carezca de personal suficientemente descansado y apto para el servicio de las guardias de navegación o de máquinas. BOE núm. 18 Viernes 21 enero 2000 2735 2. En cualquier caso, la retención del buque no se prolongará más allá del tiempo necesario para realizar las actuaciones precisas tendentes a corregir la situación anómala y el buque pueda continuar su actividad en las debidas condiciones de segurid |
Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
Es del año 2000 pero vigente, ahora en Euros claro.
Lo único que como dicen es hasta......., puede ser a criterio desde 1 al tope. |
Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
Pero dentro de estos importes, ¿alguien sabe +/- cuanto es la media que empaquetan?:brindis:
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Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
Tataoa, gracias por el fragmento de la ley, también me lo habia leido, pero entiendo que habla de las atribuciones de los patrones correspondientes con la titulación.
Yo no me refiero a cruzar con un PER, sino a que el barco no este despachado para la zona. Y no he sido capaz de encontrarlo. Como dice Galinbo.....¿Algún cofrade ha sido empapelado (o ha empapelado :cunao:) Imagino que debería ser una sanción similar que el ejemplo del que tiene el barco en zona 2 y durante el invierno, regatea en su club y costea, desmonta la balsa, y lo pillan. |
Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
Cita:
¿Podría algún cofrade versado en leyes aclararme qué "titulación profesional" tiene un patrón de recreo o un CY? |
Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
Jota... te escribo mis ideas sobre lo que hemos hablado hace bien poco:
Creo que todos nosotros, en mayor o menos medida, ejercemos una cierta insubmisión personal a esta absurda sobre-regulación que nos rodea. Algunos de forma inconsciente, otros a plena conciencia, pero dudo que ninguno de nosotros pueda afirmar sin error que cumple con el 100% de la normativa... entre otras cosas, porque ni siquiera es la misma en distintas zonas o capitanías: un absurdo total. Lo que ocurre, por lo menos hasta ahora, es que -siguiento tu línea escatológica- esa insubmisón la estamos sufriendo cada uno de nosotros en silencio... y rezando para que no nos empapelen y nos duela más todavía. Leo entre líneas, -como leí hace poco al "amigo" del cofrade magno que deberíamos ir pensando en una INSUBMISIÓN ORGANIZADA, como colectivo. No estamos hablando de seguridad: esa seguirá funcionando como hasta ahora, a criterio del patrón, como ocurre en todas partes. Estamos hablando de homologaciones absurdas (puros trámites administrativos que no tienen nada que ver con la seguridad, de regulaciones absurdas, y en el fondo, de costes más que absurdos. Si revisais los posts de nuestra primera página, vais a ver casi siempre dos o tres quejándose de temas administrativos, y -con suerte- uno, hablando de seguridad real (ej: capear temporales, velas de capa, etc...). En resumen: Donde hay que apuntarse para esto de la "Nautico Insubmisión Voluntaria Organizada -e Impertinente- ? NIVOI? o era ANAVRE? magicus..... respaldando ideas.... |
Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
Además del problema de la posible multa, puedes tener problemas con el seguro.
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Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
la insumision , empieza por montar un pollo (por desgracia en este pais es de las pocas formas que a unos les hacen mas caso que a otros)
Ves apuntandote al curso del Canada Ves buscando un Seguro en el LLoys Ves buscando una nueva bandera (asi, poquito a poco cuando queden pocos barcos es est p_t_ pais empezaran a pensar que cohones pasa ) |
Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
Cita:
ante el vacio absoluto que habia de asociacionismo, se fundo ANAVRE por parte de un grupo de incorformistas, navegantes de base (nada de la "Asociacion de Grandes Yates" como sale en otro hilo, obsceno, a mi parecer), aficionados de los buenos, algunos veteranísimos en experiencia, con "curriculums nauticos" de solvencia.... y ¿que se ha logrado hasta ahora...? ¡¡la adhesion de apenas 250 ó 300 miembros (que yo sepa..., ¡igual meto la pata y hay 2000, pero me extrañaria que no se divulgase si fuera así!!). A 30 € por barba son 9000 € como mucho, como presupuesto anual, para acometer propuestas de cambio... ¡¡¡a ver quien contrata servicios profesionales de abogados con 9000 €!!! Hay que aumentar la masa de socios, pero claro, para eso hay que darle publicidad... en este foro, que es posiblemente el escaparate nautico mas grande que hay en España, practicamente la presencia de Anavre es testimonial en un subforo perdido en la trastienda de la Taberna... ni un banner en primera pagina por ejemplo, aunque sea pagando Ha faltado el apoyo de algunos "pesos pesados", gente con experiencia, conocedores del mundo éste de la nautica, que no se han fiado mucho del tema (la cuota de 30 euros anuales es suficientemente baja para que, en el peor de los casos, nadie se sienta estafado si las cosas no salen bien, y por contra su aportacion genera mas confianza en el colectivo. Los comerciantes que tanto se quejan de lo jodido que esta el sector, tampoco parece que hayan visto en ANAVRE, un colectivo que pretende aglutinar a los navegantes, no solo para defenderles, sino tambien para representarles, un campo donde mejorar sus rendimientos comerciales, basandose en la colectividad... preparar ofertas, implicarse con patrocinio, etc Los politicos, gestores y autoridades administrativas, que muchos de ellos tambien son navegantes, deben desembolsar las mismas billetadas en cumplir normas absurdas y deben someterse a la normativa esa absurda, so pena de ser denunciados por la patrullera, ser expedientados y ser sancionados (eso suponemos todos, que tambien es así para ellos), tampoco parece importarles mucho y tampoco se han mostrado comprensivos ni receptivos con el colectivo, con las reivindicaciones que hacemos, y que son las que han dado lugar a crear la asociacion Las federaciones, otras asociaciones, etc, tampoco se han dado por aludidas, En fin... que no pasa nada, que tenemos lo que nos merecemos, a seguir pagando, a seguir haciendo trampas, a seguir pareciendo ciudadanos bananeros de una republica bananera, y dentro de 100 años todos calvos Desde luego secundando lo que decia Kaia hace unos dias en otro hilo,.... ¡¡¡conmigo tampoco van a poder!!!... y cuando me lo embarguen todo por no poder pagar cachivaches, normativas, multas, etc, me hare una balsa con unos troncos , le pondre un palo y un trapo y seguire saliendo a navegar que es lo que mas me gusta de este mundo, y asi hasta que dentro de cien años esté tambien calvo... Saludos PD... y mientras tanto la administracion preparando un nuevo impuesto para "hacer frente a los costes del cumplimiento del convenio Marpol"... (que no sera de aplicacion en la nautica de recreo, pero a mi me lo exigen en mi puerto). Se estima que la cosa ira por 50 €/m de eslora/año... vayan multiplicando, señor@s:calavera: |
Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
Pues no ... porque en este pais son tan listos que solo contabilizan los barcos españoles , segun capitania , con lo qual si cambiamos todos de bandera son capaz de llegar a la conclusion que no hace falta puertos ya que no hay barcos !:cagoento:
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Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
Tristemente Dunic tiene razon o montas un pollo ( cierras puertos ,entorpeces el trafico maritimo y otra serie de medidas parecidas, mas que nada por la pblicidad) evidentemente dentro de a legalidad vigente, o no habra ningún tipo de resultados en un tiempo prudencial y para cando llegue, nos sera igual porque habremos pasado por el aro hace tiempo y habremos convertido el esperpento en norma.
Salud y copas.:brindis: |
Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
Las sanciones por cada infracción grave en recreo suelen variar entre 900 € y 1500 €.
Por navegar más allá de zona 4, te podrían caer 1500€ por el 115.2.k "El incumplimiento por los navieros, capitanes y patrones de las normas sobre reconocimientos y certificados del buque y de sus elementos." y, si sólo tienes el PER, otros 1500€ por el 115.2.h "Traspasar los Capitanes, patrones u otro personal marítimo los límites de atribuciones que correspondan a la titulación profesional o de recreo que posean." Pero es casi seguro que te encuentran otra infracción grave y puedes añadirle otros 1500€ |
Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
El cofrade CERNICALO cuantifica el "coste" de la insumisión. Una cuestión adicional e interesante es: estando despachado el barco en zona 4, titulación capitan y entrando y saliendo a aguas internacionales por aguas no españolas, con un seguro que cumple con el R.D. pero no limita la navegación entiendo que el unico problema seria llegar a Canarias y que alli ser interceptado por la G.C.
Os doy una pincelada la mayoria de los barcos que saltan a america van en zona 2. Han hecho una legislación tan complicada, farragosa y cara que no se puede cumplir al 100%, la mayoria estamos navegando fuera de la ley, pues bien, busquemos la manera de navegar a pesar de la incompetencia inquisitorial de nuestros legisladores:pirata: Saludos LORDRAKE:velero: |
Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
Cita:
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Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
:brindis:
hay opiniones para todos los gustos menos la mas efectiva, darle a ANAVRE el poder de decirle a la administracion "SI NO MAÑANA PARAMOS EL TRAFICO........ no hay ni un solo cofrade o miembro de la asociacion que haya intentado convocar una accion de protesta como mandan las agayas que hay que tener :cagoento::cagoento::cagoento::cagoento: |
Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
Una ronda para todos antes que se acabe la cerveza:brindis::brindis:
Hacía tiempo que no encontraba un hilo que me despertara de nuevo ganas de "forear", este lo ha conseguido. La verdad es que es muy difícil una acción conjunta sobre este asunto dada la diversidad de intereses existentes dentro de los que estamos en esto de la naútica deportiva. Me refiero a que afecta de forma diferente dependiendo de la zona de navegación y de la eslora de los barcos. Así mismo el nivel económico es muy diferente casi con seguridad, por lo que a algunos no les supondría mucho aportar 2.000 € y para otros sería totalmente irrealizable. Las asociaciones y organísmos similares, desgraciadamente terminan creando un "aparato" tan importante y costoso que al cabo de un tiempo su único fin es el de su propia subsistencia. Ejemplo, los colegios profesionales, sindicatos, etc.. Como la triste realidad es que para cualquier acción conjunta es necesaria la financiación para contratar profesionales competentes y demás cosas necesarias, parece que la única opción es la lucha individual. Por otro lado dentro de este mismo foro se puede ver que proyectos como la red AIS, el sistema SALTP, que son tan útiles para la navegación, tienen un apoyo mínimo ya que es necesaria alguna aportación dineraria, mínima en mi opinión, y casi nadie está dispuesto a hacerla, incluso en su propio beneficio como podría ser la instalación en el barco propio de un transmisor-receptor AIS (unos 800 € con instalación). También desde este foro se pueden ver públicamente planes de travesías de más de 400 millas con algunos barcos que no estan en las zonas correspondientes e ignoro si cumplen las zonas de sus títulos naúticos y por lo que he leido con una experiencia escasa posiblemente y no se habla de medios de seguridad. Esto es una muestra de rebeldía en estado puro. Resumiendo, no veo posible una acción conjunta desgraciadamente, aunque creo que está más extendido de lo que algunos puedan pensar la rebelión individual, personalmente conozco varios navegantes que no sólo pasan de las homologaciones y demás cosas, sino que además pasan de las inspecciones. No lo defiendo, pero lo comprendo. otra ronda pa tos:borracho::borracho: |
Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
Una propuesta facilita y para empezar podría ser crear y distribuir adhesivos BIEN GRANDES con un texto que sacáramos a concurso, por decir algo: "Este barco pertenece a la marina más puteada del mundo", o la bandera con un crespón negro en la corona y un cartelillo "náutica de recreo".
A lo mejor, si algo de esto empezase a verse por los puertos alguien se daba por aludido, (o no). |
Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
Realmente no es mala idea poner un símbolo bien visible en nuestros barcos, que identifiquen que estamos en protesta por la legislación vigente. Quizá llegaría a llamar la atención, cogería un cierto revuelo mediático, y hasta alguien temería por perder su silla. Entonces seguro que algo se movería.
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Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
Cita:
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Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
..a primera instancia me viene a la mente un gran lazo negro..
..pero.. y por qué no una gran pegata a proa o popa de ANAVRE específica o esprofesa para ello ? |
Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
Efectivamente, tal vez desde ANAVRE, tal vez desde este gran foro, podríamos iniciar una CAMPAÑA al estilo de la campaña de tráfico PONLE FRENO, de Antena 3 y Onda Cero. Han conseguido que el gobierno firme la señalización de todos los puntos negros, y ahora, ganada esa batalla, comienzan otra: que todo el dinero recaudado de multas vaya a parar a la mejora de la seguridad vial, integramente.
Tal vez, si creamos una campaña así, y nos hacemos unos vinilos adhesivos para las botavaras, o las popas, y además, mandamos algún mail a las revistas náuticas, e incluso prensa, podemos armar algo de revuelo y conseguir que, al menos, se nos escuche. http://www.adn.es/clipping/ADNIMA20080313_3995/4.jpg |
Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
:brindis:
de esa forma nos podrian pillar uno a uno, facil y sin hacer ruido en cardumen es donde hay proteccion y hariamos mucho ruido pero fijate lo que costo crear una asosiacion y lo que le cuesta recaudar asosiados para que nos pongamos de acuerdo hacer las pegatinas y cuantos estarian de acuerdo en comprarla y pegarla quien financia la operacion organisar una KDD en la capitania es sin coste solo voluntad y se enteraria toda españa incusive eso que es sin coste alguno es dificil que se produsca en este pais no hay tradicion de esas cosas pero en cambio organizo una KDD a cenar cordero asado........:nosabo::nosabo::nosabo: |
Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
Nadie conoce a un amigo que tiene un cuñado que trabaja con una señorita cuyo hermano es intimo de un "pez gordo" de TV.
Esa es la mejor solución. :brindis: |
Re: ¿Cuanto costaría una insumisión nautica?
Cita:
Pero si empezamos acongojándonos con una pegata, vamos mal en esto de la insumisión. ! Hombre, que (todavía) no estamos en Albania!:cunao: En serio, pienso que si nuestros barcos, (y seguro que otros muchos) reivindican por nosotros desde los pantalanes, en regatas, etc las 24 horas del día 365 dias al año, se podría generar un estado de opinión muy favorable. Un boceto fotoshopero hecho en cinco minutos: http://img4.imageshack.us/img4/7034/espanacorona3r.jpg |
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