La Taberna del Puerto

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Wop 22-05-2009 14:08

Tema recurrente
 
Hola cofrades, una ronda de :brindis: a mi cargo para todos.

Os comento.

Recientemente me he comprado un velerito de 20 pies de bandera francesa y anterior al 97, por lo que para abanderarlo en españa me piden el "famoso" proyecto del barco y demas parafernalia (IMHO: para que los aseguradores se cubran el culo a la hora de que les contrates el seguro obligatorio que se requiere)

Estoy en tramites con un ingeniero naval para que me haga el proyecto (cosa que tardara sobre un mes) y tengo un seguro contratado par el barco.

Pues bien, despues de leer multitud de hilos me asalta la duda:

Puedo navegar con el por ahi y en caso de que me paren para pedir los papeles presentar toda la documentacion de compra, etc etc, y que no me pongan una multa/sancion/denuncia ?

Quiero abanderarlo en españa, solo que es algo que lleva tiempo y me da pena tener el barco ahi parado sin poder sacarlo por un simple tramite burocratico.

Alguno puede decirme a ciencia cierta si estoy "a salvo" si salgo y me paran ?

Un saludo.

Bart el Negro 22-05-2009 14:12

Re: Tema recurrente
 
Pues la verdad es que no tengo ni idea, pero por aqui hay cofrades que han pasado por tu misma situación y seguro estan encantados en aconsejarte.

Si te sirve de algo esta es una taberna de PIRATAS:pirata:

REIRA 22-05-2009 14:57

Re: Tema recurrente
 
Yo no tengo ni idea de burocracia pero se me ha quedado una palabra de leerla en este foro: "Pasavante"

Es un certificado de navegavilidad provisional. Creo que lo expiden las capitanías.

:brindis:

terranova 22-05-2009 15:10

Re: Tema recurrente
 
Mas vinos. Si el barco está en regla puedes navegar con él todo lo que quieras, lo único es que no debes tenerlo más de un cierto número de meses, porque sería una importación. Cuando cambies de bandera seguirás navegando igual. Disfruta.:barcopapel:

Wop 22-05-2009 15:36

Re: Tema recurrente
 
Interesante lo del pasavante, me lo mirare...

Cita:

Originalmente publicado por terranova (Mensaje 572341)
Mas vinos. Si el barco está en regla puedes navegar con él todo lo que quieras, lo único es que no debes tenerlo más de un cierto número de meses, porque sería una importación. Cuando cambies de bandera seguirás navegando igual. Disfruta.:barcopapel:


A que te refieres con: "en regla" ?

Tengo los papeles de la venta siendo yo el nuevo titular, un seguro y el P.E.R., que mas tiene que estar en regla ?

:brindis:

ErikElSueco 22-05-2009 15:36

Re: Tema recurrente
 
De entrada creo que no puedes navegar con el como si fuera frances, tal y como te sugiere terranova, porque supongo que ya tienes el certificado de baja del registro frances, que es imprescindible para poderlo abanderar en España, por lo tanto, no te sirve esa solución.

Lo del pasavante es una posibilidad, pero tienes que tramitarlo en el Consulado español en Paris; no se puede hacer en España, aunque lo puedes hacer por correo enviándoles los documentos originales de la compraventa, con lo cual estarás indocumentado hasta que ese proceso se cumpla... tampoco te sirve esa solución.

Pienso que tendrás que aguantarte las ganas de navegar hasta que tengas arreglado el abanderamiento... lo siento.

ErikElSueco 22-05-2009 15:39

Re: Tema recurrente
 
Yo creo que a lo que se refiere terranova es a estar en regla como barco de bandera francesa, pero como te he dicho, para regularizarlo en España tienes forzosamente que abanderarlo, y para ello antes tienes que tener la baja del registro francés...

Wop 22-05-2009 15:44

Re: Tema recurrente
 
Cita:

Originalmente publicado por ErikElSueco (Mensaje 572363)
Yo creo que a lo que se refiere terranova es a estar en regla como barco de bandera francesa, pero como te he dicho, para regularizarlo en España tienes forzosamente que abanderarlo, y para ello antes tienes que tener la baja del registro francés...


Si, de hecho esta dado de baja en Francia.

Vaya, yo que tenia la esperanza puesta en el pasavante...

aunque por lo que he encontrado al respecto en: http://www.marviva.org/legislacion_n..._de_buques.htm

Cita:

Art. 22. Los buques de procedencia extranjera importados, de conformidad con la legislación vigente, podrán navegar provistos de pasavante provisional expedido por el Cónsul español que proceda, para dirigirse a puerto nacional, sin que, en ningún caso, este pasavante tenga validez por un plazo superior a seis meses, dentro del cual el titular solicitará el abanderamiento en la Jefatura Provincial en que desee matricular el buque, aportando la siguiente documentación:
1. Instancia del interesado acompañada de documento oficial que acredite la importación correspondiente.
2. Título de propiedad del buque o contrato de arrendamiento en el caso de abanderamiento provisional.
3. Certificado de baja en el Registro de la bandera de procedencia.
4. Justificante del pago de los tributos de Aduanas.
5. En la instancia se propondrán para el buque tres nombres, por orden de preferencia, dentro de las normas y condiciones que indica el artículo 16 de esta disposición.
Art. 23. Cursada la instancia a la Dirección General de la Marina Mercante, ésta propondrá al Ministro de Transportes, Turismo y Comunicaciones la aprobación del abanderamiento.
Art. 24. Los documentos otorgados en el extranjero que hayan de reflejarse en el Registro Marítimo de Buques deberán estar legalizados por el Cónsul de España con jurisdicción en el lugar de otorgamiento, que certificará además, en cuanto a la capacidad de los otorgantes y formalidades legales observadas en el país en que los documentos hayan sido autorizados.
Tal legalización será refrendada por el Ministerio de Asuntos Exteriores y traducido su texto al español.

Llamare a capitania para que me informen que igual si lo tramito y me dan un resguardo me puede hacer el apaño...

ironia 22-05-2009 16:04

Re: Tema recurrente
 
Hola cofrade, puedes navegar sin problema mientras tengas seguro, título, y los papeles originales del barco, contrato de compra venta y puedas demostrar que estás en trámite del cambio de bandera ( te lo da la gestoría con el sello de Capitania), para todo esto solo tienes 6 meses, e incluso puedes saliir al extranjero, te lo digo pues el año pasado por estas fechas me pasó lo mismo y los papeles definitivos no los tuve hasta septiembre, en todo ese tiempo fuí desde Almeria a Portinao sin un problema.

:pirata:

ErikElSueco 22-05-2009 16:05

Re: Tema recurrente
 
Si, pues eso, el consul español que proceda es el del Consulado General de España en París.... Yo estoy en ese mismo proceso, pero con el Consulado en Londres y ya te digo que les tienes que enviar los documentos originales (factura de compraventa, baja del registro francés legalizada con apostilla de La Haya -que esa es otra-, las tasas correspondientes, sobre prefranqueado y tus datos personales; creo que no hay nada mas) y te devolverán tus documentos mas el pasavante... mientras tanto estarás indocumentado.

Aunque el pasavante se expide por seis meses, he oido que algunas Capitanías solo le reconocen validez para el traslado desde el puerto francés hasta un puerto de destino en España; una vez que está en él, te inmovilizan el barco hasta que esté abanderado. ¡Todo son facilidades!

Si, como dice Ironía, alguien te emite un certificado de que estás tramitando la matriculación, sería la única posibilidad, pero no me consta que eso sea así.

ironia 22-05-2009 16:20

Re: Tema recurrente
 
La Capitanía de Cadiz me lo dió através de la gestoría.
:pirata:

ErikElSueco 22-05-2009 16:30

Re: Tema recurrente
 
Pues entonces esa es, sin duda, la mejor opción para wop

Nador 23-05-2009 19:40

Re: Tema recurrente
 
Hola cofrades, compré hace un velero un first 25 en Francia, para poderlo traer, lo primero es bajar la bandera francesa allí, esto es imprescindible para abanderar aquí, y no te dan la bajada de bandera francesa si el barco debe algun impuesto o esta sujeto a alguna carga o gravamen, desde Francia puedes navegar tranquilamente hasta tu puerto en España con los siguientes papeles: contrato de compraventa, bajade de bandera, seguro y tu tarjeta de patrón, pero ojo, solo hasta tu puerto, una vez arribado te hará falta:
Pagar el impuesto de trasmisiones por el valor declarado en el contrato (mejor consultar las tablas de hacienda de cada autonomia.
Si no tiene placa € pagar a un ingeniero naútico para que te haga el dossier de pruebas estabilidad etc, mero tramite sacacuartos, a mi me terminaron haciendo el del first28 y me soplaron de la época 80.000 pelas, que entregue en capitania y ni lo miraron.
Despues la inspección normal de todo... radio, bengalas etc etc
Puedes mientras tramitas pedir como ya te han dicho un pasavante, lo dan las capitanias marítimas, pero... es algo graciable y lo dan generalmente cuando ya has entregado todos los papeles y estas esperando el certificado de navegabilidad etc.
Paciencia, calma y de verdad llega el día en que lo tienes todo en regla, aunque parezca mentira


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