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Permisos para navegar
Hola a todos!!!
Esta es mi primera incursión en el foro. Y el motivo es que recientemente me he comprado un kayak inchable. Hace poco me saqué el PER y me apetecía irme a navegar por pantanos, embalses y demás sitios en los que disfrutar. Y por lo que he leído tanto en estos foros como en otros, veo que es una barbaridad los permisos que hay que pedir para ir a cada sitio. Como se suele decir: "mi gozo en un pozo". Me ha desmoralizado bastante pensar en estos trámites y que sean tan lentos. Y supongo que nadie me aconsejará la "ilegalidad"... Por cierto, ¿en el mar también es necesario el permiso si no te alejas mucho de la costa y no entorpeces el tráfico de otras naves? En fin, saludos a todos y si alguien puede sugerirme alguna vía de disfrute con mi pequeña embarcación al margen de tanto papeleo le estaré muy agradecido. Saludos |
Re: Permisos para navegar
En las cuencas hidrográdicas tienes que pagar por el uso de las aguas publicas, cada una tiene su canon.
En el mar pasate por capitanía, y ellos te diran por dónde puedes ir. Material necesario cabo de remolque, no me acuerdo de los metros, 3 bengas de mano y chaleco. Aunque tal vez algún cofrade te pueda ayudar en mayor medida que yo. Y si las multas son cuantiosas y los tramites largos. Yo desde marzo no tengo todavía la de este año para el Guadalquivir, para vela. Pero no te desanimes, que si ellos son duros, nosotros somos persistentes. Rondas a pajera:brindis: para que te animes. |
Re: Permisos para navegar
Cita:
Hombre... siendo inflatable... pregunta si cuela como animal de compañía, perdón, artefacto de playa. |
Re: Permisos para navegar
Muy Buenas ,tambien es mi primera incursion ,yo tambien le pego al kayak y te comentare que en principio yo navego y pesco por la ria de Vigo y nunca he tenido ningun problema salvo el sortear las piazos de olas que deja la "mereterica del mar", y con la licencia de pesca correspondiente ,chaleco,silvato,y movil.
En cuanto a los envalses se necesita por estos lares y no en todos un permiso anual renovable de la Confederacion Hidrografica . Para navegar y pescar por el Miño necesitas una licencia de pesca en este caso y es gratis. Valla rollazo para ser el primer dia. Hasta otra |
Re: Permisos para navegar
Cita:
Sobre los permisos: Es muy llamativo que España sea el único país del mundo, de todos los que hemos conseguido información, donde para navegar con piragua se exija con carácter general un permiso. Desgraciadamente, ésto no es ninguna sorpresa :cagoento: Sobre las tasas: Por ejemplo, una persona que quisiera realizar legalmente, a lo largo de un año, los siguientes recorridos clásicos de aguas bravas: Lérez, Arnoia, Sella, Gándara, Alto Tajo, Ara, Porma, Noguera Pallaresa, Ter, Cabriel, Alto Guadalquivir y Guadalfeo, tendría que pagar, sólo en licencias y canones, ¡más de 500 euros! (cerca del 100% del valor del bien, veinte veces lo previsto en la Ley de Aguas), y necesitaría plantearse su plan con más de un año de antelación para conseguir todos los permisos (esto no es una actividad desmesurada, son seis fines de semana en un año). En comparación, un pescador de truchas pagaría, por pescar durante todo el año en los tramos libres de los mismos ríos, del orden de 100 euros. Si se quiere remar en todos los ríos donde esté permitido hacerlo, la broma ascendería a unos 1.750 (!!) euros por persona y año, y si se quiere además remar en embalses, llegaríamos a cerca de 3.000 euros al año (ni siquiera se puede calcular con precisión, por lo complejo de las normas....). Este coste supone multiplicar POR CIENTO CINCUENTA VECES el precepto establecido en la Ley de Aguas sobre el coste del canon de navegación. Aquí está muy bien explicado, y con enlaces a la legislación. http://www.kayak-express.es/osm/inde...d=61&Itemid=88 Añado otro, de la Federación Castellano Manchega de Piragüismo: http://www.fcmp.es/navegacion.htm con un exhaustivo informe acerca de la "LA PROBLEMÁTICA DEL PIRAGÜISMO RECREATIVO Y DEPORTIVO EN LAS AGUAS INTERIORES ESPAÑOLAS" http://www.fcmp.es/Documentos/navega...marzo_2009.pdf Quizá la única excepción que pudiera ser aplicable a tu kayak hinchable, es ésta (que tampoco deja mucho margen, vamos) Reglamento del Dominio Público Hidraúlico... http://www.boe.es/aeboe/consultas/ba...&id=1986/10638 ART. 56. EN LAS ZONAS COLINDANTES A LAS PLAYAS NATURALES DE LOS RIOS, LAGOS, LAGUNAS O EMBALSES DONDE NO ESTUVIESE EXPRESAMENTE PROHIBIDO EL BAÑO, NO SE PRECISARA NINGUN TIPO DE AUTORIZACION PARA EL USO DE MEDIOS DE FLOTACION QUE, POR SU TAMAÑO Y CARACTERISTICAS, PUEDAN SER CONSIDERADOS COMO COMPLEMENTARIOS DEL BAÑO. Cita:
Según la ORDEN DE 17 DE JUNIO DE 1997 POR LA QUE SE REGULAN LAS CONDICIONES PARA EL GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO. http://www.boe.es/aeboe/consultas/ba...&id=1997/14746 Artículo 11. Navegación sin necesidad de título. Las embarcaciones a motor con una potencia máxima de 10 KW y de hasta 4 metros de eslora, las de vela de hasta 5 metros de eslora, las motos acuáticas y los artefactos flotantes o de playa no necesitarán los títulos enumerados en el artículo 6, pero sólo podrán navegar durante el día, en las zonas delimitadas por la Capitanía Marítima, que en ningún caso podrán ser superiores a las correspondientes al título de Patrón para Navegación Básica. Y he encontrado una Capitanía (Cádiz) donde deja clara la "zona delimitada" a la que se refiere el artículo citado http://www.derecho.com/l/bop-cadiz/n...as-buceadores/ 9. La distancia máxima permitida para la navegación de los artefactos flotantes y los medios flotantes de recreo, independientemente de su propulsión, no sobrepasará una milla náutica contada desde la costa: deberán abstenerse de navegar en caso de estado de la mar superior a fuerza 4 de la escala de Douglas, (mar fuerte, con olas de altura superior a 1,25 metros, equivalentes a vientos de fuerza 5, en la escala Beaufort) y su navegación está autorizada únicamente durante las horas de luz diurna y en condiciones de visibilidad superior a una milla náutica. 12. Todas las personas a bordo de cualquier embarcación sin cabina o artefacto flotante motorizado llevarán puesto, mientras permanezcan a bordo, su correspondiente chaleco salvavidas homologado. Perdón por el tocho. |
Re: Permisos para navegar
1º no te has presentado adecuadamente según las normass del foroy el tabernero te va ha colgar del palo mayor.
2º Recuerda que hay un problema serio con el mejillon cebra y no se puede utilizar en cualquier sitio t tienes el deber y obligación de descontaminar la embarcación despues y antes de cada uso. 3en el mar creo que no tienes problema |
Re: Permisos para navegar
Lo más alucinante que me he encontrado es que la Agencia Catalana del Agua, que gestiona el dominio ¿Público? :meparto: de las aguas interiores de Catalunya que no pertenencen a confederaciones hidrográficas que exceden del territorio catalán, como la del Ebro, exige el pago de una tasa de 150 euros por cada río o embalse al que quieres ir a navegar, tanto si vas a hacer un paseito de 1 hora con un kayak de remos -que no contamina, ni hace ruido- como si estás todo el año navegando por el mismo rio con una lancha de hasta 150 cv.
Un claro ejemplo de desproporcionalidad. :nosabo: :eek: :cagoento: Otra "curiosidad" es que en Catalunya no existe tasa para flotación en aguas interiores, aunque sí para la navegación, y hemos de recordar que un kayak no es una embarcación. Es, por definición legal, un artefacto flotante. No obstante tras consultarlo con la ACA, insistían en que se debía pagar la tasa. Un claro ejemplo de ilegalidad. :nosabo: :eek: :cagoento: Por otro lado, depués de ser bastante pesadito, logré hablar con alguien que parecía ser un responsable del ACA y me dijo que -aunque él lo negaría ante un tercero- los guardas forestales no están presentes el domingo por descanso semanal, por lo que podía navegar tranquilamente sin haber pagado la tasa. Un claro ejemplo de la absurdez de todo el conjunto. :eek: :meparto::meparto: Se legisla mal, con muy poca calidad técnica, de forma desproporcionada y luego no sólo no se controla, sinó que además se fomenta la desobediencia... ¡Alucinante! :confused: Unas rondas para ahogar las penas que provoca la administración... y no al administrado... :brindis::brindis: ¡Están locos estos romanos! Asterix. |
Re: Permisos para navegar
Ah! Afortunadamente el dominio público marítimo es responsabilidad del Ministerio de Fomento que cede su gestión a las entidades locales (Ayuntamientos) que lo aceptan o lo piden y no hay que pagar ninguna tasa ni pedir permiso para navegar por este espacio. :pirata:
¡Sólo faltaría eso! :cagoento: No sé si brindar..., pero estais invitados!! :brindis: |
Re: Permisos para navegar
Cita:
Vaya, que venimos a hablar de mar, agua, velas y alguos pobres incorregibles, de motor :burlon: Pero es que hay cosas que hacen que la sangre entre en ebullición.... :brindis: |
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