La Taberna del Puerto

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surcando 04-07-2009 09:39

Acojerse A Banderas Extranjeras
 
Buenas cofrades, taberneros, etc..
Tengo una duda respecto a los beneficios de tener el barco inscrito en otro pais, ejemplo Panama. Es una cuestion solo de impuesto?

Una rondita q ya es hora:brindis:

ENRICACION 04-07-2009 10:10

Re: Acojerse A Banderas Extranjeras
 
Para recreo fue típico hace años abanderarlo en Gibraltar. Por poco dinero te daban bandera y no sé qué, y desaparecía la lista 7 ó 6, la ITB, la categoría 1,2,3 y 4, etc..
Pero problemas todos
en los puertos te consideran transeunte. Con bandera extranjera no puedes estar más de x meses en España, y debes acabar abanderándolo
Las patrulleras de Guardia Civil y Aduanas permanentemente
cartas de Hacienda, etc, un agobio
Yo no lo recomendaría. Qué le vamos a hacer
Saludos

surcando 04-07-2009 10:24

Re: Acojerse A Banderas Extranjeras
 
En definitiva q no interesa compañero, gracias por la informacion, una ronda de parte mio:brindis:

PirataNelson 04-07-2009 10:55

Re: Acojerse A Banderas Extranjeras
 
Una ronda de Albariño cofrades!

A mi entender en el foro ya hay gente con barcos abanderados en Gibraltar, o al menos sabían del tema. Mi pregunta es, con tal de hacer una visita cada tiempo reglamentario a Gibraltar y poner el cuño en el cuaderno de navegación debería de ser suficiente para que te dejen de dar la lata no?

Un abrazo tabernero

surcando 04-07-2009 12:12

Re: Acojerse A Banderas Extranjeras
 
Podemos abanderarnos a dos paises? una rondita q hace calor:brindis:

Gennaker 04-07-2009 13:03

Re: Acojerse A Banderas Extranjeras
 
Que pasa si abandero fuera de españa y cada dos meses o asi salgo de las 12 millas?

No te podrian decir nada los de la GC, no?

Saludos y unas birras :brindis::brindis::brindis:

Inspectorate 04-07-2009 13:09

Re: Acojerse A Banderas Extranjeras
 
Los residentes en España que usen los barcos en España tienen la obligación de abanderarlos en España.
Ley 38/1992 D.A. 1ª

Un barco no puede tener dos banderas.


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