La Taberna del Puerto

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-   -   Una buena noticia (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=39582)

Lobezno 27-07-2009 20:12

Una buena noticia
 
Unas cervezas fresquitas para el personal:brindis:
Hoy leyendo el Diario de Ibiza, me encontrado con la siguiente noticia: http://www.diariodeibiza.es/pitiuses...br/347737.html
Cuidadin con los amigos de lo ajeno.
Un saludo a todos.

Jadarvi 27-07-2009 20:18

Re: Una buena noticia
 
Pues la buena noticia es que han detenido al caco y recuperado el barco :cid5::cid5::cid5: .... ahora a ver cuanto tardan en devolvérselo al propietario, no sea que a algún iluminado se le ocurra mantenerlo inmovilizado como "prueba material de un delito" :eek:

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

vigiadeoccidente 27-07-2009 20:21

Re: Una buena noticia
 
Si que es buena, y más, aunque me fastidie, porque probablemente será reclamado y enjuiciado por los hijos de la Gran Bretaña

Tatatoa 27-07-2009 20:31

Re: Una buena noticia
 
No es robo, es uso indebido y no autorizado. Otra cosa es que se hubiera vendido a un tercero.
Creo que se recuperará pronto :brindis:

nihao 27-07-2009 21:27

Re: Una buena noticia
 
inteligente plan.nihao

amurado 27-07-2009 22:19

Re: Una buena noticia
 
Cita:

Originalmente publicado por Tatatoa (Mensaje 621094)
No es robo, es uso indebido y no autorizado. Otra cosa es que se hubiera vendido a un tercero.
Creo que se recuperará pronto :brindis:

Si es igual que con los coches, entonces sería hurto de uso.O sea que te dicen eso de...yo no lo robé..estaba ahí y lo cogí.
Ojú que asco.

breogan33 28-07-2009 09:50

Re: Una buena noticia
 
El que la hace, al final la paga...casi siempre.

:brindis::brindis:

Miahpaih 28-07-2009 10:34

Re: Una buena noticia
 
:D:D:D

Una prueba mas por la que se demuestra que aqui somos todos unos
perfectos zoquetes porque si es "uso indebido" supongo que la multa
será bastante menor que la compra de un barco, sus impuestos de lujo,
matriculación, etc. su mantenimiento y naturalmente toda la "carisima
parafernalia" que estamos obligados a llevar.

Con lo facil que es hacer lo que el aleman.

Lo dicho, unos zoquetes, a menos que alguien me garantize que por ese
hecho, pasas al menos 5 años de "vacaciones pagadas" tambien por no-
sotros. :cunao:

Saludos
Miahpaih

:D:D:D

Kiro 28-07-2009 11:06

Re: Una buena noticia
 
Buenos días y café con churros y croisantes... Ah, y zumo de naranja...

Pues la hilo de esta noticia, yo me pregunto ¿qué piden en la Capitanía de un puerto deportivo español cuando llegas?:confused:

Porque a tenor del relato, no le han pedido nada para darle atraque..., a no ser que estuviera fondeado... También cabe la posibilidad que el "usuario no autorizado" hubiera "cambiado los papeles":nosabo:

Lo lógico es que pidan el Registro o similar del barco, DNI o pasaporte y el seguro... de esta forma, si algo no coincide ... o no es tuyo el barco, o demuestra que te lo han prestado con documento al canto!!

Salud y buena mar

Jangada 28-07-2009 13:48

Re: Una buena noticia
 
Para referirse al llamado robo de uso de vehículos hay que estar a lo que dispone el código penal que transcribo para todo el mundo.
En el caso de este hilo, NO se trata de robo o hurto de uso, por diversas razones:
  1. Es una embarcación, no un vehículo
  2. A transcurrido un plazo superior.
Por consiguiente, si se declara culpable, le corresponde pena privativa de libertad.

Artículo 244
1. El que sustrajere o utilizare sin la debida autorización un vehículo a motor o ciclomotor ajenos, cuyo valor excediere de 400 euros, sin ánimo de apropiárselo, será castigado con la pena de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días o multa de seis a 12 meses si lo restituyera, directa o indirectamente, en un plazo no superior a 48 horas, sin que, en ningún caso, la pena impuesta pueda ser igual o superior a la que correspondería si se apropiare definitivamente del vehículo.
Con la misma pena se castigará al que en el plazo de un año realice cuatro veces la acción descrita en el art. 623.3 de este Código, siempre que el montante acumulado de las infracciones sea superior al mínimo de la referida figura del delito.
2. Si el hecho se ejecutare empleando fuerza en las cosas, la pena se aplicará en su mitad superior.
3. De no efectuarse la restitución en el plazo señalado, se castigará el hecho como hurto o robo en sus respectivos casos.
4. Si el hecho se cometiere con violencia o intimidación en las personas, se impondrán, en todo caso, las penas del art. 242.

:brindis::brindis:

armensis 28-07-2009 15:05

Re: Una buena noticia
 
:brindis:Sería bueno tener una lista de enlaces de listas de barcos robados en españa e incluso los robados fuera de nustras fronteras ya que ha España suelen venir con muchos barcos robados fuera ,nos podríamos echar una mano así de alguna manera .
Por ejemplo aquí pongo un enlace de yates robados en el Caribe:
http://www.dauvillieryachting.com/stolen_yachts.html
en este otro aparece una lista y el barco recuperado en Ibiza ...
http://www.mcs-germany.info/en/stole...%5Bletter%5D=J
https://www.mcs-germany.info/typo3te...b002105746.jpg


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