La Taberna del Puerto

La Taberna del Puerto (https://foro.latabernadelpuerto.com/index.php)
-   Cuestiones legales y Asociaciones (https://foro.latabernadelpuerto.com/forumdisplay.php?f=62)
-   -   Papeles y documentación que he de llevar en el barco (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=61531)

maremia 26-10-2010 00:50

Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
Un ronditaa :brindis: para todos.
Me entró agua en el barco y se me han mojado todos los papeles y documentación del barco y voy a tener que perdir duplicados, por lo que me gustaría saber que es lo que debo llevar (perdir duplicado) y dónde he de pedir los duplicados.

Gracias y un saludo.

lidiana 26-10-2010 07:28

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
- Hoja de asiento actualizada.
- Certidicado de Navegabilidad
- Recibo del Seguro

Además al hacer el cambio de nombre me dieron un papel nuevo:
- Permiso de Navegación.

No olvides llevar el título (PER, PY...)

popeye IV 26-10-2010 08:52

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
El otro dia llegó una nota de DGMM a mi club diciendo que
entre la documentación a llevar en el barco hay que llevar
la LEB.

Despues se preguntó en Capitania y dicen que no:nosabo:.

Yo tengo entendido que no era necesario llevarla, pero bueno,
por si acaso (Y la Benemerita) llevaré el papel con los demás
en el barco.
Yo sigo pensando que con lo que dice Lidiana vas O.K. ...

Saludos.

maremia 26-10-2010 11:34

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
Cita:

Originalmente publicado por lidiana (Mensaje 931308)
- Hoja de asiento actualizada.
- Certidicado de Navegabilidad
- Recibo del Seguro

Además al hacer el cambio de nombre me dieron un papel nuevo:
- Permiso de Navegación.

No olvides llevar el título (PER, PY...)

Gracias, y dónde puedo perdir esos duplicadods en capitania maritima?.

Un saludo.

popeye IV 26-10-2010 11:43

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
Si, debes pedirlos en Capitania pero si en vez de estar deteriorados
se te$ han perdido, te hacen ir primero a denunciarlo a la Policia/Guardia
Civil y luego con la denuncia te expiden los duplicados.

maremia 26-10-2010 12:03

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
Cita:

Originalmente publicado por popeye IV (Mensaje 931451)
Si, debes pedirlos en Capitania pero si en vez de estar deteriorados
se te$ han perdido, te hacen ir primero a denunciarlo a la Policia/Guardia
Civil y luego con la denuncia te expiden los duplicados.

No, tener los tengo pero apenas se ven.

Gracias y un saludo.

popeye IV 26-10-2010 12:20

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
Hombre, si estan mal pero se puede ver algo, yo iria directamente a Capitania, lo mas que te pueden decir es que denuncies. Pero por
probar... no pierdes nada.
Ya nos contarás como te ha ido.
Saludos y suerte.

Capitán Hake 26-10-2010 21:45

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
Cita:

Originalmente publicado por popeye IV (Mensaje 931323)
El otro dia llegó una nota de DGMM a mi club diciendo que
entre la documentación a llevar en el barco hay que llevar
la LEB.

Despues se preguntó en Capitania y dicen que no:nosabo:.

Yo tengo entendido que no era necesario llevarla, pero bueno,
por si acaso (Y la Benemerita) llevaré el papel con los demás
en el barco.
Yo sigo pensando que con lo que dice Lidiana vas O.K. ...

Saludos.

Rondas para todos !

Una pregunta, ¿Que es la LEB?

popeye IV 26-10-2010 22:24

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
Cita:

Originalmente publicado por Capitán Hake (Mensaje 931926)
Rondas para todos !

Una pregunta, ¿Que es la LEB?

La LEB es "Licencia de Estación de Barco", o lo que es lo mismo,
:calavera:"Impuesto al Canto".:calavera:

e_u_o_ar 26-10-2010 22:26

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
Cita:

Originalmente publicado por Capitán Hake (Mensaje 931926)
Rondas para todos !

Una pregunta, ¿Que es la LEB?

  • Licencias de Estaciones de Barco y otros documentos de servicio.
El Artículo 7 del Real Decreto 1185/2006, establece las Licencia de estación de barco (LEB).

1. Los buques españoles que dispongan de algún equipo transmisor de radiocomunicaciones de uso marítimo, ya sea de uso obligatorio o de instalación voluntaria, deberán disponer obligatoriamente de la licencia de estación de barco (LEB) expedida por la Dirección General de la Marina Mercante. Esta licencia deberá estar situada en un lugar fácilmente visible de la estación radioeléctrica del buque para el que fue expedida y ampara y autoriza, exclusivamente, los equipos, frecuencias o canales reseñados en ella.
No estarán obligados a disponer de licencia los buques que dispongan solo de equipos radiotelefónicos portátiles de ondas métricas cuyo uso se destine exclusivamente a servicios de emergencias marítimas.
Tampoco se incluirán en la licencia equipos emisores tales como radares, sondas u otros que no sean los considerados como equipos transmisores utilizados para las radiocomunicaciones marítimas.

2. La licencia, cuyo modelo figura en el anexo II, tendrá un período de validez de 5 años para los buques de pasaje cualquiera que sea su clasificación, para los de carga iguales o mayores de 300 toneladas, para los buques de pesca nuevos y existentes de eslora igual o superior a 24 metros y para los buques de servicios de puerto que salen al mar (clase “T”).
“para el resto de los buques la validez será indefinida”
La empresa operadora del buque, o su representante autorizado, deberán solicitar la renovación de la licencia cuando finalice su período de validez o cuando, tratándose de una licencia indefinida, varíen las condiciones en base a las cuales fue expedida.
3. Cualquier nueva instalación de un aparato transmisor o la sustitución del mismo por uno diferente del que figura en la licencia, así como cualquier modificación sustancial de los datos que figuran en ésta conllevará la obligación de solicitar una nueva licencia a la Dirección General de la Marina Mercante. Sin embargo, no será preciso solicitar una nueva licencia cuando el equipo sustituto sea igual en todas sus características al que ya figuraba en la misma, pero, en tal caso, la sustitución deberá ser comunicada a la administración marítima, mediante el impreso oficial de instalación.

4. Se expedirá una nueva licencia, cuyo período de vigencia será el mismo que ya figuraba en la licencia original, a los buques que dispongan de licencia en período de validez cuando cambien de nombre, del distintivo de llamada o de la señal de identificación que figuren en aquélla, o de propietario siempre que no se produzca ninguna modificación en el equipamiento radioeléctrico instalado.
De tal incidencia deberá dejarse constancia escrita en el reverso de la licencia.

5. El operador de un buque nuevo cuya construcción se lleve a cabo en un país extranjero o de un buque existente que se encuentre fuera de España y cuya licencia caduque solicitará, de las autoridades competentes del Estado correspondiente, la expedición de una licencia provisional que acredite que la estación radioeléctrica cumple con las disposiciones del Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT. Esta licencia deberá contener los principales datos descriptivos de la estación (nombre, distintivo de llamada, MMSI, propietario del buque, zonas de navegación autorizadas, etc.), así como la relación de equipos transmisores de radiocomunicaciones autorizados.
En el caso de que no sea posible la obtención de dicha licencia, la Administración marítima española podrá autorizar a una organización reconocida, con fundamento en el Real Decreto 90/2003, de 24 de enero, sobre reglas y estándares comunes sobre las organizaciones de inspección y control de buques y para las actividades correspondientes de la Administración marítima, a expedirla en su nombre. El período de validez de esta licencia no podrá ser nunca superior a cinco meses o hasta la llegada del buque al primer puerto español.

popeye IV 26-10-2010 23:00

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
Chico Edurogar, pareces el Libro Gordo de Petete.

Es bueno tener gente como tu por esta Taberna.

Saludos.

popeye IV 26-10-2010 23:03

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
Por cierto Edurogar. Tienes que apuntarte en el Censo de Tractoristas.
Te van a poner falta.
:brindis:.

maremia 27-10-2010 16:21

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
Bueno fui a capitanía maritima y no problem, tengo que pagar unas polizas en el banco (algo más de 20 euros) y mandarselas por correo, ellos me enviarán los papeles a mi domicilio.

Un saludo.:brindis:

popeye IV 27-10-2010 21:46

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
¡¡Genial!!.
Al final ha sido mas facil de lo que todos pensabamos.
Saludos.

Morgan2 28-10-2010 12:11

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
no obstante no es mala la idea de sacar fotocopias de todos los papeles del barco por si se mojan o pierden y tenerlos compulsados en lugar seguro.:borracho:

Asen 21-07-2021 12:11

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
Buenos días,


refloto este hilo con motivo de la nueva documentación de mi barco, tras trámite de remotorización.
Los nuevos documentos que me ha facilitado la gestoría (certificado de navegabilidad, hoja de asiento...), van firmados electrónicamente en la margen izquierda, con código de verificación del funcionario y enlace web para comprobar su autenticidad.
Mi pregunta es, ¿necesito pedir los "originales" o con llevar abordo una de estas copias es suficiente?


:brindis:

SMJJ 22-07-2021 08:36

Respuesta: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
eso no son copías, son originales, se tiende a emitir todos los documentos en ese formato, con CSV para su cotejo

markuay 22-07-2021 11:47

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
Cita:

Originalmente publicado por popeye IV (Mensaje 931451)
Si, debes pedirlos en Capitania pero si en vez de estar deteriorados
se te$ han perdido, te hacen ir primero a denunciarlo a la Policia/Guardia
Civil y luego con la denuncia te expiden los duplicados.

A la GC se va a denunciar en caso de robo, no en caso de deterioro.

Tofilin 01-08-2021 12:31

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
Como he dicho en otra respuesta, vas a Capitanía con los papeles deteriorados y solicitas un duplicado (menos de 18€ en Barcelona) y te esperas a que te avisen que ya los tienes. Serán originales, Suerte.

miwelote 08-08-2021 14:37

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
Buenas Tardes

Y si el pabellòn barco es polaco ...
Què documentos son necesarios llevar a bordo ..?

SL2

Apagapenol 08-08-2021 15:49

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
En el caso de los barcos de bandera extranjera todo el papeleo farragoso de la Administración española se reduce a:

- Documento de Registro (en el caso polaco es el de tipo tarjeta de crédito).
- Licencia radio.
- Recibo del seguro en vigor.

Saludos y :brindis:

markuay 08-08-2021 17:46

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
Cita:

Originalmente publicado por Apagapenol (Mensaje 2334909)
En el caso de los barcos de bandera extranjera todo el papeleo farragoso de la Administración española se reduce a:

- Documento de Registro (en el caso polaco es el de tipo tarjeta de crédito).
- Licencia radio.
- Recibo del seguro en vigor.

Saludos y :brindis:


¿La licencia de radio no la otorga la propia titulacion Española? :nosabo::nosabo:

Apagapenol 08-08-2021 18:58

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
Cita:

Originalmente publicado por markuay (Mensaje 2334917)
¿La licencia de radio no la otorga la propia titulacion Española? :nosabo::nosabo:

Me refiero a la licencia de estación de barco, concedida por la Administración de telecomunicaciones del país de bandera.

Otra cosa es la titulación de operador radio, y aquí hay para todos los gustos: las que exigen su propia titulación y no otra, las que aceptan sólo determinadas titulaciones, y las que les vale cualquier titulación.

En el caso polaco, la titulación de operador radio que va con CY, PY y PER es aceptada por la Administración polaca.

Saludos y :brindis:

Luis_pm 08-08-2021 22:48

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
Cita:

Originalmente publicado por Apagapenol (Mensaje 2334909)
En el caso de los barcos de bandera extranjera todo el papeleo farragoso de la Administración española se reduce a:

- Documento de Registro (en el caso polaco es el de tipo tarjeta de crédito).
- Licencia radio.
- Recibo del seguro en vigor.

Saludos y :brindis:

Eso sería en el caso que el barco no tenga su base en España ni el armador sea español, no?
Porque si el barco tiene su base aquí aparte habría que llevar los documentos que acrediten el pago, o estar exentos de este, del IEDMT y el pago del itp (lo del iva ya no estoy seguro).
Corregidme si algo de lo que digo no es cierto.
:brindis::brindis::brindis:

Apagapenol 09-08-2021 08:04

Re: Papeles y documentación que he de llevar en el barco
 
Cita:

Originalmente publicado por Luis_pm (Mensaje 2334945)
Eso sería en el caso que el barco no tenga su base en España ni el armador sea español, no?
Porque si el barco tiene su base aquí aparte habría que llevar los documentos que acrediten el pago, o estar exentos de este, del IEDMT y el pago del itp (lo del iva ya no estoy seguro).
Corregidme si algo de lo que digo no es cierto.
:brindis::brindis::brindis:

Vale, pero éstos no son documentación del propio barco, sino cartas de pago de impuestos.

Saludos y :brindis:


Todas las horas son GMT +1. La hora es 20:57.

Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto