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Alquiler barco bandera extranjera.
Hola a todos. :brindis:
Me gustaria saber si es posible que un barco no español pueda hacer charter en España. Ysi es así que papeleos hay que hacer. ¿alguien sabe algo? :velero: |
Re: Alquiler barco bandera extranjera.
Por lo que yo sé, hasta ahora Baleares es la única CCAA en la que existe una normativa específica al respecto. Permite la actividad de charter utilizando embarcaciones con pabellón de cualquier país de la UE, siempre y cuando cumplan con las condiciones que se requieren a una embarcación de lista 6ª en materia de seguridad, etc...
:brindis::brindis::brindis: salud!! |
Re: Alquiler barco bandera extranjera.
Cofrade Maga, FOMENTO informa: :capitan:
El arrendamiento o chárter de embarcaciones de recreo se encuentra regulado básicamente en la Orden del Ministerio de Transporte, Turismo y Comunicaciones de 4 de diciembre de 1985 (BOE de 13 de diciembre de 1985, número 298), con excepción de las denominadas excursiones marítimas; es decir, aquellas travesías en las que se vende un pasaje turístico para mostrar fondos marinos, avistamiento de fauna marina, etc. Requisitos para ejercer la actividad de arrendamiento o chárter:
Se pueden alquilar en varias comunidades...:brindis::brindis: |
Re: Alquiler barco bandera extranjera.
Para el permiso de charter, cada Capitanía pide una serie de documentos, por lo que tendrás que preguntar primero en la que corresponda a tu puerto base.
Por ejemplo, lo que se pide en Baleares, no tiene nada que ver con lo que solicitan en Andalucía. Y dentro de esta última comunidad autónoma, en Huelva son una serie de documentos y en Almería otros. ¡¡Vamos, que no hay dos iguales!!. Saludos. :brindis: :brindis: |
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